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Sin t

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Title: Sin t tulo de diapositiva Author: Compaq Last modified by: Mario Created Date: 5/9/2000 9:45:53 PM Document presentation format: Carta (216 x 279 mm) – PowerPoint PPT presentation

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Transcript and Presenter's Notes

Title: Sin t


1
SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO
Filosofía hasta el 31.12.83 soc.de personas
__________________________________________________
________
G.C. o Adicional
Socio
Socio
Base Devengada
EMPRESA
Primera Categoría Base Devengada
2
SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO
Filosofía hasta el 31.12.83 Sociedad
Anónimas
__________________________________________________
________
G.C. Adicional
Accionista
Accionista
Base Percibida
Tasa Adicional
SOCIEDAD ANONIMA
Primera Categoría Base Devengada
3
SISTEMA TRIBUTARIO CHILENO
Filosofía desde 01.01.84
__________________________________________________
________
Global Complementario
Socio
Socio
Base Percibida
EMPRESA
Primera Categoría Base Devengada
4
OBJETIVO DEL FONDO DE UTILIDADES TRIBUTABLES DE
UNA SOCIEDAD DE PERSONA
__________________________________________________
________
  • Indicar hasta que monto los retiros tributan.
  • Ejemplo
  • FUT 15.000.000
  • Retiro 18.000.000
  • Conclusión
  • Afecto a Global o Adicional 15.000.000
  • Retiro en exceso para el año siguiente 3.000.000
  • Indicar los créditos disponibles.(10,
    S/C,15,16, 16,5 y17)

5
OBJETIVO DEL FUT EN SOCIEDAD ANÓNIMA
__________________________________________________
________
  • Sólo indicar los créditos disponibles.
  • Ejemplo FUT 70.000.000
  • Dividendo 120.000.000
  • Conclusión
  • Con Crédito en Global o Adicional 70.000.000
  • Sin Crédito en Global Complementario 50.000.000

6
REGLA DEL F.U.T. Artículo 14 de la Ley de la Renta
__________________________________________________
________
  • La cuenta se saca al final.
  • Al cierre del balance.
  • Término de giro.
  • Nunca los retiros EFECTIVOS hacen negativo el
    F.U.T.
  • Retiro de activos
  • Cuentas por cobrar.
  • Caja.
  • Activo fijo.
  • Los Retiros están en función de la persona y no
    del societario

7
PARTIDAS DEL FUT (Sociedad de personas)
  • Remanente ejercicio anterior (/-)
  • Renta liquida imponible (/-)
  • - Se reponen pérdidas ()
  • - Menos retiros presuntos ()
  • Participaciones en Sociedad c/simplificada. (/-)
  • Participaciones en Sociedad c/completa. ()
  • Agencias o sucursales de empresas extranjeras ()
    (artículo 58 Nº1)
  • Reinversiones ()

8
PARTIDAS DEL FUT(Sociedad de personas)
  • Rentas Exentas de Primera Categoría ()
  • Rentas Presuntas ()
  • SUBTOTAL
  • Deducciones (-)
  • Rentas Presuntas
  • Retiros Presuntos (articulo 21 de la Ley LIR)
  • Retiros Efectivos
  • SALDO DE FUT EJERCICIO SIGUIENTE (/-)

9
  • TIPOS DE RETIROS
  • Efectivos
  • En Exceso
  • Presuntos
  • Por uso de bienes que no producen renta

10
CONCEPTO RETIROS
__________________________________________________
________
  • Retiros en dinero o especie.
  • Rentas remesadas al exterior.
  • Préstamos que las sociedades de personas
    efectúen a los socios personas naturales o
    contribuyentes del impuesto Adicional que no sean
    personas naturales, cuando este último caso el
    SII determine es un retiro en cubierto de
    utilidades tributables. (Ley 19.506)

11
RETIROS EFECTIVOS (características)
__________________________________________________
________
  • Tributa el socio que efectivamente retira.
  • Tributa sólo si queda cubierto por F.U.T.
  • No toman en consideración el porcentaje de
    participación en la sociedad.
  • Son reinvertibles Art 14 letra c)
  • Se imputan actualizados.

