Title: Diapositiva 1
1Normativa Legal Nacional e Internacional
Equipo Nº 9 Ing. Maikel Palma Ing. Ramón
Lara Ing. Walner Castro
2Normativa Legal Nacional e Internacional
- Contenido
- Organismos y Normativas Internacionales
- Conocer la Legislación Venezolana vigente en
materia de Seguridad y Salud Ocupacional. - Identificar los principales aspectos dispuestos
en la Ley Orgánica de Prevención y Medio Ambiente
de Trabajo. - Establecer las bases teóricas para la
organización de Programas de Seguridad y Salud
Ocupacional. - Caso Práctico.
3Organización Internacional del Trabajo (OIT)
- Origen Se crea con ocasión de la firma del
Tratado de Versalles en 1919. - Objetivo Promover y cumplir las normas y los
principios y derechos fundamentales en el
trabajo, generar mayores oportunidades para que
mujeres y hombres puedan tener empleos e ingresos
dignos, mejorar la cobertura y la eficiencia de
una seguridad social para todos, fortalecer el
tripartismo y el diálogo social. - Quienes las conforman 178 países miembros.
- PIACT Programa Internacional sobre la Mejora de
las Condiciones de Trabajo. Origino la creación
del Convenio Nro. 155
4Organización Mundial de la Salud (OMS)
- Origen El 7 de abril de 1948 se crea de manera
oficial la Organización Mundial de la Salud, que
depende de las Naciones Unidas. - Objetivo Es la autoridad directiva y
coordinadora de la acción sanitaria en el sistema
de las Naciones Unidas cuyo fin radica, en
alcanzar para todos los pueblos de la tierra el
grado más elevado posible de salud. - Quines la conforman. Los Miembros de la OMS han
sido divididos en grupos, según un criterio de
distribución geográfica (193 Estados Miembros). - Funciones
- Promover la prevención de accidentes.
- Realizar investigaciones sobre la salud.
- Brindar ayuda técnica en temas de salud a los
gobiernos. - Proporcionar ayuda técnica en temas de salud a
los gobiernos.
5Asociación Internacional de la Seguridad Social
(AISS)
- Origen En octubre de 1927, se lanzó en
Bruselas la Conferencia Internacional de la
Mutualidad y de los Seguros Sociales de las
Naciones Unidas. Impulsada por Albert Thomas,
primer director de la OIT, los delegados de 17
organizaciones se reunieron representando a
aproximadamente 20 millones de asegurados de
Europa. Se estableció en Ginebra una Secretaría,
con la asistencia de la OIT. - Objetivo Promover una seguridad social dinámica
como dimensión social de un mundo en proceso de
globalización, a través del fomento de la
excelencia en la administración de la seguridad
social. - Prioridades
- Procesos de reforma de la seguridad social
extensión de la cobertura de la seguridad social
promoción de una seguridad social dinámica a
nivel internacional.
6Comunidades Europeas
- Tratados constitutivos de las Comunidades
Europeas - La Comunidad Europea del Carbón y del Acero
(CECA), constituida por el Tratado de Paris de
1951. - La comunidad Económica Europea (CEE),
constituida por el Tratado en Roma de 1957. - La Comunidad Europea de la Energía Atómica
(EURATOM), constituida también, igual que la CEE,
por el Tratado de Roma de 1957.
7 Instituto Nacional Estadounidense de Estándares
(ANSI)
- Origen En 1918, cinco sociedades dedicadas al
mundo de la ingeniería y tres agencias
gubernamentales fundaron el Comité Estadounidense
de Estándares para la Ingeniería. - Funciones
- Acredita a organizaciones que realizan
certificaciones de productos o de personal de
acuerdo con los requisitos definidos en los
estándares internacionales. - Organización sin ánimo de lucro que supervisa el
desarrollo de estándares para productos,
servicios, procesos y sistemas en los Estados
Unidos. - La organización también coordina estándares del
país estadounidense con estándares
internacionales, de tal modo que los productos de
dicho país puedan usarse en todo el mundo
8Administración de Seguridad y Salud Ocupacional
(OSHA)
- Origen 29 de diciembre de 1970 El Presidente
Richard M. Nixon firma la Ley OSH de 1970. - Misión OSHA es la de asegurar la seguridad y
salud de los trabajadores in América
estableciendo y haciendo cumplir normas,
ofrecimiento de adiestramientos y educación,
estableciendo asociaciones y motivando a un
mejoramiento continuo en la seguridad y salud en
el lugar de trabajo. - OSHA brinda un liderazgo nacional en el campo de
la seguridad y de la salud ocupacional.
