Title: Homologaci
1Homologación de Equipos Terminales
- En referencia a la materia de telecomunicaciones
sobre la Homologación de Equipos Terminales,
esta regulado en una resolución dictada por la
Superintendencia de las Telecomunicaciones
(SUTEL) bajo la denominada Reglamento de
homologación de equipos terminales de usuario
final de servicios de telecomunicaciones
disponibles al público
2Homologación de Equipos Terminales y la
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL)
- Ley General de Telecomunicaciones (Ley número
8642) artículo 6 inciso 27) - Ley Fortalecimiento y Modernización de las
Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones
en su artículo 1 - Reglamento de Prestación y Calidad de los
Servicios tiene una gran importancia en sus
artículos 14, 15 y 16 - En cuanto a la regulación en materia de
telecomunicaciones sobre la homologación de
equipos terminales, le corresponde a la
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL)
para salvaguardar la protección del buen
funcionamiento de los aparatos terminales y
supervisar la buena calidad de los servicios que
en ella proporcionan.
3Definición
- Homologación como El proceso por medio del cual
la SUTEL realiza una verificación técnica para
determinar si un equipo terminal de usuario final
de servicios de telecomunicaciones disponibles al
público, es adecuado para operar en las redes de
telecomunicaciones costarricenses. Reglamento - Equipos terminales Equipo utilizado por el
cliente o usuario, que sirve de interfaz para
acceder los servicios ofrecidos, conforme a las
especificaciones establecidas por la SUTEL. - La homologación de equipos terminales es un acto
por el cual se reconoce oficialmente ciertas
especificaciones de un producto destinado a las
telecomunicaciones que tienen que satisfacer las
normas y requisitos establecidos por el país.
Estos pueden ser conectados ya sea por una red
pública de telecomunicaciones o hacia el uso del
espectro radioeléctrico.
4Reglamento de Homologación de Equipos Terminales
de Usuario Final de Servicios de
Telecomunicaciones Disponibles al Público
5El Objeto
- El objeto de este reglamento es establecer los
requisitos, procedimientos, características,
condiciones y plazos para el otorgamiento de
certificados de homologación de equipos
terminales de usuario final de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público.
6Los Objetivos
- Básicamente busca establecer los estándares
mínimos de calidad de los equipos de las redes de
telecomunicaciones disponibles al público
asegurando la seguridad de los usuarios y la
calidad de sus prestaciones de servicios. A su
vez, retirar los equipos, sistemas y aparatos
terminales que causen interferencia o dañen la
integridad y calidad de las redes e interferencia
al espectro radioeléctrico u otros equipos. Busca
evitar la perturbación técnica o daño a las redes
o los servicios de telecomunicaciones. Permitir
la adecuada aplicación de la normativa vigente.
7Los Alcances y Ámbito de Aplicación
- Este reglamento está sometido a la jurisdicción
costarricense y su aplicación va a las personas,
físicas o jurídicas, públicas o privadas,
nacionales o extranjeras, que importen,
fabriquen, construyan, comercialicen u operen
equipos terminales de usuario final de servicios
de telecomunicaciones disponibles al público que
se conecte a las redes públicas. - Sus disposiciones son irrenunciables y de
aplicación obligatoria sobre cualesquiera otros
reglamentos, costumbres, prácticas, usos o
estipulaciones contractuales en contrario.
8Exclusión
- No requerirán de homologación por parte de la
SUTEL, los equipos y/o aparatos de radiodifusión
y televisión contemplados en el artículo 29 de la
Ley 8642. - La Base Legal y la Autoridad Competente
- Se aplicará los artículos 60, 73 y 76 de la Ley
de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos (Ley 7593), y el artículo 69 de la Ley
General de Telecomunicaciones 8642, le
corresponde a la SUTEL, asegurar el cumplimiento
de la interoperabilidad así como el ordenar la no
utilización y retiro equipos, sistemas y aparatos
terminales que causen interferencia o dañen la
integridad y calidad de las redes y servicios de
telecomunicaciones.
9La Obligatoriedad
- Garantizar la interoperabilidad sus redes y
servicios, asegurando que las comunicaciones
puedan transportarse y ser recibidas por los
equipos terminales de los usuarios de otros
operadores o proveedores de servicios de
telecomunicaciones disponibles al público. - Garantizar el cumplimiento de las condiciones
técnicas mínimas dispuestas en el presente
reglamento.
10La Homologación
- El certificado de Homologación
- Este certificado brinda la autorización para que
los equipos terminales de usuario final puedan
ser utilizados en las redes públicas de
telecomunicaciones. - Se emite una original y otra duplicada que uno se
entregará al solicitante y el otro permanecerá en
la SUTEL.