12
ORDEN EN QUE SE GRAVAN LOS RETIROS
__________________________________________________
________
  • Los retiros se gravan por sus montos efectivos y
    según su orden de precedencia.
  • Imputación
  • Utilidades Tributables
  • Depreciación Acelerada
  • FUNT

13
RETIROS PRESUNTOS
  1. Tributan los socios de la sociedad de personas.
  2. Tributan en relación a su porcentaje de
    participación en las utilidades.
  3. Tributa cada socio en particular si se identifica
    en su beneficio el gasto
  4. Tributan siempre, no dependen del saldo del Fondo
    de Utilidades Tributables
  5. En la medida de que los socios sean personas
    jurídicas, el retiro debe encadenado hasta los
    socios personas naturales (incrementando el FUT)
  6. Estos retiros presuntos tienen derecho la crédito
    de Primera Categoría.

14
RETIROS PRESUNTOS (Gastos Rechazados)
TASA RLI
CON RLI
CON RLI -
REM.FUT
TASA REM
O. ING.
REM.FUT -
CON RLI -
TASA O.I
SIN O. ING.
REM.FUT -
CON RLI -
TASA VIG. NO DEVOLVIBLE
15
RETIROS PRESUNTO (Socio es otra sociedad)
  1. No afecta el FUT de la Sociedad (Socia) ya que,
    se incrementa y disminuye el F.U.T.
  2. Se traslada a los Socios persona natural, en
    proporción a sus participaciones, si el socio es
    una S.A. se aplica el impuesto del Artículo 21 de
    la Ley de la Renta.
  3. Corresponde a un 20 (valor neto) en el caso de
    los vehículos, un 11 (avalúo fiscal) en el caso
    de inmuebles y un 10 (Valor neto) en el caso de
    otros bienes Muebles

16
RETIROS POR EL USO DE BIENES
  • Rebajan el FUT siempre
  • Afectan al Socio beneficiado
  • Inexistencia de FUT, sin crédito
  • Imputación a FUT igual a retiros efectivos
  • Se rebajan antes de los retiros en exceso y
    retiros efectivos

17
RETIROS EN EXCESO
  1. Caso que el adquirente es una Persona Natural.
  2. Caso que el adquirente es una Soc. de Personas.
  3. Caso en que el adquierente es una S.A.

18
RETIRO EN EXCESO
  • Persona Natural Asume como retiro efectivo
    cuando exista FUT suficiente
  • Sociedad de persona Independiente de su FUT los
    socios pagan el Global Complementario o Adicional
  • Sociedad Anónimas Independiente de su FUT la
    apaga el 35 (artículo 21)

19
REINVERSION
  • No procede aplicar Impuesto Global Complementario
    o Adicional las rentas que el empresario
    individual o socios de sociedades de persona
    retiren de sus empresas para invertirlas en otras
    empresas o sociedades que cumplan copulativamente
    los siguientes requisitos, todos dentro del plazo
    máximo de 20 días corridos desde la fecha del
    retiro
  • Ser contribuyentes de Primera Categoría.
  • Que estén obligados a determinar sus rentas
    efectivas por medio de contabilidad completa, ya
    sea acogidas al art. 14 bis o art. 20 de la LIR

20
REINVERSION
  • La inversión debe ser
  • Aumentos efectivos de capital en una empresa
    individual.
  • Aporte de capital en el caso de sociedades de
    persona.
  • En el caso de sociedades anónimas, como primer
    titular, de acciones de pago.
  • Para efectuar la reinversión no es necesario que
    el aporte se señale en el contrato social,
    debiendo solamente registrarse adecuadamente.
  • En el caso de reinversiones en SA, ellas no
    forman parte del FUT (1.05.98)

21
REINVERSION
  • Obligaciones Tributarias
  • Certificado N15 (Provisorio) y Certificado N16
    (Definitivo)
  • Declaración Jurada N1821 (Empresa receptora)
  • Declaración Jurada N1822 (Venta de las
    acciones)
  • Declaración Jurada (Adicional)
  • Ley 19.879 (24/06/2003)
  • Reinversiones del 1/01/200 a 23/06/2003

22
FUT DEVENGADO
  • Letra A), N1, a), del artículo 14º de la Ley de
    la Renta
  • Compatibilidad.
  • Porcentaje en la sociedad.
  • Requerimiento de más de una sociedad.
  • Criterio de devengamineto.
  • Efecto de la pérdidas tributarias.

