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TRIBUTACI

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La municipalidad es por definici n el organo nato de gobierno local por tanto ... una ley expresa del congreso puede autorizar el cobro de una tasa espec fica por ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: TRIBUTACI


1
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR GERENCIA DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
www.munives.gob.pe
2
LOS INGRESOS MUNICIPALES COMO ELEMENTO DE SOSTENIB
ILIDAD
3
1RA. PREMISA NINGUN PAIS PROGRESA SIN TRIBUTACION
4
CULTURA TRIBUTARIA
La municipalidad es por definición el organo
nato de gobierno local por tanto promueve el
desarrollo y la economía local y la prestación de
los servicios públicos de su responsabilidad.
Para cumplir con estas funciones y
responsabilidades necesita de recursos
económicos. De acuerdo a la constitución y a las
leyes es obligación de todos pagar los impuestos
conforme a la capacidad contributiva de cada
quien. Si no tributamos con que recursos el
gobierno local realiza sus fines y funciones y no
estaria en la capacidad de cumplir con las
funciones que le son propias (construcciones de
obras, prestación de servicios, recursos para
atender emergencias, etc) La educación es el
medio más eficaz para desarrollar una conciencia
tributaria. La tributación nos permite tener una
vida en sociedad organizada y que el estado y el
gobierno local nos provea de servicios.
5
SISTEMA TRIBUTARIO
  • El sistema tributario está constituido por el
    conjunto de tributos vigentes en un país en
    determinada época.
  • El éxito de un sistema tributario descansa en la
    eficiencia de su administración tributaria y en
    la conciencia tributaria de los ciudadanos. El
    contribuyente debe saber que si le asigna un
    determinado rol al Estado, debe dotarlo de los
    recursos necesarios para que pueda cumplirlos.

6
  • Según el art. 74 de la constitución de 1993
    solamente el gobierno nacional puede crear
    impuestos para financiar a los gobiernos
    regionales y locales.
  • Tomando en cuenta el art.74 de la constitución,
    modificado por la ley 28390 del 17-11-04, los
    gobiernos regionales se encuentran habilitados
    para crear contribuciones y tasas.
  • Para estos efectos los gobiernos regionales deben
    recurrir al instrumento normativo conocido como
    ordenanza regional.
  • Es decir ahora los gobiernos regionales gozan de
    potestad tributaria originaria, limitada a la
    creación, modificación, supresión, exoneración
    solo de dos tipos de tributos i) Las
    contribuciones, ii) Las tasas

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SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
8
SISTEMA TRIBUTARIO MUNICIPAL
9
Art.74 y 195 Const. Art. 60 DL.776
Poder Tributario Municipal
Leyes D.L. D.S.
Ordenanza Municipal
10
IMPUESTOS MUNICIPALES
  • Concepto
  • Son Tributos establecidos por Ley, su
    cumplimiento no origina una contraprestación de
    servicio.
  • Tipos
  • Impuesto predial
  • Impuesto de Alcabala (3 valor de tranf.) (Inaf.
    10 UIT)
  • Impuesto al Patrimonio vehicular (1 del
    vehículo).
  • Impuesto a los espectáculos públicos no
    deportivos
  • Impuesto a los juegos (Lotería, Bingo,
    Tragamonedas, Pinball, etc.
  • Impuesto a las apuestas 20 (Hipica 12).

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IMPUESTO PREDIAL
  • GRAVA Valor de los predios urbanos y rústicos
  • Predios urbanos Terrenos ubicados en centros
    poblados y destinados a vivienda, comercio,
    industria, o cualquier otro fin urbano y que
    cuente con los servicios generales propios del
    centro poblado.
  • Predios rústicos.- Terrenos ubicados en zona
    rural, dedicado a uso agrícola, pecuario,
    forestal
  • PREDIO Terreno Edificaciones Instalaciones
    Fijas y Permanentes.
  • Incluyendo los terrenos ganados al Mar, Ríos y
    otros espejos de agua.
  • Contribuyentes
  • - Propietarios
  • - Condominios (cualquiera copropietarios)
  • - Responsables tributarios (Poseedores o
    Tenedores) a cualquier título (cuando no se
    determine al propiet).
  • Excepciones Titulares de concesiones.(D.S.
    N059-96-PCM)

