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Protecci

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no se deducen ni acumulan fiscalmente en ningun momento (caja) * impuestos diferidos valor fiscal de un activo es el monto que sera deducible para fines de impuestos ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Protecci


1
NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIF D 04
EXPOSITOR L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ
G enriquezge_at_hotmail.com
2

SERIE NIF D
  • IMPUESTOS
  • A LA
  • UTILIDAD

3
SERIE NIF D
NORMAS APLICABLES A PROBLEMAS DE DETERMINACIÓN DE
RESULTADOS
4
IMPUESTOS DIFERIDOSANTECEDENTES
  • APB-11 (1967)
  • FAS-96 (1987)
  • FAS-109 (1989, EN VIGOR A PARTIR DE 1992)
  • BOLETIN D-4 (1987)
  • NIC-12 (1996)
  • NUEVO BOLETIN D-4 (1999, EN VIGOR A PARTIR DE
    2000)
  • NIF D-4 (Denominación a partir de 2006)

5
Estudios sobre el tratamiento del registro del ISR
  • Desde los años 50 del siglo pasado el Instituto
    Americano de Contadores Públicos,(IACP) (American
    Institute of Certified Puiblic Accountants)
    presentó algunas modalidades a través de las
    cuales se puede registrar el ISR.
  • En 1979 la CNIC emite la Norma Internacional 12,
    en la que se definen los conceptos y se indica la
    metodología para cuantificar, registrar y revelar
    el ISR de una entidad.

6
Estudios sobre el tratamiento del registro del ISR
  • Con base en el estudio practicado por la CNIC y
    plasmado en la NIC 12, En 1987 el IACP formula su
    FAS 96. En ese mismo año el IMCP, emite el
    Boletín D-4, Tratamiento contable del ISR y PTU,
    ambos pronunciamientos establecieron el uso del
    método diferido, este método tiene como parte
    fundamental al estado de resultados.
  • Por ciertas controversias en la aplicación de las
    disposiciones contenidas en el FAS 96, en Estados
    Unidos, la aplicación de este Principio en
    algunos casos fue postergado.

7
Estudios sobre el tratamiento del registro del ISR
  •  En México, como consecuencia de las reformas
    establecidas a la LISR para entrar en vigor el 1
    de enero de 1988, así como a la aplicación del
    impuesto al activo, las disposiciones contenidas
    en el Boletín D-4, requerían una revisión.

8
Estudios sobre el tratamiento del registro del ISR
  • En 1996 la CNIC revisa la NIC 12 y establece como
    método para la cuantificación del ISR el
    denominado activo y pasivo, el cual podríamos
    denominar como método integral, toma como base
    los diferencias entre valores fiscales y
    contables de un balance a la fecha de los estados
    financieros, es obligatoria para empresas que
    inicien el 1 de enero de 1998 o después de esa
    fecha.
  • En 1992 el IACP emite el FAS 109, mientras que en
    1999, el IMCP revisa y emite el Nuevo Boletín
    D-4, en Canadá el CICA emite la Sección 3465,
    documentos basados en la NIC 12 revisada.

9
PREÁMBULO EN EL AÑO 2000 SE ESTABLECE EL CALCULO
DE IMPUESTO A LA UTILIDAD DIFERIDO CON BASE EN
EL MÉTODO DE ACTIVOS Y PASIVOS (FORMA
INTEGRAL)?
10
IMPUESTOS DIFERIDOS.     QUE SON ?   Es un
criterio que permite registrar el gasto por
I.S.R. en el ejercicio que se registra el
ingreso.   QUE LOS ORIGINA ?   La diferencia
temporal que existe en los valores de los activos
y pasivos las pérdidas fiscales y la existencia
de créditos fiscales 
 
