Title: El funcionamiento del Consejo Nacional para la Ni
1Primer Taller De Autodiagnóstico de la
Implementación de la Ley 136-03
Conclusiones y Recomendaciones Preliminares
Santo Domingo , 13 al 15 de febrero de 2007
2Conclusiones
3AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
- El funcionamiento del Consejo Nacional para la
Niñez y Adolescencia CONANI- con instancias que
reportan actividades administrativas y operativas
en general. Aunque el Consejo existÃa como
Consejo Nacional para la Niñez, su funcionamiento
y el tipo de actividades y funciones cumplidas a
partir de la vigencia de la Ley 136-03 serán
objeto de análisis posterior en este mismo
informe de conclusiones. - El CONANI ha diseñado y decidido un cuerpo
normativo de reglamentación para su
funcionamiento interno - Se han aprobado polÃticas nacionales de
protección en VIH-SIDA y en discapacitados (
PROTECCION ESPECIAL) NO SE REPORTO diseño de
polÃticas públicas básicas o estructurales para
la protección de derechos universales - Existen cuatro Comisiones especiales de carácter
permanente, estas son - 1.- Comisión contra la explotación sexual
comercial, - 2.- Comisión para la erradicación del trabajo
infantil, - 3.- Comisión de Ejecución de la Justicia de NNA,
- 4.- Comisión por el derecho a un nombre y
nacionalidad - Por vÃa de Resolución Administrativa se decide
otorgar funciones de las Juntas Locales de
Protección al Ministerio Público.
4AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
- Creación de Nueve (9) Oficinas Regionales del
CONANI, lo cual significa menos del 50 de las
Provincias, y alrededor de 8 oficinas
municipales, aunque no se reporta con precisión
el estado de su funcionamiento y las acciones
seguidas y acompañadas. (Están proyectadas la
creación de al menos 3 directorios Municipales).
Se reporta igualmente la dificultad o falta de
comunicación entre el nivel nacional y el
regional. - Se reporta el inicio de la elaboración de
Indicadores de Niñez, aunque se desconoce el
enfoque estadÃstico y conceptual, asà como el
estado en que se encuentra su elaboración - Se han creado hogares de paso, que los
participantes no precisan en cantidad y calidad,
sucediendo igual con el reporte de algunos
Centros de Atención, Centros de Estancias
Infantiles y Casas Hogares, reportados en
funcionamiento, sin precisar cantidad y especie
de la atención - Existen esfuerzos de Capacitación del personal
del sistema de protección, - Los procesos de la tutela y de las declaraciones
de abandono se reportan atendidos y procesados
con rapidez, - Aparece como positiva la aplicación efectiva por
parte de la Sala Penal de la inimputabilidad a
niños y adolescentes de menos de 13 años. - Falta de control y monitoreo en los planes
y programas de la niñez. - Desigualdad procesal de las partes por
inasistencia del letrado gratuito
5AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
- Creación del tribunal de control de ejecución
de la sanción de N.N.A. - Creación de los equipos multidisciplinarios
de los Tribunales - Conformación parcial del personal de la Dirección
nacional de Atención Integral de la PGR y
ampliación del espacio FÃsico. - Creación de la Defensa Publica de niños,
niñas y adolescentes y existencia de
reglamentación sobre sus actuaciones formales
aunque no se reportan protocolos de actuación
sobre cada una de sus funciones
6Algunas debilidades especÃficas
- Pocos Directorios Municipales creados, asà como
falta creación de Oficinas Municipales - Falta de creación de las Juntas Locales de
Protección y Restitución de Derechos - Distribución poco equitativa de los recursos de
funcionamiento del sistema de protección, no sólo
en términos presupuestarios, sino también del
recurso humano - Ausencia de PolÃticas Municipales a favor de la
niñez en el nivel municipal, y en general,
Ausencia de polÃticas sociales, asistenciales y
de protección, especialmente en los sectores que
conforman los miembros del Directorio Nacional
(sindical, empresarial, Liga Municipal,
Secretaria de la Mujer, ayuntamientos). - Debilidades en la supervisión y seguimiento de
los entes coordinados por el CONANI - Ausencia de polÃtica descentralizadora permanente
como meta del sistema de protección - Ausencia de polÃtica de coordinación con los
demás actores del sistema. - Falta de polÃtica de educación a la ciudadanÃa
para orientación sobre el rol del CONANI y la Ley
136-03. - Ausencia de polÃticas para las declaraciones
tardÃas de nacimientos
7Algunas debilidades especÃficas
- En materia civil o protección, se indica la falta
de defensores públicos, toda vez que solo existen
en materia penal. - Falta de documentación (actas de nacimiento) en
los expedientes en materia de guarda y faltas
graves cometidas por las OficialÃas del Estado
Civil en la expedición de las Actas del Estado
Civil. Todo ello, asociado a la elevada cantidad
de niños y niñas no declarados, lo cual retrasa
los procesos. - .Retraso procesal, especialmente en la emisión de
las sentencias y en particular en materia de
autoridad parental. - La acción de solicitud de la autoridad parental
no contiene las causas que establece la ley. - Retraso en el proceso administrativo de la
adopción. - Confusión de los procesos de guarda y tutela con
los de adopción, no solo por parte de los
usuarios sino también de parte de los actores del
sistema de protección. - MÃnimas sentencias dictadas en materia de
protección e igualmente son mÃnimas las
homologaciones de Autorizaciones de viaje. - Inexistencia del proceso de homologación para la
designación de la familia sustituta. - No se ha completado la creación de tribunales de
la jurisdicción especializada en el paÃs.
