Title: Diapositiva 1
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2ALMUERZO CONFERENCIA EL FUNCIONAMIENTO DE
BANCADAS PARLAMENTARIAS EXPERIENCIAS DE CHILE Y
ALEMANIA MARCELA PRIETO BOTERO Directora
Ejecutiva Instituto de Ciencia Política
3 LEY 974 DE 2005 (JUNIO 22) Por la cual se
reglamenta la actuación en BANCADAS de los
miembros de las Corporaciones Públicas y se
adecua el Reglamento del Congreso al REGIMEN DE
BANCADAS
4- Contexto
- Presentada por las Mesas Directivas de Senado y
Cámara por la aprobación de la Reforma Política - Autores Germán Vargas Lleras, Efraín José
Cepeda, Álvaro Araujo, Alonso Acosta, Jorge Luis
Caballero y Edgar Eulises Torres - Aplicación Todas las Corporaciones Públicas -
Congreso, Asambleas Departamentales, Consejos
Municipales y las Juntas Administradoras Locales - Plazo Los partidos, movimientos políticos,
movimientos sociales o grupos significativos de
ciudadanos tendrán de 90 días a partir del 19 de
julio de 2006 para adecuar sus estatutos al
presente régimen de bancadas
5- Objetivos
- Esta ley pretende regular el funcionamiento de
las bancadas dentro de las Corporaciones
Públicas. - Ésto permitirá que los individuos elegidos por un
mismo partido o movimiento político, se agrupen o
constituyan una bancada. - El cambio en el umbral electoral en teoría
obligaría a la inscripción de un número menor de
listas que al ser elegidas representarán una sola
voz. - Racionalización, mejoramiento, eficacia y
eficiencia de la actividad legislativa dentro de
las Corporaciones Públicas. - Cada bancada tendrá un vocero
- Punto de partida para el fortalecimiento de las
estructuras internas de los partidos políticos.
6- RÉGIMEN DE BANCADAS
- Bancada
- Constituyen una bancada los miembros de las
Corporaciones Públicas elegidos por un mismo
partido, movimiento social o grupo significativo
de ciudadanos, en la respectiva corporación. - Cada miembro de una Corporación Pública
pertenecerá exclusivamente a UNA Bancada - Actuación en Bancadas.
- Los miembros de cada bancada actuarán en grupo y
coordinadamente y emplearán mecanismos
democráticos para tomar sus decisiones al
interior de las corporaciones públicas en todos
los temas que los Estatutos del respectivo
Partido o Movimiento Político no establezcan como
de conciencia.
7- RÉGIMEN DE BANCADAS
- Objeción de conciencia
- Los miembros de una bancada podrán interponer
objeción de conciencia para no acatar una
decisión mayoritaria por fidelidad a principios
de orden religioso, moral, político, filosófico,
científico, ecológico, artístico o similares,
reconocidos en los estatutos del partido o
movimiento político del cual hace parte. - Objeciones por conveniencia política de trámite
legislativo o controversia regional - Cuando la decisión frente a un tema sea la de
dejar en libertad a sus miembros para votar de
acuerdo con su criterio individual, es decir, por
razones de conveniencia política, de trámite
legislativo o controversia regional en el caso de
la Cámara de Representantes, los miembros de las
bancadas, deben dejar constancia de ello en el
acta respectiva de la reunión de la bancada.
8- RÉGIMEN DE BANCADAS
- Facultades
- Promover citaciones o debates
- Intervenir en ellos
- Participar con voz en las sesiones plenarias de
la respectiva Corporación - Intervenir de manera preferente en las sesiones
en las que se voten proyectos normativos - Presentar mociones de cualquier tipo
- Hacer interpelaciones
- Solicitar votaciones nominales o por partes
- Postular candidatos
- Todas las demás que establece el Reglamento del
Congreso
9- RÉGIMEN DE BANCADAS
- Estatutos
- Los partidos deberán establecer las reglas
especiales para - El funcionamiento de sus bancadas
- La coordinación de sus decisiones dentro de las
corporaciones públicas - Determinar lo atinente a su régimen disciplinario
interno - Establecer sanciones por la inobservancia de sus
directrices - Estas se fijarán gradualmente hasta la expulsión
y podrán incluir la pérdida del derecho de voto - Contemplar sanciones estrictas por la
inasistencia reiterada a reuniones de bancada. - Estas podrán incluir la pérdida temporal del
derecho al voto
10- RÉGIMEN DE BANCADAS
- La inasistencia a las reuniones de las bancadas
NO excusará al ausente de actuar conforme a las
decisiones adoptadas por las mismas. - El retiro voluntario de un miembro de
Corporación Pública del partido o movimiento
político o ciudadano en cuyo nombre se eligió,
implica el incumplimiento del deber de constituir
bancada, y como tal podrá sancionarse como una
violación al Régimen de Bancada en los términos
de la Constitución y la ley. - Las bancadas sesionarán por lo menos UNA VEZ AL
MES en el lugar y la hora que ellas determinen.