11
IMPUESTOS DIFERIDOS
  • DIFERENCIAS TEMPORALES
  • DIFERENCIAS PERMANENTES
  • SON LAS DIFERENCIAS ENTRE EL MONTO EN LIBROS DE
    UN ACTIVO O PASIVO EN EL BALANCE Y SU VALOR
    FISCAL
  • SON LAS QUE DERIVAN DE DISCREPANCIAS ENTRE LOS
    CRITERIOS CONTABLES Y LOS FISCALES Y QUE
    PERMANECEN COMO TALES NO OBSTANTE EL PASO DEL
    TIEMPO

12
RAZONES PARA EMITIR LA NIF D 4
PARA REUBICAR LA NIF D3 RELATIVA A BENEFICIOS A
EMPLEADOS (PTU)? INCORPORA PRECISIONES PARA EL
TRATAMIENTO CONTABLE ESTABLECER CRITERIOS PARA
SU RECONOCIMIENTO INICIAL
13
PRINCIPALES CAMBIOS
  • BOLETÍN D - 4
  • -I.S.R., P.T.U. E I. A
  • -I.A. EN PAGOS ANTICIPADOS
  • -EFECTO ACUMULADO COMO COMPONENTE SEPARADO DEL
    CAPITAL CONTABLE

NIF D - 4 -I.S.R., I.E.T.U. E I. A -I. A.
CRÉDITO FISCAL SI SE CREE RECUPERAR -INCORPORA
MÁS DEFINICIONES -METODO
RETROSPECTIVO -EFECTO ACUMULADO EN
RESULTADOS
ACUMULADOS -APENDICES CON
EXPLICACIONES ADICIONALES
14
BASES DEL MARCO CONCEPTUAL
  • NIF A 2 POSTULADOS BÁSICOS-
  • DEVENGACIÓN CONTABLE
  • ASOCIACIÓN DE COSTOS Y GASTOS CON INGRESOS

15
BASES DEL MARCO CONCEPTUAL
  • NIF A 4
  • CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS
    FINANCIEROS
  • PREDICCIÓN Y CONFIRMACIÓN
  • MEJORA LAS BASES PARA LA TOMA DE DECISIONES

16
BASES DEL MARCO CONCEPTUAL
  • NIF A 5 ELEMENTOS BÁSICOS DE
    LOS ESTADOS FINANCIEROS
  • NIF A 6 RECONOCIMIENTO Y
    VALUACIÓN
  • RECONOCIMIENTO DE ACTIVOS Y PASIVOS (DIFERIDOS)?

17
OBJETIVO
  • ESTABLECER LAS NORMAS PARTICULARES DE VALUACIÓN,
    PRESENTACIÓN Y REVELACIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO
    CONTABLE DE LOS IMPUESTOS A LA UTILIDAD CAUSADOS
    Y DIFERIDOS, DEVENGADOS EN EL EJERCICIO.

18
ALCANCE
  • ENTIDADES LUCRATIVAS
  • Y EN LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS, EN SU CASO, POR
    LAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS SEGÚN LAS
    DISPOSICIONES FISCALES.?

19
  • DEFINICIÓN
  • DE
  • TÉRMINOS

20
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • ACTIVOS Y PASIVOS SIN REPERCUSIONES.
  • SU VALOR FISCAL ES IGUAL A SU VALOR CONTABLE.
    NO SE DEDUCEN NI ACUMULAN FISCALMENTE EN NINGUN
    MOMENTO
  • (CAJA)

21
IMPUESTOS DIFERIDOS
  • VALOR FISCAL DE UN ACTIVO
  • ES EL MONTO QUE SERA DEDUCIBLE PARA FINES DE
    IMPUESTOS CONTRA CUALESQUIER BENEFICIO ECONOMICO
    GRAVABLE QUE FLUYA A UNA EMPRESA, CUANDO ESTA
    RECUPERE EL VALOR EN LIBROS DEL ACTIVO. SI DICHA
    RECUPERACION NO SERA GRAVABLE, EL VALOR FISCAL
    DEL ACTIVO ES IGUAL A SU VALOR EN LIBROS.

