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ASOCIACI

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ASOCIACI N COOPERATIVA, LA TRANSFORMACI N QU NORMAS APLICAR? Ley General de Cooperativas. Ley General de Sociedades (LEY 26887). Resoluci n del ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: ASOCIACI


1
ASOCIACIÓN COOPERATIVA,LA TRANSFORMACIÓN
2
  • QUÉ NORMAS APLICAR?
  • Ley General de Cooperativas.
  • Ley General de Sociedades (LEY 26887).
  • Resolución del Superintendente Nacional de los
    Registros Públicos Nº 038-2013-SUNARP/SN,
    Reglamento de Inscripciones del Registro de
    Personas Jurídicas.

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TRANSFORMACIÓN
 
La transformación implica el cambio de la forma
jurídica mas no de la Personalidad
Jurídica.   Este proceso se realiza sin necesidad
de disolver y liquidar la forma jurídica
preexistente, por lo cual la nueva forma jurídica
mantiene la identidad y personalidad jurídica
nacidas en su constitución e inscripción
iniciales.
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 LGS Artículo 333 .- Casos de
transformación Las sociedades reguladas por esta
ley pueden transformarse en cualquier otra clase
de sociedad o persona jurídica contemplada en las
leyes del Perú. Cuando la ley no lo impida,
cualquier persona jurídica constituida en el Perú
puede transformarse en alguna de las sociedades
reguladas por esta ley. La transformación no
entraña cambio de la personalidad jurídica.  
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  • LEY GENERAL DE SOCIEDADES REGULA DE MANERA
    EXPRESA, TRES SUPUESTOS DE TRANSFORMACIÓN
  • De sociedad a sociedad (p.e. de S.A. a S.R.L.).
  • De sociedad a cualquier persona jurídica (p.e. de
    S.A. a Asociación).
  • De cualquier persona jurídica a sociedad regulada
    por la LGS (p.e. de Asociación o Cooperativa a
    S.A.).

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  • Obsérvese que la LGS no alcanza de manera
    directa a una asociación que desee transformase a
    cooperativa, pues si bien se refiere a la
    posibilidad de que cualquier persona jurídica (lo
    que incluye a las Asociaciones), se transforme en
    sociedad, precisa que dicha transformación debe
    darse adoptando la forma de alguna de las
    sociedades reguladas por esta ley. Y como
    sabemos, la Ley General de Sociedades no
    contempla en su regulación- a las sociedades
    cooperativas que cuentan con Ley propia.
  • Será viable la transformación de una asociación
    civil sin fines de lucro a una cooperativa?
  • Dicha transformación resulta legalmente viable.

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  • Existen dos normas que permiten la aplicación
    supletoria de la Ley General de Sociedades a las
    cooperativas. Nos referimos al art. 2 de la
    propia Ley General de Sociedades y al art. 116.1
    de la Ley General de Cooperativas
  • Art. 2 (). Las sociedades sujetas a un régimen
    legal especial son reguladas supletoriamente por
    las disposiciones de la presente ley().
  • Art. 116 Los casos no previstos por la presente
    Ley se regirán por los principios generales del
    Cooperativismo, y, falta de ellos por el derecho
    común.
  • En materias relativas a la estructura y
    funcionamiento de las organizaciones
    cooperativas, son supletoriamente aplicables a
    éstas, sin perjuicio del párrafo anterior y en
    cuanto fueren compatibles con los principios
    generales del Cooperativismo, las normas
    señaladas a continuación
  • A las cooperativas primarias y centrales de
    cooperativas la legislación de sociedades
    mercantiles().
  • Conforme a lo señalado, somos de la opinión que
    las normas de la Ley General de Sociedades
    resultan aplicables a la transformación de una
    Asociación a Cooperativa. Sin embargo, deberá
    tenerse en cuenta las características
    particulares de estas organizaciones para su
    debida aplicación.

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  • La Asociación Civil sin fines de lucro y la
    Cooperativa guardan importantes similitudes pero
    también características que las diferencian
    sustancialmente.

ASOCIACIÓN COOPERATIVA
Base Legal Código Civil de 1984. Ley General de Cooperativas de 1981.
Objeto Realiza una actividad en común (no necesariamente empresarial), sin fines de Lucro. Realiza una actividad empresarial, sin fines de lucro.
Constitución Por Escritura Pública. Por Escritura Pública o documento privado con firmas certificadas por Notario.
Inscripción Registros de Personas Jurídicas. Registro de Personas Jurídicas.
Persona Jurídica Sí. Desde su inscripción. Sí. Desde su inscripción.
Régimen Administrativo Asamblea General Consejo Directivo Asamblea General Consejo de Administración Consejo de Vigilancia Comité Electoral Comité de Educación Gerencia
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1 No obligatorio. 2 Beneficencia, asistencia
social, educación, cultural, científica,
artística, literaria, deportiva, política,
gremial y/o de vivienda. 3 Confirmado por la
Ley 29683.

1 No obligatorio. 2 Beneficencia, asistencia
social, educación, cultural, científica,
artística, literaria, deportiva, política,
gremial y/o de vivienda. 3 Confirmado por la
Ley 29683.

1 No obligatorio. 2 Beneficencia, asistencia
social, educación, cultural, científica,
artística, literaria, deportiva, política,
gremial y/o de vivienda. 3 Confirmado por la
Ley 29683.

1 No obligatorio.
ASOCIACIÓN COOPERATIVA
Toma de acuerdos Mayoría computada por personas (un asociado, un voto). Mayoría computada por personas (un socio, un voto).
Régimen Económico Aportes efectuados por los asociados no se devuelven. Los asociados no pueden participar directa ni indirectamente de las utilidades (rentas) que obtenga la asociación. Patrimonio de es irrepartible incluso en caso de disolución y liquidación. Aportes efectuados por los socios integran el capital social y se les devuelve (con intereses) cuando se desvinculan de la cooperativa. Los resultados obtenidos por la cooperativa por operaciones con sus socios, se distribuyen entre ellos (vía retorno de excedentes), en proporción a sus operaciones. Sólo Reserva Cooperativa (cuenta patrimonial), es irrepartible, incluso en caso de disolución y liquidación.
Régimen Tributario Exonerada del Impuesto a las Renta sólo algunas asociaciones. Inafecta al Impuesto a la Renta por los ingresos que obtenga la cooperativa proveniente de operaciones con sus socios.
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ASOCIACIÓN COOPERATIVA
Régimen de Micro o Pequeña Empresa No puede acogerse. Puede acogerse.
Libros sociales Registro de Asociados Actas de Asamblea. Actas de Consejo Directivo. Registro de Socios. Registro de Delegados. Registro de concurrentes a asambleas. Actas de Asamblea. Actas de Consejo de Adm. Actas de Consejo de Vig. Actas de Comitê Electoral. Actas de Comité de Educ.
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