Title: Gua para la Comunidad Comercial
1Guía para la Comunidad Comercial
República Dominicana Contingentes Arancelarios
de Importación bajo el DR-CAFTA
Juan Luis Zúñiga Santo Domingo, República
Dominicana, Septiembre, 2009
2Contingentes arancelarios
Definición Funcionamiento
3Definición
- Determinado volumen de producto con tasa cero
- Arancel diferenciado fuera/mayor
dentro/menor - Mecanismo de protección para sectores sensibles
- Ventana inmediata para acceder un mercado
- Reduce costos de importación
- Solo pueden acceder a un contingente las
mercancías calificables de Estados Unidos
4Mercancías calificables
- Son aquellas mercancías obtenidas en el
territorio de los Estados Unidos, que no
contengan componentes de los países de
Centroamérica o de la República Dominicana y que
no hayan sido objeto de operaciones de
procesamiento en uno o más de éstos países.
- Ejemplo No. 1
- Queso Mozzarella con contingente de importación
en Rep. Dominicana - no contenga materias primas o materiales (por
ejemplo, leche o sus derivados) de países de
Centroamérica o de República Dominicana y - no fue objeto de procesos posteriores de
transformación en los países de Centroamérica o
en República Dominicana (por ejemplo, operación
de moldeado del queso).
5Ejemplo No.2Contingente de Tocino
6Contingentes arancelarios
De República Dominicana en el DR-CAFTA
7República Dominicana negoció contingentes para 18
grupos de productos
- Pollo
- CMD
- Pechugas
- Muslos
- Trozos/despojos
- Cebollas y chalotes
- Arroz
- Carne bovina (cortes finos y selectos)
- Carne de cerdo
- Tocino
- Grasa de cerdo
- Carne de pavo
- Frijoles
- Glucosa
- Helado
- Leche (líquida y en polvo)
- Mantequilla
- Queso
- Yogurt
Solo aplica al producto procedente de
Nicaragua y/o Costa Rica
8República Dominicana Productos con arancel dentro
de contingente
Este código arancelario cambió en RD al
0207.13.00
9Contingente de Carne de Bovino
10Contingente de Carne y derivados de Cerdo
11Contingente de Pollo
12Contingente de Carne de Pavo
13Contingente de Leche
14Contingente de Quesos
15Contingentes de Otros productos lácteos
16Contingente de Arroz
17Contingente de Habichuelas
18Contingente de Glucosa
19Contingentes otorgados a Costa Rica
20Contingentes otorgados a Nicaragua (1)
El código arancelario 02071391 fue variado en
RD. Actualmente el código aplicable sería el
02071300
21Contingentes otorgados a Nicaragua (2)
22Contingentes arancelarios
Quiénes pueden solicitarlos? Quiénes los
asignan?
23Pueden solicitar un contingente
- Cualquier persona física o jurídica domiciliada
en República Dominicana, que cumpla con los
requisitos establecidos.
Quienes lo hagan pueden perder el derecho a
participar en los procesos de asignación durante
2 años
No pueden solicitar un contingente
- Asociaciones de una industria en particular u
organizaciones no gubernamentales. - Personas jurídicas (empresas) de un mismo socio
mayoritario o que se encuentran vinculadas a un
mismo grupo económico
24Comisión para las Importaciones Agropecuarias
25Contingentes arancelarios
Fases del proceso para optar por un contingente
26Fases del proceso para acceder y aplicar a un
contingente
27- La Comisión publica la información sobre los
contingentes arancelarios que estarán disponibles
en el año calendario siguiente - A más tardar el 1ro de octubre de cada año
- En un periódico de circulación nacional y en
las páginas Web de la Secretaría de Estado de
Agricultura (www.agricultura.gob.do) y de la
Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas
(www.otcasea.gob.do)
28- Los interesados deben presentar sus
solicitudes, - utilizando el Formulario de Solicitud de
Asignación de - Contingentes Arancelarios de Importación
DR-CAFTA - La solicitud debe realizarse dentro del plazo
- estipulado en la Convocatoria
- El Formulario debe contener toda la
información - requerida, estar sellado y firmado por el
solicitante o - por el representante que haya sido designado
para ese - propósito.
- Además deben adjuntarse los siguientes
documentos
29- PERSONA FÍSICA
-
- Copia de la Cédula de Identidad y Electoral
(CIE) - Descripción de la actividad económica a la que
se dedica. - Documentos que avalen su historial de
importación del rubro solicitado - Información sobre la infraestructura física y
condiciones de inocuidad para manejar el rubro
solicitado. - Dirección, número de teléfono fijo y fax
designado para efectuar notificaciones.
30- PERSONA JURÍDICA
-
- Copia del Registro Nacional de Contribuyentes
(RNC). - Copia del Registro Mercantil Vigente
- Documentos que avalen su historial de
importación del rubro - solicitado
- Copia de la última Asamblea General de
Accionistas, - debidamente registrada en la Cámara de
Comercio y - Producción de Santo Domingo.
