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Title: Diapositiva 1


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EL PROGRAMA DE CLEMENCIA Y LA TERMINACIÓN
CONVENCIONAL EN LA UE Y EN EUROPA
Luis Berenguer Fuster Presidente de la
CNC Cartagena de Indias 18 de noviembre de 2009
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INDICE
  • La Ley 15/2007 un nuevo marco de competencia en
    España
  • El Programa de Clemencia resultados en la UE y
    funcionamiento en España
  • Terminación Convencional un instrumento con
    potencial
  • Conclusiones

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La Ley 15/2007 Principales Novedades
  • Consolidación Institucional, tras la fusión de
    las dos instituciones anteriores, SDC y TDC.
  • Control de concentraciones ?? independencia del
    Gobierno
  • Desjudicialización
  • Promoción de la Competencia
  • Control de las Ayudas Públicas
  • Mayor coherencia y coordinación en la aplicación
    de legislación de competencia

Papel proactivo y beligerante de la CNC a favor
de la competencia
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La Ley 15/2007 Principales Novedades
  • Nuevos instrumentos para la persecución de las
    conductas anticompetitivas
  • El Programa de Clemencia
  • Refuerzo de la labor inspectora
  • Nuevo tratamiento de la terminación
    convencional
  • Aumento de la eficacia
  • Incremento de la independencia
  • Se potencia la transparencia en la adopción de
    decisiones

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INDICE
  • La Ley 15/2007 un nuevo marco de competencia en
    España
  • El Programa de Clemencia resultados en la UE y
    funcionamiento en España
  • Terminación Convencional un instrumento con
    potencial
  • Conclusiones

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2. Programa de clemencia Rasgos generales
  • Qué es?
  • Exención o reducción de sanciones a empresas que
    denuncien la existencia de un cártel y aporten
    pruebas con valor suficiente para perseguirlos
  • Se aplica a cárteles
  • todo acuerdo secreto entre dos o más
    competidores cuyo objeto sea la fijación de
    precios, de cuotas de producción, el reparto de
    mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la
    restricción de las importaciones o las
    exportaciones
  • Por qué sólo a cárteles?
  • Conductas más dañinas para los consumidores.
  • Conductas más difíciles de descubrir.
  • Doble efecto facilita detección y previene
    nuevos cárteles
  • Instrumento complementario en la investigación
    y sanción

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PROGRAMA DE CLEMENCIA ARGUMENTOS A FAVOR Y EN
CONTRA
Argumentos a favor
  • Instrumento más eficaz de lucha contra los
    cárteles vs. instrumentos tradicionales
    denuncias, estudios de mercado o requerimientos
    de información.
  • Instrumento que favorece la desestabilización de
    los cárteles. Factor directamente relacionado con
    la percepción real de las empresas de que el
    cártel sea descubierto y con el importe de las
    multas a las que puedan verse expuestas las
    empresas.
  • Instrumento que puede favorecer la reparación de
    los daños causados.

Argumentos en contra
  • Razones de justicia material pero El
    descubrimiento y la prohibición de los cárteles
    prima sobre el interés de sancionar.
  • Vulneración del principio de igualdad pero No
    hay discriminación si las situaciones no son
    iguales.
  • Vulneración del derecho de defensa pero la
    información se proporciona voluntariamente.
    STJCE 14 de julio 2005

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Orígenes del programa Referencias
internacionales
  • El programa de clemencia fue implantado en
    Estados Unidos en 1978 pero no desplegó todo su
    potencial hasta 1993, fecha en la que se
    introdujeron determinadas modificaciones en los
    criterios y operatividad de la inmunidad que
    relanzaron definitivamente el éxito del sistema.
  • Legislación UE Comunicación de 1996. La
    Comunicación de 2002 modifica la anterior e
    implanta un sistema de clemencia integral.
  • Muy eficaz
  • Estados Unidos
  • antes de 1993 una solicitud al año.
  • después de 1993 dos solicitudes al mes
  • UE

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CLEMENCIA, UNA PERSPECTIVA INTERNACIONAL EL
PROGRAMA DE EEUU
  • Programa de 1978 falta de previsibilidad que
    mermó su eficacia.
  • Corporate Leniency Policy (1993)
  • Inmunidad automática para las empresas antes del
    inicio de la investigación y bajo determinadas
    condiciones.
  • Discrecionalidad en la concesión de la inmunidad
    una vez iniciada la investigación.
  • Leniency Policy for Individuals (1994) Inmunidad
    automática antes del inicio de la investigación.

