LEY DE IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO IDE - PowerPoint PPT Presentation

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LEY DE IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO IDE

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... DIA DEL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE HASTA QUE DICHO IMPUESTO SEA PAGADO ... IMPUESTO ESTABLECIDO EN ESTA LEY EFECTIVAMENTE PAGADO EN EL EJERCICIO DE QUE SE ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: LEY DE IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO IDE


1
LEY DE IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO(IDE)
2
  • SUJETOS PERSONAS FISICAS Y MORALES
  • OBJETO DEPOSITOS EN EFECTIVO
  • BASE EL EXCEDENTE A DEPOSITOS DE
    25,000.00
  • TASA 2
  • LA PRESENTE LEY ENTRARA ENVIGOR A PARTIR DEL 1 DE
    JULIO DE 2008

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NO SE CONSIDERAN DEPOSITOS EN EFECTIVO LOS
SIGUIENTES
  • LOS QUE SE EFECTUEN A FAVOR DE P.F. Y P.M.
    MEDIANTE
  • TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS, TRASPASOS DE CUENTA
  • OPERACIONES CON TITULOS DE CREDITO O CUALQUIER
    OTRO DOCUMENTO O SISTEMA PACTADO CON
    INSTITUCIONES DEL SISTEMAS FINANCIERO

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NO ESTARAN OBLIGADAS
  • LA FEDERACION, LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LOS
    MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES DE LA ADMON PUBLICA
    PARAESTATAL
  • LAS P.M. CON FINES NO LUCRATIVOS
  • LAS P.F. Y P.M. POR LOS DEPOSITOS QUE SE REALICEN
    EN SUS CUENTAS HASTA POR UN MONTO ACUMULADO DE
    25,000.00.

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OBLIGACIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
  • RECAUDAR EL IDE EL ULTIMO DIA DEL MES DE QUE SE
    TRATE
  • ENTERARARLO EN EL PLAZO Y EN LOS TERMINOS QUE
    MEDIANTE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL ESTABLEZCA LA
    SHCP
  • INFORMAR MENSUALMENTE AL SAT EL IMPORTE DEL IDE
    RECAUDADO Y EL PENDIENTE DE RECAUDAR
  • RECAUDAR EL IDE QUE NO HUBIERA SIDO RECAUDADO EN
    EL PLAZO ESTIPULADO
  • ENTREGAR AL CONTRIBUYENTE DE FORMA MENSUAL Y
    ANUAL, LAS CONSTANCIAS QUE ACREDITEN EL ENTERO
  • RESPONSABLES SOLIDARIAS POR NO RECAUDAR O NO
    INFORMAR LA FALTA DE FONDOS

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ACUALIZACION Y RECARGOS
  • LOS MONTOS DEL DE ESTE IMPUESTO QUE NO HAYAN SIDO
    RECAUDADOS POR FALTA DE FONDOS EN LAS CUENTAS DE
    LOS CONTRIBUYENTES, SERAN OBJETO DE ACTUALIZACION
    Y RECARGOS CONFORME A LOS ART 17-A Y 21 DEL CFF,
    A PARTIR DEL ULTIMO DIA DEL EJERCICIO FISCAL DE
    QUE SE TRATE HASTA QUE DICHO IMPUESTO SEA PAGADO

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ACREDITAMIENTO ANUAL (EJERCICIO)
  • EL IMPUESTO ESTABLECIDO EN ESTA LEY EFECTIVAMENTE
    PAGADO EN EL EJERCICIO DE QUE SE TRATE, SERÁ
    ACREDITABLE CONTRA
  • EL ISR A CARGO EN DICHO EJERCICIO
  • ISR RETENIDO A TERCEROS,
  • O COMPENSABLE CONTRA OTRAS CONTRIBUCIONES
    FEDERALES A SU CARGO O HUBIESE SIDO SOLICITADO EN
    DEVOLUCION

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ACREDITAMIENTO EN PAGOS PROVISIONALES
  • EL PROCEDIMIENTOS DE ACREDITAMIENTO ES SIMILAR A
    EL DEL EJERCICIO
  • SI APLICADOS LOS ACREDITAMIENTOS Y COMPENSACIÓN,
    RESULTA DIFERENCIA A FAVOR, LA MISMA PODRÁ
    SOLICITARSE COMO DEVOLUCIÓN SIEMPRE Y CUANDO SEA
    DICTAMINADA POR CONTADOR PÚBLICO REGISTRADO

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PÉRDIDA DEL DERECHO AL ACREDITAMIENTO
  • CUANDO NO SE ACREDITE EN UN EJERCICIO EL IMPUESTO
    CONFORME A LO ANTERIOR, PÉRDERA EL DERECHO EN LOS
    SIGUIENTES HASTA POR EL MONTO QUE PUDO HABERLO
    EFECTUADO
  • EL DERECHO AL ACREDITAMIENTO ES PERSONAL Y NO
    PODRÁ SER TRANSMITIDO POR FUSIÓN O ESCISIÓN

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CASO DE CÁLCULO ANUAL DE ISR
  •  

SE ACREDITA, EXCEPTO SI . SE ACREDITÓ
PREVIAMENTE CONTRA ISR RETENIDO A TERCEROS .
COMPENSO CONTRA OTRAS CONTRIBUCIONES, O .
SOLICITÓ SU DEVOLUCIÓN.
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CASO DE PAGO PROVISIONAL DE ISR
  •  

ESTA DIFERENCIA PODRÁ . ACREDITARSE CONTRA
ISR RETENIDO A TERCEROS DEL MES . CONTRA
CONTRIBUCIONES FEDERALES A SU CARGO . SOLICITAR
SU DEVOLUCIÓN (CON DICTAMÉN DE CPR)
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