TRANSFERENCIA Y MRITO EJECUTIVO DE LA COPIA DE LA FACTURA Ley N 19'983 permite iniciar un procedimie - PowerPoint PPT Presentation

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TRANSFERENCIA Y MRITO EJECUTIVO DE LA COPIA DE LA FACTURA Ley N 19'983 permite iniciar un procedimie

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... en el original y en el cuadruplicado de las condiciones de pago del precio o ... A un d a fijo y determinado. ... ejemplares, seg n el siguiente detalle: ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: TRANSFERENCIA Y MRITO EJECUTIVO DE LA COPIA DE LA FACTURA Ley N 19'983 permite iniciar un procedimie


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TRANSFERENCIA Y MÉRITO EJECUTIVO DE LA COPIA DE
LA FACTURA (Ley Nº 19.983)(permite iniciar un
procedimiento de cobro judicial en contra del
deudor (obligado).
  • Entrada en vigencia 15.04.2005
  • Todo documento emitido a contar de dicha fecha
    debe cumplir la nueva normativa.

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1º Nuevas Obligaciones en la emisión de
una factura (Art.1º y 2º)
  • Emitir la factura original con una copia
    adicional, llamada copia cobro
    ejecutivo-cedible (El SII la denomina
    Cuadruplicado cobro ejecutivo-cedible).
  • Dejar constancia en el original y en el
    cuadruplicado de las condiciones de pago del
    precio o remuneración (será un campo obligatorio
    y primordial para el control)
  • Formas de identificar el plazo de pago (según la
    Ley)
  • A la recepción de la factura.
  • A un plazo desde la recepción de la mercadería o
    de la prestación del servicio.
  • A un día fijo y determinado.
  • Si nada se estipula, la factura debe ser pagada
    dentro de los 30 días siguientes de su
    recepción.

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Norma general de emisión
  • Una Factura debe contar ahora con cuatro
    ejemplares, según el siguiente detalle
  • Original - Cliente
  • Se entrega al comprador.
  • Duplicado - SII
  • Queda en poder del vendedor.
  • Triplicado - Control Tributario
  • Se entrega al comprador.
  • Cuadruplicado - Cobro Ejecutivo-Cedible
  • Queda en poder del vendedor, pero con la
    constancia de recibida por el comprador.

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Ejemplares en la emisión de factura
Cuadruplicado (ClientegtEmisor)
Triplicado (Cliente)
Duplicado SII (Emisor)
Factura de Venta Ley N19.983, (D. Oficial
15.12.2004)
Original (Cliente)
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(No Transcript)
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Cambios obligatorios de formato
  • Incluir la tercera copia Cuadruplicado Cobro
    ejecutivo-cedible
  • Es obligatoria sólo para
  • Factura, Factura de Ventas y Servicios No Afectos
    o Exentos, Facturas de Compra, Liquidación-Factura
    y Guías de Despacho.
  • En el caso de las Guías de Despacho, el
    cuadruplicado se denomina Cuadruplicado Cobro
    ejecutivo-cedible con su factura.
  • Vigencia
  • Documentos que se emitan a partir del 15.04.2005.

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2º Recepción de la factura (Art.3º)
  • La factura se entiende por irrevocablemente
    aceptada cuando no se haya reclamado en contra
    de su contenido, mediante alguno de los
    siguientes procedimientos
  • Devolviendo la factura y la guía de despacho,en
    su caso, al momento de su entrega.
  • Reclamando de su contenido dentro de los 8 días
    corridos desde su recepción o dentro del plazo
    pactado por las partes, el que no puede exceder
    de 30 días contados desde la recepción del
    documento.
  • Nota Es vital el control de la fecha de
    recepción. Dentro de los ocho días hay que
    reclamar, cuando proceda, o por omisión, se
    entiende válidamente aceptada.

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Cómo se realiza el reclamo? (Art.3º)
  • Por alguna de las siguientes acciones
  • Enviando una carta certificada, o
  • Enviando cualquier otro medio fehaciente
  • Suponemos, remitir vía mensajero con carta de
    recepción tengo que utilizar algún medio que
    pueda comprobar la acción no sirve el llamado
    telefónico, por ejemplo, pero sí el envío vía
    mail con confirmación a correo válido.
  • El reclamo debe ir acompañado por alguna de la
    siguiente documentación
  • La factura y la guía de despacho, cuando
    corresponda, que se reclama
  • No recomendamos ésta forma, dado que se pierde el
    control de la documentación y se asume que el
    reclamo es por el total del documento esto sería
    aplicable cuando el reclamo se realice dentro del
    mes de emisión del documento que se reclama, para
    que sea anulado y reemplazado.
  • La solicitud de la Nota de Crédito que
    corresponda
  • Este es el método que recomendamos.

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  • Nuestros agradecimientos a
  • WWW.CIRCULOVERDE.CL
  • Por su aporte.
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