22
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • IMPUESTOS A LA UTILIDAD
  • IMPUESTO CAUSADO
  • E
  • IMPUESTO DIFERIDO DEL PERIODO.

23
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • IMPUESTO CAUSADO
  • IMPUESTO A CARGO DERIVADO DE LAS ACTIVIDADES
    DEL EJERCICIO

24
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • IMPUESTO DIFERIDO
  • IMPUESTO A CARGO O A FAVOR
  • SE DEVENGA EN UN EJERCICIO (RECONOCIMIENTO) Y SE
    REALIZA EN OTRO
  • SURGE DE DIFERENCIAS TEMPORALES, PÉRDIDAS
    FISCALES Y/O CRÉDITOS FISCALES

25
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • IMPUESTO CAUSADO POR PAGAR O POR COBRAR
  • IMPUESTO DEL PERÍODO
  • MENOS ANTICIPOS ENTERADOS (PP)?
  • MÁS IMPUESTOS DE EJER. ANTER

26
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • PASIVO POR IMPUESTOS DIFERIDOS
  • IMPUESTO A LA UTILIDAD POR PAGAR EN PERIODOS
    FUTUROS, DERIVADO DE DIFERENCIAS TEMPORALES

27
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • ACTIVO POR IMPUESTO DIFERIDO
  • REPRESENTA EL IMPUESTO A LA UTILIDAD RECUPERABLE
    EN EJERCICIOS FUTUROS ORIGINADO POR DIFERENCIAS
    TEMPORALES

28
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • DIFERENCIAS TEMPORALES
  • DIFERENCIA ENTRE EL VALOR CONTABLE Y EL VALOR
    FISCAL
  • PARTIDAS DEDUCIBLES (DISMINUYEN LA UTILIDAD
    CONTABLE)?
  • O
  • ACUMULABLES EN EL FUTURO (INCREMENTAN LA UTILIDAD
    CONTABLE)?

29
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • UTILIDAD PÉRDIDA FISCAL
  • BASE DE IMPUESTO DEL AÑO

30
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • CRÉDITO FISCAL
  • IMPORTES A FAVOR, QUE PUEDEN SER RECUPERADOS Y
    APLICADOS CONTRA LOS IMPUESTOS A LA UTILIDAD
  • (DEBE EXISTIR INTENCIÓN)?

31
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • TASA DE IMPUESTO CAUSADO
  • PORCENTAJE ESTABLECIDO POR LAS LEYES FISCALES, A
    UTILIZAR PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS A LA
    UTILIDAD DEL EJERCICIO.

32
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • TASA DE IMPUESTO DIFERIDO
  • PORCENTAJE ESTABLECIDO POR LAS LEYES FISCALES,
    QUE SE UTILIZARÁ PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS EN
    LAS FECHAS DE REVERSIÓN DE LAS DIFERENCIAS
    TEMPORALES.

33
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
  • TASA EFECTIVA DE IMPUESTO -
  • TASA RESULTANTE DE DIVIDIR EL IMPUESTO A LA
    UTILIDAD DEL EJERCICIO
  • (CAUSADO Y DIFERIDO)?
  • ENTRE LA UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS A LA UTILIDAD

34
NORMAS DE VALUACIÓN
PARA RECONOCER LOS IMPUESTOS A LA UTILIDAD SE
DEBERÁN DETERMINAR LOS IMPUESTOS CAUSADO Y DIFER
IDO DEL EJERCICIO UTILIZANDO EL MÉTODO DE
ACTIVOS Y PASIVOS
35
NORMAS DE VALUACIÓN
  • VALORES FISCALES DE LOS ACTIVOS
  • ACTIVOS CONTABLES POR DEDUCIR
  • ACTIVOS CONTABLES POR ACUMULAR
  • ACTIVOS SIN REPERCUSIÓN FISCAL

