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Las cifras de Carteras Colectivas de Colombia incluyen los antes Fondos de ... reglamentaciones, este plazo se acordar con la industria en la aplicaci n de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
(No Transcript)
2
NUEVA REGULACION CARTERAS COLECTIVASJeannette
Forigua RojasDelegada para Emisores,
Portafolios de inversión y Otros Agentes
Cartagena, 18 de octubre
3
ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilar de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilares de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

Las cifras de Carteras Colectivas de Colombia
incluyen los antes Fondos de Valores FV, Fondos
de Inversión FI, Fondos Comunes Ordinarios
FCO y Fondos Comunes Especiales FCE
5
PORTAFOLIO (US Millones)
Fuente SFC y Estudio Comparativo de la Industria
de la Inversión Colectiva en Iberoamérica IIMV
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NÚMERO DE VEHÍCULOS
Fuente SFC y Estudio Comparativo de la Industria
de la Inversión Colectiva en Iberoamérica IIMV
7
INVERSIONISTAS SOBRE POBLACIÓN (2005)
Fuente Estudio Comparativo de la Industria de la
Inversión Colectiva en Iberoamérica IIMV
8
NÚMERO DE SUSCRIPTORESCOLOMBIA
Fuente Superintendencia Financiera de Colombia.
Cifras reportadas por el respectivo
administrador En el caso de los FCO y FCE, se
presentan las cifras correspondientes al número
de Encargos.
9
PORTAFOLIO CARTERAS/PIB (2005)
Fuente Estudio Comparativo de la Industria de la
Inversión Colectiva en Iberoamérica IIMV
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EVOLUCIÓN MONTO ADMINISTRADOCOMO PORCENTAJE DEL
PIB - COLOMBIA
Fuente Superintendencia Financiera de Colombia
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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilar de la regulación
  • Arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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PILAR PRINCIPAL
el legislador ha traslado el centro gravitatorio
de su actividad desde una posición protectora, en
la que el fin principal de la misma era la
seguridad del inversor, hacia una posición más
pasiva en la que el objetivo fundamental es que
el inversor reciba toda la información necesaria
para poder decidir de una manera plenamente
fundada su inversión. (IIMV)
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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilares de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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ARBITRAJES REGULATORIOS
  • Regulación basada en naturaleza del administrador
  • Pluralidad de regulación
  • Diferentes obligaciones del administrador y
    derechos del inversionista
  • Diferente nomenclatura
  • Diferentes conceptos de cartera colectiva

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PLURALIDAD DE REGULACIÓN
Decreto 2175/07 norma única
16
PLURALIDAD DE REGULACIÓN
Decreto 2175/07 norma única
Fuente Decreto 2175/07
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PLURALIDAD DE REGULACIÓN
Decreto 2175/07 norma única
Fuente Decreto 2175/07
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DIFERENTES OBLIGACIONESADMINISTRADOR
Estándares únicos para la constitución de la
Cartera
  • A través de
  • Estudio de factibilidad
  • Plan de continuidad
  • Exámenes

Acreditar Capacidad operativa Idoneidad
addores.
Objetivo - Recursos tecnológicos
suficientes - Experiencia necesaria para
operar - Directivos profesionales,
certificados e inscritos en el RNPMV
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DIFERENTES OBLIGACIONESADMINISTRADOR
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DIFERENTES DERECHOSINVERSIONISTAS
DECISIÓN DE INVERSIÓN
Antes
Después
- Destinación de recursos - Riesgos de la
inversión
Antes
- Información comparativa
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DIFERENTES DERECHOSINVERSIONISTAS
DECISIÓN DE INVERSIÓN
Antes
Después
- Deber de asesoría
Antes
- Constitución de participaciones
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DIFERENTES DERECHOSINVERSIONISTAS
DECISIÓN DE INVERSIÓN
Antes
Después
- Evolución de la inversión
Después
- Seguimiento labor administrador
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DIFERENTE NOMENCLATURA
A partir de los tipos generales de carteras
colectivas se establecen tipos especiales
Fuente Decreto 2175/07 Gráficas
Superintendencia Financiera de Colombia
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DIFERENTES CONCEPTOS DE CARTERA COLECTIVA
Unificación del concepto de Cartera
Colectiva Las carteras colectivas son
instrumentos de captación e inversión colectiva
de recursos, destinados al cumplimiento de una
política de inversión señalada en el respectivo
reglamento
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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilar de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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  • Definición
  • Carteras colectivas cerradas
  • Destinan 2/3 de aportes a adquisición de activos
    diferentes a valores inscritos en el RNVE
  • No requiere autorización previa
  • Sociedad administradora
  • Sociedades comisionistas de Bolsa
  • Sociedades fiduciarias
  • Sociedades administradoras de inversión
  • Órganos de administración
  • Gerente
  • Comité de inversiones
  • Comité de vigilancia
  • Gestor profesional

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  • Inversión mínima
  • 600 SMLMV
  • Se permite aportes en especie
  • Número mínimo de inversionistas
  • Dos
  • Órganos de control
  • Revisor Fiscal