23
DEPRECIACION ACELERADA
  • Inciso tercero, del N5 del Artículo 31, permite
    la aplicación depreciación acelerada, solamente
    para la determinación del impuesto de Primera
    Categoría.
  • La diferencia entre la depreciación normal v/s
    acelerada, no permite postergar los impuestos
    Global Complementario o Adicional.
  • Vigencia, a contar del Año Tributario 2002,
    respecto de los bienes que se acojan al régimen
    de depreciación acelerada desde dicho año. En
    otras palabras afecta los bienes que a contar del
    año calendario 2001 se aplique depreciación
    acelerada.

24
DEPRECIACION ACELERADA
  • Renta Líquida Imponible
  • Ut.Bce. 18.000
  • Menos
  • Dif. Dep. (14.000)
  • RLI 4.000
  • FUT
  • Remanente 0
  • RLI 4.000
  • Dif. Dep. 14.000
  • Saldo FUT 18.000
  • UT. C/C 4.000
  • UT. S/C 14.000

25
EFECTO EN FUT
26
REGLAS DEL FUT DE UNA SA
  • La situación tributaria del dividendo se define
    cuando existe remanente.
  • Toda cantidad que se distribuye tributa, salvo
    que se impute al F.U.N.T.
  • Nunca se hace negativo por distribuciones.
  • Se hace negativo por retiros presuntos (gastos
    rechazados y bines que no generan renta).
  • No existen dividendos en exceso.
  • Se imputa la Base Imponible y no RLI

27
PARTIDAS DEL FUT SA
  • Remanente ejercicio anterior. (/-)
  • Reajuste (parcial) (/-)
  • Menos (-)
  • Gastos rechazados desembolsados y provisionados
    el año anterior.
  • Distribuciones
  • Renta Líquida Imponible (/-)
  • Se repone pérdida ()
  • Menos Retiros presuntos (gastos rechazados)

28
PARTIDAS DEL FUT SA
  • Participaciones. ()
  • Contabilidad completa.
  • Contabilidad simplificada.
  • Renta presunta. (flujo efectivo)
  • Reinversiones ()
  • Rentas exentas de Primera Categoría.()
  • SUBTOTAL
  • Bienes que no generan Renta (-)
  • Dividendos distribuidos (-)
  • SALDO DE FUT EJERCICIO SIGUIENTE

29
ARTICULO 21(PRESTAMOS ACCIONISTAS)
  • Afecta a las S.A.
  • Préstamos a los accionistas, personas naturales y
    empresas extranjeras.
  • No se rebaja del Fondo de Utilidades Tributables.
  • No tiene derecho al crédito por Impuesto de
    Primera Categoría.
  • Caso de las cuentas por cobrar con accionistas.

30
RETIROS PRESUNTOS QUE DISMINUYEN FUT
  • No se afectan en Global Complementario o
    Adicional
  • Multas tributarias, municipales.
  • Patentes Mineras
  • Impuesto de Primera Categoría.
  • Impuesto Único artículo 21.
  • Impuesto territorial.

31
ARTICULO 31Nº 3 LIR
  • Utilidades Propias
  • Utilidades de Terceros
  • Efecto en la RLI
  • Efecto en FUT
  • Tasa de impuesto a recuperar

32
UTILIZACION DE LAS PERDIDAS
  • Limitación en la utilización de las pérdidas
    tributarias.
  • Condiciones (no se puede utilizar la pérdida)
  • Cuando ocurre un cambio en la propiedad de los
    derechos sociales, acciones, o derecho a
    participar en las utilidades.
  • Adicionalmente, cualquiera de estas tres
    situaciones
  • Se modifica el giro doce meses antes o doce meses
    después, salvo que mantenga el giro principal.
  • No se cuente con bienes de capital suficientes o
    de un valor proporcional al de adquisición de los
    derechos o acciones.
  • Se obtengan solamente ingresos por
    participaciones como socio o accionista o por
    reinversiones.

33
UTILIZACION DE LA PERDIDAS
  • Cambio de propiedad.
  • Nuevos socios o accionistas adquieran o terminen
    de adquirir directa o indirectamente, a través de
    sociedades relacionadas, a lo menos el 50 de los
    derechos, acciones o participaciones. (Norma en
    el tiempo)
  • Limitación, artículo 100 de la Ley N18.045
  • Vigencia, del 19 de junio del año 2001.

