RESULTADOS DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES - PowerPoint PPT Presentation

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RESULTADOS DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES

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Suspender de la entrada en vigencia de la Decisi n 535 hasta el 1 de marzo de 2004. ... Anunciar la disposici n a negociar, concesiones equivalentes a las otorgadas y ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: RESULTADOS DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES


1
  • RESULTADOS DE LAS NEGOCIACIONES COMERCIALES
  • Claudia María Uribe P.
  • Viceministra de Comercio Exterior
  • Diciembre 19 del 2003


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COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA Lima, Diciembre
10,11 y 12 del 2003
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ARANCEL EXTERNO COMUN
  • Suspender de la entrada en vigencia de la
    Decisión 535 hasta el 1º de marzo de 2004.
  • Necesidad de evaluar el Arancel Externo Común
    consagrado en las Decisiones 535 y 370.
  • Los países mantienen los niveles arancelarios
    aplicados a la fecha.
  • La estructura arancelaria y el mecanismo de
    medidas correctivas queda sujeto a la entrada en
    vigencia del Arancel Externo Común

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  • ACUERDO DE COMPLEMENTACION
  • ECONOMICA NO. 59
  • CAN-MERCOSUR
  • Montevideo, Diciembre 16 del 2003

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Acuerdo General
  • Conformación de una Zona de Libre Comercio a
    través de la desgravación de todos los aranceles
    vigentes, salvo para los productos en franja de
    precios.
  • Se preservan las preferencias arancelarias y
    otras condiciones de acceso establecidas por la
    Preferencia Arancelario Regional PAR- y la
    Nomina de Acceso a Mercados NAM-.
  • Proscribe la aplicación de subvenciones
    contrarias a lo dispuesto en la OMC al comercio
    recíproco industrial y subvenciones a la
    exportación para el comercio agrícola.
  •  
  • Las partes procurarán que sus ayudas internas, no
    tengan efectos distorsionantes, conforme la OMC.

6
Acuerdo General
  • En materia de NMF se dispone que la Parte que
    celebre un acuerdo no ALADI debe
  •   - Informar a las otras Partes Signatarias,
  • - Anunciar la disposición a negociar,
    concesiones equivalentes a las otorgadas y
    recibidas de manera global.
  •  
  • El Acuerdo entra en vigor el 1º de julio 2004.
  • Frente farmacéuticos, cosméticos, alimentos y
    otros productos de uso humano, se acordó asegurar
    la transparencia de sus disposiciones legales y
    se garantizó Trato Nacional en relación con sus
    legislaciones y procedimientos de evaluación
    técnica y científica.

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Acceso
  • La producción nacional tendrá acceso preferencial
    a uno de los mercados mas grandes del continente,
    lo que permitirá aprovechar las economías de
    escala que brindan los acuerdos comerciales,
    manteniendo y profundizando el actual patrimonio
    histórico.
  • La desgravación arancelaria de la producción
    colombiana, en plazos de 12 y 15 años, permite un
    reacomodamiento paulatino de la actual estructura
    de producción a nuevas condiciones de
    competencia.
  • La desgravación arancelaria gradual prepara al
    aparato productivo a enfrentar con éxito los
    retos de otras negociaciones que como el
    bilateral con Estados Unidos o el ALCA, exigirán
    del país cambios profundos en su estructura
    productiva.

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Acceso
  • Para los productos incluidos en el sistema andino
    de franjas de precios, la desgravación
    arancelaria se realizará únicamente sobre el
    componente fijo del arancel, lo que permite la
    vigencia y permanencia del Mecanismo de
    estabilización.
  • Para la Industria, aunque no se han definido las
    canastas de desgravación, el grueso de la
    producción colombiana de desgravará en 12 años,
    las materias primas, insumos y bienes de capital
    no producidos se ubicaran en la canasta inmediata
    o de seis años y unos pocos productos altamente
    sensibles en la canasta de 15 años.
  • La desgravación para el sector Automotor se
    definición junto con los demás sectores
    productivos, en el plazo previsto hasta el 31 de
    marzo próximo.

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Solución de Controversias
  • Régimen Transitorio aplicable desde la entrada
    en vigencia del Acuerdo (1 de julio de 2003)
  • Régimen Definitivo aplicable una vez todas las
    partes cumplan los requisitos de incorporación a
    sus legislaciones nacionales.
  • Uno y otro contemplan un procedimiento
    esquemático con plazos claramente establecidos,
    con tres etapas i) Consultas Directas, ii)
    Intervención de la Comisión Administradora y iii)
    Conformación de un Grupo de Expertos o Arbitral
    cuyas decisiones son obligatorias para las
    partes.

