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PANORAMA GENERAL DE LA LEGISLACI N ADUANERA Agravantes Utilizar el RFC de un importador que no hubiere encargado el despacho de mercanc as. El uso de documentos ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: PANORAMA GENERAL DE LA LEGISLACI


1
PANORAMA GENERAL DE LA LEGISLACIÓN ADUANERA
2
ENTRADA Y SALIDA DE MERCANCIAS AL PAIS
  • La Ley Aduanera, la de los impuestos generales
    de importación y exportación y demás leyes y
    ordenamientos aplicables regulan la entrada de
    mercancías al territorio nacional así como la
    salida del mismo.

3
APLICACION SUPLETORIA DEL CODIGO FISCAL DE LA
FEDERACION
  • El Código Fiscal de la Federación se aplica
    supletoriamente a lo dispuesto en la Ley Aduanera.

4
APLICACION DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES
  • Las leyes nacionales se aplican sin perjuicio de
    lo dispuesto por los tratados internacionales de
    que México sea parte.

5
ADUANA
  • La triple función de la Aduana
  • Como el lugar por donde se internan o se extraen
    mercancías del país.
  • Como recinto fiscal.
  • Como autoridad.

6
AUTORIDADES ADUANERAS
  • Son autoridades aduaneras, las que de acuerdo con
    el Reglamento Interior y demás disposiciones
    aplicables, tiene competencia para ejercer las
    facultades que la legislación aduanera establece.

7
MERCANCIAS
  • Productos, artículos, efectos y cualesquiera
    otros bienes, aún cuando las leyes los consideren
    inalienables o irreductibles a propiedad
    particular.

8
IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR
  • Son los impuestos generales de importación y
    exportación conforme a la tarifa respectiva.

9
MECANISMO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO
  • Es el mecanismo que determina si las mercancías
    se someterán a reconocimiento aduanero o segundo
    reconocimiento.

10
Obligación de Declarar cantidades en efectivo o
cheques
  • Al ingresar al territorio nacional o salir del
    mismo se deben declarar las cantidades en
    efectivo, en cheques, órdenes de pago o cualquier
    otro documento por cobrar o una combinación de
    ellos, cuando se trate de cantidades superiores
    al equivalente en la moneda de que se trate a
    diez mil dólares.

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Lugar Autorizado
  • La entrada o la salida de mercancías del
    territorio nacional, las maniobras de carga y
    descarga, transbordo y almacenamiento de las
    mismas, sólo puede realizarse por lugar
    autorizado.

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Diferentes tráficos
  • Las mercancías se pueden introducir al país o
    extraerse del mismo en tráfico marítimo,
    terrestre, aéreo o fluvial, por la vía postal y
    por otros conductos.

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RECINTOS FISCALES
  • Los recintos fiscales son aquellos lugares en
    donde las autoridades aduaneras realizan
    indistintamente las funciones de manejo,
    almacenaje, custodia, carga y descarga de las
    mercancías de comercio exterior, fiscalización,
    así como el despacho aduanero de las mismas.

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RECINTOS FISCALIZADOS
  • Cuando se otorga a los particulares concesión
    para que presten los servicios de manejo,
    almacenaje, custodia, carga y descarga de las
    mercancías de comercio exterior, fiscalización,
    así como el despacho aduanero de las mismas, de
    acuerdo con la ley estamos hablando de recintos
    fiscalizados.

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RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO
  • Se otorga a quien tiene el uso o goce de un
    inmueble dentro o colindante de un recito fiscal,
    fiscalizado o recinto portuario.
  • El inmueble habilitado se denominará recinto
    fiscalizado estratégico.

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PREVALIDACION
  • La prevalidación consiste en comprobar que los
    datos asentados en el pedimento, estén dentro de
    los criterios sintácticos, catalógicos,
    estructurales y normativos de acuerdo a los
    lineamientos del SAT.

