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Lic. Rosal

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Proponer al juez, a qui nes se les debe reconocer como acreedores del comerciante, ... La declaraci n del Comerciante en concurso mercantil. – PowerPoint PPT presentation

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Title: Lic. Rosal


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  • Lic. Rosalía Buenrostro Báez
  • Titular de la Unidad de
  • Registro y Control de Especialistas
  • Lic. José Antonio Heredia Pérez
  • Coordinador de Áreas

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PROPÓSITO
  • Dar a conocer el procedimiento concursal
    mercantil así como el sistema de Especialistas de
    Concursos Mercantiles, a los abogados,
    contadores, economistas, financieros,
    administradores de empresas, empresarios y demás
    interesados en la materia, a efecto de ir
    instalando una cultura sobre el particular entre
    estos profesionales, cuyos conocimientos y
    experiencia son afines con tales temas y
    constituyen una población potencial para
    participar en estas estructuras.

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QUÉ EFECTOS GENERA LA CRISIS FINANCIERA DE LA
EMPRESA?
  • Recesión aguda en la actividad económica.
  • Posibilidad de perder las fuentes de riqueza y de
    trabajo.
  • Demandas judiciales.
  • Desigualdad entre los acreedores.

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QUÉ ES EL INSTITUTO FEDERAL DE ESPECIALISTA DE
CONCURSOS MERCANTILES (IFECOM)?
  • Es un órgano auxiliar del Consejo de la
    Judicatura Federal, con autonomía técnica y
    operativa, encargado principalmente de
  • Proveer a la administración de justicia concursal
    mercantil con Especialistas eficaces, a partir de
    una gestión eficiente del sistema de
    especialistas y de la cuidadosa supervisión de
    los procesos concursales de naturaleza mercantil.

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continuación
  • Establecer los Criterios de Selección y
    Actualización de los Especialistas.
  • Autorizar la inscripción en el Registro de
    Especialistas de Concursos Mercantiles a las
    personas que acrediten cubrir los requisitos
    necesarios para realizar las funciones de
    visitador, conciliador y síndico en los
    procedimientos de concursos mercantiles.
  • Designar, en forma aleatoria, al Especialista que
    participará en un concurso mercantil.
  • Supervisar la prestación de los servicios que
    realicen los Especialistas.

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continuación
  • Promover la capacitación y actualización de los
    Especialistas.
  • Administrar el Registro y Control de
    Especialistas.
  • Establecer mediante Reglas de Carácter General el
    régimen aplicable a la remuneración de los
    Especialistas
  • Fungir como órgano consultivo de los
    Especialistas y de los jueces concrusales.
  • Revocar la autorización para la realización de
    las funciones de Especialista de Concursos
    Mercantiles.

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CUÁL ES LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO ?
  • El Instituto está compuesto por una Junta
    Directiva integrada por el Director General y
    cuatro Vocales.
  • Su integración es multidisciplinaria cubre las
    materias administrativa, contable, económica,
    financiera y jurídica.

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(No Transcript)
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QUIÉN ES EL ESPECIALISTA DE CONCURSOS
MERCANTILES?
  • Una persona profesional, competente, en el libre
    ejercicio de su profesión que, además de su
    formación en un determinado campo del saber, dada
    su experiencia en el ámbito económico,
    financiero, administrativo y contable, se
    encuentra inscrita en el Registro de
    Especialistas de Concursos Mercantiles del
    IFECOM.

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continuación
  • Es el órgano del concurso mercantil a quien la
    Ley le encomienda realizar, en auxilio del juez,
    diversas actividades en materias de
    administración, contabilidad, finanzas y en los
    diversos campos de la actividad comercial,
    industrial o de servicios, ya sea como visitador,
    conciliador o síndico, que conduzcan a la
    solución de los problemas económicos y
    financieros que enfrenta un comerciante en
    estado de insolvencia.

