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Informaci n Fiscal y Endeudamiento Municipal en el marco de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal Lic. Claudia lvarez Direcci n Nacional de Coordinaci n ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Lic. Claudia


1
Información Fiscal y Endeudamiento Municipal en
el marco de la Ley Federal de Responsabilidad
Fiscal
  • Lic. Claudia Álvarez
  • Dirección Nacional de Coordinación Fiscal con las
    Provincias

2
Estructura de la Presentación
  • Reseña del Rol de la DNCFP en relación al Sector
    Municipal.
  • La Ley de Responsabilidad y su aplicación al
    Sector Municipal.
  • El control de endeudamiento.
  • Herramientas para la mejora en la producción de
    información fiscal municipal.

3
El Rol de la Dirección Nacional de Coordinación
Fiscal con las Provincias en relación al Sector
Municipal
4
Breve reseña histórica de la DNCFP
  • 1990 Creación DNCFP.
  • 1992 Coordinar la relación entre la Nación y los
    Sectores Públicos Provinciales y Municipales.
  • 1996 Relevar y evaluar el impacto del
    endeudamiento provincial y municipal.
  • 2000-2003 nuevas funciones vinculadas con la
    crisis nacional y su superación.
  • 2004 en adelante se incorporan funciones
    vinculadas a la Ley de Responsabilidad Fiscal.

5
Objetivos generales
  • Coordinar los aspectos fiscales y financieros de
    la relación entre el Gobierno Nacional y los
    Sectores Públicos Provinciales y Municipales.
  • Compilar, sistematizar y analizar la información
    fiscal y financiera vinculada con los Sectores
    Públicos Provinciales y Municipales.
  • Aportar información Provincial y Municipal a las
    Estadísticas Nacionales y del MERCOSUR.
  • Colaborar en el diseño, elaboración y seguimiento
    de las políticas fiscales con impacto a nivel
    Provincial y/o Municipal.
  • Control de Endeudamiento

6
Dependencia Funcional
7
Competencias Área de Asuntos Municipales
  • Registrar y homogeneizar la información remitida
    por las Provincias, los Municipios u Organismos
    de control referida a los recursos y gastos
    municipales, planta y nómina de personal, deuda
    pública, etc.
  • Sistematizar la información municipal y
    consolidarla a nivel Provincia, para su
    incorporación a las Cuentas Nacionales.
  • Realizar informes técnicos respecto de la
    evolución fiscal de los gobiernos locales.
  • Intervenir en las autorizaciones de endeudamiento
    municipal, en el marco de la Ley de
    Responsabilidad Fiscal.
  • Colaborar en la coordinación de la relación
    fiscal entre la Nación, las Provincias y los
    Municipios.

8
Líneas de Trabajo
  • Análisis regional y por Provincia de la ejecución
    de recursos y gastos municipales.
  • Apertura de los gastos municipales por finalidad
    y función.
  • Sistematización de la información vinculada con
    la política tributaria y la recaudación propia
    municipal.
  • Obtención de las series municipales de planta y
    nómina de personal.
  • Ampliar el estudio de las transferencias
    provinciales y nacionales.
  • Registro y sistematización de la información
    sobre deuda pública municipal y la autorización
    del endeudamiento.

9
La Ley de Responsabilidad Fiscal y su aplicación
al Sector Municipal
10
Ley de Responsabilidad Fiscal
  • La Ley Nº 25.917 crea el Régimen Federal de
    Responsabilidad Fiscal, cuyo principal objetivo
    es establecer reglas generales de comportamiento
    fiscal y de dotar de mayor transparencia a la
    gestión pública.
  • Permite coordinar el alcance de objetivos de
    política fiscal, entre los que se encuentran
  • Equilibrio financiero en los términos de la ley.
  • Controlar el nivel de crecimiento del gasto y
    orientarlo hacia la inversión pública.
  • Tender a la reducción del nivel de endeudamiento
    de todos los niveles de gobierno.
  • En 2009 se sanciona la Ley N 26.530 (prorrogada
    en su vigencia hasta la actualidad), que permite
    para evaluar el cumplimiento de la LRF netear
    del gasto aquellas erogaciones que se hayan
    destinado a promover la actividad económica, a
    sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la
    emergencia sanitaria y a la asistencia social.

11
Principales disposiciones de la LRF relacionadas
con el Sector Municipal
  • Art. 33 los gobiernos provinciales invitarán a
    sus Municipios a adherir a la norma, propondrán
    la aplicación en el ámbito de tales gobiernos de
    principios similares a los aquí establecidos y
    coordinarán la difusión de la información de los
    mismos.
  • Las Provincias que han implementado el Régimen a
    nivel local son Buenos Aires, Chubut, Jujuy,
    Mendoza, Salta y San Juan.
  • Art. 25 Los gobiernos provinciales, la CABA y
    los Municipios, para acceder a operaciones de
    endeudamiento y otorgar garantías y avales,
    elevarán los antecedentes y la documentación
    correspondiente al ex-Ministerio de Economía y
    Producción, el que efectuará un análisis a fin de
    autorizar tales operaciones conforme a los
    principios de la LRF.

