Title: Sin t
1Ley N 26.565 - Régimen Simplificado (Monotributo)
Cotizaciones fijas de seguridad social
Distintos beneficiarios
Elección del agente del seguro de salud -
Oportunidad
Régimen de inclusión social y promoción del
trabajo independiente
2Ley N 26.565 - Régimen Simplificado (Monotributo)
Cotizaciones fijas de seguridad social
Con destino al Sistema Integrado Previsional
Argentino
110
Otorga derecho a PBU, Retiro por Invalidez.
Efectores Sociales Exentos
Con destino al Sistema Nacional del Seguro de
Salud
70 por cada persona cubierta
Otorga derecho a las prestaciones de salud con
acceso progresivo a la cobertura.
( 70 el titular y 70 por cada integrante del
grupo familiar informado)
Efectores Sociales descuento del 50 ( 35 el
titular y 35 por cada integrante del grupo
familiar informado)
3Ley N 26.565 - Régimen Simplificado (Monotributo)
Elección del Agente del Seguro de Salud Obra
Social
Al momento de la adhesión al régimen
En un momento posterior
- En la Obra Social elegida (opción) con inicio de
cobertura a partir del 3 mes posterior a la
presentación de la solicitud. - Por única vez, después de la adhesión (Art.12 de
la Res. 576/2004 SSSalud). - Sólo una vez por año y permanece un año en esa
obra social.
- Consigna Obra Social en la aplicación Web de
AFIP. - AFIP informa a la Super-intendencia de Servicios
de Salud. - Superitendencia de Servicios de Salud valida y
notifica a la AFIP y la Obra Social que
corresponda.
4Ley N 26.565 - Régimen Simplificado (Monotributo)
Régimen de inclusión social y promoción del
trabajo independiente
Cuota de inclusión social
5 Monto de operaciones facturadas mes anterior
A cuenta de aportes previsionales (ingresa F.157)
Con destino al Sistema Nacional del Seguro de
Salud
70 (Optativo)
Ingresa F.157
Puede desistir una vez por año
5www.afip.gob.ar