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  • Valor del predio Precios de la Construcción
    Valor arancelario del terreno. (fijados por la
    CONATA)
  • Base Imponible Valor total del predio o predios
    del contribuyente ubicados en el distrito.
  • Monto del impuesto Escala progresiva
    acumulativa.
  • - Hasta 15UIT S/. 51,000 -
    0.2
  • - De 15 a 60 UIT, 51,001 a S/.204,000
    - 0.6
  • - Más de 60 UIT, S/. 204,001 a más
    - 1.0
  • Impuesto Mínimo 0.6 de la U.I.T. (S/.
    20.40)

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  • PAGO DE IMPUESTO
  • Al contado hasta el último día hábil de Febrero.
  • Fraccionado en 4 cuotas trimestrales
    (Febrero-Mayo-Agosto y Noviembre) reajustadas de
    acuerdo a la variación acumulada del Indice
    Precio Mayor (IPM) publicado por el INEI
  • PREDIOS INAFECTOS
  • Gobierno Central, Gobiernos Regionales y
    gobiernos locales.
  • Los gobiernos extranjeros, y predios organ.
    Internacionales
  • Sociedades de Beneficencia
  • Entidades religiosas.
  • Entidades públicas que brinden servicios médicos
    asistenciales
  • Cuerpo general de Bomberos
  • Comunidades Campesinas y nativas de la sierra y
    selva.
  • Universidades y centros educativos debidamente
    reconocidos.
  • Las concesiones en predios forestales del estado.
  • Monumentos históricos de patrimonio cultural de
    la nación
  • Partidos u organizaciones políticas,
    discapacitados, sindicatos.

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Incorporacion y/o rect.nombre
  • REQUISITOS
  • Solicitud unica
  • Copia documento de Identidad
  • Documento de propiedad Titulo Propiedad,
    Registro Público, Predial o ficha catastral.
  • Declaración Jurada de propietario o posesionario
    (PU-HR)con firma fedateada.
  • Copia recibo de pago de multa tributaria en caso
    de presentación extemporánea. (S/.136.00 personas
    naturales y S/.340.00 personas jurídicas.).
  • Codificación catastral para predios sin
    habilitación urbana de ser el caso.
  • Derecho de trámite (gratuito)

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IMPUESTO DE ALCABALA
  • Grava Las transferencias de inmuebles urbanos y
    rústicos.
  • Contribuyentes Comprador o Adquirente
  • Base Imponible
  • - Valor de la transferencia, el cual no debe
    ser menor al autoavaluo ajustado por el indice
    de precios al por mayor (IPM) al mes precedente
    que fija el I.N.E.I.
  • Tasa 3 (inafecto las primeras 10
    UIT)
  • Fecha de Pago Ultimo dia hábil del mes
    calendario siguiente a la fecha de transferencia
  • Forma de pago Al contado
  • Uso del Recurso
  • - 50 para el distrito
  • - 50 para la Municipalidad provincial.

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ESPECTÁCULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS
  • Grava El precio de las entradas a los
    espectáculos públicos no deportivos en locales o
    parques cerrados. (excepto espectáculos en vivo
    de teatro, zarzuela, conciertos música
    clásica,opera, ballet,etc calificados como
    culturales por el INC)
  • Contribuyente La persona que adquiere las
    entradas
  • Receptor El dueño u organizador del evento.
  • Base Imponible El valor de las Entradas.
  • En caso que el valor que se cobra por la
    entrada, asistencia o participación se incluya
    servicios de juego, alimentos o bebidas, la base
    imponible en ningún caso será inferior al 50 de
    dicho valor total.
  • Tasa
  • - Espectáculos taurinos 5 para aquellos
    cuyo valor de entrada sea
  • superior al 0.5 de la UIT.
  • - Carrera de caballos 15
  • - Espectáculos Cinematográficos 10
  • - Otros Espectáculos 15
  • Forma de Pago Al Contado
  • - Espect permanentes. 2 día hábil de cada
    semana
  • - Espect.temporales, 2 dia hábil del evento

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IMPUESTO A LOS JUEGOS
  • Grava Actividades como Loterías, Bingos, Rifas,
    Sorteos, Pimball, obtención de premios en juegos
    de azar.
  • Contribuyente Empresa o institución que realiza
    las actividades, así como los que obtienen los
    premios.
  • Tasa
  • a) Bingos, sorteos, rifas y similares 10 del
    valor del cartón.
  • b) Juegos pimball,juegos videos, 10
  • c) Loterías y otros juegos de azar 10

