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Sin t

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Title: Sin t tulo de diapositiva Author: CONEAU Last modified by: coneau Created Date: 10/25/2000 4:10:33 PM Document presentation format: A4 (210 x 297 mm) – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin t


1
(No Transcript)
2
OBJETIVOS Y FUNCIONES
  • La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
    Universitaria es un organismo descentralizado
    creado en 1995 por la Ley 24.521 de Educación
    Superior.
  • En cumplimiento de sus fines la CONEAU debe
    realizar
  • Evaluaciones externas, de las instituciones
    universitarias.
  • Acreditación periódica de carreras de grado,
    cuyos títulos correspondan a profesiones
    reguladas por el Estado.
  • Acreditación periódica de carreras de posgrado
    de especialización, maestría y doctorado.
  • Dictaminar en lo relativo a la puesta en marcha
    de nuevas instituciones universitarias
    nacionales.
  • Dictaminar en lo relativo al otorgamiento de la
    autorización provisoria y reconocimiento
    definitivo de las instituciones universitarias
    privadas.
  • Dictaminar sobre el reconocimiento de las
    entidades privadas que se constituyan con fines
    de evaluación y acreditación de instituciones
    universitarias.

3
Dictaminar sobre el reconocimiento de las
entidades privadas que se constituyen con fines
de evaluación y acreditación de instituciones
universitarias, de conformidad con la
reglamentación fijada por el MCyE con respecto a
la naturaleza y forma de constitución de dichas
entidades.
4
Dictaminar sobre la base de evaluaciones de los
proyectos respectivos, en lo relativo a la puesta
en marcha de nuevas instituciones universitarias
nacionales y el reconocimiento de las
provinciales.
5
Dictaminar en lo relativo al otorgamiento de la
autorización provisoria y reconocimiento
definitivo de las instituciones universitarias
privadas.
6
Acreditación periódica de especializaciones,
maestrías y doctorados, conforme con los
estándares que establezca el MCyE en consulta con
el Consejo de Universidades.
7
Acreditación periódica de carreras de grado,
cuyos títulos corresponden a profesiones
reguladas por el Estado, tal como lo determine el
MCyE en acuerdo con el Consejo de Universidades.
8
Evaluaciones externas, que tendrán lugar cada
seis años y se llevarán a cabo en el marco de los
objetivos definidos por cada institución. Son
complementarias de las autoevaluaciones que
efectúen los establecimientos para analizar sus
logros y dificultades y sugerir medidas
orientadas al mejoramiento de la calidad. Tienen
como principal objetivo asistir a las
instituciones en sus propuestas de mejoramiento
de la calidad.
9
ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
La CONEAU está integrada por DOCE miembros de
reconocida jerarquía académica y científica, con
experiencia en la gestión universitaria. Ejercen
sus funciones a título personal, con
independencia de criterio y sin asumir la
representación de ninguna institución. Los
miembros de la CONEAU son designados por el PEN a
propuesta de los siguientes organismos y en la
cantidad que en cada caso se indica. Tres por
el Consejo Interuniversitario Nacional Uno por
el Consejo de Rectores de Universidades
Privadas Uno por la Academia Nacional de
Educación Tres por el Senado de la
Nación Tres por la Cámara de Diputados de la
Nación Uno por el Ministerio de Cultura y
Educación de la Nación Los miembros de la CONEAU
son designados por cuatro años, con renovación
parcial cada dos. Su Presidencia y
Vicepresidencia son ejercidas por dos de sus
miembros elegidos por mayoría durante un año,
pudiendo ser reelecto. La CONEAU se reúne
periódicamente y debe dar cumplimiento a los
objetivos establecidos por ley, programando y
supervisando las tareas de un equipo técnico
permanente.
10
  • El Equipo Técnico permanente de la CONEAU está
    compuesto por profesionales universitarios,
    expertos en la elaboración de procedimientos y
    técnicas de evaluación, bajo la coordinación de
    tres Directores.
  • El Director de Administración tiene por
    responsabilidad primaria diseñar, programar y
    ejecutar las actividades vinculadas con la
    gestión económica, financiera y patrimonial
    del organismo, así como administrar las
    políticas y aplicación de normas que regulan al
    personal, su carrera administrativa, su
    capacitación y su desarrollo.
  • El Director de Evaluación debe instrumentar las
    medidas necesarias para la implementación de los
    procesos técnicos de evaluación de las
    instituciones universitarias.
  • El Director de Acreditación debe instrumentar
    las medidas necesarias para la implementación
    de los procesos técnicos de acreditación de las
    carreras de grado y posgrado.
  • Los cargos profesionales son cubiertos por
    concurso público, de acuerdo con las normas del
    SINAPA.