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Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
  • Las partes se comprometen a que sus medidas
    sanitarias y fitosanitarias solo se apliquen en
    cuanto sean necesarias para proteger la salud y
    la vida de las personas y los animales o para
    preservar los vegetales
  • Basado en los acuerdos OMC sobre la materia
  • Así mismo, se establecen mecanismos y
    procedimientos con plazos debidamente acordados,
    a través de los cuales las partes adelantarán
    procesos de armonización y equivalencia de sus
    respectivas medidas, como instrumento de
    facilitación del comercio.

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Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la
Conformidad
  • El objetivo es evitar que las normas técnicas y
    reglamentos técnicos que las partes adopten o
    aplquen se constituyan en obstáculos técnicos
    innecesarios al comercio recíproco.
  • Basado en los acuerdos OMC sobre la materia
  •  
  • Se establecen las partes acordaron celebrar en la
    medida de sus posibilidades acuerdos de
    reconocimiento entre sus respectivas autoridades
    a fin de determinar la equivalencia de sus normas
    y reglamentos.

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Régimen de Salvaguardias
  • Lo establecido en este anexo tiene por objeto
    evitar que las normas técnicas y reglamentos
    técnicos que las partes se constituyan en
    obstáculos técnicos innecesarios al comercio
    recíproco, de conformidad con dispuesto sobre la
    materia OMC y la ALADI.
  •  
  • Adicionalmente, las partes acordaron celebrar en
    la medida de sus posibilidades acuerdos de
    reconocimiento entre sus respectivas autoridades
    a fin de determinar la equivalencia de sus normas
    y reglamentos.

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Régimen de Salvaguardias
  • Mecanismo que permite adoptar medidas para
    controlar aumentos en las importaciones que
    causen o amenacen causar daño a la producción
    nacional.
  • De aplicación durante todo el programa de
    liberación (15 años) y 4 años más, con
    posibilidad de extenderla según evaluación que de
    ella haga la Comisión Administradora al
    vencimiento de dicho plazo.
  • Establece los procedimientos para probar el daño
    y la forma de implantar las medidas al amparo de
    este anexo.
  •  
  • Posibilidad apliquen una medida especial
    (salvaguardia cambiaria) para corregir
    desequilibrios derivados devaluaciones masivas ,
    como consecuencia de la determinación de la
    Comisión Administradora de no prorrogar la
    vigencia de la salvaguardia general.

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Régimen de Origen
  • Norma General Transformación de las materias
    primas importadas a los productos finales (Salto
    de partida)
  • Como norma alternativa a la anterior se cumplirá
    con un valor de contenido regional
  • - Colombia, Venezuela y Uruguay cumplirán
    con un 50 hasta el séptimo año. A partir del
    octavo año será del 45. Durante ese período,
    las Partes Signatarias analizarán la posibilidad
    de llegar al 40.
  • - Ecuador y Paraguay cumplirán con un 60 que
    pasará al 55 a partir del sexto año y a 50 a
    partir del décimo año. Las Partes Signatarias
    analizarán en ese período la posibilidad de que
    llegue al 40
  • 31 de Marzo plazo máximo para definir los REOs

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Medidas Especiales
  • Mecanismo que permite suspender o disminuir el
    margen preferencial para controlar aumentos en
    las importaciones, de manera automática con dos
    disparadores
  • - De Precio 15 los primeros 5 años, luego
    20.
  • - De Volumen 20, promedio ultimo mes frente a
    los 3 años anteriores (de-mínimis de 20 sobre
    las impos. Totales).
  • De aplicación durante todo el programa de
    liberación (15 años) y 4 años más, con
    posibilidad de extenderla en los mismos términos
    de la Salvaguardia General.

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Medidas Especiales
  • Requiere prueba posterior de amenaza o prueba de
    daño.
  • Ambito a través de listas individuales por país .
    Colombia por volumen y precio 30 subpartidas
    cítricos, café, cacao, papa, harina de maíz
    activador de volumen para productos en Franja 57
    subpartidas carne de pollo, lácteos, arroz, maíz
    y aceites.
  • Excepciones Las medidas especiales no se aplican
    a Paraguay y Uruguay.

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TEMAS PENDIENTES
  • Antes de 31 de marzo de 2004
  • - Finalizar la asignación de productos en cada
    una de las canastas de desgravación.
  • - Definir los requisitos específicos de origen y
    el valor de contenido regional.

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www.mincomercio.gov.co
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