Title: Revisi
1Revisión en vía administrativa en la nuevaLey
General Tributaria
Elaborado por María José Álvarez Suárez
21 NORMAS COMUNES.(Título V Capítulo I)
- Medios de revisión (art. 213)
- a) Procedimientos especiales de revisión.
- b) Recurso de reposición.
- c) Reclamaciones económico-administrativas.
- Límites
- - Resoluciones económico-administrativas.
- - Sentencias judiciales.
- Remisión a normas comunes (art.214)
- Exigencia de motivación (art. 215)
32 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- Procedimientos especiales de revisión (art. 216).
- 1º Nulidad de pleno derecho.
- 2º Declaración de lesividad.
- 3ª Revocación.
- 4º Rectificación de errores.
- Principales novedades
- Adaptación a la Ley 30/1992
- Regulación expresa de la revocación y supresión
de la anulabilidad
42 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- I)Nulidad de pleno derecho (artículo 217).
- 1) Actos y resoluciones, que hayan puesto fin a
la vía administrativa o que no hayan sido
recurridos en plazo. - 2) Casos
52 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- 3) Procedimiento para declarar la nulidad de
pleno derecho - a) Iniciación
- De oficio o a instancia del interesado.
- Inadmisión a trámite en casos tasados.
- b) Tramitación
- Audiencia al interesado.
- Dictamen favorable previo del Consejo de Estado u
órgano equivalente de la respectiva CC.AA. - c) Terminación
- Resolución del Ministro de Hacienda en el ámbito
del Estado. - Plazo máximo de 1 año para notificar la
resolución.
62 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- II) Declaración de lesividad (artículo 218).
- 1)Concepto La Administración podrá declarar
lesivos para el interés público sus actos y
resoluciones favorables a los interesados que
incurran en cualquier infracción del ordenamiento
jurídico, a fin de impugnarlos en vía
contencioso-administrativa.
72 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- III) Revocación (artículo 219).
- 1) Concepto Revocación en beneficio de los
interesados de actos de aplicación de los
tributos e imposición de sanciones (no alcanza a
las resoluciones económico-administrativas) en
los siguientes casos - Se estime que infringen manifiestamente la ley.
- Circunstancias sobrevenidas pongan de manifiesto
la improcedencia del acto dictado. - En la tramitación del procedimiento se haya
producido indefensión.
82 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- 2) Procedimiento para la revocación
- a) Iniciación
- De oficio
- El art. 221.3 se remite al 216. c).
- b) Desarrollo
- Audiencia previa al interesado
- Informe del órgano con funciones de
asesoramiento jurídico
92 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- IV) Rectificación de errores (artículo 220).
- 1) Casos
- Rectificación de errores materiales, de hecho o
aritméticos realizada por el órgano que hubiera
dictado el acto o resolución, siempre que no
hubiera transcurrido el plazo de prescripción. - Corregirá el error en la cuantía o en cualquier
otro elemento. - Desaparece como motivo del recurso extraordinario
de revisión.
102 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- V) Devolución de ingresos indebidos (artículo
221). - 1) Procedimiento para reconocer el derecho a la
devolución de ingresos indebidos - a) Casos
- Duplicidad de pagos.
- Cantidad pagada superior al importe a ingresar
de un acto administrativo o de una
autoliquidación. - Ingreso de deudas o sanciones pasado el plazo de
prescripción.
112 - PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE REVISIÓN.
(Título V Capítulo II)
- 2) Procedimiento para ejecutar una devolución de
ingresos indebidos ya reconocida - Mediante el procedimiento para reconocer el
derecho a la devolución de ingresos indebidos. - Mediante un acto administrativo, resolución
económico-administrativa o judicial.