11El contenido del Certificado de Homologación
- El código único para cada marca, modelo, versión
de software, firmware u otras características, de
los equipos homologados, el cual será establecido
por la SUTEL. - Fecha de emisión y vencimiento del certificado de
homologación. - Número de expediente, nombre del solicitante y
condiciones bajo las cuales se otorga el
certificado de homologación. - Cantidad de equipos y rango de números de serie
para los cuales se extiende el certificado de
homologación. - Nombre y dirección del fabricante.
- Datos técnicos del equipo y/o aparato de
telecomunicaciones descripción, marca, modelo,
versión de hardware, software entre otros así
como las normas técnicas aplicadas en el proceso
de homologación. - Especificaciones técnicas de operación y
funcionamiento. - En cuanto a las modificaciones si el usuario
final presente cambios o modificaciones respecto
a las consignadas en los certificados de
homologación, en cuanto a marca, modelo, versión
de hardware, software, firmware, versión de
sistema operativo y demás características
particulares del equipo, se requerirá de un nuevo
trámite de homologación.
12Las Normas de Homologación y Laboratorios
- Las normas de homologación de los equipos de
telecomunicaciones están reguladas dentro de la
norma bajo una serie de normativas
internacionales. Estos están ubicados en las
páginas desde la 9 hasta la 17. - Estas homologaciones son estándares
internacionales, si en algún momento requieran de
alguna nueva inclusión, SUTEL mediante resolución
fundada establecerá las referencias
internacionales o normas aplicables al proceso.
13Los Protocolos de Prueba
- Las Pruebas de Funcionamiento mediante la prueba
de campo en distintas redes del país. Estos
protocolos de prueba serán establecidos mediante
resolución fundada de la SUTEL y este ente
regulador podrá actualizar y modificar dichos
protocolos. - Los Laboratorios son los que se encuentra en la
obligación de llevar un registro del cumplimiento
de cada una de las pruebas de los protocolos que
evalúan cada uno de ellos según su modelo,
versión de software, firmware, entre otros.
14Los Mecanismos de Homologación.
- Homologación mediante pruebas técnicas realizadas
por la SUTEL según las posibilidades técnicas de
SUTEL, ellos podrá efectuar las pruebas de
funcionamiento de los equipos para los cuales se
solicita la homologación según los niveles
estándares internacionales. Ejemplo Valorar los
certificados de cumplimiento de normativa
internacional emitidos por entes reconocidos. - Homologación por Laboratorios acreditados por la
SUTEL donde podrá designar laboratorios a nivel
nacional o internacional autorizados para emitir
dichas certificaciones del cumplimiento conforme
al reglamento. - También la SUTEL puede emplear otros mecanismos
para su comprobación o la combinación de los
mencionados.
15Los laboratorios
- Las calidades de la empresa o laboratorio que va
a realizar las pruebas - Demostrar independencia respecto alguna empresa o
fabricante que se va a realizar las pruebas - Comprobar que tiene experiencia en homologación
de equipos a nivel internacional por un periodo
mínimo de 1 año, acreditado por SUTEL - Que cuenta con los recursos técnicos y
financieros para cumplir con las disposiciones y
protocolos de prueba establecidos - Que cuenta con un plan anual de calibración,
actualización y renovación de equipos que asegure
la confiabilidad de las pruebas realizadas - Demostrar ante la SUTEL el detalle de los costos
que se incluirán para la determinación de los
precios de homologación - Asegurar que los análisis de conformidad se
realicen en un tiempo menor a 20 días naturales
para cada tipo de equipo - Someterse a las disposiciones, fiscalizaciones y
evaluaciones por parte de la SUTEL - Aportar los resultados de las pruebas y
diagnósticos realizados a la SUTEL - Lo que establezca la SUTEL
16La SUTEL verificará periódicamente el
cumplimiento de los requisitos establecidos para
los laboratorios del cual ante el incumplimiento
será retirado de su registro de laboratorios
asignados.
- Para la solicitud de acreditación como
laboratorio, La SUTEL establecerá el proceso de
evaluación y selección de empresas para designar
los entes acreditados como laboratorios de
homologación con base en el artículo 17 del
presente reglamento.
