Ejercicios de Simulacin - PowerPoint PPT Presentation

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Ejercicios de Simulacin

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Es el motor, la ruta de navegaci n y la br jula del litigante. ... EXPLICACION SOBRE LA CONDUCTA QUE SE VERIFICA BAJO ALGUNA EXCUSA LEGAL ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Ejercicios de Simulacin


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Teoría del Caso
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Temas
  • Concepto de Teoría del Caso
  • Rol del litigante
  • Características de la Teoría del Caso
  • Elaboración de la Teoría del Caso
  • Proposiciones fácticas
  • Tipos de evidencia
  • Un caso práctico

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Es el motor, la ruta de navegación y la brújula
del litigante.
  • Es la estrategia básica y subyacente a toda la
    intervención en un juicio.
  • Debe ser una simple, lógica y persuasiva historia
    acerca de lo que realmente ocurrió.

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  • La teoría del caso es aquella idea central,
    esencial y básica que adoptamos para plantearnos
    en un juicio y que da cuenta de nuestra teoría
    legal y de cada uno de los elementos que la
    conforman, utilizando para ello las pruebas
    veraces, creíbles y coherentes que disponemos
    para apoyar cada una de nuestras proposiciones
    fácticas.
  • A partir de su versión de los hechos, el
    litigante debe englobar en un todo ordenado los
    detalles, las evidencias, los distintos elementos
    fácticos que sirven a su teoría jurídica.

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  • TEORIA LEGAL
  • DESCRIPCION DEL TIPO PENAL.
  • BAJO ARGUMENTOS SENCILLOS Y CORTOS, DESCRIBIR YA
    SEA CUANDO SE INTEGRA O NO, O BIEN CUAL ES LA
    TEORIA OPUESTA.
  • TEORIA MORAL
  • LA ARGUMENTACION DEBE SER EN RELACION AL CASO EN
    PARTICULAR.
  • EXPLICACION SOBRE LA CONDUCTA QUE SE VERIFICA
    BAJO ALGUNA EXCUSA LEGAL
  • POR LA QUE SE DEBE RESOLVER DE DISTINTA MANERA.

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(No Transcript)
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  • La tarea del litigante es persuadir al tribunal
    con los mejores argumentos, los que deben ser
    presentados ordenada, coherente y claramente, en
    estricta correspondencia con la Teoría del Caso
    previamente definida.

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  • Además de la preocupación en el juicio por las
    normas, los principios jurídicos y los medios de
    prueba, debemos entender que al abogado le
    corresponde el rol de narrador de una historia.
  • A través de las preguntas y de las respuestas
    vinculadas a los hechos más significativos, el
    litigante relata al tribunal su versión de lo que
    realmente sucedió.

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  • Una buena teoría del caso debe proveer un punto
    de vista cómodo y confortable desde el cual el
    tribunal pueda mirar toda la actividad probatoria.

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  • Características de la Teoría del Caso
  • Sólo podemos presentar y defender ante el
    tribunal oral una única teoría del caso, por lo
    tanto, las peticiones subsidiarias deben ser
    desterradas.
  • No resulta creíble presentar versiones
    alternativas.
  • No resulta creíble presentar testigos que
    acrediten una versión y luego presentar otros que
    acrediten una versión distinta.
  • La teoría del caso debe ser autosuficiente.
  • Por lo general, la Teoría del Caso depende del
    conocimiento que tengamos de los hechos de la
    causa.

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  • TEORIA DEL CASO
  • Es una guía práctica para plantear nuestras
    promesas en el Alegato de Apertura y nuestras
    conclusiones en el Alegato de Clausura.
  • Debe ser autosuficiente, la idea central.
  • Debe ser capaz de explicar la forma en que
    ocurrieron los hechos.
  • Debe dotar de lógica y sentido a los hechos que
    rodean el caso.
  • Para ello el litigante debe conocer
    exhaustivamente los hechos y las pruebas,
    evitando dejar cabos sueltos.
  • Por ejemplo, el Ministerio Público debería tener
    una muy buena explicación para justificar el
    hecho de que después de una supuesta violación,
    la víctima salió de viaje con el acusado.

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  • La Teoría del Caso
  • Debe ser creíble,
  • formulada en términos simples.
  • Los hechos deben ser posibles de ser reconducidos
    a la experiencia cotidiana y general de la gente,
    a argumentaciones que tengan un desarrollo causal
    y
  • que estén avalados por conocimientos científicos
    generales, que doten de plausibilidad y
    razonabilidad al relato que se intenta acreditar
  • La presentación puede haber sido técnicamente
    impecable, las evidencias pueden haber sido
    presentadas de una manera coherente, nuestra
    teoría jurídica puede haber sido apoyada por
    sólidos fundamentos... Sin embargo, qué pasa si
    el tribunal no cree en la teoría del caso
    presentada?