11
La CONEAU elabora, difunde y pone en ejecución
pautas y procedimientos de evaluación y
acreditación coincidentes con sus objetivos y
funciones. Sus decisiones y recomendaciones están
fundadas en las opiniones y recomendaciones de
expertos, comisiones asesoras y comités de pares.
12
Las conclusiones son transmitidas a las
diferentes instituciones analizadas para atender
su punto de vista. Finalmente, los dictámenes y
resoluciones de la CONEAU son dados a publicidad.
13
Las diferentes instancias de evaluación se
realizan con la participación de miembros
destacados de la comunidad académica y
universitaria, invitados especialmente a esos
fines, con el apoyo del equipo permanente y
utilizando los criterios y procedimientos
aprobados por la CONEAU.
14
La participación de la comunidad universitaria se
asegura a través de la constitución de COMISIONES
ASESORAS y COMITÉS DE PARES designados por la
CONEAU. Los miembros de las comisiones y comités
son escogidos a partir de consultas con
universidades, asociaciones científicas y
profesionales y otros organismos técnicos
pertinentes, y se integran al Registro de
Expertos, que se actualiza periódicamente.
15
De acuerdo con el Código de Etica de la CONEAU,
tanto sus integrantes como los miembros de
comisiones asesoras y comités de pares deben
actuar con independencia de criterio, sin asumir
representación alguna y deben abstenerse de
intervenir cuando exista la posibilidad de un
conflicto de intereses.
16
COMISION
ERNESTO F. VILLANUEVA - Presidente ADOLFO
STUBRIN- Vicepresidente JOSE LUIS CANTINI JUAN
CARLOS DEL BELLO RICARDO GUTIERREZ JUAN CARLOS
HIDALGO JORGE FEDERICO MIKKELSEN LÖTH VICTOR
NICOLETTI CARLOS PEREZ RASETTI HECTOR
SAURET FERNANDO STORNI S.J.
17
PROYECTOS INSTITUCIONALES
Reconocimiento de instituciones univ.
PROVINCIALES Total de proyectos 4 Culminados 4
Puesta en marcha de nuevas instituciones univ.
NACIONALES Total de proyectos 4 Culminados 4
  • Autorización provisoria de nuevas instituciones
    univ. PRIVADAS
  • Total de proyectos 69
  • Culminados 63
  • Dictámenes Favorables 8

18
  • Dictámenes Desfavorables 26
  • Solicitudes retiradas por las entidades
    peticionantes 26
  • Solicitudes en Análisis 6

INFORMES ANUALES de instituciones univ.
privadas Total de informes 70 Informes
culminados 65 Informes en Análisis 5
RECONOCIMIENTO DEFINITIVO de instituciones univ.
privadas Total de solicitudes 4 Solicitud de
Análisis 4
19
EVALUACION EXTERNA
  • TOTAL DE INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS 92
  • Universidades Nacionales 36
  • Institutos Universitarios Nacionales 5
  • Universidades Privadas 44
  • Institutos Universitarios Privados 7

20
EVALUACION INSTITUCIONAL
1. Acuerdo - compromiso
2. Autoevaluación
3. Evaluación Externa
4. Informe Final
21
  • Total de evaluaciones 23
  • Con visitas de Evaluación Externa culminada 23
  • con informe final culminado 21
  • con informe final por culminar 2
  • Instituciones Univ. con Acuerdo de Ev.
    Institucional firmado 42