9Normativa Internacionales en Prevención de
Riesgos Laborales.
- La trascendencia de estas normativas se basan en
dos razones fundamentales - El hecho de que las organizaciones
internacionales acogen determinados derechos y
los elevan a la categoría de derecho básico. - La norma internacional produce un efecto
estandarizador de ciertos derechos.
10Constitución Nacional de la Republica Bolivariana
de Venezuela
Artículo 87.- Todo patrono o patrona garantizará
a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de
seguridad, higiene y ambiente de trabajo
adecuados. El estado adoptara medidas y creará
instituciones que permitan el control y la
promoción de estas condiciones. Artículo
86.- Toda persona tiene derecho a la seguridad
social. Artículo 83.- La salud es un derecho
social fundamental, obligación del
Estado. Artículo 43.- El derecho a la vida es
inviolable.
11Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias
- Leyes Orgánicas
- Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo - Ley Orgánica del Trabajo.
- Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.
- Ley Orgánica del Ambiente
- Leyes Ordinarias
- Ley para personas con discapacidad.
- Ley sobre sustancias, materiales y desechos
peligrosos.
12Reglamentos y Ordenanzas Municipales
- Reglamentos
- Reglamento de las condiciones de Higiene y
Seguridad en el Trabajo. - Reglamento parcial de la Ley Orgánica de
Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo. - Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
- Ordenanzas Municipales
- Decretos
13Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Artículo 1.- (Objeto de la ley). Artículo 15.-
(Entes de Gestión). Artículo 39, 40.- (Creación
de departamentos internos y sus
funciones). Artículo 41.- (Delegados de
Prevención). Artículo 46.- (Comité de Seguridad
y Salud Laboral). Artículo 55.- (Derechos de los
empleadores). Artículo 56.- (Deberes de los
Empleadores).
14Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Artículo 61.- (PSSL y Política de
Seguridad). Artículo 69.- (Accidentes de
Trabajo). Artículo 70.- (Enfermedad
Ocupacional). Artículo 124.- (Sanciones leves,
graves y muy graves). Artículo 126.-
(Reincidencia).
15Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo(Art. 61 de la LOPCYMAT)
Concepto. Objetivo. Importancia. Marco Legal.
Ministerio del Trabajo. INPSASEL. Comité de SSL.
Contenido.
16Obligaciones Más Resaltantes del Empleador
NOTIFICACIONES 1. Informar por escrito a los
trabajadores sobre la prevención de condiciones
inseguras tanto al ingresar como al producirse un
cambio en el proceso laboral o puesto de trabajo
(Art. 56,3). 2. Instruirlos y capacitarlos en la
prevención de accidentes y enfermedades y en el
uso de implementos de seguridad (Art. 56,3). 3.
Informar a los trabajadores y al Comité de
Seguridad y Salud Laboral las condiciones
inseguras a la que están expuestos los
trabajadores (Art. 56,4). 4. Notificar al
INPSASEL las condiciones inseguras y medios para
controlarlas en caso de actividades peligrosas
consideradas por el reglamento como susceptibles
de controles especiales (Art. 56,13).
17Obligaciones Más Resaltantes del Empleador
- DECLARACIONES DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
- 1. Notificar al INPSASEL los accidentes y
enfermedades ocupacionales (Art. 56,11). - 2. Plazo 24 horas siguientes a la ocurrencia
del accidente de trabajo o diagnóstico de la
enfermedad ocupacional. (Art. 73). - Notificaciones adicionales
- 3.1 Al Comité de Seguridad y Salud Laboral.
