Title: Seguridad en m
1Seguridad en máquinas y equipos de trabajo
- R.D.1435/1992
- R.D.1215/1997
2Máquina
- Un conjunto de piezas u órganos unidos entre sí,
de los cuales uno por lo menos habrá de ser móvil
y, en su caso, de órganos de accionamiento,
circuitos de mando y de potencia, u otros,
asociados de forma solidaria para una aplicación
determinada, en particular para la
transformación, tratamiento, desplazamiento y
acondicionamiento de un material.
3Máquina Excepciones
- Las máquinas cuya única fuente de energía sea la
fuerza humana empleada directamente, salvo si se
trata de una máquina utilizada para la elevación
de cargas - Las máquinas para usos médicos utilizadas en
contacto directo con el paciente - Los materiales específicos para ferias y parques
de atracciones - Las calderas de vapor y recipientes a presión
- Las máquinas especialmente concebidas o puestas
en servicio para usos nucleares y cuyos fallos
puedan originar una emisión de radiactividad - Etc...
4Equipo de trabajo
- Cualquier máquina, aparato, instrumento o
instalación utilizado en el trabajo.
5Fabricante
- Quien asume la responsabilidad del diseño y de la
construcción de la máquina - Quien cambia el uso previsto de una máquina
- Quien fabrica máquinas o componentes de seguridad
para uso propio - Quien monta máquinas, partes de máquinas o
componentes de seguridad
6Fabricante Obligaciones
- Cumplir los requisitos esenciales de seguridad y
salud. - Constituir el expediente técnico de construcción
- Suministrar información sobre la máquina
- Elaborar la declaración CE de conformidad
- Colocar el marcado CE y determinadas
informaciones de la máquina
7Si ni el fabricante ni el representante cumplen
sus obligaciones, éstas incumben a cualquier
persona que comercialice la máquina o el
componente de seguridad
8Procedimiento de Certificación de conformidad
OBLIGACIONES DE LOS FABRICANTES
FASE DE DISEÑO
FASE DE PRODUCCION
Máquina o componente de seguridad del anexo IV
NO
Declaración CE de conformidad Con requisitos
esenciales
MARCADO CE (DIRECTIVA 93/68/CEE)
Expediente técnico de Construcción (Anexo
IV) Constituido
FABRICANTE O REPRESENTANTE
COMERCIALIZACION Y PUESTA EN SERVICIO
Expediente técnico de construcción (Anexo
IV) enviado a un Organismo Notificado que acusa
recibo
SI
Con arreglo a Normas EN Armonizadas y completas
SI
Expediente técnico de Construcción (Anexo
IV) enviado a un Organismo Notificado que
establece el certificado de adecuación
ELIGE ENTRE
DECLARACION CE DE CONFORMIDAD CON MODELO
NO
EXAMEN CE DE TIPO sobre Modelo de máquina,
realizado por Organismo Notificado que elabora
certificado CE de tipo
9Seguridad de los equipos de trabajo
- Las máquinas están sujetas al R.D. 1215/1997
- El artículo 3 en su apartado a) establece
- EL EMPRESARIO DEBERA UTILIZAR ÚNICAMENTE EQUIPOS
QUE SATISFAGAN CUALQUIER DISPOSICIÓN LEGAL O
REGLAMENTARIA QUE LES SEA DE APLICACIÓN
10Seguridad de los equipos de trabajo
- En general
- R.D. 1.215/1997, disposiciones mínimas de
seguridad y salud para la utilización por los
trabajadores de los equipos de trabajo. - R.D. 1.435/1992, (Transposición de la Directiva
de Máquinas 89/392/CEE), modificado por el R.D.
56/1995.
11Seguridad de los equipos de trabajo
R.D. 1435/1992 R.D. 56/1995
UTILIZACIÓN Uso Mantenimiento Reparación
COMERCIALIZACION Diseño Fabricación Comercializac
ión
R.D. 1215/1997
12Comprobación de los equipos de trabajo
- Las comprobaciones serán realizadas por personal
competente suficientemente adiestrado. Los
resultados deberán registrarse, documentarse y
estar a disposición de la autoridad laboral. - Las comprobaciones se llevarán a cabo
- Inicialmente, con motivo de su instalación y
antes de la puesta en marcha por primera vez. - Después de cada montaje en un nuevo lugar o
emplazamiento.
13Comprobación de los equipos de trabajo
- Periódicamente, con objeto de asegurar el
cumplimiento de las disposiciones de seguridad y
salud aplicables. - Adicionalmente, debido a transformaciones
efectuadas, accidentes, fenómenos naturales o
faltas prolongadas de uso. - Ocasionalmente, para detectar deterioros debido
al transcurso del tiempo o la influencia de
agentes externos.
14Análisis histórico de su mantenimiento
Máquinas con Marcado CE Fabricadas Comercializad
as por 1ª vez Actualizadas Transformadas
R.D. 1435/1992 R.D. 56/1995
Acciones de mantenimiento
Ley 31/1995 R.D. 39/1997 Guías Técnicas
Fabricante Vendedor Representante
Marcado CE de máquinas y/o equipos
Chequeo Técnico 1º
Chequeo Técnico 2º
Análisis preliminar de riesgos
USUARIO
DEFICIENCIAS
Anexo I
Máquinas y equipos de trabajo sin marcado CE
Evaluación Riesgos deficiencias utilización
Evaluación Riesgos deficiencias utilización
R.D. 1215/1997
Anexo II
USUARIO
Estudio técnico económico de correcciones
Estudio técnico económico de correcciones
Chequeo 3º Cond. utilización
Utilización segura de máquinas y/o equipos
Plan de puesta a punto de máquinas yo equipos
DEFICIENCIAS
Formación, Procedimientos, Instrucciones...
Acciones de mantenimiento