Gua para la Comunidad Comercial - PowerPoint PPT Presentation

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Gua para la Comunidad Comercial

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Queso Mozzarella con contingente de importaci n en Rep. Dominicana: ... Queso Mozzarella (04061010) Queso Cheddar (04069020) Otros Quesos ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Gua para la Comunidad Comercial


1
Guía para la Comunidad Comercial
República Dominicana Contingentes Arancelarios
de Importación bajo el DR-CAFTA
Juan Luis Zúñiga Santo Domingo, República
Dominicana, Septiembre, 2009
2
Contingentes arancelarios
Definición Funcionamiento
3
Definición
  • Determinado volumen de producto con tasa cero
  • Arancel diferenciado fuera/mayor
    dentro/menor
  • Mecanismo de protección para sectores sensibles
  • Ventana inmediata para acceder un mercado
  • Reduce costos de importación
  • Solo pueden acceder a un contingente las
    mercancías calificables de Estados Unidos

4
Mercancías calificables
  • Son aquellas mercancías obtenidas en el
    territorio de los Estados Unidos, que no
    contengan componentes de los países de
    Centroamérica o de la República Dominicana y que
    no hayan sido objeto de operaciones de
    procesamiento en uno o más de éstos países.
  • Ejemplo No. 1
  • Queso Mozzarella con contingente de importación
    en Rep. Dominicana
  • no contenga materias primas o materiales (por
    ejemplo, leche o sus derivados) de países de
    Centroamérica o de República Dominicana y
  • no fue objeto de procesos posteriores de
    transformación en los países de Centroamérica o
    en República Dominicana (por ejemplo, operación
    de moldeado del queso).

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Ejemplo No.2Contingente de Tocino
6
Contingentes arancelarios
De República Dominicana en el DR-CAFTA
7
República Dominicana negoció contingentes para 18
grupos de productos
  • Pollo
  • CMD
  • Pechugas
  • Muslos
  • Trozos/despojos
  • Cebollas y chalotes
  • Arroz
  • Carne bovina (cortes finos y selectos)
  • Carne de cerdo
  • Tocino
  • Grasa de cerdo
  • Carne de pavo
  • Frijoles
  • Glucosa
  • Helado
  • Leche (líquida y en polvo)
  • Mantequilla
  • Queso
  • Yogurt

Solo aplica al producto procedente de
Nicaragua y/o Costa Rica
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República Dominicana Productos con arancel dentro
de contingente
Este código arancelario cambió en RD al
0207.13.00
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Contingente de Carne de Bovino
10
Contingente de Carne y derivados de Cerdo
11
Contingente de Pollo
12
Contingente de Carne de Pavo
13
Contingente de Leche
14
Contingente de Quesos
15
Contingentes de Otros productos lácteos
16
Contingente de Arroz
17
Contingente de Habichuelas
18
Contingente de Glucosa
19
Contingentes otorgados a Costa Rica
20
Contingentes otorgados a Nicaragua (1)
El código arancelario 02071391 fue variado en
RD. Actualmente el código aplicable sería el
02071300
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Contingentes otorgados a Nicaragua (2)
22
Contingentes arancelarios
Quiénes pueden solicitarlos? Quiénes los
asignan?
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Pueden solicitar un contingente
  • Cualquier persona física o jurídica domiciliada
    en República Dominicana, que cumpla con los
    requisitos establecidos.

Quienes lo hagan pueden perder el derecho a
participar en los procesos de asignación durante
2 años
No pueden solicitar un contingente
  • Asociaciones de una industria en particular u
    organizaciones no gubernamentales.
  • Personas jurídicas (empresas) de un mismo socio
    mayoritario o que se encuentran vinculadas a un
    mismo grupo económico

24
Comisión para las Importaciones Agropecuarias
25
Contingentes arancelarios
Fases del proceso para optar por un contingente
26
Fases del proceso para acceder y aplicar a un
contingente
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  • La Comisión publica la información sobre los
    contingentes arancelarios que estarán disponibles
    en el año calendario siguiente
  • A más tardar el 1ro de octubre de cada año
  • En un periódico de circulación nacional y en
    las páginas Web de la Secretaría de Estado de
    Agricultura (www.agricultura.gob.do) y de la
    Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas
    (www.otcasea.gob.do)

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  • Los interesados deben presentar sus
    solicitudes,
  • utilizando el Formulario de Solicitud de
    Asignación de
  • Contingentes Arancelarios de Importación
    DR-CAFTA
  • La solicitud debe realizarse dentro del plazo
  • estipulado en la Convocatoria
  • El Formulario debe contener toda la
    información
  • requerida, estar sellado y firmado por el
    solicitante o
  • por el representante que haya sido designado
    para ese
  • propósito.
  • Además deben adjuntarse los siguientes
    documentos

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  • PERSONA FÍSICA
  •   Copia de la Cédula de Identidad y Electoral
    (CIE)
  • Descripción de la actividad económica a la que
    se dedica.
  • Documentos que avalen su historial de
    importación del rubro solicitado
  • Información sobre la infraestructura física y
    condiciones de inocuidad para manejar el rubro
    solicitado.
  • Dirección, número de teléfono fijo y fax
    designado para efectuar notificaciones.

