Sin t - PowerPoint PPT Presentation

About This Presentation
Title:

Sin t

Description:

Haga clic con el Mouse o apriete Enter para activar cada movimiento... UNIDAD 3: LOS ACTOS JUR DICOS (c ns. 124 a 128) 1.- Qu es un acto jur dico – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:35
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 9
Provided by: Alej115
Category:
Tags: actos | humano | sin

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Sin t


1
Haga clic con el Mouse o apriete Enter para
activar cada movimiento...
UNIDAD 3 LOS ACTOS JURÍDICOS (cáns. 124 a 128)
1.- Qué es un acto jurídico
  • Actos del hombre hechos por una persona humana o
    que le suceden a ella, sin intervención de la
    voluntad...
  • Actos humanos hechos por una persona humana por
    una determinación libre de su voluntad...
  • Hechos jurídicos acontecimientos de la
    naturaleza, actos del hombre o actos humanos a
    los que la ley reconoce efectos jurídicos,
    independientemente de la voluntad del autor...
  • Actos jurídicos actos humanos que producen
    efectos jurídicos, en los que la ley tiene
    especialmente en cuenta la libre voluntad del
    autor, que pretende expresamente alcanzarlos...
  • Los efectos jurídicos del acto jurídico deben
    atribuirse a la voluntad del autor, aunque la ley
    es la que los regula...

Validez ?? Invalidez
Eficacia ?? Ineficacia
Licitud ?? Ilicitud
2
2.- Elementos necesarios para la validez del acto
jurídico (can. 124)
2.1. Capacidad y habilidad
  • Capacidad natural inteligencia y voluntad
    suficiente para realizar el acto humano que
    tendrá efectos jurídicos...
  • Capacidad jurídica
  • aptitud para ser titular de derechos y
    deberes...
  • Capacidad de obrar
  • aptitud para poner en acto la capacidad
    jurídica...
  • Habilidad o legitimación
  • aptitud legal para poder realizar determinado
    acto jurídico...

2.2. Elementos constitutivos
  • Elemento subjetivo el acto humano...
  • Objeto bien jurídico pretendido,

idóneo, posible, lícito...
  • Los efectos jurídicos no sólo son pretendidos por
    la voluntad,

sino también garantizados por la ley...
3
2.3. Formalidades y requisitos
  • Debe haber una forma externa de manifestación de
    la voluntad del que realiza el acto jurídico...
  • Para algunos actos jurídicos la norma canónica
    fija la forma externa de manifestación de la
    voluntad...
  • Estando presentes sus elementos externos (uno es
    la manifestación de la voluntad), el acto
    jurídico se supone válido...
  • Se pueden fijar otras formalidades necesarias
    para la validez del acto jurídico, a través de
    leyes irritantes...
  • Se pueden exigir para la validez del acto
    jurídico, requisitos a cumplir antes, durante o
    después de su realización...

Actus iuridicus est actus humanus socialis
legitime positus et declaratus, cui a lege ideo
et eatenus effectus juridicus determinatus
agnoscitur, quia et quatenus effectus ille ab
agente intenditur (G. MICHIELS)
4
3.- Vicios o patología del acto jurídico (cáns.
125-126)
  • El legislador fija ciertas condiciones, fuera de
    las cuales el acto jurídico se considera viciado,
    con mayores o menores consecuencias sobre sus
    efectos jurídicos...

3.1. Violencia física (can. 125 1)
  • El acto jurídico ejecutado bajo una violencia
    exterior a la que no se puede resistir, se tiene
    por no realizado...
  • Quita totalmente la libertad ? no hay acto humano
    ni acto jurídico...
  • Es una norma de derecho natural ? tendría efecto
    aún sin el canon...

