Title: Diapositiva 1
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2INTERMEDIACIÓN DE VALORES Y EL DESARROLLO DEL
MERCADO DE CAPITALES EN COLOMBIAXX SIMPOSIO
DEL MERCADO DE CAPITALESASOBANCARIACamilo Zea
GomezSUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Medellín, 29 de mayo de 2008
3Agenda
- Antecedentes
- Régimen de intermediación de valores Decreto
1121 - Cultura de cumplimiento
- Rol del autorregulador
4Agenda
- Antecedentes
- Régimen de intermediación de valores Decreto
1121 - Cultura de cumplimiento
- Rol del autorregulador
5Antecedentes
- Visitas a EEUU, Mexico, España y Brasil
- MHCP, SFC y Autorregulador
- ASOBANCARIA, ASOBOLSA, ASOFONDOS y BVC asistieron
a EEUU y España - Trabajo coordinado entre Autoridades e Industria
- Asesores especiales FINRA (Elliot Levine) e ICMA
(Richard Britton)
6Agenda
- Antecedentes
- Régimen de intermediación de valores Decreto
1121 - Cultura de cumplimiento
- Rol del autorregulador
7Nuevo régimen de intermediación
- Realización de actividades que tengan por
finalidad o efecto el acercamiento de demandantes
y oferentes en el sistema de negociación o en el
OTC, sea por cuenta propia o ajena, para comprar
o vender en el mercado primario o secundario
valores inscritos en el RNVE y la realización de
operaciones con derivados que sean valores - Deberes extensivos a derivados no estandarizados
Definición de la actividad
- Comisión y corretaje
- Fiducia de inversión y otras fiducias
- Cuenta propia en sistemas de negociación o
registro (Afiliados Vigiladas y Públicas) - Administración de carteras colectivas (regímenes
especiales siguen vigentes) - Underwriting
Operaciones autorizadas
- Posibilidad de transar OTC
- Obligatoriedad de registro de operaciones
- Compensación y liquidación DVP
- Prohibición de transacciones OTC entre partes
vinculadas y con entidades públicas.
Intermediación en el OTC
8Nuevo régimen de intermediación
Categorización de clientes
- Cliente inversionista
- Inversionista profesional
- Información
- Conflictos de interés
- Documentación
- Reserva
- Separación de activos
- Valoración
- Mejor ejecución
Deberes generales
Deberes frente a clientes inversionistas
- Asesoría
- Condiciones de mercado e información para
contraparte en el OTC
9 Nuevo régimen de
intermediación
- En síntesis Los Decretos y las Circulares
descansan sobre tres pilares rectores
10Nuevo régimen de intermediación
- 1. PROTECCIÓN
- Cultura de cumplimiento de los intermediarios
- Supervisión sobre el autorregulador, y de este
sobre los intermediarios y los mercados. - Énfasis Supervisión a intermediación por parte
de intermediarios sin licencia de agentes.
11Nuevo régimen de intermediación
2. EFICIENCIA (I)
- La competencia entre escenarios de negociación
permite innovación, reducción de tarifas y mejor
servicio. - Las fuerzas de mercado deben determinar dónde es
eficiente negociar.
12Nuevo régimen de intermediación
2. EFICIENCIA (II)
- El gran reto del nuevo esquema consiste en
minimizar la fragmentación del mercado y proteger
el proceso de formación de precios - Consolidación de toda la información de
escenarios de negociación. - Reglas de ejecución homogéneas para todos los
intermediarios en las relaciones con sus clientes
o contrapartes. - Estándares de transparencia, compensación y
liquidación de operaciones para todos los
escenarios de negociación. - Supervisión transversal de todos los escenarios
de negociación.
13Nuevo régimen de intermediación
3. TRANSPARENCIA
- Todos los mercados deben recoger y revelar la
información sobre las negociaciones. - No es un fin en sí misma sino un medio para velar
por una apropiada formación de precios. - La suficiencia, simetría y oportunidad de la
información revelada al público tiene un impacto
sobre la liquidez - Protegiendo las posiciones de volumen de
institucionales (dealers), - Reduciendo el margen de compra y venta (bid ask
spread)
14Agenda
- Noción de intermediación de valores
- Cultura de cumplimiento
15Agenda
- Antecedentes
- Régimen de intermediación de valores Decreto
1121 - Cultura de cumplimiento
- Rol del autorregulador
16Cultura de Cumplimiento
17Cultura de Cumplimiento
- Elementos de una cultura de cumplimiento
- Supervisión de la Junta directiva a partir de
reportes de las áreas de control interno - Políticas y procedimientos y apropiada
documentación de que las mismas se cumplen - Oficiales designados para realizar el control
- Monitoreos y auditorias permanentes
- Mecanismos de acusación anónimos (whistleblowers)
y capacidad para hacer investigaciones internas - Mecanismos para llevar a cabo sanciones
disciplinarias internas
18Cultura de Cumplimiento
- Políticas y Procedimientos Las políticas y
procedimientos deben documentar y articular
adecuadamente los estándares, expectativas y
consecuencias de conductas contrarias a la
cultura de la organización
- Comportamiento y Valores El intermediario debe
articular la cultura deseada mediante la clara
definición de valores y de lo que es el
comportamiento esperado de sus funcionarios
- Monitoreo y Disciplina Los empleados senior del
intermediario deben llevar el liderazgo para
arraigar la cultura deseada estableciendo
límites, haciéndoles seguimiento y sancionando
sus incumplimientos
19Agenda
- Antecedentes
- Régimen de intermediación de valores Decreto
1121 - Cultura de cumplimiento
- Rol del autorregulador
20Rol del autorregulador
MOU Reconocimiento institucional de la
autorregulación. Coordinación y colaboración
mutua. Principio de actuación pronta y oportuna.
Criterios para evitar ausencia o duplicidad de
gestión. Las materias en las cuales cada parte
enfocará su gestión. Esquemas de trabajo
conjunto. La solicitud de información, traslado
de pruebas, colaboración y entrega de documentos.
SUPERVISIÓN EFECTIVA DEL MERCADO DEFINICIÓN DE
PRINCIPIOS Y CRITERIOS PARA EL DESARROLLO
PRIORITARIO DE SUS ACTIVIDADES CON EL FIN DE
EVITAR DUPLICIDAD E INCREMENTAR LA COLABORACIÓN
21Rol del autorregulador
- Producto del MOU y la consolidación del AMV, la
SFC reconoce mediante la Circular Externa - El autorregulador es el supervisor de primera
línea en la actividad de intermediación de
valores incluyendo la regulación de miembros y la
regulación de mercados (cambia enfoque de
conductas a enfoque integral). - El autorregulador expedirá las normas para el
funcionamiento adecuado de las actividades y
operaciones que constituyen intermediación en el
mercado de valores. - Parámetros de las políticas y procedimientos que
precisen una cultura de cumplimiento común - Parámetros de lo que debe contener el libro
órdenes. - El autorregulador será quien de primera mano
evalúe la cultura de cumplimiento de los
intermediarios. - El autorregulador se convertirá en prioridad de
supervisión la SFC. - Decreto en curso AMV instruirá por mecanismos
diferentes a los reglamentos
22Muchas Gracias