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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilar de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • 3. El Decreto en la práctica
  • 4. Reflexiones finales

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FUERZA DE VENTAS
  • Definición
  • Promotores vinculados a administrador
  • Responsabilidad
  • Su desempeño obliga al administrador
  • Obligaciones
  • Identificarse como promotor
  • Entregar información veraz, suficiente y oportuna
  • Conocer el perfil de riesgo del posible
    inversionista

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CONFLICTOS DE INTERÉS
Las situaciones generadoras de conflictos de
interés deben revelarse, manejarse y resolverse
Depósitos en cuentas bancarias de la matriz (10
activos)
Invertir el administrador en la cartera
colectiva
Situaciones Permitidas
Adquirir créditos De la matriz (10 activo)
(15 valor)
Adquirir valores emitidos por la matriz (30
activos)
Regla general
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CONFLICTOS DE INTERÉS
Las situaciones generadoras de conflictos de
interés deben revelarse, manejarse y resolverse
Utilizar disponible para provecho del
administrador o su matriz
Comprar o vender activos a accionistas
y administradores de la sociedad administradora
Situaciones Prohibidas
Actuar como contraparte de la cartera
Adquirir valores colocados Por admnisrador/
underwrintig
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FUSIONES Y CESIONES
Conservar la unidad de la cartera colectiva,
antes que su liquidación, es un mecanismo para
proteger los intereses de los adherentes
Decisión previa Junta y Asamblea Inversionist
as Info. a SFC
Derecho de retiro ausentes y disidentes
Fusión
Cesión
Decisión previa Junta y Autorización SFC
Derecho de retiro para todos
los inversionistas
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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilar de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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CONSTITUCIÓN
Todas las carteras deben constituirse como del
mercado monetario, inmobiliarias, de margen, de
especulación y bursátiles? No, estos tipos son
enunciativos. Lo necesario es que sean abiertas,
cerradas o escalonadas
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CONSTITUCIÓN
Todas las carteras que inviertan en inmuebles
deben constituirse como carteras colectivas
inmobiliarias? No. Solamente aquellas que
inviertan el 60 o más de los recursos en activos
de esta naturaleza
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CALIFICACIÓN
Es obligatoria la calificación para las carteras
colectivas? No, es optativa.
Se debe revelar al público toda calificación
contratada por la sociedad administradora? Si,
las sociedades administradoras deberán dar a
conocer al público todas las calificaciones que
contraten.
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LIMITES DE CONCENTRACIÓN
Todas las carteras requieren límite de
concentración por inversionista? No. Solamente
las abiertas y del mercado monetario cuyo límite
será del 10. Para las demás carteras colectivas
se podrán establecer límites de concentración por
inversionista en sus reglamentos. Cuando no
existan se exige revelar exposición al riesgo.
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LÍMITE RECURSOS ADMINISTRADOS
En el caso que un administrador tuviera varias
carteras bajo su administración y tan sólo una
se hubiera ajustado a lo establecido en el
decreto 2175/07, debe el administrador aplicar
el límite a los recursos administrados estipulado
en el decreto? No. Este límite sólo se aplicará
cuando el total de las carteras administradas se
hayan ajustado a lo establecido por el decreto
2175/07
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REMUNERACIÓN
El hecho que la remuneración sea previa y fija,
implica que sólo se puede cobrar un tipo de
comisión? No. Se pueden establecer comisiones
sobre rendimientos o sobre el valor de la cartera
colectiva, siempre y cuando éstas sean previas y
fijas
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RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
Cómo aplica el régimen de transición? Seis meses
para adaptación de reglamentos al nuevo decreto,
no obstante en cuanto surjan nuevas
reglamentaciones, este plazo se acordará con la
industria en la aplicación de los aspectos
regulados
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ÍNDICE
  • Industria
  • Decreto 2175 de 2007
  • Pilares de la regulación
  • Eliminación de arbitrajes regulatorios
  • Fondos de Capital Privado
  • Otros aspectos de interés
  • El Decreto en la práctica
  • Reflexiones finales

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IMPORTANCIA ESTRATÉGICA
  • PYMES ? compra o descuento de facturas, cheques,
    pagarés, etc ? Liquidez
  • PYMES ? Inyección de capital de trabajo ?
    crecimiento ? potenciales emisores ?
    profundización del mercado de capitales
  • Sector inmobiliario ? inversiones de carteras
    colectivas ? Desarrollo
  • Mercado de derivados ? carteras colectivas de
    especulación ? Desarrollo

Siempre y cuando se constituya como una
estrategia de salida de los Fondos de Capital
Privado
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RETOS
  • Implementación mecanismos que permitan una
    migración ordenada y razonable de la industria a
    la nueva regulación
  • Promoción y difusión con el fin de educar a los
    inversionistas para entender los riesgos de la
    inversión
  • Crecimiento de la industria a través de productos
    novedosos que ofrezcan diversificación por
    plazos, riesgos y activos de inversión
  • Custodio - Especialización Economías de escala
  • Implementación nuevos productos Capital
    Garantizado

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Muchas Gracias
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