22
INFORMES FINALES DE EVALUACIONES EXTERNAS
1. Universidad Nacional de San Juan 12. Universidad Nac. del Centro de la Pcia. de Bs. As.
2. Universidad Nacional de Luján 13. Universidad Nacional de Salta
3. Universidad Nacional de Santiago del Estero 14. Universidad de Mendoza
4. Universidad Adventista del Plata 15. Universidad de San Andrés
5. Universidad Nacional de Tucumán 16. Universidad del Museo Social Argentino
6. Universidad Nacional del Litoral 17. Universidad Favaloro
7. Universidad Nac. de la Patagonia San Juan Bosco 18. Universidad Blas Pascal
8. Universidad de Palermo 19. Instituto Universitario de Ciencias de la Salud
9. Universidad Nacional del Nordeste 20. Instituto de Enseñanza Superior del Ejército
10. Universidad Nacional de San Luis 21. Universidad Austral
11. Universidad Maimónides
23
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCARACTERISTIC
AS GENERALES DEFINIDAS POR LA LEY DE EDUCACION
SUPERIOR 24.521 Y DECRETOS REGLAMENTARIOS
  • Carácter periódico del proceso de acreditación.
  • Evaluaciones por pares académicos y
    profesionales.
  • Evaluaciones de acuerdo con estándares fijados
    por el Ministerio de Educación en consulta con el
    Consejo de Universidades.
  • La CONEAU toma el dictamen de los comités de
    pares evaluadores como base para dictar
    resolución.

24
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCRITERIOS Y
ESTANDARES
  • Se definen los perfiles correspondientes a las
    especializaciones, maestrías y doctorados.
  • Se establecen aspectos centrales a tomar en
    cuenta en el proceso de acreditación de la
    carrera de posgrado
  • Marco institucional
  • Plan de estudios y estructura general de la
    carrera
  • Cuerpo académico
  • Alumnos y graduados
  • Tesis, trabajo final
  • Actividades de investigación, desarrollo,
    pasantías y asistencia técnica
  • Infraestructura, equipamiento, biblioteca y
    centros de documentación
  • Autodiagnóstico y planes de mejoramiento

25
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADO
PROCEDIMIENTOS
Resolución acreditación
Reconsideración
Resolución Final
ANALISIS DE LA CONEAU
Vista informes de no acreditación
Respuesta a la vista
Actuación CP/ Experto
Consideración de la CONEAU
Resolución
Reconsideración
Resolución Final
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ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCOMITES DE
PARES EVALUADORES
  • Constituidos por expertos que reflejan la
    diversidad regional, institucional y de
    orientaciones teóricas en cada disciplina.
  • Registro de expertos actualizado a partir de la
    consulta con universidades, asociaciones
    científicas y profesionales. Se incorporan
    progresivamente expertos extranjeros.
  • Se organizan por áreas disciplinarias o
    profesionales.
  • Como resultado de la tarea de evaluación
    recomiendan la acreditación explicitando las
    debilidades y fortalezas de las carreras de
    posgrado, proponen su categorización y formulan
    propuestas para el mejoramiento.

27
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA
CONVOCATORIA
Total de solicitudes presentadas por tipo de
carrera 1358
Especializaciones
Maestrías
28
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA
CONVOCATORIA
Total de solicitudes presentadas por área
disciplinaria
29
ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA
CONVOCATORIA
1358 carreras presentadas
30
ACREDITACION DE CARRERAS DE GRADO
  • La Ley de Educación Superior establece que
    corresponde al Ministerio de Educación en acuerdo
    con el Consejo de Universidades
  • Determinar con criterio restrictivo la NOMINA de
    tales títulos así como las actividades
    profesionales reservadas exclusivamente a ellos
    (Art. 43 LES).
  • Aprobar los contenidos curriculares básicos, los
    criterios sobre la intensidad de la formación
    práctica y los estándares de acreditación para
    cada uno de esos títulos.
  • La CONEAU recibe la normativa e implementa el
    ciclo evaluativo de la acreditación.

31
ACCIONES PREVIAS A LA APROBACION DE LOS
ESTANDARES DE ACREDITACION DE CARRERAS DE MEDICINA
  • Declaración sobre la acreditación de carreras
    universitarias de grado.
  • Contactos con las distintas comunidades
    profesionales.
  • Constitución de comisiones asesoras.
  • Contacto con especialistas nacionales y
    extranjeros.
  • Organización de diversos seminarios-talleres.
  • Participación en jornadas y reuniones
    internacionales, especialmente MERCOSUR.
  • Preparación de documentos técnicos.