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Días Hábiles para el Ejercicio de las Facultades
de Comprobación
  • Las veinticuatro horas del día y todos los días
    del año son hábiles para el ejercicio de las
    facultades de comprobación de las autoridades
    aduaneras.

18
DEPOSITO ANTE LA ADUANA
  • Las mercancías quedan en depósito ante la aduana
    en los recintos fiscales o fiscalizados
    destinados a este objeto, con el propósito de
    destinarlas a un régimen aduanero, siempre que se
    trate de aduanas de tráfico marítimo o aéreo. La
    SHCP, mediante reglas, puede autorizar su
    depósito ante la aduana en aduanas de tráfico
    terrestre.

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Extinción de la Obligación Fiscal
  • Si las mercancías en depósito ante la aduana se
    destruyen por accidente, la obligación fiscal se
    extinguirá, salvo que los interesados destinen
    los restos a algún régimen aduanero.

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Responsabilidad del Fisco por mercancías que se
extravíen
  • El Fisco Federal responderá por el valor de las
    mercancías que, depositadas en los recintos
    fiscales y bajo custodia de las autoridades
    aduaneras, se extravíen, destruyan o queden
    inutilizables por causas imputables a las
    autoridades aduaneras.

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ABANDONO
  • Las mercancías causan abandono a favor del fisco
    cuando se encuentran en depósito ante la aduana
    en los siguientes casos
  • Expresamente, cuando los interesados así lo
    manifiestan por escrito.
  • Tácitamente, cuando no son retiradas dentro de
    los siguientes plazos
  • Tres meses tratándose de exportación.
  • - Tres días, tratándose de mercancías explosivas,
    inflamables, contaminantes, radiactivas o
    corrosivas, así como de mercancías perecederas o
    de fácil descomposición y de animales vivos.
  • - Dos meses, en los demás casos.

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Notificación de Abandono
  • La autoridad aduanera debe notificar al
    interesado que la mercancía causó abandono.
  • En el documento correspondiente debe indicarse
    que se cuenta con 15 días para retirar las
    mercancías.

23
DESPACHO DE MERCANCIAS
24
DESPACHO ADUANERO
  • Se entiende por despacho, el conjunto de actos y
    formalidades relativos a la entrada y salida de
    mercancías al territorio nacional.

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Pasos Previos al Despacho
  • Elaborado el pedimento y efectuado el pago de las
    contribuciones y las cuotas compensatorias en su
    caso, se deben presentar las mercancías con el
    pedimento ante la autoridad aduanera para activar
    el mecanismo de selección automatizado, que
    determinará si debe practicarse el reconocimiento
    aduanero.

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RECONOCIMIENTO ADUANERO
  • Consiste en el examen de mercancías de
    importación o exportación, así como de sus
    muestras contra la documentación que se presenta
    en el despacho aduanero a fin de determinar la
    veracidad de lo declarado.

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Toma de Muestras
  • Cuando sea necesario la toma de muestras para
    efectos de la identificación de la mercancía, se
    tomarán por triplicado. Un ejemplar se envía para
    su análisis al laboratorio de Aduanas, otro
    ejemplar se queda bajo la custodia de la
    autoridad aduanera que haya tomado la muestra y
    el tercer ejemplar se entrega al agente aduanal.
    Estos dos últimos ejemplares deben ser
    conservados hasta que se determine lo procedente
    por la autoridad.

28
Acta de Irregularidades
  • Cuando la autoridad considera que existe alguna
    irregularidad lo debe hacer constar en un escrito
    o levantar un acta, de acuerdo con los
    procedimiento que establece la ley.