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POR QUÉ ESPECIALISTAS DE CONCURSOS MERCANTILES?
  • El legislador consideró necesario que para
    auxiliar al juez en los procedimientos de
    concursos mercantiles, contara con la
    participación de auxiliares con suficiente
    solvencia moral, conocimientos y experiencia en
    disciplinas distintas a las del Derecho, a efecto
    de producir resultados inmediatos y reales en la
    solución de los problemas de las empresas en
    crisis financiera.

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EN DÓNDE SE FUNDAMENTA LA FIGURA DEL
ESPECIALISTA?
  • En la Ley de Concursos Mercantiles.
  • En su Título Segundo los designa ÓRGANOS DEL
    CONCURSO MERCANTIL.
  • Y son Visitador, Conciliador y Síndico

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CUÁL ES EL PERFIL PROFESIONAL DE LOS
ESPECIALISTAS
  • Visitador Contar con sólidos conocimientos y
    experiencia comprobada en materia de
    contabilidad, auditoria, costos, análisis e
    interpretación de estados financieros.
  • Conciliador Contar con experiencia comprobada
    en contabilidad, análisis e interpretación de
    estados financieros, intervención en procesos
    concursales, procesos de ingeniería financiera y
    corporativa, rescate y dirección empresarial,
    mediación, conciliación, asesoría en fusiones,
    escisiones y adquisiciones, reestructuración
    financiera y valuación de negocios.
  • Síndico Experiencia en contabilidad,
    intervención en procesos concursales,
    administración, enajenación, rescate y valuación
    de empresas, fusiones, adquisiciones y
    conversiones.

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SON REMUNERADOS LOS ESPECIALISTAS?
  • Sí, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
    333 de la Ley de Concursos Mercantiles, los
    Especialistas tienen derecho a cobrar honorarios
    por los servicios profesionales prestados en la
    realización de las actividades que la Ley les
    encomienda.

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CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS
HONORARIOS?
  • Son determinados con base en el régimen de
    honorarios que establece el Instituto a través de
    reglas de carácter general.
  • Son a cargo del Comerciante.
  • Son considerados como gastos ordinarios de
    operación.
  • Son cuantificables en Udis

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CÓMO SE CUANTIFICAN LOS HONORARIOS ?
  • Del Visitador
  • Cuota por hora empleada.
  • Del Conciliador
  • Porcentaje sobre el valor de los pasivos
    reconocidos.
  • Del Síndico
  • Porcentaje sobre ingresos por enajenación.

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CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA INGRESAR AL
REGISTRO DE ESPECIALISTAS DE CONCURSOS
MERCANTILES?
  • Presentar solicitud por escrito.
  • Tener experiencia de cuando menos cinco años, en
    materia de administración de empresas, de
    asesoría financiera, jurídica o contable.
  • No desempeñar empleo, cargo o comisión en la
    Administración Pública, ni ser parte de los
    Poderes Legislativo o Judicial en cualquiera de
    los tres ámbitos de gobierno.
  • Ser de reconocida probidad.
  • Cumplir con los procedimientos de selección del
    IFECOM.
  • No haber sido condenado mediante sentencia
    ejecutoriada por delito intencional que merezca
    pena corporal ni inhabilitado para empleo, cargo
    o comisión en el servicio público, el sistema
    financiero o para ejercer el comercio.

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QUÉ VENTAJAS TIENE EL SER ESPECIALISTA DE
CONCURSOS MERCANTILES?
  • Percibir honorarios adicionales.
  • Abrir su cartera de clientes dándose a conocer
    por clientes nuevos.
  • Conocer un nuevo campo de aplicación de sus
    conocimientos y experiencia.
  • Desempeñar nuevas funciones.
  • Adquirir un nuevo estatus curricular.
  • Ampliar el ámbito de su capacitación.
  • Incorporar un nuevo espacio laboral al existente.
  • Vivir una nueva experiencia profesional.
  • Crecimiento profesional
  • Ser integrante del Registro de Especialistas del
    Instituto Federal de Especialistas de Concursos
    Mercantiles.
  • Contar con fuentes adicionales de trabajo.
  • Ser un profesionista independiente auxiliar del
    Poder Judicial de la Federación.
  • Hacer significativos sus conocimientos y
    experiencia acumulados.