- Designación apoderando al representante de la
compañía, - debidamente notariada y legalizada por la
Procuraduría. - Copia de la Cédula de Identidad y Electoral
(CIE) del - representante de la compañía.
- Información sobre la infraestructura física y
condiciones de - inocuidad para manejar el rubro solicitado.
- Dirección, número de teléfono fijo y fax
designado para - efectuar notificaciones
31Quien importó la mercancía los 3 años
consecutivos anteriores
Quien no califica como importador tradicional
32Ejemplo No.3 Importador tradicional Producto
Mantequilla (fracción arancelaria 0405.10.00)
33Ejemplo No.4 Importador nuevo Producto Muslos de
pollo (fracción arancelaria 0207.14.92)
34- La Comisión publicará los volúmenes asignados
de mercancías en al menos un periódico de
circulación nacional y en las páginas Web de la
Secretaría de Estado de Agricultura y de la
Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas (OTCA). - Esta publicación deberá hacerse dentro de los
cuarenta y cinco (45) días posteriores al plazo
establecido para la presentación de solicitudes.
35- Certificados de Asignación de Contingentes
(CACs) - Se emiten durante los cinco días siguientes a
la - asignación
- Deben ser retirados en la OTCA
- Tienen una vigencia de 1 año calendario (del
1ero de - enero al 31 de diciembre).
- Pueden ser únicos o parciales (solo si son
solicitados - por escrito de previo)
- No se puede cambiar el país de origen del CAC
- Los derechos contenidos en los CACs no pueden
ser - endosados, cedidos o transferidos
- Se puede solicitar a la Comisión la emisión de
un nuevo - CAC, siempre que se compruebe deterioro,
pérdida o - robo
36- Cuando la cantidad importada es igual a la
cantidad - asignada en el CAC, en aduanas se procederá a
su - despacho inmediato
- Cuando la cantidad importada es inferior a la
cantidad - asignada en el CAC la Aduana procederá a su
despacho, - previo presentación del original del CAC.
- Cuando la cantidad importada sea mayor que el
balance - pendiente de despachar, se despachara la
parte que - complete el CAC con la tasa y al excedente se
le aplicara el - arancel fuera de contingente correspondiente.
-
- La Dirección General de Aduanas no aceptará
endoso del - CAC ni aceptará cambio de origen de la
mercancía indicada - en el CAC. Tampoco, la DGA despachará
mercancías con el - CAC vencido.
37- DEVOLUCIÓN DE MONTOS NO UTILIZADOS O
NOTIFICACIÓN POR ESCRITO DE LA UTILIZACIÓN DE
TODO EL CONTINGENTE ASIGANDO - Los volúmenes asignados de un contingente
pueden - devolverse a más tardar el 1ero de septiembre
del año - calendario correspondiente.
- Esta devolución se debe hacer por escrito a la
OTCA, - adjunto CAC entregado, indicando el volumen
que no - será utilizado, o indicando la confirmación
de uso de la cuota asignada durante el periodo
establecido (1 ene-31dic)
38- PENALIZACIÓN POR VOLÚMENES NO DEVUELTOS
- Menos del 70 del volumen no se utilizó y no se
- procedió a realizar la devolución por escrito
no - asignación de contingentes arancelarios
durante el año - siguiente.
- Más del 70 del volumen no se utilizó y no se
procedió a - realizar la devolución por escrito no
asignación de - contingentes arancelarios durante los dos años
siguientes
Si Usted está interesado en adquirir contingentes
arancelarios devueltos o remanentes, debe estar
atento a la publicación que la Comisión realice
durante el mes de Septiembre, y en el momento en
que suceda debe presentar su solicitud, completa
y de forma inmediata. La asignación de los
remanentes se hace primero en tiempo, primero en
derecho
39- Cuando la cantidad importada es igual a la
cantidad - asignada en el CAC, en aduanas se procederá a
su - despacho inmediato
- Cuando la cantidad importada es inferior a la
cantidad - asignada en el CAC la Aduana procederá a su
despacho, - previo presentación del original del CAC.
- Cuando la cantidad importada sea mayor que el
balance - pendiente de despachar, se despachara la
parte que - complete el CAC con la tasa y al excedente se
le aplicara el - arancel fuera de contingente correspondiente.
-
- La Dirección General de Aduanas no aceptará
endoso del - CAC ni aceptará cambio de origen de la
mercancía indicada - en el CAC. Tampoco, la DGA despachará
mercancías con el - CAC vencido.
40CRONOGRAMA
Anuncio de asignaciones
01-31 enero
3 era semana Dic.
3 era semana Oct .
01/ 10
41 Muchas Gracias !
42 Juan Luis Zúñiga Socio Consultor Central
America Trade Consulting Group, S.A. Tels. (506)
2241-2822 (Ofic.) (506) 8330-1796
(Cel.) jzuniga_at_catradeconsulting.com www.catradeco
nsulting.com