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TASAS MUNICIPALES
  • Que es Son los tributos cuya obligación tiene
    como hecho generador la prestación efectiva por
    la municipalidad de un servicio público o
    administrativo, reservado a las municipalidades
    de acuerdo con la ley orgánica de
    municipalidades.
  • Tipos
  • a) Arbitrios. Limpieza pública, parques y
    jardines, serenazgo
  • b) Derechos Por trámites administrativos.
  • c) Licencias Aperturas ( Establecimientos
    Comerciales - industriales y servicios) por única
    vez.
  • d) Tasas por estacionamiento de vehículos
    (parqueo)
  • e) Tasa de transporte público a los que prestan
    servicios de transporte público urbano.
  • f) Otras tasas las que debe pagar todo aquel que
    realice actividades sujetas a fiscalización o
    control municipal extraordinario. Solo una ley
    expresa del congreso puede autorizar el cobro de
    una tasa específica por tal concepto.

19
2DA. PREMISA CUANTO REPRESENTA EL FONCOCUM EN EL
PRESUPUESTO MUNICIPAL.
20
FONCOMUN(Fondo de Compensación Municipal)
  • Definición. Fondo establecido en la constitución
    política del Perú con el objeto de promover la
    inversión en las diferentes municipalidades, con
    un criterio redistributivo a favor de las zonas
    más alejadas y deprimidas, priorizando la
    asignación a las localidades rurales y
    urbano-marginales del país.
  • Base legal
  • Art.86 del DL. 776 Ley de tributación municipal
    crea el Foncomun.
  • Numeral 4 del art.193 de la Constitución del
    Perú, establece que los recursos asignados del
    Foncomun constituyen rentas de las
    municipalidades.
  • Arts.86 al 89 regula el FONCOMUN.
  • D.S. 06-94-EF, fija los criterios de asignación
    del FONCOMUN

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  • Composición
  • Impuesto de Promoción Municipal (IPM).- Grava con
    el 2 las operaciones afectas al régimen del
    I.G.V. (comprende el 93.95 del Foncomun)
  • Impuesto al rodaje.-
  • Impuesto a las embarcaciones de recreo.-Grava con
    el 5 sobre el valor original de adquisición de
    todo tipo de embarcación a motor y/o vela,
    incluida la motonaútica. (fiscalizado y recaudado
    por la SUNAT)
  • Distribución Entre todas las municipalidades
    distritales y provinciales con criterios de
    equidad y compensación.

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  • Criterios de asignación Determinado con el voto
    del Consejo de Ministros y refrendado por el
    Ministro de Economía y finanzas con opinión
    técnica del Consejo Nacional de Descentralización
    (CND)
  • Indicadores de pobreza, demografía, territorio.
  • Tasa de mortalidad.
  • Nivel de necesidades básicas.
  • Tasa de ruralidad (resto del pais)
  • El 20 del monto provincial a favor del municipio
    provincial.
  • El 80 restante entre todas las municipalidades
    distritales de la provincia incluida la
    provincial.
  • Los recursos mensuales que perciben las
    municipalidades por FONCOMUN no será inferior a 8
    UIT. Vigentes a la fecha de aprobación del
    presupuesto del sector público de cada año.

23
PORCENTAJE DEL FONCOMUN EN EL PRESUPUESTO
MUNICIPAL.
24
3RA. PREMISA LA ALTA TASA DE MOROSIDAD EN EL
DISTRITO
25
QUE ES TASA DE MOROSIDAD
  • La tasa de morosidad se obtiene dividiendo el
    número de contribuyentes morosos entre el total
    de contribuyentes de cada grupo residencial, o
    zona.
  • Los municipios, en su mayoría, asumen
    directamente la cobranza de los arbitrios por
    ventanilla municipal o a través de entidades
    bancarias autorizadas, pero en la práctica no
    ejercen ninguna presión para hacerla efectiva,
    quedando el pago librado a la buena voluntad del
    contribuyente. Esto, junto al bajo nivel de
    conciencia tributaria de la población, son causa
    de los alarmantes niveles de morosidad.

