Title: Diapositiva 1
1Gandia, Marzo 2008
2LEY 7/2007, DE 12 DE ABRIL, DEL ESTATUTO BÁSICO
DEL EMPLEADO PÚBLICO.
-
- BORRADOR DEL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DOCENTE NO
UNIVERSITARIO. -
-
3- EBEP
- ÁMBITO DE APLICACIÓN
-
-
- ES UNA NORMA PARA TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
- Funcionarios , Estatutarios y Laborarles
-
- DE TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
- Central, Autonómica y Local
-
- Y AFECTA POR IGUAL A LOS SIGUIENTES ÁMBITOS
- Administración General del Estado
- Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla
- Entidades Locales
- Organismos Públicos, Agencias y Entidades de
Derecho Público - Universidades
- Personal Investigador
- Docentes
- Estatutos de los Servicios de Sanidad
4DERECHOS DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
-
- ESTABLECE, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES DERECHOS
DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS -
- A la inamovilidad
- Al desempeño efectivo de funciones
- A l la Carrera Profesional y la Promoción
Interna. - A la Formación Continua
- Al respeto a la intimidad, orientación sexual,
propia imagen.... y a la no discriminación. - A la adopción de medidas que favorezcan la
Conciliación de la vida laboral, familiar y
profesional. - A recibir protección en materia de Seguridad y
Salud en el trabajo.
5EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
-
- ESTABLECE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO COMO UN
SISTEMA QUE MIDA LA CONDUCTA PROFESIONAL Y EL
RENDIMIENTO Y LOGRO DE RESULTADOS -
- A la espera del desarrollo del Estatuto Docente.
6ESTRUCTURA DE LA CLASIFICACIÓN PROFESIONALCREA
UNA NUEVA ESTRUCTURA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
ADAPTANDO LA EXISTENTE A LA DECLARACIÓN DE
BOLONIA
7PAGAS EXTRAORDINARIAS PAGAS EXTRAS IGUALES AL
SALARIO MENSUAL
- CONSEGUIMOS NUESTROS COMPROMISOS DESDE 1994
CSI-CSIF HEMOS DEMANDADO - QUE LAS PAGAS EXTRAS SEAN IGUAL AL SALARIO
MENSUAL - AHORA, TRAS EL ACUERDO DE TRETRIBUCIONES DE 2006
Y EL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.
8TRIENIOS PARA LOS INTERINOSArt 25.2
- SE RECONOCERÁN LOS TRIENIOS CORRESPONDIENTES A
LOS SERVICIOS PRESTADOS ANTES DE LA ENTRADA EN
VIGOR DEL PRESENTE ESTATUTO QUE TENDRÁN EFECTOS
RETRIBUTIVOS ÚNICAMENTE A PARTIR DE LA ENTRADA EN
VIGOR DEL MISMO.
9PERMISOS Y VACACIONES
-
- INCORPORA MEJORAS EN MATERIA DE PERMISOS
- (Aplicación docente)
- Se incluye la Jornada a Tiempo Parcial.
- Permisos por razones de guarda legal, cuidado de
persona mayor o discapacitada y atención de hijos
prematuros. - Permisos por motivo de conciliación de la vida
personal, familiar y laboral y por razón de
violencia de género. - Ampliación progresiva y gradual del permiso por
paternidad hasta alcanzar las cuatro semanas a
los seis años de entrada en vigor del Estatuto.
10JUBILACIÓN PARCIAL(ABRE LA PUERTA A LA
JUBILACIÓN PARCIAL)
- Al establecer, en su artículo 67.2, que por
Ley de las Cortes generales, con carácter
excepcional y en el marco de la planificación de
los recursos humanos, se podrán establecer
condiciones especiales de jubilación voluntaria y
parcial dando cabida así a este tipo de
jubilación aunque dejándolo a esta reglamentación
posterior condicionada. - POSIBILIDAD DE LA PRORROGA DE LA JUBILACIÓN LOE
- En la Disposición Adicional sexta establece que
el gobierno enviará al congreso estudio sobre los
distintos regímenes de acceso a la jubilación y
la conveniencia de ampliarla posibilidad de
acceder a la jubilación anticipada de
determinados colectivos.
11DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
ESTABLECE, POR PRIMERA VEZ, COMO DERECHO DE
CARÁCTER COLECTIVO PARA TODOS LOS EMPLEADOS
PÚBLICOS, JUNTO A LA LIBERTAD SINDICAL, LA
HUELGA, EL CONFLICTO COLECTIVO Y LA REUNIÓN, EL
DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
SE CREA LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS QUE AFECTA A LAS
CONDICIONES DE TRABAJO DE TODOS LOS EMPLEADOS
PÚBLICOS Y QUE VINCULA A TODAS LAS
ADMINISTRACIONES.
12DEPENDIENTE DE ESTA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN
HABRÁ
- Una Mesa General de Negociación de Empleados
Públicos de la Administración General del Estado. - Una Mesa General de Negociación en cada Comunidad
Autónoma. - Una Mesa General de Negociación en cada entidad
local
13ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO
- Borradores MEC
- _ Mayo de 2006.