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CÓMO INICIO MI INGRESO AL REGISTRO DE
ESPECIALISTAS?
  • Entrar a la página electrónica del IFECOM
  • www.ifecom.cjf.gob.mx
  • Recibir clave.
  • Llenar solicitud acompañada de la documentación
    que acredite los requisitos de ingreso.

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  • EL PROCEDIMIENTO DE DECLARARCIÓN DE CONCURSO
    MERCANTIL

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QUÉ ES EL CONCURSO MERCANTIL?
  • Procedimiento jurisdiccional del fuero federal,
    al que se somete o es sometido un Comerciante,
    por el cual se pretende obtener sentencia que lo
    declare en estado jurídico de concurso mercantil,
    a fin de evitar que el incumplimiento
    generalizado de las obligaciones de pago en que
    incurrió, ponga en riesgo su viabilidad y la de
    los demás Comerciantes con los que tenga
    relación de negocios.
  • Procedimiento multidisciplinario de naturaleza
    jurídica, financiera, económica y administrativa,
    en el que el peso de los aspectos no jurídicos,
    ilustran al juez para que pueda mejor proveer en
    las etapas que lo conforman.

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QUÉ VENTAJAS OTORGA EL CONCURSO MERCANTIL?
  • Pronunciamiento de medidas cautelares.
  • Posibilidad de reestructurar pasivos.
  • Conservación de fuentes de riqueza y de trabajo.
  • Reparto equitativo en el pago.

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EN QUÉ CONSISTE EL IMPACTO SOCIAL DEL CONCURSO
MERCANTIL?
  • En propiciar cambios en las condiciones sociales
    y económicas.
  • En dar permanencia a los negocios y conservar las
    fuentes de trabajo.
  • En dar nuevo impulso a la actividad productiva.
  • En incrementar la competitividad de los negocios.
  • En el impulso del producto interno bruto.
  • En el impulso a la solución consensuada de los
    conflictos.

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QUIÉNES INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO ?
  • Juez de Distrito
  • Comerciante
  • Especialistas de Concursos Mercantiles
  • Acreedores
  • En su caso, el Ministerio Público demandante
  • Interventores

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CÓMO SE CONFORMA EL PROCEDIMIENTO DE
DECLARARCIÓN DE CONCURSO MERCANTIL?
  • Fase previa
  • Visita de verificación
  • Dos Etapas
  • De conciliación
  • De quiebra

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QUÉ ES LA VISITA DE VERIFICACIÓN?
  • Conjunto de actividades que tienen como finalidad
    principal verificar y dictaminar si el
    Comerciante incurrió en el incumplimiento
    generalizado de sus obligaciones de pago de
    acuerdo con su contabilidad y conforme a los
    supuestos previstos por la ley.
  • Para el desarrollo de esta fase previa se
    designa a un Especialista denominado Visitador.

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CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DEL
VISITADOR?
  • Dictaminar si el Comerciante dejó de cumplir en
    forma generalizada con su obligaciones de pago,
    de acuerdo con los supuestos previstos por la
    ley.
  • Sugerir al juez la adopción, modificación o
    levantamiento de providencias precautorias.

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EN QUÉ CASOS SE CONSIDERA EL INCUMPLIMIENTO
GENERALIZADO?
  • En aquellos en los que las obligaciones que
    tengan cuando menos 30 días de haber vencido,
    representen el 35 o más de todas las
    obligaciones a la fecha de presentación de la
    solicitud o demanda.
  • Que el Comerciante no tenga activos para hacer
    frente a por lo menos el 80 de sus obligaciones
    vencidas a la fecha de presentación de la
    solicitud o de la demanda.

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EN QUÉ CASOS SE PRESUME EL INCUMPLIMIENTO
GENERALIZADO?
  • Inexistencia o insuficiencia de bienes sobre los
    que se pueda trabar embargo.
  • Incumpla en el pago de obligaciones a dos o mas
    acreedores distintos.
  • Cuando se oculte o se ausente sin dejar
    representante, o bajo las mismas circunstancias,
    cierre los locales de su empresa.
  • Acuda a prácticas ruinosas, fraudulentas o
    ficticias para atender o dejar de cumplir sus
    obligaciones.
  • Incumpla el convenio concursal.