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CLEMENCIA, UNA PERSPECTIVA INTERNACIONAL LOS
PRIMEROS PROGRAMAS DE LA C.E.
  • Primera Comunicación de 1996 excluía el carácter
    automático de la inmunidad.
  • Comunicación de 2002 Inmunidad automática,
    siempre que se cumpliesen una serie de
    requisitos, en los siguientes casos
  • Antes del inicio de la investigación primera
    empresa en aportar elementos de prueba que
    permitiesen adoptar una decisión por la que se
    ordenase una inspección.
  • Una vez iniciada la investigación primera
    empresa en aportar elementos de prueba que, a
    juicio de la Comisión, permitiesen comprobar una
    infracción del art.81 TCE, siempre que la
    Comisión no se hubiese pronunciado sobre
    solicitudes de inmunidad previas al inicio de una
    investigación.

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CLEMENCIA, UNA PERSPECTIVA INTERNACIONAL LOS
PRIMEROS PROGRAMAS DE LA C.E.
  • Comunicación de 2002
  • Reducción del importe de la multa elementos que
    aportasen un valor añadido significativo con
    respecto de aquéllos en poder de la Comisión.
  • Los cambios provocaron un incremento notable de
    las solicitudes de inmunidad y de reducción del
    importe de la multa.

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CLEMENCIA, UNA PERSPECTIVA INTERNACIONAL EL
PROGRAMA DE LA COMISIÓN EUROPEA DE 2006
1. Identifica la información que ha de
presentar el solicitante de inmunidad
descripción del cártel objetivos, productos o
servicios afectados, ámbito geográfico, duración,
fechas y lugares de contactos, nombres de los
participantes, nombre de las empresas partícipes
en el cártel, etc, y aportación de pruebas del
mismo, especialmente contemporáneas. 2.
Vincula el umbral de inmunidad a la organización
de inspecciones orientadas al presunto cártel
(targeted inspections), con independencia de su
resultado. 3. Precisa que los solicitantes de
inmunidad han de revelar su participación en el
cártel, aportando pruebas incriminatorias. 4.
Flexibiliza el momento en el que se ha de poner
fin a la participación en el cártel. En
principio, al presentar la solicitud, salvo que
sea necesario que la misma continúe para
garantizar la eficacia de la inspección.
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Programa de clemencia, perspectiva UE Multas
comunitarias

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Cárteles en España Multas autoridad española de
competencia
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Programa de clemencia en España objetivos
  • Objetivos claros respecto a la lucha contra los
    cárteles
  • Instrumento más eficaz en la lucha contra los
    cárteles
  • Facilitar la detección de carteles
  • Aumenta la inestabilidad de los acuerdos de
    cartel
  • Incorporación instrumento exitoso de otras
    jurisdicciones, especialmente, la comunitaria
    (modelo de Programa de Clemencia adoptado en el
    seno del Grupo de Trabajo ECN, aprobado por las
    Autoridades Nacionales de Competencia el
    29/09/06)
  • Mantenimiento de las fortalezas del sistema
    español separación instrucción/ resolución
    (exención condicional)

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Programa de clemencia en España Requisitos para
la exención de multa
  • Ser el primero en aportar elementos de prueba
    que permitan a la DI
  • ordenar inspección domiciliaria o
  • comprobar la existencia de un cártel
  • No haber obligado a otros miembros de cártel a
    participar en la infracción
  • Poner fin a la participación en el cártel
  • Cooperar durante el procedimiento
    administrativo
  • No haber destruido elementos de prueba ni
    haber revelado a terceros la intención de
    solicitar clemencia o el contenido de la
    solicitud.

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Programa de clemencia Exención del pago de la
multa
  • Decisión de la Dirección de Investigación
    respecto a la exención condicional
  • Acuerdo de exención condicional del pago de la
    multa
  • Rechazo de la solicitud de exención en ese caso,
    posible consideración de la solicitud de exención
    como una solicitud de reducción del importe de la
    multa o, previa petición del solicitante,
    devolución por la DI tras adoptar dicha decisión.
  • Pliego de concreción de hechos (PCH) acceso por
    los interesados a la solicitud de exención
  • Resolución del Consejo de la CNC, decisión sobre
    la exención del pago de la multa

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Programa de clemencia Deber de colaboración
  • Cooperar plena, continua y diligentemente con la
    CNC a lo largo de todo el procedimiento
    administrativo de investigación.
  • Poner fin a su participación en la presunta
    infracción en el momento en que facilite los
    elementos de prueba, excepto en aquellos
    supuestos en los que la CNC estime necesario que
    dicha participación continúe con el fin de
    preservar la eficacia de una inspección
  • No haber destruido, falsificado u ocultado
    información o elementos de prueba relacionados
    con la solicitud de clemencia ni haber revelado,
    directa o indirectamente, a terceros distintos de
    la Comisión Europea o de otras Autoridades de
    Competencia, su intención de presentar esta
    solicitud o su contenido, antes de la
    notificación del pliego de concreción de hechos o
    del momento que, en su caso, se acuerde con la
    Dirección de Investigación
  • No haber adoptado medidas para obligar a otras
    empresas a participar en la infracción
    (solicitante de exención).