36
NORMAS DE VALUACIÓN
  • VALORES FISCALES DE LOS PASIVOS
  • PASIVOS CONTABLES POR DEDUCIR
  • PASIVOS CONTABLES YA ACUMULADOS
  • PASIVOS NO CONTABLES POR ACUMULAR
  • PASIVOS SIN REPERCUSIONES FISCALES

37
NORMAS DE VALUACIÓN
  • NO SE DEBEN PERDER DE VISTA LAS PARTIDAS DE
  • ACTIVOS Y PASIVOS
  • QUE NO TIENEN VALOR CONTABLE

38
NORMAS DE VALUACIÓN
  • NO SE DEBE DETERMINAR DIFERIDO POR LAS PARTIDAS
    QUE NO AFECTARÁN NI LA UTILIDA O PÉRDIDA
    CONTABLE, NI LA UTLIDAD O PERDIDA FISCAL

39
NORMAS DE VALUACIÓN
  • IMPUESTO DIFERIDO DE PÉRDIDAS FISCALES
  • SE DETERMINA APLICANDO AL SALDO DE LAS PÉRDIDAS
    FISCALES POR AMORTIZAR LA TASA DE IMPUESTO
  • (SÓLO CUANDO EXISTA LA POSIBILIDAD REAL DE
    RECUPERARLAS, EN EMPRESAS PERDEDORAS NO SE
    RECOMIENDA SU RECONOCIMIENTO)

40
NORMAS DE VALUACIÓN
  • IMPUESTO DIFERIDO DE CRÉDITOS FISCALES
  • SE RECONOCEN SIEMPRE Y CUANDO SEA PROBABLE SU
    RECUPERACIÓN O EXISTA LA INTENCIÓN DE
    RECUPERARLOS
  • (EN CASO CONTRARIO SE REGISTRAN COMO CUENTAS POR
    COBRAR)?

41
NORMAS DE VALUACIÓN
  • EN RESUMEN,
  • PARA RECONOCER UN IMPUESTO DIFERIDO ACTIVO ES
    NECESARIO QUE EXISTA CERTEZA RAZONABLE DE SU
    RECUPERACIÓN Y ADEMÁS, DEBEN EXISTIR
  • UTILIDADES FISCALES POSIBLES SUFICIENTES Y
  • DIFERENCIAS TEMPORALES SUFICIENTES PARA APLICARLAS

42
NORMAS DE VALUACIÓN
  • ADQUISICIÓN DE NEGOCIOS Y CONSOLIDACIÓN
  • SE DEBEN RECALCULAR CON BASE EN LOS NUEVOS
    VALORES ASIGNADOS

43
NORMAS DE PRESENTACIÓN
  • IMPUESTO CAUSADO
  • EN EL BG, COMO PASIVO A CORTO PLAZO
  • EN EL ER, EN IMPUESTOS A LA UTILIDAD
  • (SEPARANDO LO CORRESPONDIENTE A OPERACIONES
    DISCONTINUAS)?

44
NORMAS DE PRESENTACIÓN
  • IMPUESTO DIFERIDO
  • EN EL BG, A LARGO PLAZO
  • EN EL ER, EN IMPUESTOS A LA UTILIDAD
  • (SEPARANDO LO CORRESPONDIENTE A OPERACIONES
    DISCONTINUAS)?
  • EN EL CAPITAL CONTABLE, COMO PARTE DE SU PARTIDA
    INTEGRAL

45
NORMAS DE REVELACIÓN
  • SE DEBE REVELAR
  • LA COMPOSICIÓN CAUSADO Y DIFERIDO
  • IMPUESTO DERIVADO DE LAS OPERACIONES DISCONTINUAS
  • TASAS DE IMPUESTO
  • TASA EFECTIVA DE IMPUESTO Y SU CONCILIACIÓN
  • OTRAS PARTIDAS INTEGRALES AFECTADAS
  • PASIVOS CONCEPTOS MÁS IMPORTANTES