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EN QUE SENTIDO PUEDE RESOLVER EL JUEZ DESPUÉS DE
CONCLUIR LA VISITA DE VERIFICACIÓN?
  • Con la declaración de improcedencia de concurso
    mercantil
  • Con la declaración de procedencia de concurso
    mercantil.

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CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE NO
COCNURSO?
  • Las cosas vuelven al estado en que se encontraban
    al momento de la solicitud o demanda.
  • Procede el levantamiento de providencias
    precautorias.
  • Se condena al pago de gastos y costas.
  • Se pone fin al procedimiento.

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CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE
CONCURSO?
  • Se señala la fecha de la sentencia y la fecha de
    retroacción.
  • Se dicta la orden de no pagar deudas, salvo los
    indispensables para operación ordinaria.
  • Se dicta la orden de suspender ejecuciones,
    excepto las laborales.
  • Procede decretar el arraigo del Comerciante, si
    fue demanda.
  • Se abre la etapa de conciliación.
  • Se ordena al IFECOM la designación de un
    Especialista denominado Conciliador.

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QUÉ ES LA ETAPA DE CONCILIACIÓN?
  • Es la primera de dos etapas que conforman el
    procedimiento concursal.
  • Es el periodo dentro del cual se lleva a cabo el
    reconocimiento, graduación y prelación de los
    créditos a cargo del Comerciante y,
  • El periodo dentro del cual se celebra el convenio
    concursal.
  • Para el desarrollo de esta etapa se designa a un
    Especialista denominado Conciliador.

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CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DEL
CONCILIADOR?
  • Proponer al juez, a quiénes se les debe reconocer
    como acreedores del comerciante, en qué grado y
    prelación.
  • Maximizar el valor social del Comerciante
    mediante la celebración de un convenio
    Comerciante-Acreedores.
  • Vigilar la administración del Comerciante.
  • Cuando así convenga, solicitar el cierre total o
    parcial, temporal o definitivo de la empresa.

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CUÁLES SON LOS SUPUESTOS PARA LA DECLARACIÓN DE
QUIEBRA?
  • La declaración del Comerciante en concurso
    mercantil.
  • A solicitud del propio comerciante.
  • Que haya transcurrido el periodo de conciliación
    y sus prórrogas y no se haya celebrado convenio.
  • A solicitud del Conciliador por falta de
    disposición del Comerciante o sus acreedores.

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CUÁLES SON LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE
QUIEBRA?
  • La apertura de la etapa de quiebra.
  • La orden al IFECOM para que designe Síndico.
  • La suspensión al Comerciante de la capacidad de
    ejercicio sobre los bienes que integran la masa.
  • La orden de entregar al Síndico todos los bienes
    y derechos que integran la masa concursal.

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QUÉ ES LA ETAPA DE QUIEBRA?
  • Es la segunda de las dos etapas que conforman el
    procedimiento concursal
  • El conjunto de actos encaminados a
  • a) La administración de la empresa en
    substitución del Comerciante.
  • b) La realización de todos los bienes.
  • c) Al pago de los acreedores reconocidos.
  • Para el desarrollo de esta etapa se designa a
    un Especialista denominado Síndico.

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CUÁLES SON LAS PRINCIPALES FUNCIONES DEL
SÍNDICO?
  • Administrar los bienes del comerciante, con las
    más amplias facultades de dominio.
  • Vender los activos de la empresa procurando
    lograr su máximo valor.
  • Realizar el pago, a cuota concursal, a los
    acreedores reconocidos.

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DIAGRAMA DELPROCEDIMIENTO
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  • FIN
  • Insurgentes Sur No. 2065 Piso 2, Col. San Ángel
  • C.P. 01000 Delegación Álvaro Obregón, México,
    D.F.
  • www.ifecom.cjf.gob.mx
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