8Algunas debilidades especÃficas
- Muchas sentencias emanadas de las salas penales
no contienen los datos del adolescente - Respecto a la Dirección Nacional de Atención se
señala la carencia de equipos multidisciplinarios
en los tribunales y en otras instancias que
establece la ley , asà como la carencia de
recursos para ejecutar fielmente sus tareas y la
ausencia de un reglamento que rija sus
actuaciones. - Ausencia del equipo multi-disciplinario de la
Dirección Nacional de Atención Integral de la PGR
y desacuerdo entre PGR y CONANI en cuanto a la
partida presupuestaria - En materia penal, desaplicación de la gama de
medidas definitivas prevista en el Código de
niños, niñas y adolescentes, ya que la
medida que mas se aplica es la prisión
preventiva - En materia de alimentos, dificultad de los
usuarios para acceder a la justicia - Retardo en la elaboración y realización de
los informes y evaluación - Falta de envÃo a tiempo de la sentencia
firme por parte del tribunal competente a los
fines de la ejecución de las sanciones a los
adolescentes
9Algunas Reflexiones
10Algunas Reflexiones
- REFLEXION UNO
- LA NATURALEZA SISTEMICA Y SU RELACION CON EL
EFECTIVO GOCE DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES - Un sistema orgánico de instituciones, órganos y
entidades, de diversa naturaleza en lo
administrativo y en lo judicial, coexiste y
funciona en la medida en que se apodere de la
noción como tal sistema. - La definición y actuación como sistema es un
ordenador de funciones destinadas a un fin común.
Como ordenador de funciones, el resultado estará
determinado por el fiel cumplimiento de los roles
de todo y cada uno de los integrantes del sistema.
11Supervivencia
Desarrollo Participación
Protección Integral
Protección Especial
12Reflexiones
- En ese orden de funciones Unos órganos se
encargan de coordinar y velar por los derechos
universales de los niños, niñas y adolescentes,
es decir, aquellas encargadas de la satisfacción
universal de los derechos, y otros órganos se
encargan de la protección individual o protección
especial, es decir, cuando a un niño o un grupo
de niños individualmente considerados se les
amenaza o viola en sus derechos. Quien planifica
y controla la polÃtica pública y a asu vez
coordina el funcionamiento del sistema, no
ejecuta programas de atención ni da ordenes de
protección individual.
13Reflexiones
REFLEXION DOS EL ALCANCE DE LA PROTECCION INTEGRAL
Conjunto de polÃticas, acciones, planes y
programas, que con PRIORIDAD ABSOLUTA, se dictan
y ejecutan desde el Estado, con la firme
participación y solidaridad de la familia y la
sociedad, para garantizar que todos los niños y
niñas gocen, de manera EFECTIVA Y SIN
DISCRIMINACION, de los Derechos Humanos a la
SUPERVIVENCIA, al DESARROLLO y a la
PARTICIPACION,
14POLITICAS PLANES PROGRAMAS
15Reflexiones
- Por ello, la actuación del sistema no puede tener
como referencia y meta la atención individual,
porque se quedarÃa en una fase reactiva y no
activa del control y la prevención social para
que se avance en el vencimiento de las causas
sustanciales de la violación de los derechos,
ubicadas por lo general en las señaladas
desigualdades. - Asà como existen medidas de protección para la
atención individual, el sistema de protección y
la sociedad toda como control activo en el
cumplimiento real de los derechos de los niños,
están obligados a diseñar estrategias para
monitorear este cumplimiento asà como el
comportamiento de los mecanismos institucionales
para garantizarlos. - En ese sentido, todos los instrumentos
internacionales de derechos Humanos, con la
Declaración Universal de Derechos Humanos a la
cabeza, y en particular la Convención sobre los
Derechos del Niño, comprometen a los Estados
Parte a contemplar en sus legislaciones internas
y a verificar en sus instituciones
administrativas y judiciales efectivos sistemas
domésticos o internos para la garantÃa de los
derechos universales, y para el control en su
cumplimiento asà como para la restitución en caso
de ser violados.
