Title: CLASIFICACION DE LA DEUDA PUBLICA
1Universidad Nacional Experimental de la Fuerza
Armada
LA DEUDA PÚBLICA COMO FUENTE DE INGRESO
JAIKEIL ESCUDERO IMER BELISARIO LISBERI SIONCHE
2. QUÉ ES LA GESTIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA Y POR
QUÉ ES IMPORTANTE?
La gestión de la deuda soberana consiste en
establecer e implementar una estrategia para la
gestión de la deuda pública con el objeto de
obtener el monto de financiamiento fijado,
alcanzar los objetivos de riesgo y costo y
satisfacer cualquier otra meta de gestión de la
deuda soberana que se haya propuesto el gobierno,
por ejemplo, desarrollar y mantener un mercado
eficiente para los títulos de deuda pública.
3CLASIFICACION DE LA DEUDA PUBLICA
- 1. EXTERNA E INTERNA
-
- A) EXTERNA Es aquella que corresponde
al crédito publico del exterior y se caracteriza
porque el acreedor o acreedores, son
extranjeros, ya se trate de un Estado o la
Republica, el Distrito Metropolitano de
Caracas, los Distrito, los Municipios, los
instituto autónomos, las personas jurídicas
estatales de derecho publico, las sociedades
mercantiles en las cuales la Republica o las
demás personas a que se refiere la ley
tengan participación igual o mayor al 50 del
capital social, las fundaciones, las asociaciones
civiles y demás instituciones constituidas con
fondos públicos. (Articulo 6 de la LOAFSP)
4- B) INTERNA Se produce cuando el gobierno
pide prestado domésticamente,
vendiendo sus valores a sus propios ciudadanos
como dice Albacete, es la formada por empréstitos
en monedas del país, emitidos en su mercados de
capitales, según su régimen legal. (Laya,
1989679)
5- 2. FLOTANTE Y CONSOLIDADA
-
- A) FLOTANTE Es aquella que se contrae para
ser cancelada en el corto plazo. Cuando se
trata de cubrir déficit temporales de caja
(tesoro), suelen recurrir a esta deuda - B) CONSOLIDADA Se contrae para ser reembolsada
en un periodo de tiempo largo (mediano o largo
plazo). Cuando se requiere financiamiento para
obras de envergadura o de gran alcance,
generalmente se opta por este tipo de deuda.
6- 3. DIRECTA E INDIRECTA
- A) DIRECTA
- Es la que contrata el mismo Estado (en el
nivel nacional, la Republica) y que esta
obligado a pagar afectando su patrimonio. - B) INDIRECTA
- La contraen otros entes públicos,
como estados, municipios, institutos autónomo
y empresas del Estado, en las cuales este ultimo
tiene interés social y económico, y por los que
ha servido como fiador o garante (Laya, 1989
682) -
-
7NORMATIVA JURIDICAS DEL CREDITO PUBLICO Y LA
DEUDA PUBLICA EN VENEZUELA.
- Las realización de operaciones de crédito
publico y contratación de deuda publica
están reguladas por diferentes instrumentos
legales. - Principalmente por nuestra Constitución
Bolivariana de Venezuela en el titulo VI
Capitulo II, Sección Primera y Segunda - y la Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Publico en sus artículos 76
al 104. -
8- Entre algunas normas tenemos
- 1.No podrán celebrar ninguna operación de crédito
publico sin la autorización de la Asamblea
Nacional. - 2.No requerirán ley especial que las autorice,
las operaciones siguientes - a) La emisión y colocación del tesoro con la
limitación establecida en el articulo 80 de
LOAFSP. - b) Las obligaciones derivadas de la
participación de la Republica en instituciones
financieras internacionales en las que esta sea
miembro. - 3. No se requerirá ley de autorización para las
operaciones de refinanciamientos o
reestructuración que tenga por objeto la
reducción del tipo de interés pactado, la
ampliación del plazo previsto para el pago, la
reconversión de una deuda externa a interna, etc.
9- 3. La deuda publica a corto plazo será pagada
necesariamente a su vencimiento y no podrá ser
refinanciada. - 4. No se podrá contratar operaciones de créditos
públicos con garantías o privilegios sobre bienes
o rentas nacionales, estadales o municipales. - 5. Los Estados, distritos y municipios, no podrán
realizar operaciones de créditos públicos
externo, ni en moneda extranjera, ni garantizar
obligaciones de terceros. - 6. Se crea la Oficina nacional de Crédito
Publico, lo cual como una de sus principales
atribuciones es dirigir y coordinar las
gestiones, la negociaciones y la celebración de
las operaciones de crédito publico.