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  • PERSONA JURÍDICA
  •  
  • Copia del Registro Nacional de Contribuyentes
    (RNC).
  • Copia del Registro Mercantil Vigente
  • Documentos que avalen su historial de
    importación del rubro
  • solicitado
  • Copia de la última Asamblea General de
    Accionistas,
  • debidamente registrada en la Cámara de
    Comercio y
  • Producción de Santo Domingo.
  • Designación apoderando al representante de la
    compañía,
  • debidamente notariada y legalizada por la
    Procuraduría.
  • Copia de la Cédula de Identidad y Electoral
    (CIE) del
  • representante de la compañía.
  • Información sobre la infraestructura física y
    condiciones de
  • inocuidad para manejar el rubro solicitado.
  • Dirección, número de teléfono fijo y fax
    designado para
  • efectuar notificaciones

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Quien importó la mercancía los 3 años
consecutivos anteriores
Quien no califica como importador tradicional
32
Ejemplo No.3 Importador tradicional Producto
Mantequilla (fracción arancelaria 0405.10.00)
33
Ejemplo No.4 Importador nuevo Producto Muslos de
pollo (fracción arancelaria 0207.14.92)
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  • La Comisión publicará los volúmenes asignados
    de mercancías en al menos un periódico de
    circulación nacional y en las páginas Web de la
    Secretaría de Estado de Agricultura y de la
    Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas (OTCA).
  • Esta publicación deberá hacerse dentro de los
    cuarenta y cinco (45) días posteriores al plazo
    establecido para la presentación de solicitudes.

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  • Certificados de Asignación de Contingentes
    (CACs)
  • Se emiten durante los cinco días siguientes a
    la
  • asignación
  • Deben ser retirados en la OTCA
  • Tienen una vigencia de 1 año calendario (del
    1ero de
  • enero al 31 de diciembre).
  • Pueden ser únicos o parciales (solo si son
    solicitados
  • por escrito de previo)
  • No se puede cambiar el país de origen del CAC
  • Los derechos contenidos en los CACs no pueden
    ser
  • endosados, cedidos o transferidos
  • Se puede solicitar a la Comisión la emisión de
    un nuevo
  • CAC, siempre que se compruebe deterioro,
    pérdida o
  • robo


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  • Cuando la cantidad importada es igual a la
    cantidad
  • asignada en el CAC, en aduanas se procederá a
    su
  • despacho inmediato
  • Cuando la cantidad importada es inferior a la
    cantidad
  • asignada en el CAC la Aduana procederá a su
    despacho,
  • previo presentación del original del CAC.
  • Cuando la cantidad importada sea mayor que el
    balance
  • pendiente de despachar, se despachara la
    parte que
  • complete el CAC con la tasa y al excedente se
    le aplicara el
  • arancel fuera de contingente correspondiente.
  •  
  • La Dirección General de Aduanas no aceptará
    endoso del
  • CAC ni aceptará cambio de origen de la
    mercancía indicada
  • en el CAC. Tampoco, la DGA despachará
    mercancías con el
  • CAC vencido.

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  • DEVOLUCIÓN DE MONTOS NO UTILIZADOS O
    NOTIFICACIÓN POR ESCRITO DE LA UTILIZACIÓN DE
    TODO EL CONTINGENTE ASIGANDO
  • Los volúmenes asignados de un contingente
    pueden
  • devolverse a más tardar el 1ero de septiembre
    del año
  • calendario correspondiente.
  • Esta devolución se debe hacer por escrito a la
    OTCA,
  • adjunto CAC entregado, indicando el volumen
    que no
  • será utilizado, o indicando la confirmación
    de uso de la cuota asignada durante el periodo
    establecido (1 ene-31dic)

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  • PENALIZACIÓN POR VOLÚMENES NO DEVUELTOS
  • Menos del 70 del volumen no se utilizó y no se
  • procedió a realizar la devolución por escrito
    no
  • asignación de contingentes arancelarios
    durante el año
  • siguiente.
  • Más del 70 del volumen no se utilizó y no se
    procedió a
  • realizar la devolución por escrito no
    asignación de
  • contingentes arancelarios durante los dos años
    siguientes

Si Usted está interesado en adquirir contingentes
arancelarios devueltos o remanentes, debe estar
atento a la publicación que la Comisión realice
durante el mes de Septiembre, y en el momento en
que suceda debe presentar su solicitud, completa
y de forma inmediata. La asignación de los
remanentes se hace primero en tiempo, primero en
derecho
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  • Cuando la cantidad importada es igual a la
    cantidad
  • asignada en el CAC, en aduanas se procederá a
    su
  • despacho inmediato
  • Cuando la cantidad importada es inferior a la
    cantidad
  • asignada en el CAC la Aduana procederá a su
    despacho,
  • previo presentación del original del CAC.
  • Cuando la cantidad importada sea mayor que el
    balance
  • pendiente de despachar, se despachara la
    parte que
  • complete el CAC con la tasa y al excedente se
    le aplicara el
  • arancel fuera de contingente correspondiente.
  •  
  • La Dirección General de Aduanas no aceptará
    endoso del
  • CAC ni aceptará cambio de origen de la
    mercancía indicada
  • en el CAC. Tampoco, la DGA despachará
    mercancías con el
  • CAC vencido.

40
CRONOGRAMA
Anuncio de asignaciones
01-31 enero
3 era semana Dic.
3 era semana Oct .
01/ 10
41
Muchas Gracias !
42
Juan Luis Zúñiga Socio Consultor Central
America Trade Consulting Group, S.A. Tels. (506)
2241-2822 (Ofic.) (506) 8330-1796
(Cel.) jzuniga_at_catradeconsulting.com www.catradeco
nsulting.com
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