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PEDIMENTOS ADUANEROS
  • PEDIMENTO DE IMPORTACION
  • A) FACTURA COMERCIAL
  • B) CONOCIMIENTO DE EMBARQUE O GUIA
  • C) DOCUMENTOS QUE COMPRUEBEN EL CUMPLIMIENTO DE
    REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS
  • D) DOCUMENTO RELATIVO AL ORIGEN Y PROCEDENCIA DE
    LAS MERCANCIAS
  • E) GARANTIA DE PRECIOS ESTIMADOS (CUENTA ADUANERA
    DE GARANTIA)
  • F) CERTIFICADO DE PESO O VOLUMEN
  • G) INFORMACION QUE PERMITA LA IDENTIFICACION,
    ANALISIS Y CONTROL QUE SEÑALE LA SHCP .

30
PEDIMENTO DE EXPORTACION
  • A) Factura o cualquier otro documento que exprese
    el valor comercial de la mercancía.
  • B) Los documentos que comprueben el cumplimiento
    de las regulacions o restricciones no
    arancelarias.

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Pedimento Consolidado
  • Quienes exporten mercancías pueden presentar ante
    la aduana, por conducto de su agente o apoderado
    aduanal, un solo pedimento que ampare diversas
    operaciones de un solo exportador.

32
Como debe realizarse el Despacho
  • El despacho de mercancías debe realizarse
    mediante el empleo de un sistema electrónico con
    grabación simultánea en medios magnéticos en los
    términos en que lo establece el SAT.

33
Quienes pueden realizar los trámites relacionados
con el Despacho
  • Las actuaciones relacionadas con el despacho
    aduanero deben ser realizadas por el agente o
    apoderado aduanal.

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El Previo
  • Si quien debe formular el pedimento ignora las
    características de las mercancías en depósito
    ante la aduana, puede examinarlas para tal efecto.

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Consultas
  • En materia de clasificación arancelaria. Los
    importadores y exportadores, los agentes o
    apoderados aduanales, si tienen duda de la
    clasificación arancelaria de una mercancía pueden
    hacer la consulta respectiva, acompañando a su
    consulta muestras, catálogos y la información
    técnica respectiva.
  • En materia de valor. En relación con el método
    de valoración o los elementos para determinar el
    valor en aduanas.
  • En relación con algún otro aspecto de la
    operación aduanera.

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Quienes están obligados a pagar las Contribuciones
  • En materia de comercio exterior están obligados a
    pagar las contribuciones al comercio exterior las
    personas físicas y morales, que introduzcan
    mercancías al territorio nacional o las extraigan
    del mismo.

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De los Responsables Solidarios
  • Los mandatarios por los actos en que intervengan.
  • Los agentes aduanales y sus mandatarios
    autorizados.
  • Los propietarios y empresarios de medios de
    transporte, los capitanes y conductores de los
    mismos.
  • Los remitentes de mercancías de la franja o
    región fronteriza.
  • Los que enajenen mercancías objeto de importación
    o exportación.
  • Los almacenes generales de depósito.
  • Los que obtengan concesión o autorización para
    prestar servicios.

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De la Responsabilidad del Agente Aduanal
  • El agente aduanal es responsable de la veracidad
    y exactitud de los datos e información
    suministrados, de la determinación del régimen
    aduanero y de su correcta clasificación, así como
    de asegurarse que el importador o exportador
    cuente con los documentos que acrediten el
    cumplimiento de las demás obligaciones en materia
    de regulaciones o restricciones no arancelarias.
    La propia ley señala los casos en que se libera
    de dicha responsabilidad.

39
Causación de las Contribuciones al Comercio
Exterior
  • En importación la de fondeo del barco, en la que
    las mercancías crucen la línea divisoria
    internacional, la de arribo de la aeronave al
    primer aeropuerto internacional.
  • En exportación la de presentación de las
    mercancías ante las autoridades aduaneras.

40
Obligaciones de lo Importadores
  • Llevar los sistemas de control de inventarios en
    forma automatizada.
  • Obtener documentación para demostrar el origen y
    procedencia de la mercancía
  • Manifestación de valor.
  • Encargo conferido al agente aduanal.
  • Estar inscrito en el Padrón de Importadores y en
    su caso el de Sectores Específicos,

41
Afectación de Mercancías a Créditos Fiscales
  • Las mercancías están afectas directa y
    preferentemente al cumplimiento de las
    obligaciones y créditos fiscales generados por su
    entrada o salida del territorio nacional.