16Reflexiones
Se aprecia del resultado de las mesas de trabajo
una referencia privilegiada a la atención
individualizada y espurias referencias a la
protección Universal, lo que constituye un riesgo
de distorsión del paradigma de protección
integral de derechos humanos de los niños. Se
evidencia asÃ, la ausencia de sistemas claros y
prácticas reales dirigidas a la protección
universal, lo cual además de preocupante en
términos de la materialización de la protección
integral, invita a no dudar en la elaboración e
implementación de acciones y estrategias
inmediatas para la conformación de mecanismos
institucionales y sociales con ese fin.
17Reflexiones
A pesar de que se reporta la creación de
programas en manos del CONANI como parte de la
solución, hay que reflexionar por cuanto ello
podrÃa ser parte del problema y no de la
solución, en razón de que 1) la mayor creación
y existencia de necesidad de programas de
atención individualizada, refleja una errada idea
de la protección integral, puesto que la atención
final es sólo la respuesta a la violación de
derechos existente 2) La percepción de la mayor
necesidad de programas, revela una realidad que
no sólo es la de la existencia de más niños
violados en sus derechos, sino la ausencia de
polÃticas para prevenir estas violaciones, 3) La
percepción de necesidad de programas puede estar
revelando que la masificación de la atención es
un avance a la solución de la problemática de la
infancia, cuando en realidad la mayor existencia
de programas es sólo consecuencia del verdadero
problema y de las verdaderas causas. 4) La
percepción de la atención especial e
individualizada de niños reporta la visión del
niño como un problema, y no delimita que el niño
en estas circunstancias es la manifestación del
problema.
18Recomendaciones preliminares
19ANALISIS Y RECOMENDACIONES
- REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
- Se aprecia del resultado de las mesas de trabajo,
una evidente confusión de roles en el
cumplimiento de las funciones de cada órgano del
sistema de protección de la niñez y adolescencia
que traen como consecuencia la desfiguración,
tergiversación y distorsión del comportamiento
como sistema. - Muchas instancias del sistema se comportan como
Instituciones totales, asumiendo la atención
cuando son planificadores y contralores de ella,
o asumiendo la orden administrativa de
restitución cuando son solicitantes de la misma y
no decidores de ella, o tomando decisiones al
interior del programa sin ningún o con muy poco
control de los componentes del programa, por lo
que el propio programa se formula, se evalúa y
toma decisiones sobre los derechos del niño o
niña que atiende.
20ANALISIS Y RECOMENDACIONES
- REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
- Es preciso señalar con preocupación lo siguiente
- No corresponde al CONANI la ejecución de
Programas - No corresponde al Ministerio Público ordenar las
medidas de protección individual, puesto que éste
órgano es solicitante de la misma conforme a la
ley 136-03 - No corresponde al Equipo Multidisciplinario tomar
decisiones sobre los derechos de los Niños
atendidos ni sobre la orientación del programa - No corresponde a los Programas determinar la
forma de restitución de un derecho, esto es, no
le corresponde determinar en que programa será
atendido un niño. - Los Tribunales de Niños y Adolescentes , en Sala
Civil, deben determinar las medidas de protección
individual ( Restitución de Derechos) hasta tanto
se creen y funcionen las Juntas Locales de
Restitución de Derechos.
21ANALISIS Y RECOMENDACIONES
- REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
- Ante lo anteriormente analizado y por la
ausencia de mecanismos permanentes de
coordinación y orientación intersectorial, SE
RECOMIENDA
A corto plazo Creación de un mecanismo
institucional interno a cada órgano (Salas
Situacionales), que permitan el seguimiento y
sistematización de la ejecución de sus funciones.