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Control de Endeudamiento
13
Antecedentes
  • Antes de la sanción de la LRF, el control del
    endeudamiento sub-nacional se efectuaba en
    función de
  • Resolución MEyOSP Nº 1.075/93 (operaciones en
    moneda extranjera) y Resolución MEyOSP Nº 731/95
    (complementaria de la 1.075 para ofertas del
    exterior).
  • Disposiciones del BCRA que limitaban a las
    entidades bancarias y financieras el otorgamiento
    de financiación al Sector Público Provincial y
    Municipal tanto en moneda extranjera como local
  • Comunicaciones A BCRA N 3.054 (Vigente desde
    23/12/99), y
  • Comunicación A BCRA N 4.798 (Vigente desde
    02/05/08)
  • siempre que exista aprobación de la
    financiación o intervención en su análisis por
    parte del Ministerio de Economía de la Nación.

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Control de endeudamiento en el marco de la LRF
  • La LRF amplía el marco de las autorizaciones de
    endeudamiento que antes se limitaba a emisiones
    de bonos en moneda extranjera o bien a
    operaciones con Entidades Financieras.
  • En la actualidad se incluyen las operaciones de
    crédito público que se originen en
  • La emisión y colocación de títulos, bonos u
    obligaciones de largo y mediano plazo,
    constitutivos de un empréstito
  • La emisión y colocación de Letras del Tesoro cuyo
    vencimiento supere el ejercicio financiero
  • La contratación de préstamos
  • La contratación de obras, servicios o
    adquisiciones cuyo pago total o parcial se
    estipule realizar en el transcurso de más de un
    ejercicio financiero posterior al vigente
    siempre y cuando los conceptos que se financien
    se hayan devengado anteriormente
  • El otorgamiento de avales, fianzas y garantías,
    cuyo vencimiento supere el período del ejercicio
    financiero
  • La consolidación, conversión y renegociación de
    deudas.

15
Control de endeudamiento en el marco de la LRF
  • El Ministerio de Economía y Producción a través
    de la Secretaria de Hacienda analizará y
    autorizará, si correspondiere, con carácter
    previo a la generación de obligaciones para las
    partes, el endeudamiento del Sector Público No
    Financiero correspondiente a los Gobiernos
    Provinciales, de la CABA y de los Gobiernos
    Municipales.
  • En particular, para las autorizaciones de
    endeudamiento de Municipios
  • A. Las jurisdicciones provinciales dictarán una
    normativa específica para las autorizaciones de
    endeudamiento de sus Municipios, que contemple un
    informe técnico por parte de la Provincia acerca
    de la sustentabilidad económica y financiera de
    la propuesta de endeudamiento.
  • B. Hasta tanto entre en vigencia la normativa
    provincial antes comentada, la autorización
    seguirá el mismo procedimiento y tendrá las
    mismas condiciones que las establecidas con
    respecto al endeudamiento provincial.
  • La Provincia de Entre Ríos se rige por lo
    previste en el inciso B.

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La documentación requerida es la siguiente
  • Nota de solicitud de autorización de la operación
    de financiamiento, estableciendo el destino de
    los ingresos
  • Copia Certificada de la Ordenanza, que autorice
  • Uso del Crédito y su destino
  • Cesión de recursos en garantía y/o pago
  • La moneda del financiamiento.
  • Modelo de Contrato de Mutuo y Cesión de Derechos
    y/o Fideicomiso en su caso, especificando
    claramente aprobado por la norma que corresponda
  • Moneda de pago del préstamo.
  • Plazo del préstamo
  • Amortización e Intereses método de amortización
    del capital del préstamo y la frecuencia del pago
    de intereses y del capital.
  • Tasa de Interés tipo (fijo o variable) y su
    conformación.
  • Recursos que se otorguen en garantía.
  • Comisiones de estructuración, de instrumentación,
    de liquidación y/o cualquier otra que estén a
    cargo del prestatario, y todos los gastos
    inherentes a la operación.

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La documentación requerida es la siguiente
  • Dictámenes de Contaduría y Fiscalía sobre la
    viabilidad de la operación
  • Programación de los servicios de capital e
    interés de la operación de endeudamiento para el
    período de duración del mismo.
  • Informe del stock de la deuda a la fecha de la
    solicitud y perfil de vencimientos de capital e
    intereses para el período de duración del
    financiamiento.
  • Ejecución Presupuestaria (Esquema
    Ahorro-Inversión-Financiamiento) al cierre del
    trimestre inmediato anterior a la fecha de la
    solicitud de autorización y proyección
    financiera para el período de duración del
    financiamiento que se solicita autorización.
  • Afectaciones de la Coparticipación Municipal
    (Importe o porcentaje comprometido)
  • Otras garantías (importe y porcentaje
    comprometido).
  • Para el caso de operaciones de leasing o de corto
    plazo con Entidades Financieras, si bien no
    constituyen deuda pública, requieren la
    intervención del Ministerio de Economía en virtud
    de las disposiciones del BCRA y por ende se
    requiere la misma información.