17Proceso de Homologaciónrequisitos
- Calidades del solicitante
- Hojas de datos del equipo terminal de usuario
final por homologar con sus características
principales del equipo en un resumen - Certificados de cumplimiento de normativa
internacional emitidos por laboratorios
reconocidos. Ejemplo Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT), Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC) entre otros. - Cantidad del grupo de equipos o lote importado
con sus respectivos, características como modelo,
marca, entre otros. - Una declaración jurada protocolizada en la que el
solicitante se compromete a garantizar la
uniformidad de características de la totalidad de
equipos. - Comprobante de costo fiscal de los equipos,
declaración de aduana o declaración jurada del
costo de éstos en caso de no ser un equipo
importado - Documento original o copia certificada de la
autorización por parte del fabricante de equipos
para su distribución y comercialización - Documento original o copia certificada que
indique las condiciones de garantía y respaldo
que se ofrecerán a los compradores de los equipos - Documento original o copia certificada que
indique la autorización por parte del fabricante
de equipos para brindar reparación y
mantenimiento de los equipos - Toda la documentación aportada deberá presentarse
en idioma español o con traducción oficial
18Plazo
- El plazo para el otorgamiento de certificado de
homologación se contará con 10 días hábiles a
partir de la solicitud de la recepción de la
solicitud para efectuar una revisión de la
información aportada y verificar el cumplimiento
de los requerimientos establecidos por el
reglamento. Una vez que son cumplidos la
totalidad de los requisitos, se dará la
admisibilidad de la solicitud el cual la SUTEL
tendrá un plazo de 30 días naturales para otorgar
o rechazar la solicitud de homologación. En caso
de que el proceso de homologación la SUTEL
requiriese de información adicional, esta deberá
ser aportada en un plazo no mayor a tres días
hábiles posteriores al recibo de la solicitud por
parte del ente interesado.
19Una vez que sean aprobados y previos a la
distribución o comercialización de los equipos,
deberá suministrar a la SUTEL el listado de los
números de serie de los equipos que distribuirá a
nivel nacional. Los equipos homologados
dispondrán de un código de certificado de
homologación.
- Otra medida es que tanto los operadores como
proveedores deberán contar con un sistema de
seguridad que permitan identificar los equipos
conectados y bloquear a aquellos no homologados
por la SUTEL.
20Sanciones
- Los que violen las disposiciones anteriores se
les aplicara lo dispuesto en el artículo 67
inciso a) que son las infracciones graves en
materia de telecomunicaciones aparte de 7) de la
Ley 8642 y se ordenara el cierre de
establecimientos y remoción de equipos. - En caso de que haya quejas de los clientes
mediante las evaluaciones de calidad de los
servicios de telecomunicaciones, la SUTEL
comprueba que hay irregularidades en el equipo
homologado, puede la entidad revocar el
certificado de homologación. - La revocación puede ser el reemplazo de los
equipos contemplados en el certificado de
homologación como la devolución de los montos
cancelados por sus clientes. - Si el solicitante realice la comercialización o
distribución de los equipos terminales sin el
previo de la obtención del certificado o no
suministre el listado de los números de serie de
los equipos, automáticamente perderá su
certificado de homologación. La SUTEL también
puede establecer otras resoluciones fundadas para
dictar el retiro de los certificados de
homologación.
21Los equipos están sujetos a reevaluaciones en
casos de
- Cuando se presenten ante los operadores o
proveedores o ante la SUTEL, controversias,
quejas, reclamos, inconformidades, relacionados
con la prestación de los servicios de
telecomunicaciones - Cuando existan indicios de que los equipos
homologados estén provocando posibles
afectaciones a las redes y servicios de
telecomunicaciones - Cuando producto de las evaluaciones realizadas
por la SUTEL, se detecten problemas de
funcionamiento, afectación de la calidad del
servicio o interferencia en los equipos
homologados - Cualquier otro caso que determine la SUTEL.
22Conclusiones
- Con la nueva apertura en los servicios de
telecomunicaciones, es importante que el país
esté presente en los avances tecnológicos,
principalmente en el área de telecomunicaciones
que es la puerta del desarrollo. Entonces, es
importante que el área de telecomunicaciones este
desarrollado. - La importancia de la homologación de los equipos
de terminales es la necesidad de su regulación
para mantener el orden y brindar una calidad
mínima para sus usuarios. - Cabe destacar la necesidad aparte de un
reglamento que indica lo que debe cumplir cada
empresa que quiere proveer en el país, indicar
las sanciones que puede llegar a correr ante el
incumplimiento de sus obligaciones. Entonces es
importante un reglamento con sus respectivas
sanciones. - El problema de este reglamento es que todavía
está muy reciente, se nota que tiene algunos
defectos ya que el documento permite las
interpretaciones muy generales abiertas, lo cual
cabria múltiples interpretaciones que puede
afectar en un futuro - También se nota carece de algún incentivo para
motivar a los proveedores para que ofrezca
productos y equipos de la última tecnología, ya
que si la intención es tratar de regular,
sancionar a los futuros proveedores, es necesario
incentivarlos para que brinde un mejor servicio
en beneficio a todos los costarricenses.