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ACCIONES POSTERIORES A LA APROBACION DE LOS
ESTANDARES DE ACREDITACION DE CARRERAS DE MEDICINA
  • Aprobación de los estándares de acreditación
    para las carreras de medicina el 10 de agosto
    de 1999 (Resolución Ministerial 535/99)
  • LA ORDENANZA Nº 005/99 DE LA CONEAU dispone
    procedimientos y pautas para la acreditación
    de carreras de grado.
  • TRES ETAPAS
  • a. Autoevaluación
  • b. Actuación de los Comités de Pares
  • c. Proceso de toma de decisiones por parte de
    la CONEAU
  • RESULTADOS DE LA ACREDITACIÓN acreditación
    por 6 años, acreditación por 3 años y no
    acreditación.

33
  • Doce carreras de medicina presentaron las
    solicitudes de acreditación en la convocatoria
    voluntaria
  • 1) Instituto Universitario de Ciencias de la
    Salud (- Buenos Aires - La Rioja)
  • 2) Universidad Abierta Interamericana (- Buenos
    Aires - La Rioja)
  • 3) Universidad Austral
  • 4) Universidad Católica de Córdoba
  • 5) Universidad del Salvador
  • 6) Universidad Favaloro
  • 7) Universidad Nacional del Comahue
  • 8) Universidad Nacional de Córdoba
  • 9) Universidad Nacional de La Rioja
  • 10) Universidad Nacional de Tucumán
  • Todas estas carreras realizaron su autoevaluación
    según las pautas establecidas
  • por la Guía de Autoevaluación, elaborada por la
    CONEAU.

34
  • Entre el 15/8 y el 29/9 actuaron los Comités de
    Pares. Los dictámenes ya han sido comunicados a
    las instituciones.
  • El resultado es el siguiente
  • - Instituto Universitario Ciencias de la Salud
    Bs. As Acredita por 3 años
  • - Instituto Universitario Ciencias de la Salud
    La Rioja Acredita por 3 años
  • - Universidad Abierta Interamericana Bs. As
    Acredita por 3 años
  • - Universidad Abierta Interamericana Rosario
    No se hizo lugar
  • - Universidad Austral Acredita por 3 años
  • - Universidad Católica de Córdoba Acredita por 3
    años
  • - Universidad del Salvador Acredita por 3 años
  • - Universidad Favaloro Acredita por 3 años
  • - Universidad Nacional del Comahue Acredita por
    3 años
  • - Universidad Nacional de Córdoba Acredita por 3
    años
  • - Universidad Nacional de La Rioja No se hizo
    lugar
  • - Universidad Nacional de Tucumán Acredita por 6
    años

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  • Por Resolución 577-CONEAU- 00 se comunicó la
    Convocatoria Obligatoria, según los dispuesto por
    Resolución Ministerial 535/99.
  • Doce carreras de medicina presentaron las
    solicitudes de acreditación en la convocatoria
    obligatoria
  • 1) Universidad de Morón
  • 2) Universidad Maimónides
  • 3) Universidad de Mendoza
  • 4) Universidad de Ciencias Empresariales y
    Sociales (UCES)
  • 5) Universidad Nacional del Nordeste
  • 6) Universidad Adventista del Plata
  • 7) Universidad Nacional de Cuyo
  • 8) Universidad del Aconcagua
  • 9) Universidad Nacional de Rosario
  • 10) Universidad Católica de Cuyo
  • 11) Universidad Nacional de La Plata
  • 12) CEMIC

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Todas estas carreras realizaron su autoevaluación
según las pautas establecidas por la Guía de
Autoevaluación, elaborada por la CONEAU. En la
actualidad están actuando los Comités de Pares
Evaluadores.
37
ACREDITACION DE CARRERAS DE GRADO
PROCEDIMIENTOS
CONVOCATORIA / INSCRIPCION
MISIÓN TECNICA
ANÁLISIS TECNICO
CONVOCATORIA PARES EVALUADORES
Recusación
REUNION PREPARATORIA
VISITAS
38
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