3.2. Violencia moral (can. 125 2)
(vis vel metus)
  • Violencia que actúa a través del miedo
    ...
  • Disminuye pero no quita la libertad...
  • El acto jurídico ejecutado con miedo grave
    injustamente inducido es válido, pero
    rescindible,
    ...

nisi aliud iure caveatur
  • Actos jurídicos inválidos con miedo grave
    matrimonio, admisión al noviciado o a los votos,
    voto o juramento, voto en elección, renuncia,
    confesión o declaración de parte, sentencia,
    remisión de pena...

5
3.3. Dolo (can. 125 2)
  • Engaño fraudulento, con la intención de mover a
    otro a realizar un acto jurídico...
  • El acto jurídico ejecutado con dolo es válido,
    nisi aliud iure caveatur, pero rescindible...
  • Actos jurídicos inválidos por dolo matrimonio,
    admisión al noviciado o a los votos religiosos,
    voto o juramento, voto en elección, renuncia...

3.4. Ignorancia o error (can. 126)
  • Ignorancia ausencia de conocimiento y de
    juicio...
  • Error conocimiento o juicio falso...
  • El acto jurídico ejecutado por ignorancia o error
    sobre elementos constitutivos o sobre elementos
    accidentales tomados como condición sine qua non,
    es nulo...
  • En cualquier otra situación de error, el acto
    jurídico es válido, nisi aliud iure caveatur,
    pero rescindible...
  • Actos jurídicos inválidos por error confesión o
    declaración de parte, consentimiento matrimonial
    (en las condiciones de la norma general)...

6
4.- Actos que requieren el consentimiento o el
consejo de otros (can. 127)
  • Actos jurídicos del Superior (persona que ejerce
    autoridad en la Iglesia), que necesitan el
    consentimiento o consejo de un colegio, de grupo
    de personas o de algunas personas...
  • Se trata de una tarea de corresponsabilidad, por
    lo tanto, aquellos que son consultados o deben
    dar su consentimiento
  • Están obligados a expresar sinceramente la propia
    opinión...
  • Si lo pide la gravedad de la materia, deben
    guardar secreto el Superior puede urgir el
    cumplimiento de esta obligación...

4.1. De un colegio o grupo de personas (can. 127
1)
  • Si se requiere el consentimiento, el acto
    jurídico del Superior es inválido sin el
    consentimiento del colegio o grupo de personas...
  • Debe ser convocado todo el colegio o grupo de
    personas y debe contarse con el consentimiento de
    la mayoría absoluta de los que acuden...

7
  • Si se requiere el consejo, el acto jurídico del
    Superior es inválido si no se lo pide a todos...
  • Debe ser convocado todo el colegio o grupo de
    personas, salvo que el derecho particular o
    propio determinen otra cosa, pero se debe
    garantizar que se pide el consejo de todos...

4.2. De personas individuales (can. 127 2)
  • Una o más personas que deben ser oídas o prestar
    su consentimiento, no como grupo sino
    individualmente...
  • Si se requiere el consentimiento, deben darlo
    todas las personas para que el Superior pueda
    actuar válidamente...
  • Si se requiere el consejo, el acto jurídico del
    Superior es inválido si no oye a todas las
    personas...
  • Aunque no está obligado a seguir el parecer, ni
    siquiera si es unánime, de los consultados, el
    Superior no debe apartarse del mismo sin razones
    más fuertes que las de los consultados...

8
5.- Responsabilidad por los daños (can. 128)
  • Daños causados a otros ilegítimamente por un acto
    jurídico,

o por otro acto realizado con dolo o culpa...
  • Por derecho natural y canónico hay obligación de
    reparar...
  • Dolo violación deliberada de la ley...
  • Culpa violación de la ley por negligencia
    (ignorancia o falta de la debida diligencia)...
  • No sólo los daños causados por actos jurídicos
    nulos, sino por todo tipo de actos que provoquen
    daños...
  • Pueden ser daños físicos, materiales, morales,
    psíquicos, espirituales...

Mecanismos para la reparación de daños
  • Arreglo extrajudicial (cáns. 1713-1716)...
  • Acción de reparación de daños (cáns. 1729-1731)...
  • Recurso jerárquico (cáns. 1732-1739)...
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com