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Facturaci

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Facturaci n Electr nica Hacia un M xico Digital Por Sergio L pez Zamudio Objetivos Dar a conocer algo de historia y numeralia Dar a conocer el entorno fiscal Dar ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Facturaci


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Facturación Electrónica
  • Hacia un México Digital
  • Por
  • Sergio López Zamudio

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Objetivos
  • Dar a conocer algo de historia y numeralia
  • Dar a conocer el entorno fiscal
  • Dar a conocer la solución Contpaqi - Facturación
    Electrónica

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Origen en México
  • La historia de la factura electrónica en México,
    tiene ya mucho tiempo, derivado del esfuerzo de
    personas y organismos que deseaban su aplicación
    en nuestro país.
  • Desde 1997 la iniciativa privada, previniendo la
    necesidad de una factura electrónica, se fue en
    busca de un esquema legal que permitiera su uso,
    para lo cual se instituyó un Comité de Factura
    Electrónica (formado por alrededor de 45 empresas
    asociadas a la Asociación Mexicana de Comercio
    Electrónico)

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  • El AMECE diseñó un modelo y varias pruebas
    piloto, aplicables a la realidad que se buscaba.
    Ese trabajo permitió identificar los
    requerimientos de modificaciones a las leyes para
    establecer un marco jurídico, que llevara a la
    implementación de la factura digital.
  • Fue en mayo de 2004, cuando el Servicio de
    Administración Tributaria (SAT), aprobó la
    factura electrónica como un medio de comprobación
    fiscal.

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  • Otra de las motivaciones fundamentales para
    impulsar la Facturación Electrónica llego desde
    el mismo gobierno
  • Combatir la evasión fiscal
  • Proteger el medio ambiente
  • Promover la eficiencia en los procesos
    comerciales, que se traducen en ahorros palpables
    para quienes adoptan el esquema
  • Insertar el comercio mexicano en un ambiente más
    competitivo dentro del entorno global

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Línea de tiempo
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Que es la Facturación Electrónica?
  • La Facturación Electrónica consiste en la
    transmisión de las facturas o documentos análogos
    entre emisor y receptor por medios electrónicos
    (archivos informáticos) y telemáticos (de una
    computadora a otra), firmados digitalmente con
    certificados reconocidos, con la misma validez
    legal que las facturas emitidas en papel.
  • La Facturación Electrónica es un mecanismo de
    comprobación fiscal que se basa en el
    aprovechamiento de medios electrónicos para la
    generación, procesamiento, transmisión y
    resguardo de los documentos fiscales de manera
    digital.
  • La Factura Electrónica cumple con los requisitos
    legales de los comprobantes tradicionales y
    garantiza, entre otras cosas, la autenticidad de
    su origen y la integridad de su contenido, lo que
    genera una mayor seguridad jurídica y disminuye
    los riesgos de fraude y de evasión fiscal
    ocasionados por la generación de comprobantes
    apócrifos que afectan a la economía formal.

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  • La factura electrónica en México es la
    representación digital de un comprobante fiscal
    que comprueba la realización de una transacción
    comercial.
  • Se caracteriza por la forma de gestión
    informática que permiten garantizar la
    autenticidad e integridad del documento
    electrónico, además que puede ser generada,
    transmitida y resguardada, utilizando medios
    electrónicos de acuerdo con los lineamientos
    definidos por el Sistema de Administración
    Tributaria (SAT) en el Anexo 20 de la
    Resolución Miscelánea.

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Donde dice que tengo adoptarla?
  • En el paquete de reformas al CFF 2010, aprobado y
    publicado por el Diario Oficial de la Federación
    el 7 de diciembre de 2009, es donde se incluye
    como obligatoria la emisión de la factura
    electrónica.
  • A partir del 1 de enero de 2011 entró en vigor la
    reforma realizada al CFF en materia de expedición
    de comprobantes fiscales digitales, la cual
    establece la obligación para los contribuyentes
    de emitir comprobantes fiscales digitales a
    través de Internet. Asimismo, se precisa que las
    personas que adquieran bienes, disfruten del uso
    o goce de bienes, o usen servicios, deberán
    solicitar el comprobante fiscal respectivo.
  • Art. 29 del Código Fiscal de la Federación.
  • Resolución miscelánea del Art 29 del CFF
  • Anexo 20 del Diario oficial de la Federación del
    21 de Diciembre de 2009.