46
NORMAS DE REVELACIÓN
  • DIFERIDO ACTIVO SU ESTIMACIÓN Y CONCEPTOS MÁS
    IMPORTANTES
  • PÉRDIDAS FISCALES Y SU VENCIMIENTO
  • CRÉDITOS FISCALES Y SU VENCIMIENTO
  • AJUSTE A IMPUESTOS DIFERIDOS POR ADQUISICIONES
  • ACTIVOS Y/O PASIVOS CONTINGENTES

47
VIGENCIA
  • EN VIGOR PARA LOS EJERCICIOS QUE SE INICIARON A
    PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2008

48
TRANSITORIOS
  • ESTA NIF NO PROVOCA UN CAMBIO CONTABLE
  • EL NO RECONOCIMIENTO REPRESENTA UN
  • ERROR CONTABLE
  • SU CORRECCIÓN ES RETROSPECTIVA

49
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALISR
DIFERIDO
  • A ) EN INVERSIONES EN VALORES.
  •  
  • Utilidad o pérdida por valuación de
    instrumentos financieros.
  •  
  •  B ) EN CUENTAS POR COBRAR.
  •  
  • Estimación para cuentas incobrables.

50
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALISR
DIFERIDO
  • C) EN ACTIVO FIJO.
  • Activos con deducción inmediata.
  • D) CARGOS DIFERIDOS
  • Pagos anticipados por gastos y compras. 
  • E) EN EL PASIVO.
  • Anticipos de clientes.
  • Honorarios por pagar y otros pasivos sujetos
    a deducir en función del pago.

51
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALISR
DIFERIDO
  • F ) OTRAS.
  • Pérdidas fiscales en Enajenación de Acciones.
  • Pérdidas Fiscales (Con probabilidad de
    aplicar a utilidades).

52
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • El IETU como una Ley nueva, genera impuestos
    diferidos que necesariamente se deben reconocer
    en la información financiera.

53
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • Los conceptos diferidos están comprendidos en las
    deducciones y en los acreditamiento que
    establecen las disposiciones fiscales que regulan
    al IETU, principalmente.

54
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • CONCEPTOS DIFERIDOS
  • Deducción Adicional (sept-dic 2007)?
  • Acreditamientos
  • Inversiones 1998 2007.
  • Sueldos y salarios y aportaciones de seguridad
    social.
  • Decreto de beneficios fiscales ISR IETU (DOF 5
    / XI / 2007)?

55
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • DECRETO
  • CRÉDITO FISCAL POR INVENTARIOS AL 31 DE DICIEMBRE
    DE 2007.
  • Durante 10 ejercicios.
  • Acreditación por año 6
  • No da lugar a devolución o compensación.
  • Se aplica antes de disminuir del ISR propio.

56
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • DECRETO
  • PÉRDIDAS FISCALES PENDIENTES DE DISMINUIR A
    PARTIR DEL 2008.
  • Pérdidas generadas en 2005, 06 y 07 por
    erogaciones en inversiones de activo fijo.
  • Durante 10 ejercicios.
  • No da lugar a devolución o compensación.
  • Se aplica antes de disminuir del ISR propio.

57
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • DECRETO
  • PÉRDIDAS POR INVERSIONES
  • Regimen Simplificado
  • Crédito fiscal aplicable al IETU. Por pérdidas
    fiscales por inversiones pendientes de disminuir.
  • No da lugar a devolución o compensación.
  • Se aplica antes de disminuir del ISR propio.

58
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • DECRETO
  • Enajenaciones a plazo con anterioridad al
    O1/01/2008.
  • acumular lo efectivamente cobrado.
  • Por las contraprestaciones que se cobren a
    partir del 2008.
  • No da lugar a devolución o compensación.
  • Se aplica antes de disminuir del ISR propio.