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  • La Teoría del Caso debe estar asociada a un valor
    o bien jurídico reconocido por la sociedad.
  • Así en el caso del homicidio, el Ministerio
    Público podrá hacer alusión a la vida de la
    víctima y de las consecuencias para su familia.
  • Por su parte la defensa podrá hacer alusión a la
    proporcionalidad de las penas.

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  • Elaboración de la Teoría del Caso
  • Es la actividad intelectual de construcción,
    revisión y confirmación de la estrategia a seguir
    durante un juicio oral.
  • Dicha actividad, en el fondo, es un proceso
    diacrónico y de mejoramiento continuo que se va
    alterando en la medida que el conocimiento de los
    hechos se va modificando, hasta que finalmente se
    aprueba la estrategia final.

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Pasos
  • Investigar y conocer todos los hechos.
  • Determinar los elementos legales relevantes
    (construcción de nuestra teoría jurídica).
  • Traducir los elementos de la teoría jurídica en
    proposiciones fácticas.
  • Verificar las pruebas de que disponemos para
    acreditar cada una de las proposiciones fácticas.
  • Identificar el valor o el bien jurídico central
    involucrado en el caso o tema del caso.

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  • 6. Elaborar el lema del caso, es decir, una
    frase breve que identifique de manera clara la
    cuestión central debatida, de preferencia debe
    ser usado en los alegatos 6de apertura y de
    clausura.
  • Analizar pormenorizadamente los relatos de los
    peritos propios y de la contraparte.
  • Evaluación del tipo de evidencia disponible
    (directa o indirecta afirmativa o de
    refutación).
  • Revisión de la licitud de la prueba que se
    pretende incorporar en el juicio y evaluar otros
    riesgos y daños potenciales que podría causar la
    contraparte.
  • Verificar la consistencia y credibilidad del
    relato.

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  • Determinar las peticiones concretas que se
    efectuarán en el juicio y los antecedentes con
    que se cuenta para ello.
  • Determinar las peticiones concretas que
    posiblemente efectuará la contraria en el juicio
    y los antecedentes con que cuenta para ello.
  • Determinar la posición que se adoptará frente a
    los argumentos de la parte contraria y los
    antecedentes con que cuenta.
  • Consultar opiniones.
  • Reformular, repasar y aprobar la versión
    definitiva de la Teoría del Caso.

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(No Transcript)
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Las proposiciones fácticas
  • Una proposición fáctica es una afirmación de
    hecho que satisface un elemento legal.
  • Es un elemento legal reformulado en un lenguaje
    corriente, que se remite a experiencias concretas
    del caso.

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Las proposiciones fácticas
  • Constituyen una afirmación, esto es, la
    descripción que efectúa el acusado, el testigo o
    el perito acerca de aquello que él ha observado u
    oído, o de las opiniones que su conocimiento
    experto le validan frente a circunstancias
    fácticas determinadas.
  • Objetivo la descripción que se realice debe ser
    capaz de satisfacer la exigencia formulada por el
    elemento legal respectivo.

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  • Importancia Las proposiciones fácticas eliminan
    la distancia entre la historia narrada (relato),
    y las teorías legales o jurídicas, señalándonos
    indirectamente las conclusiones fácticas a las
    que debe arribar el juzgador para resolver la
    disputa.
  • Oportunidad No olvidemos que tanto en el
    Discurso de Apertura como en el Discurso de
    Clausura debemos indicarle expresamente al
    tribunal cuáles son las proposiones fácticas que
    le permitirán resolver el conflicto.

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  • Ventajas
  • Nos permiten ordenar la investigación de un caso.
  • Nos permiten ordenar los argumentos.
  • Facilitan la presentación en el juicio oral.
  • Son indicadores que sirven para predecir los
    resultados del juicio.
  • Nos ayudan a definir los criterios según los
    cuales vamos a ir presentando las pruebas.

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DELITO de FRAUDE
  • Elemento Engaño
  • Proposición fáctica n 1 Pedro le dice a Jorge
    que es un empresario hotelero con planes de
    construir un complejo turístico.
  • Proposición fáctica n 2 Pedro le pide
    financiamiento a Jorge.
  • Proposición fáctica n 3 Pedro le exhibe a
    Jorge supuestos premios de una asociación
    hotelera internacional, los planos y las
    autorizaciones para construir, todos los cuales
    son falsos.
  • Proposición fáctica n 4 Pedro hace venir al
    falso arquitecto Juan para que le exhiba y
    explique a Jorge la maqueta del complejo.