42
Exenciones
  • Equipajes de Pasajeros.
  • Menajes de casa.
  • Las que sean donadas para ser destinadas a fines
    culturales, de enseñanza, de investigación, de
    salud pública o de servicio social
  • Las remitidas por Jefes de Estado o gobiernos
    extranjeros a la Federación, estados y
    municipios
  • Otras.

43
Prohibición para enajenar de Mercancías
importadas al amparo de alguna franquicia
  • Las mercancías importadas al amparo de alguna
    franquicia, exención o estimulo fiscal no pueden
    ser enajenadas ni destinadas a propósitos
    distintos de los que motivaron el beneficio.

44
Programa de Diferimiento de Aranceles
  • Aplica a regímenes de importación temporal para
    elaboración, transformación o reparación
    (Programa IMMEX), con base en los tratados de
    libre comercio.

45
BASE GRAVABLE EN IMPORTACION
  • HABLAR DE BASE GRAVABLE EN MATERIA DE IMPUESTOS
    AL COMERCIO EXTERIOR ES HABLAR DE VALORACION
    ADUANERA. NUESTRA LEY ADUANERA, SIGUE LOS
    LINEAMIENTOS DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE
    COMERCIO (CODIGO DE VALORACION DEL GATT), INCLUSO
    EN EL ORDENAMIENTO VIGENTE, QUE ENTRO EN VIGOR EL
    1 DE ABRIL DE 1996, YA SE INCLUYE COMO
    PROCEDIMIENTO ALTERNATIVO DE VALUACION, EL VALOR
    RECONSTRUIDO.
  • LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO GENERAL DE
    IMPORTACION ES EL VALOR EN ADUANAS DE LAS
    MERCANCIAS.

46
VALOR DE ADUANAS
  • VALOR DE TRANSACCION, SALVO EXCEPCIONES.
  • INCREMENTABLES COMISIONES (SALVO LAS DE COMPRA),
    GASTOS DE ENVASE, EMBALAJE, FLETES, SEGUROS, ETC.

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VINCULACION
  • EXISTE VINCULACION ENTRE PERSONAS PARA
    EFECTOS DE LA LEY ADUANERA, EN LOS SIGUIENTES
    CASOS
  • I. SI UNA DE ELLAS OCUPA CARGOS DE DIRECCION O
    RESPONSABILIDAD EN UNA EMPRESA DE LA OTRA.
  • II. SI ESTAN LEGALMENTE RECONOCIDAS COMO
    ASOCIADAS EN NEGOCIOS.
  • III. SI TIENEN UNA RELACION DE PATRON Y
    TRABAJADOR.
  • IV. SI UNA PERSONA TIENE DIRECTA O INDIRECTAMENTE
    LA PROPIEDAD, EL CONTROL O LA POSESION DEL 5 O
    MAS DE LAS ACCIONES, PARTES SOCIALES,
    APORTACIONES O TITULOS EN CIRCULACION Y CON
    DERECHO A VOTO EN AMBAS.

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VINCULACION (CONTINUA)
  • V. SI UNA DE ELLAS CONTROLA DIRECTA O
    INDIRECTAMENTE A LA OTRA.
  • VI. SI AMBAS PERSONAS ESTAN CONTROLADAS DIRECTA O
    INDIRECTAMENTE POR UNA TERCERA PERSONA.
  • VII. SI JUNTAS CONTROLAN DIRECTA O INDIRECTAMENTE
    A UNA TERCERA PERSONA.
  • VIII. SI SON DE LA MISMA FAMILIA