- 3.2 Al sindicato
18Categorías de Daños (ART. 78)
- Discapacidad temporal (por un tiempo
determinado). - 2. Discapacidad parcial permanente (menor del
67). - 3. Discapacidad total permanente para el trabajo
habitual (igual o mayor al 67). - 4. Discapacidad absoluta permanente para
cualquier tipo de actividad (igual o mayor al 67
para cualquier actividad). - 5. Gran discapacidad.
- 6. Muerte.
19Indemnizaciones por Accidentes y Enfermedad
Ocupacional (ART. 130)
- Muerte o gran discapacidad entre 5 y 8 años de
salario. - 2. Discapacidad absoluta permanente entre 4 y 7
años de salario. - 3. Discapacidad total permanente entre 3 y 6
años de salario. - 4. Discapacidad parcial permanente mayor del
veinticinco por ciento (25) Entre 2 y 5 años de
salario. - 5. Discapacidad parcial permanente de hasta el
veinticinco por ciento (25) de la capacidad
física o intelectual para la profesión u oficio
habitual Entre 1 y 4 años de salario . - 6. Discapacidad temporal El doble del salario
correspondiente a los días de reposo. - 7. Gran discapacidad asociada a la discapacidad
temporal El triple del salario correspondiente a
los días que hubiere durado la incapacidad. - 8. Secuela o deformaciones permanentes que hayan
vulnerado la facultad humana del trabajador, más
allá de la simple pérdida de su capacidad de
ganancias 5 años de salario. - A los efectos de estas indemnizaciones, el
salario base para su cálculo será el salario
integral devengado en el mes de labores
inmediatamente anterior.
20Caso Práctico
- 1.- Determinar el monto de la indemnización de un
trabajador que sufre la pérdida del dedo pulgar e
índice de su mano hábil, dicho accidente es
catalogado un accidente laboral. Determinar Tipo
de discapacidad y El monto de la indemnización si
su salario base es de 15.000 Bs/año. - Baremo para Evaluación de Incapacidad del
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
(IVSS) y la Ley Orgánica de Prevención,
condiciones y Medio ambiente de Trabajo
(LOPCYMAT).
21Caso Práctico
- MIEMBRO SUPERIOREn los casos de lesión anatómica
y/o funcional del miembro más hábil se adicionará
un 5 del porcentaje de incapacidad calculado.
En el caso en que existan rangos de porcentaje,
el criterio a seguir para la determinación del
porcentaje en el caso particular será en función
del recupero de la funcionalidad del miembro y de
la prótesis colocada. - Pérdida del dedo pulgar 25
5 30 - Pérdida del dedo índice 15
5 20 - Porcentaje Total de Discapacidad 50
22Caso Práctico
- El artículo 20 de la LSS, indica que el
asegurado que a causa de enfermedad profesional o
accidente quede con incapacidad para trabajar
mayor del 20 y menor del 66.66 esta se
considera como Incapacidad Parcial. -
- Este trabajador va a recibir 2 tipos de
indemnizaciones - 1.- Pagada por la seguridad social con base
al artículo 80 2 de la Lopcymat. - 2.- por parte del patrono como sanción
porque su conducta negligente, imprudente etc.,
ocasionó una lesión al trabajador (Art. 130).
23Caso Práctico
- Así tenemos que desde el momento en que fue
declarado la discapacidad el trabajador recibirá - a) Por parte de la Seguridad Social, una
mensualidad de Bs 1.071,42 mas 2 mensualidades
extra por el mismo monto cada año (pagaderos por
ejemplo en Diciembre) resultante de dividir su
salario de referencia entre 14 (15.000/14
1.071,42) y dicha pensión será de por vida y no
podrá heredarla sus sobrevivientes en caso de
fallecer.
24Caso Práctico
- b) Por parte del patrono, una indemnización
única cuyo valor oscila entre 2 y 5 años de
salario según determine la autoridad competente
/Art. 130 4). El salario de esta indemnización
no es el mismo de la letra a), sino el salario
integral que halla recibido el trabajador en el
ultimo mes antes del accidente /Art. 133 de la
Ley de Trabajo.
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