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  • Elemento n 2 Error
  • Proposición fáctica n 1 Jorge cree que Pedro
    es un empresario turístico y que efectivamente va
    a desarrollar un proyecto turístico en los
    términos que Juan le explicó.

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  • Elemento n 3 Disposición patrimonial
  • Proposición fáctica n 1 Jorge transfiere US
    50 millones a la cuenta bancaria de Pedro.
  • Proposición fáctica n 2 Pedro suscribe un
    documento privado en el que señala que se le
    devolverá el dinero a Jorge.
  • Nota Puede haber varias
    proposiciones
  • fácticas para cada uno de
    los elementos.

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  • Elemento n 4 Perjuicio patrimonial
  • Proposición fáctica n 1 Jorge pierde el dinero.
  • Proposición fáctica n 2 El proyecto no se
    realiza.

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  • Elemento n 5 Dolo
  • Proposición fáctica n 1 Pedro no es y nunca ha
    sido empresario hotelero.
  • Proposición fáctica n 2 Pedro nunca ha pensado
    construir un complejo turístico.
  • Proposición fáctica n 3 Juan no es arquitecto.
  • Proposición fáctica n 4 Pedro sabe que los
    premios, los planos, la maqueta, las
    autorizaciones son sólo un invento.
  • Proposición fáctica n 5 Pedro no piensa
    devolver el dinero que obtiene de Jorge.

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Tipos de evidencia
  • Afirmativa Permite acreditar una determinada
    proposición fáctica. Acredita un hecho que guarda
    relación con un elemento del tipo penal. Ej el
    testigo vio al acusado disparar el arma.
  • De refutación Intenta debilitar o destruir la
    evidencia afirmativa de la contraparte. Niega la
    veracidad de la evidencia de la parte contraria
    (Ej testigo refiere que la víctima de violación
    estaba enamorada del acusado y esta había dicho
    que no lo conocía con anterioridad) o permite
    sostener una conclusión diferente (Ej acusado
    reconoce haber disparado contra la víctima pero
    señala que lo hizo en legitima defensa).
  • De credibilidad Da sustento de verosimilitud a
    otra prueba (testigo que refuerza lo dicho por el
    acusado en el sentido de que se defendió de la
    víctima, la cual también portaba un cuchillo)
  • Explicativa Entrega antecedentes que permiten
    entender el caso. Ej perito que declara acerca
    de las características agresivas del carácter del
    acusado por homicidio.

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Tipos de evidencia
  • Emocional
  • Aprovecha aspectos emotivos asociados a la
    verosimilitud o credibilidad. Ej víctima de
    violación que al consultársele por el acceso
    carnal rompe en llanto. El fiscal le dice que
    sabe que es difícil pero le pide el último
    esfuerzo por relatar los hechos.
  • Directa
  • Demuestra una proposición fáctica por si sola.
    Litigante debe dotar de credibilidad a este
    testigo o perito.
  • Indiciaria
  • Evidencia que unida a otros medios de prueba
    permiten llegar a una determinada conclusión. Ej
    ropas rasgadas y sucias de una víctima de
    violación.

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1. Evidencia Afirmativa
  • Hechos que tienden a demostrar la exactitud de
    una proposición fáctica.

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2. Evidencia de refutación
  • Tienden a debilitar la prueba afirmativa del
    adversario.
  • Pueden ser de dos clases
  • Pidiéndole al tribunal que no crea o que no
    acepte la prueba ofrecida por la contraparte
    (negación)
  • Aceptar la exactitud de la prueba del adversario,
    pero pidiéndole al tribunal que extraiga una
    conclusión diferente de la que la contraparte
    solicita.

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3. Evidencia de credibilidad
  • Aquélla que tiende a darle razones al juzgador
    para que considere verosímil nuestra prueba.
  • Es un respaldo a nuestras pruebas.

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4. Evidencia explicativa
  • Evidencia afirmativa que indica al tribunal por
    qué los hechos sucedieron de una cierta manera y
    no de otra.
  • La prueba explicativa tiende a apoyar las
    proposiciones fácticas porque una historia que
    tiene razones que la expliquen es con frecuencia
    más verosímil.
  • Tendemos a creer más aquellas historias que
    podemos justificar razonablemente.

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  • La Prueba Directa demuestra una proposición
    fáctica sin necesidad que haya una inferencia o
    conclusión derivada de otras premisas.
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