49
PROCEDIMIENTOS ALTERNATIVOS DE VALUACION
  • VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCIAS IDENTICAS.
  • VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCIAS SIMILARES.
  • VALOR DE PRECIO UNITARIO DE VENTA.
  • VALOR RECONSTRUIDO.
  • APLICACION DEL VALOR CON MAYOR FLEXIBILIDAD

50
BASE GRAVABLE EN EXPORTACION
  • LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO GENERAL DE
    EXPORTACION ES EL VALOR COMERCIAL DE LAS
    MERCANCIAS EN EL LUGAR DE VENTA Y DEBE
    CONSIGNARSE EN LA FACTURA O EN CUALQUIER OTRO
    DOCUMENTO COMERCIAL, SIN INCLUSION DE FLETES Y
    SEGUROS.

51
Como se determinan los Impuestos al Comercio
Exterior
  • Los impuestos al comercio exterior se determinan
    aplicando a la base gravable la cuota que
    corresponda conforme a la clasificación
    arancelaria de las mercancías.

52
MOMENTO EN QUE SE PAGAN LAS CONTRIBUCIONES
  • Las contribuciones se pagan al presentar el
    pedimento para su trámite en las oficinas
    autorizadas, antes de que se active el mecanismo
    de selección automatizado.

53
CUENTA ADUANERA
  • SE DEPOSITAN LOS IMPUESTOS PARA EFECTOS DE SU
    IMPORTACION DEFINITIVA
  • APLICA A BIENES QUE VAN A SER EXPORTADOS ( 1 AÑO
    PARA SU EXPORTACION PRORROGABLE POR 2 AÑOS MAS).

54
Rectificación de Pedimentos
  • La Ley Aduanera establece que los datos
    contenidos en los pedimentos son definitivos y
    sólo podrán modificarse con la rectificación,
    siempre y cuando no se caiga en los supuestos que
    la propia ley establece no pueden modificarse.

55
REGIMENES ADUANEROS
  • Importaciones Definitivas
  • Exportaciones Definitivas
  • Importaciones Temporales
  • Exportaciones Temporales
  • Deposito Fiscal
  • Transito de Mercancías
  • Elaboración, transformación o reparación en
    recinto fiscalizado.
  • Recinto Fiscalizado Estratégico

56
Datos que debe señalar el Agente o Apoderado
Aduanal
  • Los agentes y apoderados aduanales deben señalar
    en el pedimento el régimen aduanero y manifestar
    bajo protesta de decir verdad el cumplimiento de
    las obligaciones inherentes al mismo.

57
Desistimiento
  • El desistimiento de un régimen aduanero procede
    hasta antes de que se active el mecanismo de
    selección automatizado.

58
REGULARIZACION DE IMPORTACIONES
  • Las personas que tengan en su poder por cualquier
    título, mercancías de procedencia extranjera, que
    se hubieran introducido al país, sin haberse
    sometido a las formalidades del despacho, pueden
    regularizarlas importándolas definitivamente.

59
FACULTADES DE LAS AUTORIDADES
  • SEÑALAR LA CIRCUNSCRIPCION DE LAS ADUANAS.
  • COMPROBAR QUE LA IMPORTACION Y LA EXPORTACION DE
    MERCANCIAS SE REALICEN CONFORME A LA LEY.
  • REQUERIR A LOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES
    SOLIDARIOS Y TERCEROS.
  • PRACTICAR EL RECONOCIMIENTO ADUANERO, ETC.
  • OTRAS.

60
Procedimientos Aduaneros
  • Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera
    (PAMA). Este procedimiento se inicia cuando se
    lleva a cabo el embargo precautorio.
  • Procedimiento Aduanero para los casos en que no
    se realiza el embargo precautorio.
  • Procedimiento en el caso de una visita
    domiciliaria.