A su vez cada Sala Situacional, deberá reunirse
con la sala situacional de todo el sistema, de
carácter permanente bajo la guÃa del Directorio
Nacional del CONANI, al menos, una vez al mes, a
fin de sistematizar integralmente todas las
acciones ejecutadas y tomar decisiones de
coordinación en conjunto. A mediano Plazo
Elaboración de Modelo Organizacional de
Coordinación Intersectorial, con referencia a las
funciones previstas en la Ley, diseñado con la
participación y validación de todos los
integrantes del sistema e institucionalizarlo
como Directriz de Coordinación Intersectorial
aprobada por el Directorio Nacional del CONANI A
mediano Plazo Diseño anual de Planes
Estratégicos y Operativos de los órganos del
Sistema que permita integrar las acciones comunes
y desarrollar una gestión con aliados externos al
sistema (sector público y sector privado)
22ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
- SE RECOMIENDA
- Analizar para su eventual derogatoria la
Resolución que asigna competencia para dictar
medidas de protección al Ministerio Público - Como consecuencia de la acción recomendada en el
punto anterior, analizar la viabilidad de una
resolución que establezca la forma y
procedimientos para que el Ministerio Público
haga la solicitud de medidas de protección
individual, como lo contempla la ley 136-03, en
los literales k, l y m del artÃculo 211 - Elaboración y puesta en funcionamiento del
Protocolo de Actuación del CONANI, que contemple
claras definiciones y formas de actuación en - 1) Deliberación de polÃticas, planes y Programas,
- 2) Formas de Registro de Programas y Entidades de
Atención - 3) Normas de Procedimiento en materia de
seguimiento y evaluación de Programas, - 4) Análisis de Situación del Estado de los
Derechos de la Niñez, con un sistema de
información oportuna que permita su actualización
anual, - 5) Normas de actuación para la coordinación del
Sistema
23ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
- SE RECOMIENDA
- Institucionalizar el mecanismo para el control y
demanda en el cumplimiento de los derechos
universales. En tanto se cree la DefensorÃa del
Pueblo, esta responsabilidad se sugiere deba
estar en el Ministerio Público, quien a través de
la Acción de Amparo empodere a la Sala Civil del
Tribunal de Niños y Adolescentes para la garantÃa
de derechos colectivos o difusos. En tal sentido,
se sugiere, la creación de mecanismos y
procedimientos claros y eficaces al interior del
Ministerio Público. Su función principal
permitirá controlar jurisdiccionalmente incluso
no sólo la ausencia de polÃticas públicas a favor
de los derechos universales, sino también
controlar judicialmente el cumplimiento de las
funciones de protección universal por parte de
los órganos del sistema de protección.
24ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LOS PROGRAMAS
- SE RECOMIENDA
- REVISION DE LOS PROGRAMAS EXISTENTES EN CUANTO A
SU ENFOQUE avanzar sobre la transformación de
los programas de protección que aún no se han
adecuado a la nueva doctrina. En ese camino es
necesario articular a las instituciones para
avanzar en el proceso de garantizar los derechos
de los niños, niñas y adolescentes, de manera
eficiente y efectiva. También, es oportuna la
posibilidad de la cooperación del UNICEF para la
transformación de las entidades de atención del
sistema penal de responsabilidad del adolescente. - ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PLAN DE
TRANSFERENCIA DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN que
actualmente se encuentren bajo la administración
y ejecutoria del CONANI. Esta transferencia se
debe hacer a las entidades y servicios públicos
que corresponda según el tipo de atención. Tanto
el Plan de Transferencia como su ejecución
progresiva debe comprometer a todos los órganos
del sistema, puesto que se trata de una actuación
sinérgica que permitirá de esa forma la
integración y el enfoque de trabajo compartido
para lograr la ubicación de los programas y
entidades de atención en el lugar de servicio
público al que correspondan. También en este
aspecto se debe considerar la cooperación técnica
del UNICEF.
25ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LOS PROGRAMAS
- SE RECOMIENDA
- IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE CONTROL, SEGUIMIENTO Y
EVALUACION DE PROGRAMAS, QUE INCLUYA UN SISTEMA
DE MEDICION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS SOBRE
LA BASE DE LA PROTECCION Y RESTITUCION REAL DE
LOS DERECHOS (Es necesario medir el impacto de
los programas aplicados. Medir la capacidad que
estos tienen para incluir a los niños en
situación de calle, por ejemplo. Cualquier
programa que no logre la inclusión de los niños y
niñas, es parte del problema y no parte de la
solución.) - LAS DECISIONES SOBRE INTEGRACION DEL NIÑO, NIÑA O
ADOLESCENTE A UN PROGRAMA NO DEBE SER ASUNTO DE
LOS PROPIOS ADMINISTRADORES DEL PROGRAMA, SINO DE
UNA MEDIDA DE PROTECCION. EN CONSECUENCIA, URGE
SEPARAR ESTOS ROLES - DIAGNOSTICO DE ENTIDADES Y PROGRAMAS DE ATENCION
INMEDIATA (CENSO DE PROGRAMAS).
26ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y
RESTITUCION DE DERECHOS
- SE RECOMIENDA
- Creación de las Juntas Locales de Protección.
URGE la elaboración de un Plan MÃnimo de Acción
para la implementación de las Juntas Locales de
Protección. En tal sentido, se recomienda
empoderar a las comunidades y a las ONGs,
sensibilizando y difundiendo suficientemente la
importancia de su creación y funcionamiento real.
Se recomienda que en el caso de los municipios en
que no exista Directorio Municipal para el
registro de Ongs que determina el artÃculo 466
de la Ley, se habilite temporalmente un registro
por municipio en la Oficina Nacional del CONANI,
que lleve tal registro y acuerde la celebración
de las asambleas para la elección de los
integrantes de las Juntas Locales de Protección.
Se recomienda para tal fin, aprovechar al máximo
el recurso y capital humano organizado en los
Municipios Amigos de la Niñez, organizados a
través del Departamento de Niñez de los
Ayuntamientos y en tal sentido, coordinar las
acciones del Plan MÃnimo recomendado con la
cooperación del UNICEF.
27ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y
RESTITUCION DE DERECHOS
- SE RECOMIENDA
- Se insiste en la RECOMENDACIÓN de derogatoria de
la Resolución que da potestad al Ministerio
Público para dictar medidas de Protección. - Se recomienda la elaboración de CENSOS
MUNICIPALES DE PROGRAMAS Y ENTIDADES DE ATENCION
PUBLICAS Y PRIVADAS, con especial énfasis en los
Municipios en donde se celebren las Asambleas
para la implementación de las Juntas Locales de
Protección, a fin de que al entrar éstas en
funcionamiento tenga una referencia programática
en donde ordenar el cumplimiento de las medidas
que dictaren.
28ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LA APLICACIÓN JUDICIAL
- SE RECOMIENDA
- Fortalecer La especialidad del área de Derechos
de los Niños y Adolescentes en lo Civil y Penal
como parte de la materialización del principio de
prioridad absoluta establecido en la Convención
sobre los Derechos del Niño, por tanto se
RECOMIENDA la especialización judicial en niñez
en las Salas Civiles y Penales, asà como la
formación exhaustiva del personal y de los jueces
para su profesionalización. - Diseñar y ejecutar Plan de Selección y
Capacitación de Personal de la PolicÃa Judicial
Especializada - Ante la desaplicación de la gama de medidas
penales de carácter socioeducativo SE RECOMIENDA - A) Diseño de programas socioeducativas para el
cumplimiento de la pena, especialmente los de
prestación de servicios comunitarios, reglas de
conducta y semilibertad. - B) coordinación del CONANI con los ayuntamientos
y/o municipios para acordar el programa de
prestación de servicios comunitarios. Poner en
funcionamiento al menos 5 en el plazo de un año.
29ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LA APLICACIÓN JUDICIAL
- SE RECOMIENDA
- Instar a aprobar resolución que cree la Defensa
Técnica en Salas Civiles para procesos de
protección - Diseño y aprobación del Protocolo de Actuación y
funciones de la Defensa Tecnica conforme al
articulo 255 de la ley 136-03
30- Priorización de Acciones
31PRIORIZACION DE ACCIONES
Se priorizan como inmediatas las siguientes
acciones
- Plan MÃnimo de acción para la creación y
funcionamiento de las Juntas Locales de
Protección y Restitución de Derechos - Incorporación sistemática a la agenda
deliberativa del Directorio del CONANI del
análisis y propuesta para el diseño de polÃticas
sociales básicas, asistenciales y de protección,
análisis del Presupuesto Publico para ejecución
de polÃticas a favor de los derechos de la niñez
y adolescencia, y evaluaciòn de planes
sectoriales. - Plan de Coordinación intersectorial de los
órganos del sistema a corto y mediano plazo - Plan de Formación y Capacitación intensivo y
permanente de recursos humanos en materia de
protección integral, que integre los aspectos
fundamentales de la doctrina de N U sobre
derechos de los Niños y la formación para
planificación y acción estratégica de protección
universal y protección especial conforme a los
roles de los órganos del sistema, incluyendo la
producción y distribución de material de consulta
permanente. Este Plan debe contener un sistema de
Evaluación de Personal capacitado, de sus
acciones y resultados medibles conforme a la
formación recibida. - Plan de Transferencia y adecuación de Programas y
Entidades de Atención e inicio de modelos
transferidos con enfoque de protección integral.