26
TASA DE MOROSIDAD POR TERRITORIO
TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES TASA DE MOROSIDAD POR MONTOS EN SOLES
AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05
TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD
UBICACIÓN Cant.Contr Cant.Contr PREDIAL LIMPIEZAPUBLICA AREASVERDES SERENAZGO
TERRITORIO 01 10,336 10,336 71.72 70.07 86.09 90.15
TERRITORIO 02 9,772 9,772 65.30 70.86 87.52 88.89
TERRITORIO 03 8,514 8,514 81.03 69.64 85.02 89.69
TERRITORIO 04 17,696 17,696 74.63 69.09 83.04 91.67
TERRITORIO 05 4,329 4,329 35.70 72.28 79.15 84.45
TERRITORIO 06 7,016 7,016 79.02 77.00 94.89 93.93
TERRITORIO 07 7,487 7,487 86.80 77.53 90.45 94.53
TERRITORIO 08 3,177 3,177 91.45 84.24 94.40 93.82
TERRITORIO 09 1,151 1,151 59.20 69.12 89.01 88.55

Total de contribuyentes 69,478 69,478
27
(No Transcript)
28
TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES TASA DE MOROSIDAD POR NUMERO DE CONTRIBUYENTES
AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05 AL 31-12-05
TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD TASA DE MOROSIDAD
UBICACIÓN Cant.Contr PREDIAL LIMPIEZAPUBLICA AREASVERDES SERENAZGO
TERRITORIO 01 10,336 61.24 52.92 75.77 88.80
TERRITORIO 02 9,772 58.18 54.16 78.93 87.18
TERRITORIO 03 8,514 62.81 55.18 78.70 87.79
TERRITORIO 04 17,696 67.96 54.83 72.34 89.18
TERRITORIO 05 4,329 62.81 72.28 74.97 87.61
TERRITORIO 06 7,016 70.64 62.50 90.65 92.93
TERRITORIO 07 7,487 77.90 61.42 78.46 90.21
TERRITORIO 08 3,177 80.39 71.07 87.23 91.86
TERRITORIO 09 1,151 44.66 58.67 86.42 85.52

Total de contribuyentes 69,478
29
(No Transcript)
30
DEUDA ACTUAL A COBRAR POR LA MUNICIPALIDAD
MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES MONTO DE DEUDAS DE AÑOS ANTERIORES
(Miles de soles) AL 31-12-05 (Miles de soles) AL 31-12-05 (Miles de soles) AL 31-12-05 (Miles de soles) AL 31-12-05 (Miles de soles) AL 31-12-05 (Miles de soles) AL 31-12-05
MONTOS EN SOLES AL AÑO 2004 MONTOS EN SOLES AL AÑO 2004 MONTOS EN SOLES AL AÑO 2004 MONTOS EN SOLES AL AÑO 2004
UBICACIÓN Cant.Contr PREDIAL LIMPIEZAPUBLICA AREASVERDES SERENAZGO
TERRITORIO 01 10,336 6,496,173.33 1,771,063.69 88,951.96 0.00
TERRITORIO 02 9,772 6,294,329.17 1,820,398.02 103,599.54 0.00
TERRITORIO 03 8,514 5,058,323.48 1,509,264.99 70,781.00 0.00
TERRITORIO 04 17,696 6,408,862.88 2,989,586.16 135,798.44 0.00
TERRITORIO 05 4,329 4,516,214.19 752,515.40 28,708.50 0.00
TERRITORIO 06 7,016 2,749,123.60 1,317,719.37 64,331.00 0.00
TERRITORIO 07 7,487 1,770,090.45 1,221,834.53 44,819.00 0.00
TERRITORIO 08 3,177 723,458.27 282,762.72 18,028.15 0.00
TERRITORIO 09 1,151 1,560,801.48 330,139.34 38,835.50 0.00

Total de contribuyentes 69,478 35,577,376.85 11,995,284.22 593,853.09 0.00
31
(No Transcript)
32
4TA. PREMISA LOS AVANCES DE LA RECAUDACION
33
TASA DE MOROSIDAD ANUAL
34
(No Transcript)
35
(No Transcript)
36
(No Transcript)
37
  • REFLEXION
  • LA EDUCACION TRIBUTARIA EN LA INCORPORACION DE
    LOS PROYECTOS RELACIONADOS A LIMPIEZA PUBLICA,
    AREAS VERDES Y SERENAZGO

38
  • Municipalidad de
  • Villa El Salvador
  • Gerencia de Adm.Trib.

FIN DE LA EXPOSICION
www.munives.gob.pe www.mef.gob.pe/dnpp
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