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Asimismo, la Ley establece
  • Indicador de endeudamiento Servicios de deuda ?
    15 Recursos Corrientes (Art. 21). Las
    jurisdicciones que superen dicho Indicador poseen
    limitaciones para conseguir nuevos endeudamientos
    (Art. 22).
  • Las operaciones de crédito público para
    reestructurar la deuda pública deberán implicar
    un mejoramiento de los montos, plazos y/o
    intereses de las operaciones originales.
  • Las jurisdicciones deberán ejecutar sus
    presupuestos preservando el equilibrio
    financiero. Dicho equilibrio se medirá como la
    diferencia entre los recursos percibidos y los
    gastos devengados (Art. 19).
  • Cuando los niveles de deuda generen servicios de
    la deuda superiores al 15 de los recursos
    corrientes, las Jurisdicciones deberán presentar
    y ejecutar presupuestos con superávit primario
    acordes con planes que aseguren la progresiva
    reducción de la deuda (Art. 20).
  • Cuando el indicador esté por encima del 15, las
    Jurisdicciones no podrán incrementar sus gastos
    de capital más allá de la tasa de variación
    nominal del PBI (Art. 10).

19
Herramientas para la mejora en la producción de
información fiscal municipal
20
Producción de información Municipal
  • Tanto en el proceso de control de endeudamiento
    como en las líneas de trabajo habituales de la
    DNCFP, surgen varios problemas relacionados con
    la disponibilidad, cantidad y calidad de la
    información municipal.
  • Es por ello que se ha avanzado en la
    implementación de algunas herramientas que
    permiten colaborar tanto con el nivel
    provincial como con los propios municipios en
    la mejora de la producción de información fiscal
    municipal.

SI.MU. 2.0
Intercambio de información
Intercambio de Experiencias
Clasificador Presupuestario Municipal
Actividades de Capacitación
21
SI.MU. 2.0
  • Desde el área de Finanzas Municipales se pensó
    en
  • Desarrollar un sistema de información con el fin
    de estandarizar procesos y homogeneizar criterios
    en la producción de información.
  • Crear una herramienta sencilla, que posibilite a
    los Municipios producir información propia.
  • Permitir el almacenamiento en una base de datos
    en formato Excel que genere en forma automatizada
    una salida de información consolidada en el
    formato del Esquema AIF.
  • Con esas ideas, se desarrolló inicialmente el
    SI.MU. que era un aplicativo que, entre otras
    cosas, sirvió de base para la ventanilla
    virtual de la Provincia de Entre Ríos.
  • Actualmente, se está implementando en algunos
    Municipios y en la Provincia de Salta el SI.MU.
    2.0, un aplicativo más avanzado, que simplifica
    la carga de la información, incluye módulos
    adicionales y potencia la utilización de los
    datos para la toma de decisiones.

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Actividades de capacitación
  • Realizadas por la DNCFP, dos modalidades
  • Interna capacitación a los funcionarios
    provinciales de áreas vinculadas con las finanzas
    municipales, sobre temas relacionados con el
    procesamiento y la homogenización de la
    información fiscal municipal, la realización de
    proyecciones, principales disposiciones de la
    LRF, etc.
  • Externa capacitación a los Municipios de la
    Provincia sobre producción de información,
    análisis y consistencia, utilización de
    indicadores fiscales, principales disposiciones
    de la LRF, etc.
  • Realizadas por el Foro de Direcciones de
    Presupuesto y Finanzas de la República Argentina
    se ofrece, bajo una modalidad virtual,
    capacitación en materia presupuestaria, a través
    del curso Formulación del Presupuesto en
    Municipios. La actual edición comenzó el 24 de
    octubre.

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Otras actividades
  • Intercambio de información
  • Implementación de un canal asiduo de flujo de
    información, que permita incrementar la
    confiabilidad de los datos con los que se
    trabaja.
  • Clasificador Presupuestario Municipal
  • La Comisión de Asuntos Municipales del Foro de
    Direcciones de Presupuesto y Finanzas está
    trabajando en la actualización del clasificador
    presupuestario municipal que facilitará la
    homogenización de los registros de información
    fiscal.
  • Intercambio de experiencias
  • Anualmente, desde el año 2010, la DNCFP organiza
    los Seminarios sobre Producción, homogenización
    y consolidación de estadísticas fiscales de los
    gobiernos municipales, destinados a funcionarios
    provinciales y municipales.
  • También participa de las Jornadas paralelas sobre
    Municipios en el Plenario del Foro de Direcciones
    de Presupuesto y Finanzas.

24
Muchas gracias!
Datos de contacto
Mail cgalva_at_mecon.gov.ar
municipiosdncfp_at_mecon.gov.ar Teléfonos (011)
4349-6417 Sitio web www2.mecon.gov.ar/hacienda
/dncfp/municipal.html
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