- Junio de 2006 (Correcciones técnicas y de
redacción). - Mayo 2007 (Adaptación al EBEP).
- Octubre 2007 (Con memoria).
- Propuestas sindicales
- Propuesta CSI-CSIF aprobada en CEN Febrero de
2007. - Textos alternativos intersindicales junio y
octubre 2007.
14ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DOCENTE NO UNIVERSITARIO
Contenido
- Ámbito de aplicación.
- Clases de funcionarios.
- Estructura y Ordenación de la función pública
docente. - Acceso y selección de funcionarios docentes.
- Promoción y carrera profesional.
- Concurso de traslados.
- Situaciones administrativas.
- Derechos y deberes.
- Jornadas, vacaciones y permisos.
- Sistema retributivo.
- Régimen disciplinario.
- Salud laboral.
- Disposiciones Adicionales y transitorias
(jubilación).
15ASPECTOS CLAVES EN LA NEGOCIACIÓN
- Promoción del cuerpo B al A.
- Proceso selectivo.
- Posesión de la titulación.
- Permanencia de 6 años en cuerpos de procedencia.
- Valoración de méritos (grado adquirido,
experiencia, formación y evaluación positivas de
la práctica docente). - Propuesta sindical
- Promoción por concurso de méritos con 6 años de
antigüedad, con la titulación correspondiente a
la especialidad a la que se opta. - Acceso a la universidad
- El gobierno promoverá convenios con las
universidades. - Propuesta sindical
- Reserva del 50 de los puestos temporales para
los cuerpos docentes no universitarios. (CSI-CSIF)
16CARRERA PROFESIONAL
17CARRERA PROFESIONALPropuesta sindical
- El reconocimiento del ejercicio profesional (NO
evaluación). - las actividades de formación permanente.
- La implicación en la actividad del centro.
- Los grados se adquirirán por acreditación y
constatación de méritos (NO evaluación) - Será personal sin efectos para ocupar puestos
de trabajo, sin cupos. - Sólo tendrá efectos retributivos que serán
iguales para todos los cuerpos. - Los funcionarios en prácticas (que fueran
funcionarios docentes) mantendrán los grados que
tuvieran en sus cuerpos de origen.
18CARRERA PROFESIONALPropuesta sindical (II)
- Periodo de adquisición de 3 a 4 años mínimo y
ordinariamente en 6 años. - Se añaden criterios
- La participación en actividades extraescolares y
complementarias. - La coordinación de actividades de prevención de
riesgos laborales y de políticas de igualdad. - Todos los elementos y actuaciones que supongan la
mejora directa o indirecta del servicio
educativo. - La evaluación voluntaria se realizará sobre
procesos y no sobre resultados.
19JUBILACIÓN
- Borrador 2006.
- Aparece recogida en disposición transitoria.
- Antes de su finalización se revisará el tiempo
de aplicación y los requisitos exigidos. - Borrador 2007.
- Se establece un periodo transitorio de 5 años
desde la entrada en vigor del Estatuto - Antes de su finalización se revisará el tiempo
de aplicación y los requisitos exigidos.
20OFERTA VERBAL DEL MEC 18 DE ABRIL
- Jubilación
- Prorroga indefinida de la jubilación LOE
(inclusión dentro del articulado) - Promoción del B al A
- Una o dos convocatoria extraordinarias por
concurso de méritos para maestros del primer
ciclo con titulación y equivalencia de su puesto
de trabajo y especialidad a la que acceden. - Carrera profesional.
- El grado uno lo adquieren todos los docentes.
- Los grados 2, 3, 4, y 5 equivalen a los sexenios
1, 2, 3, y 4. - El grado 6 equivale al sexenio 5 y se pagará 161
. - El grado 7 193 y el grado 8 222
- Se basará en la acreditación y valoración de la
documentación presentada. - El grado en su periodo máximo se conseguirá de
forma similar a los actuales sexenios. - Se mantiene la evaluación voluntaria como
criterio.
21REUNIÓN MEC, MAP Y HACIENDA 4 DE OCTUBRE.
- Memoria económica
- Calendario de aplicación hasta 2022.
- Las cuantías
- Hasta el 4º grado igual que los actuales
sexenios. - Los grados 5º, 6º y 7º 128
- El complemento de especial dedicación (60)
tiene asignada una previsión económica para el
30 del profesorado cumpliendo requisitos. - Art. 56.2.e) Supresión de incompatibilidad para
interinos con contrato a tiempo parcial.
22OTROS ASPECTOS
- No incluidos en el borrador
- Exclusión del sistema de incompatibilidades.
- Elección del director dentro del propio centro.
- Inclusión de colectivos docentes no funcionarios.
- Dignificación de la labor docente y
reconocimiento de la autoridad profesional. - Catalogación de las enfermedades profesionales.
- Reducción de la jornada laboral.
23Gandía, Marzo 2008