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Beneficios
  • Desde el punto de vista del SAT, la facturación
    electrónica generará diversos beneficios, los
    cuales habrá que esperar que en la práctica
    efectivamente se den, entre los cuales destacan
  • Reduce tiempo y procesos administrativos
  • Logra ahorros mayores a 85 de los costos en el
    proceso de facturación (gastos de papelería,
    bodega de almacenaje y envíos).
  • Facilita los procesos administrativos, recepción
    y envío oportunos.
  • Posibilita la exploración de la información sin
    riesgos de que se infecte con virus informáticos.
  • Asegura confidencialidad en el manejo, resguardo
    y envío de facturas.
  • Disminuye la posibilidad de falsificación.
  • Mayor eficiencia en la gestión, auditoría e
    inspección.
  • Disminución del uso de papel, lo que contribuye
    a la preservación del medio ambiente.

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Esquemas de emisión
  • Comprobante impreso
  • CFD
  • CFDI

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Comprobante impreso
  • De acuerdo con el artículo 29 del CFF que entrará
    en vigor a partir del 1 de enero de 2011, los
    contribuyentes podrán optar por emitir
    comprobantes fiscales impresos en los casos de
    operaciones cuyo monto no exceda de 2,000, ya
    sea por medios propios o a través de terceros.
  • Ahora bien, de acuerdo con las reglas I.2.23.2.1,
    I.2.23.2.2, I.2.23.5.11 y artículo quinto de
    dicha resolución, además se podrán usar este tipo
    de comprobantes fiscales en los siguientes casos
  • Los contribuyentes que durante el año 2010
    hubieran tenido ingresos menores a 4 millones de
    pesos.
  • Los contribuyentes que inicien sus operaciones en
    2011 y calculen que durante el año sus ingresos
    no superarán los 4 millones de pesos.
  • Contribuyentes con ingresos superiores a 4
    millones de pesos al año podrán emitir los
    comprobantes impresos con código de barras, sólo
    para operaciones cuyos montos no superen los
    2,000.

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CFD
  • En el caso de contribuyentes que hubieran optado
    por emitir comprobantes fiscales digitales antes
    del 1 de enero de 2011 utilizando sus propios
    medios, podrán seguir utilizando los modelos
    vigentes durante 2011 (en lugar de emitir el
    Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o
    CFDI), manteniendo sus mismos procesos para
    obtener series, folios y presentación reportes
    mensuales, sin necesidad de remitirlos a los
    proveedores de certificación de comprobantes bajo
    las reglas consideradas en la resolución que se
    comenta y que estarán en vigor a partir del 1 de
    enero de 2011.

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CFDI
  • Tal y como lo señala el artículo 29 del CFF que
    entró en vigor a partir del 1 de enero de 2011,
    los comprobantes que se expidan deberán ser
    emitidos mediante documentos digitales
    certificados y validados a través de la página de
    Internet del SAT
  • Ahora bien, se establece que para los
    contribuyentes que actualmente no utilizan el
    esquema de CFD y cuyos ingresos en el 2010 sean
    mayores a los 4 millones de pesos, así como
    aquellos que, en su caso, decidan ejercer la
    opción, tendrán que emitir sus comprobantes bajo
    el esquema CFDI, y deberán hacerlo a través de un
    proveedor autorizado de certificación, quien se
    encargará de validar y asignar el folio y sello
    electrónico del SAT.

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Mitos
  • Es muy probable que estés en el grupo de empresas
    que, como medida preventiva, mandaron imprimir
    suficientes facturas con un impresor autorizado.
    En algunos casos ya están por terminarse, y en
    otros, aún se cuenta con las suficientes. Esta
    situación resulta importante ya que cuentas con
    el tiempo para hacer el cambio.
  • Sabemos que el entorno de la Factura Electrónica
    sigue siendo confuso, ya que existe mucha
    desinformación provocada por empresas que con el
    afán de vender confunden y generan miedo a los
    contribuyentes.