59
REPASOALGUNAS PARTIDAS DEL BALANCE GENERALIETU
DIFERIDO
  • IMPAC POR RECUPERAR
  • IMPAC efectivamente pagado de los 10 ejercicios
    anteriores pendiente por recuperar.
  • Se recupera en aquel ejercicio en el que se pague
    ISR.
  • Se toma el IMPAC menor entre 2005, 2006 o 2007.
  • Limites de recuperación
  • 1.- Diferencia ISR IMPAC menor
  • 2.- 10 del IMPAC por recuperar

60
CONCLUSION
  • LA INCORPORACION DE IMPUESTOS DIFERIDOS
    BENEFICIARA LA CALIDAD DE LA INFORMACION
    FINANCIERA, SIEMPRE Y CUANDO
  • SE TENGA PERFECTAMENTE IDENTIFICADA CADA PARTIDA
    DE ACTIVO O PASIVO CUYO VALOR CONTABLE Y FISCAL
    SEA DIFERENTE.

61
Papel de trabajo para la determinación de
diferencias
  • Saldos en Valores
  • Libros Fiscales Diferencias
  • Activo
  • Circulante
  • Efectivo
  • Cuentas por cobrar
  • Inventarios
  • Propiedades y equipos
  • y su depreciación acumulada
  • Cargos diferidos y otros
  • activos
  • Suma el activo
  • Pasivo
  • A corto plazo
  • A largo plazo
  • Contingente
  • Suma el pasivo

62
Cálculo del activo (pasivo) por impuesto
diferidos 
  • Diferencias deducibles A
  • Diferencias gravables ( B )
  • Neto ( H )
  • Tasa vigente de ISR
  • (a partir de 2007) 28
  •  Subtotal (X)
  • Menos
  •  Impuesto al activo por
  • recuperar Y
    .
  •  
  • Activo (pasivo) de ISR
  • diferido (Z) .
  •  

63
EJEMPLO DE REGISTRO CONTABLEActivo (pasivo) por
ISR diferido
  • Se carga de
  • 1. El monto que se determine como ISR
    recuperable, y equivale a la suma de las
    diferencias temporales deducibles, multiplicadas
    por la tasa de ISR vigente, el monto de las
    pérdidas fiscales pendientes de amortizar y el
    IMPAC recuperable (crédito de impuestos no
    usados), excede al importe del ISR pagadero en
    ejercicios futuros respecto de las diferencias
    temporales gravables.
  • Ejemplo
  • Activo por ISR recuperable
  • Diferencias temporales deducibles
  • (1,172 x 29) 340
  • Pérdidas fiscales pendientes de
  • amortizar 600
  • Impuesto al activo recuperable en los
  • siguientes diez ejercicios
    800
  • Activo por ISR recuperable
    1,740
  • Diferencias temporales gravables
  • (2,345 x 28)
    657
  • Saldo, activo por ISR diferido
    1,083
  • Se abona de
  •  1.- Del importe por concepto ISR pagadero en
    ejercicios futuros, equivalente a la suma de
    diferencias temporales gravables, multiplicadas
    por la tasa de ISR vigente, deducidos el activo
    por ISR recuperable originada por diferencias
    temporales deducibles, el monto de las pérdidas
    pendientes de amortizar y el impuesto al activo
    recuperable en los términos de la Ley de ese
    materia.
  • Ejemplo
  • Pasivo por ISR pagadero
  • Diferencias temporales deducibles
  • (4,690 x 29) 1,360
  • Pérdidas fiscales pendientes de
  • amortizar
    900
  • Impuesto al activo recuperable en los
  • siguientes diez ejercicios
    500
  • Activo por ISR recuperable
    2,760
  • Diferencias temporales gravables
  • (11,724 x 28)
    (3,283)
  • Saldo, pasivo por ISR diferido
    (523)

64
Por su Asistencia !Muchas Gracias! enriquezge
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