61
AGENTES Y APODERADOS ADUANALES
  • AGENTE ADUANAL, ES LA PERSONA FISICA AUTORIZADA
    POR LA SHCP,MEDIANTE UNA PATENTE, PARA PROMOVER
    POR CUENTA AJENA EL DESPACHO DE LAS MERCANCIAS,
    EN LOS DIFERENTES REGIMENES ADUANEROS PREVISTOS
    EN LA LEY ADUANERA.
  • APODERADO ADUANAL, ES LA PERSONA FISICA QUE EN
    NOMBRE Y REPRESENTACION DE UN IMPORTADOR O
    EXPORTADOR SE ENCARGA DEL DESPACHO DE MERCANCIAS,
    PARA LO CUAL TAMBIEN REQUIERE DE LA AUTORIZACION
    DE LA SHCP.

62
Infracciones
  • Las relacionadas con el destino de las
    mercancías.
  • Las relacionadas con la obligación de presentar
    documentación y declaraciones.
  • Las relacionadas con la obligación de llevar los
    sistemas de control de inventarios.
  • Las relacionadas con la importación o
    exportación.

63
Infracciones
  • Las relacionadas con la clave confidencial de
    identidad al presentar un pedimento o realizar
    cualquier trámite.
  • Las relacionadas con el uso indebido de gafetes
    en los recintos fiscales.
  • Las relacionadas con el control, seguridad y
    manejo de las mercancías de comercio exterior.

64
Infracciones
  • Las relacionadas con la seguridad o integridad de
    las instalaciones aduaneras.
  • Las relacionadas con la omisión de enterar las
    contribuciones y aprovechamientos.

65
Sanciones
  • Las multas se establecen en relación con los
    impuestos omitidos y pueden ser del 130 al 150 .
  • En algunos casos las multas van en relación con
    el valor comercial de las mercancías.
  • En otros casos las multas van en relación con el
    beneficio obtenido.

66
Agravantes
  • Utilizar el RFC de un importador que no hubiere
    encargado el despacho de mercancías.
  • El uso de documentos falsos o en los que se hagan
    constar operaciones inexistentes.
  • El hecho de que el infractor sea reincidente en
    los términos del Código Fiscal de la Federación.

67
Atenuantes
  • Utilizar el RFC de un importador que no hubiere
    encargado el despacho de mercancías.
  • En el caso de inexacta clasificación se trate de
    la misma partida de la Tarifa del IGIE.
  • Se realice el pago de la multa dentro los 45
    días.
  • En el caso de infracciones a la exportación,
    salvo excepciones.
  • En los casos de autocorrección.

68
Multa a cargo del Agente Aduanal
  • La multa será a cargo del agente aduanal a menos
    de que se le hubiere proporcionado información
    falsa o inexacta.

69
Delito de Contrabando
  • El Código Fiscal establece que comete el delito
    de contrabando quien introduce al país o
    extraiga del mismo mercancías
  • Omitiendo el pago total o parcial de las
    contribuciones o cuotas compensatorias.
  • Sin permiso de autoridad competente, cuando sea
    necesario este requisito.
  • De importación o exportación prohibida.

70
Delito de Contrabando
  • El propio Código Fiscal establece varios casos de
    presunción del delito de contrabando y de
    conductas asimilables al contrabando, que son
    sancionadas con las mismas penas del contrabando.

71
LINEAMIENTOS DE LA AUTORIDAD ADUANERA PARA
PROCEDER PENALMENTE
  • Cuando se detectan irregularidades, se integran
    expedientes de investigación conforme a los
    criterios del SAT que se encuentran regulados
    por la Regla 3.7.26 RCGMCE .
  • Tales criterios, están disponibles en la página
    de INTERNET del SAT- Información Fiscal,
    Legislación y Normatividad, Criterios y
    Procedimientos en Materia Aduanera
    (www.sat.gob.mx).

72
Recursos Administrativos
  • En contra de todas las resoluciones definitivas
    que dicten las autoridades aduaneras procederá el
    recurso de revocación establecido en el Código
    Fiscal de la Federación.
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