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Ya pasará
  • Prefiero esperar, ya que existe la posibilidad de
    que la Factura Electrónica dé marcha atrás. Qué
    dice el SAT al respecto
  • La Factura Electrónica no tiene marcha atrás, es
    una iniciativa oficial y es el esquema de
    comprobación fiscal definitivo para todos los
    contribuyentes, e incluso ha superado las
    expectativas de adopción de esta institución, De
    acuerdo con sus cifras, de enero de 2005 a junio
    de 2011 se han emitido más de 1761 millones de
    Facturas Electrónicas. Se espera que para 2012 se
    emitan más de 4300 millones.
  • La no emisión de comprobantes fiscales está
    sancionada en el Código Fiscal de la Federación
    con multas y en algunos casos con clausuras del
    negocio de hasta 15 días. De acuerdo con el SAT,
    2011 es un año de aplicación e información acerca
    de la Facturación Electrónica, sin embargo no se
    descartan futuras revisiones y sanciones a
    contribuyentes obligados en 2011 a Facturar
    Electrónicamente y que no lo hicieron.

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No actúo
  • Si yo no emito Facturas Electrónicas no tengo
    obligación alguna al momento de recibirlas. Qué
    dice el SAT al respecto
  • Todo contribuyente que reciba una Factura
    Electrónica, aunque aún no las emita, debe y
    puede verificar su autenticidad, contabilizarlas
    y almacenarlas. Todo lo anterior en el archivo
    XML ya que éste cuenta con los elementos que
    garantizan su integridad y autenticidad.

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Es como firmar una hoja en blanco
  • Puedo emitir Facturas Electrónicas (CDFI) sin
    necesidad de contratar los servicios de un PAC y
    con ello evitar que se quede con mi Certificado
    de Sello Digital y Llave Privada, y haga mal uso
    de mi información. Qué dice el SAT al respecto
  • La intervención del PAC en el timbrado de los
    CFDI es obligatoria aunque te regalen un
    software este se debe conectar con el PAC para
    timbrar las Facturas Electrónicas.
  • EL SAT obliga a cada PAC a firmar un convenio de
    confidencialidad y pide resguardar esta
    información en medios de alta seguridad. Si hace
    mal uso de la información, el PAC pierde la
    certificación y da lugar a demandas penales,
    incluso por daños y perjuicios.
  • Adicional al esquema de seguridad de las Facturas
    Electrónicas basado en el Certificado de Sello
    Digital y Llave Privada, los cuales si son
    necesarios para que todo PAC timbre una Factura
    Electrónica, debes estar tranquilo ya que la
    información que proporcionas al PAC está
    protegida por la Ley Federal de Protección de
    datos Personales en Posesión de Particulares, que
    obliga al proveedor a no revelar tu información
    sin tu consentimiento expreso.

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Demostración
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Notas Importantes
  • Cuidado con el certificado de sello digital
  • Obligación de validar al recibir un comprobantes
    electrónicos
  • Obligación de resguardar los comprobantes
    electrónicos
  • Obligación de entregar un comprobantes
    electrónico
  • Que onda con la Representación Impresa de un
    comprobante electrónico
  • Dependencia de computadoras e internet
  • No expedir comprobantes con certificados
    caducados o anulados

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Sanciones
  • Cuál será la sanción si un contribuyente emite o
    utiliza facturas electrónicas que no reúnan
    requisitos fiscales?
  • Con prisión de tres meses a dos años, cuando el
    monto de lo defraudado no exceda de 1,221,950.00
  • Con prisión de dos años a cinco años cuando el
    monto de lo defraudado exceda de 1,221,950.00
    pero no de 1,832,920.00.
  • Con prisión de tres años a nueve años cuando el
    monto de lo defraudado fuere mayor de
    1,832,920.00.Fundamento Legal Arts. 108,
    fracciones I, II y III y 109, fracción VIII del
    CFF.

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Cuidado
23
Muchas gracias por su atención Presentación
disponible en www.serloz.com.mx Icono de
Facturación Electrónica
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