11-
- REGLAMENTO DEL CONGRESO
- Ubicación de los Congresistas y Ministros
- Tendrán sillas determinadas en el recinto
legislativo los miembros del Senado y la Cámara
de Representantes, las cuales se distribuirán por
bancadas, así como los Ministros del Despacho. - Elaboración y continuación
- Cada bancada tendrá derecho a que se incluya al
menos un proyecto de su interés en el Orden del
Día fijada por las Mesas Directivas en las
Sesiones Plenarias
12- Intervenciones
- La Mesa Directiva fijará el tiempo de las
intervenciones de cada uno de los oradores
teniendo en cuenta la extensión del proyecto y la
complejidad de la materia. - A los voceros y los miembros de las bancadas,
hasta por veinte minutos por grupo. - Cuando la bancada represente al menos el 20 de
las curules de la Cámara correspondiente, el
tiempo de intervención podrá ampliarse hasta por
10 minutos más - Los voceros podrán intervenir sin el requisito de
inscripción previa
13- REGLAMENTO DEL CONGRESO
- Número de intervenciones
- No se podrá intervenir por más de dos veces en la
discusión de una proposición o en su
modificación, con excepción del autor del
proyecto y el autor de la modificación, o los
voceros de las bancadas. - Y no se podrá hablar más de una vez cuando se
trate de - Proposiciones para alterar o diferir el orden del
día. - Cuestiones de orden.
- Proposiciones de suspensión o que dispongan
iniciar o continuar en el orden del día. - Apelaciones de lo resuelto por la Presidencia, o
revocatoria. - Proposiciones para que un proyecto regrese a
primer debate
14- REGLAMENTO DEL CONGRESO
- Iniciativa legislativa
- Pueden presentar proyectos de ley Los Senadores y
Representantes a la Cámara individualmente y a
través de las bancadas. - Cuando un proyecto de Acto Legislativo o de ley
sea presentado por una bancada, esta tendrá
derecho a designar el ponente, o por lo menos uno
de los ponentes cuando la ponencia sea colectiva.
- Cuando la ponencia sea colectiva la Mesa
Directiva debe garantizar la representación de
las diferentes bancadas en la designación de los
Ponentes
15- REGLAMENTO DEL CONGRESO
- Compromiso y responsabilidad
- Los miembros de las Cámaras Legislativas
- representan al pueblo, y deberán actuar en
- bancadas, consultando la justicia y el bien
- común, y de conformidad con lo dispuesto en
- los estatutos de su partido o movimiento
- político o ciudadano.
- Son responsables políticamente ante la
- sociedad y frente a sus electores del
- cumplimiento de las obligaciones propias de
- su investidura.
16- Observaciones
- En cuanto a la disciplina partidista
- De dejó por fuera la obligatoriedad de asistir a
reuniones periódicas - Se les dio a los partidos una discrecionalidad
demasiado amplia para establecer sanciones. - Todo quedó en las manos de los estatutos de los
partidos, incluyendo el importante punto de la
votación de conciencia. - Eliminó las restricciones que tenían los
congresistas para presentar proyectos de manera
individual, al aumentar el número de veces en las
cuales éstos pueden intervenir y al dejar de lado
las reglas que tenían que ver con las citaciones
a funcionarios públicos - Así, la idea de evitar que nuestro Congreso siga
comportándose como una maquina productora de
leyes y de que se terminen los largos e
improductivos debates, ha quedado en el tintero.
17La votación de conciencia
18- Observaciones
- En lo que tiene que ver con el régimen de
bancadas - La ley eliminó
- Disposiciones como la de la creación de Grupos
Congresionales en el periodo de transición, la
que daba prelación a los proyectos de iniciativa
de las bancadas. - La posibilidad que hubiera bancadas
unipersonales - La obligatoriedad de asistir a las reuniones de
las bancadas por parte de sus miembros - El derecho que se le había dado a las minorías
para que hicieran saber discrepancias frente a
las dediciones mayoritarias
19- Observaciones
- En cuanto al Reglamento del Congreso
- Aumentó las oportunidades para que los
congresistas hablen en las plenarias. - Dejó a las Mesas Directivas la labor de fijar el
tiempo de esas intervenciones en proporción a
las extensión y complejidad del proyecto de ley o
acto legislativo. - Fijó explícitamente las ocasiones en que se podrá
intervenir por una sola vez en los debates. - Eliminó reformas que había hecho el Senado a la
Ley 5ª que incluían temas el manejo las
interpelaciones, las mociones de orden, el
aplazamiento, cierre y suspensión de los debates,
el procedimiento de citación a funcionarios
públicos y el tipo de votación.
20 Forma de votar cuando se presenta un conflicto
entre las necesidades del departamento y las
posiciones del partido político, encuesta
1998-2002.
- Los congresistas reconocen que cuando se
presenta incompatibilidad entre el interés de su
región y el del partido, ellos sacrifican el
interés del partido
Fuente Instituto de Estudios de Iberoamérica y
Portugal. Elites Parlamentarias en América
Latina, encuesta 1998-2002.
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