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Programa de clemencia Conclusiones
  • Deber de secreto y confidencialidad!
  • Éxito puesta en marcha
  • Nº de solicitudes presentadas día entrada en
    vigor y posteriormente
  • Mejor instrumento para el desmantelamiento de
    cárteles
  • Una de las prioridades de actuación de la CNC
  • Valoración solicitudes presentadas
  • Transparencia procedimiento publicación Web CNC
    Indicaciones provisionales, posteriormente
    actualizadas
  • Confianza a los solicitantes (determinación
    puesto, confidencialidad, etc.)
  • Seriedad valoración elementos de prueba exención
    condicional/rechazo solicitudes
  • Máxima coordinación y colaboración DG COMP y
    otras ANCs.

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INDICE
  • La Ley 15/2007 un nuevo marco de competencia en
    España
  • El Programa de Clemencia resultados en la UE y
    funcionamiento en España
  • Terminación Convencional un instrumento con
    potencial
  • Conclusiones

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La terminación convencional un instrumento con
potencial
Distintas figuras en Derecho Comunitario
  • Commitments o Compromisos (art. 9.1 del
    Reglamento 1/2003)
  • Settlements o acuerdos transaccionales

Diferencias entre ambas figuras
  • Los primeros no declaran la comisión de una
    infracción ni imponen una multa pero ponen fin a
    un comportamiento sospechoso de infringir la
    normativa de competencia imponiendo a las
    empresas determinados compromisos.
  • Los procedimientos de transacción están
    únicamente previstos para los casos de cárteles
    reconocen la existencia de infracción y fijan una
    multa

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La terminación convencional Ventajas e
inconvenientes
  • Aumenta la eficacia del derecho de la competencia
    al permitir reestablecer con mayor celeridad la
    competencia en el mercado.
  • Reduce la carga de trabajo y ahorra costes para
    las empresas al acortar el procedimiento.
  • El acuerdo transaccional convierte en definitiva
    la decisión adoptada por la Autoridad de
    Competencia. Se evita así la provisionalidad a la
    que se ven sometidas las resoluciones a
    consecuencia de las sucesivas revisiones
    jurisdiccionales.

Ventajas
Inconvenientes
  • Supone un fuerte desincentivo al programa de
    clemencia en la medida en que la solución
    transaccional tiene que ofrecer también
    incentivos para que las partes acepten el
    acuerdo, se infiere también una reducción de la
    sanción.
  • La economía de recursos es muy incierta se abre
    otro tipo de debates y el proceso de negociación
    es muy complejo.

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La terminación convencional en el marco jurídico
español
  • Marco Legal Español
  • Ley 30/92 LRJPAC art. 88
  • Ley 16/89 (art.36 bis) reconocimiento tanto en
    materia de concentraciones como en expedientes
    sancionadores
  • Ley 15/07 (art.52) Se permite la aprobación por
    el Consejo de la CNC a propuesta de la DI, en
    expedientes sancionadores, cuando los presuntos
    infractores propongan compromisos que resuelvan
    los efectos sobre la competencia derivados de las
    conductas objeto del expediente y quede
    garantizado suficientemente el interés público

Al contrario con lo que ocurre con los
commitments, la figura de los settlements, en
principio no parece admitirse en nuestro
ordenamiento jurídico como una forma de
terminación convencional, puesto que no existe
previsión normativa que lo autorice.
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La terminación convencional en el marco jurídico
español
El reconocimiento de responsabilidad, una
alternativa válida
  • Es un mecanismo de ponderación del importe de la
    sanción dentro de un procedimiento sancionador y
    no como una modalidad de terminación
    convencional
  • No existe acuerdo (convenio) alguno entre
    partes
  • El procedimiento se tramita hasta concluir
    mediante la forma ordinaria de terminación, es
    decir, mediante resolución.
  • Implican el reconocimiento de la
    responsabilidad administrativa por el infractor.
  • No excluye la imposición de una sanción, sino
    que simplemente permiten moderar el importe de la
    misma, que es reducida en un porcentaje de su
    cuantía total (se puede considerar una atenuante).

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INDICE
  • La Ley 15/2007 un nuevo marco de competencia en
    España
  • El Programa de Clemencia resultados en la UE y
    funcionamiento en España
  • Terminación Convencional un instrumento con
    potencial
  • Conclusiones

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Conclusiones
  • Programa de Clemencia instrumento fundamental
    para la lucha contra los cárteles
  • Perfeccionamiento progresivo del programa con más
    incentivos para los clementes
  • Versatilidad del régimen de terminación
    convencional
  • Necesidad de adaptar las condiciones a la
    coyuntura y a las características de las
    empresas, dentro del marco legal vigente
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