34
CREDITO (Impuesto de Primera Categoría)
  • Aplicación del crédito. (Ley Nº 18.293)
  • Global Complementario. (Artículo 56º Nº3)
  • Adicional. (Artículo 63º)
  • Incremento (artículo 54º Nº1 y 62º), el crédito
    es parte de la base imponible
  • Retiro 1.000.000
  • Incremento 204.819
  • Base 1.204.819
  • Exceso de crédito.
  • Pérdida tributaria de las sociedades.

35
INCREMENTO V/S CREDITO
  • Oficio N1752 (05/08/1997)
  • Materia Efectos Tributarios del incremento por
    concepto de Impuesto de Primera Categoría.
  • Pregunta Reconsideración de la prohibición de
    incrementar los retiros cuando el contribuyente
    ha retirado toda la utilidad tributable, dentro
    de la cual se incluye total o parcialmente el
    Impuesto de Primera Categoría.
  • Respuesta El SII ha señalado que este criterio,
    se aplicando desde el año 1993.

36
FUT NETO
  • Oficio N4306 (26/11/1999)
  • Materia Situación del impuesto de Primera
    Categoría que se rebaja del FUT
  • Respuesta
  • Provisionado o no el impuesto de Primera
    Categoría no se rebaja del FUT cuando el tributo
    ha sido retirado.
  • Diferencia de reajuste que se produce con el
    Impuesto de Primera Categoría, en una renta sin
    crédito.

37
FUT NETO (Ejemplo)
38
FUT NETO
  • Oficio N2762 (3/06/2003)
  • Materia Situación del Impuesto de Primera
    Categoría que se rebaja del FUT
  • Solicitud Reconsideración de las instrucciones
    impartidas en el Oficio N4306
  • Consulta Vigencia del criterio señalado en el
    Oficio 4.306 (26/11/1999)
  • Respuesta La vigencia es la misma señalada en la
    circular N42, de 1995 (Año 1990)

39
Ejemplo
40
Ejemplo
41
RESPUESTA SII
  • Contribuyente
  • Ut.C/C 8.489.500 y Ut.S/C 10.500
  • La sociedad solamente desarrolló actividades en
    un solo ejercicio, la cual pagó impuesto, por tal
    situación no tiene utilidades que no han pagado
    impuesto.
  • SII
  • El SII El crédito es 8.500.0000.176471.500.000
  • Recuperación sobre la pérdida de 274.000

42
EJEMPLO
43
CREDITO V/S INCREMENTO (Gastos rechazados)
  • Utilidad balance 80
  • Gasto rechazado 20
  • RLI 100 y Retiro 75
  • Impuesto de Primera Categoría 17
  • Incremento 5 (Gasto rechazado 4.096 y retiro
    0.904)
  • Conclusión
  • Retiro Gasto Rechazado Incremento RLI
  • Impuesto renta a imputar año siguiente 5

44
EFECTO EN FUT Contribuciones
  • Oficio N4518 (12/09/2003)
  • Materia Situación tributaria del impuesto
    territorial frente al registro de FUT.
  • Antecedente El SII mediante Oficio N4306,
    estableció que el impuesto de Primera Categoría,
    debía registrarse en una columna separada,
    imponiendo la teoría del FUT NETO

45
Contribuciones
  • El Oficio N4306, no contempla el efecto en el
    FUT NETO de las contribuciones, siendo la metería
    de consulta en el Oficio N4518

46
Alternativas propuestas por el Contribuyente
47
Alternativas propuestas por el Contribuyente
  • Alternativa N1

48
Alternativas propuestas por el Contribuyente
  • Alternativa N2

49
Alternativas propuestas por el Contribuyente
  • Alternativa N2

50
Respuesta SII
  • Alternativa N1

51
Respuesta SII
  • Alternativa N2

52
OFICIO N 299 de 20.01.2004 (contribuciones)
  • Materia Imputación del impuesto de Primera
    Categoría cubierto por contribuciones.
  • Respuesta SII Se debe imputar la totalidad del
    impuesto sea éste compensado por contribuciones.

53
EJEMPLO
54
FUT(Declaraciones Juradas)
  • Declaraciones Juradas
  • Sociedades de persona
  • Retiros F-1886
  • Gastos rechazados directos F-1893
  • Gastos rechazados indirectos F-1813
  • Reinversiones F-1821
  • Sociedades anónimas
  • Dividendos distribuidos F-1884
  • Reinversiones F-1821 y F-1822
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