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Diapositiva 1

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Fiscal, Sindico, IMSS e INFONAVIT, Econom a y Estad sticas, CNIMME ... multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el salario ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
  • AGENDA
  • 700 a 715 Registro de Participantes
  • 715 a 730 Desayuno
  • 730 a 800 Bienvenida de asistentes / Reporte
    de Subcomités
  • Fiscal, Sindico, IMSS e INFONAVIT,
    Economía y Estadísticas, CNIMME
  • Capacitación y Entrenamiento, Comercio
    Exterior, Foro
  • Mesa redonda (asuntos generales)
  • 800 a 820 Presentación de la nueva Sub
    Administradora de asistencia al contribuyente
    Adriana Lozano. Asistencia por parte del
    departamento de Auditoria de SHCP para aclaración
    de dudas relacionadas con devolución parciales o
    fuera de plazo. Asistentes Rubén Garza
    Administrador Local de Auditoria y Abelardo
    Cancino Sub Adminitrador de Auditoria.
  • 820 a 900 Presentación por parte de Juan
    Antonio Díaz acerca de las Iniciativas de
    Reformas Fiscales 2010

2
Reporte IMSS/INFONAVIT Septiembre 2009
- Anexos del Dictamen Fiscal
3
Reporte IMSS/INFONAVIT Septiembre 2009
- Reporte Outsourcing
  • En la reforma al articulo 75 de la Ley del IMSS,
    se indica que las nuevas disposiciones son
    aplicables para todos los contratos de
    outsourcing que se celebren a partir del 10 de
    julio de 2009, con independencia de la fecha en
    la que se haya constituido o haya iniciado
    actividades la empresa de outsourcing. Los
    contratos celebrados a partir del 10 de julio y
    hasta el 30 de septiembre de 2009, deben de ser
    informados dentro de los primeros quince días del
    mes de Octubre del mismo año ante la
    Subdelegación del IMSS correspondiente al
    domicilio del patrón o sujeto obligado, y del
    beneficiario, respectivamente.
  • En caso de omisión se harán acreedores a una
    multa equivalente al importe de veinte a
    trescientas cincuenta veces el salario mínimo
    diario general vigente en el Distrito Federal por
    cada trimestre en el que se incumpla con esa
    obligación informativa.
  • Empresa de outsourcing
  • - Reporte Contratos de Servicios(Formato
    Impreso)
  • - Reporte Electronico de Relación de
    Trabajadores(Formato no publicado)
  • Empresas beneficiarias
  • Reporte de Contratos Servicios(Formato Impreso)

4
(No Transcript)
5
Reformas a los impuestos especiales 1. En
telecomunicaciones se plantea establecer un
impuesto de 4 a los servicios que se prestan a
través de una red pública de telecomunicaciones,
exentando a la telefonía pública y rural, así
como al servicio de interconexión. Esto hace más
efectiva la estructura tributaria, ya que la
mitad del gasto en telecomunicaciones lo realizan
el 20 del hogares más ricos, y al exentar a la
telefonía pública y rural no se afectan a
aquellos de menores ingresos. 2. En tabaco se
plantea incorporar una cuota de 80 centavos por
cajetilla de 20 cigarros e incrementarla en un
transcurso de 4 años para ubicarse en 2 pesos por
cajetilla. 3. En cerveza se propone incrementar
a la tasa del impuesto especial un 28 en 2010,
2011 y 2012, y reducirla a 27 en 2013 y 25 en
2014. Estos 3 puntos generarían ingresos
adicionales de casi 2 mil millones de pesos, que
representan 11.6 de la recaudación actual de
este concepto. 4. En el rubro de juegos y
sorteos, Carstens recordó que desde 2008 los
juegos con apuestas y sorteos son gravados con un
impuesto especial a la tasa de 20, por lo que se
propone incrementarlo a 30 y reforzar su
fiscalización. 5. En bebidas alcohólicas se
propone establecer de manera adicional una cuota
específica de 3 pesos por litro a aquellas que
cuenten con más de 20 grados en su nivel de
alcohol.
6
Reformas a los impuestos a la renta 6. Sobre el
ISR se propone ajustar el régimen de
consolidación para hacer exigibles los saldos con
antigüedad mayor a 5 años del ISR diferido, por
los grupos sujetos a la consolidación fiscal, y
se propone elevar de forma temporal la tasa
marginal máxima para personas morales y personas
físicas de mayores ingresos en 2 puntos
porcentuales, con lo que pasaría de 28 a 30.
Posteriormente se procederá en 2013 y 2014 a su
reducción gradual un punto cada año para volver a
su tasa actual de 28. Carstens recordó que se
mantiene sin cambio la tarifa del ISR vigente
para ingresos equivalentes a 4 salarios mínimos o
menores. 7. Se plantea un incremento de un punto
porcentual a la tasa del IDE y disminuir el
lumbral de los depósitos en efectivo exentos de
25 mil a 15 mil pesos mensuales. 8. En el caso
del IETU se propone eliminar la posibilidad de
aplicar el crédito por exceso de deducciones
sobre ingresos contra el ISR. Reformas a los
impuestos al consumo 9. Se plantea crear un
gravamen de contribución para el combate a la
pobreza, con un nuevo impuesto que gravará sobre
una base de efectivo con una tasa de 2 a los
ingresos derivados de la realización de ventas,
aplicándose en todas las etapas de la producción
de manera no acumulativa, permitiendo su
acreditación y evitando la tributación múltiple.
Se busca que este impuesto no se concentre en
sectores específicos sino que se distribuya de
manera amplia pero proporcional para que quien
más consuma más pagará.
7
Datos Informativos Monto Recaudado de IETU en
2008 46,586,000,000 Monto recaudado en los
primeros siete meses de 2009 de IETU
31,811,000,000 Monto Recaudado de IDE en 2008
17,700,000,000 Monto recaudado en los primeros
siete meses de 2009 de IDE 16,872,000,000 En
2008 los ingresos tributarios no petroleros
tuvieron un crecimiento de 8.2 con respecto a
2007. Impuesto sobre tenencia o uso de
vehiculos Como una medida de fortalecimiento del
sistema federalista mexicano, en virtud de que en
la actualidad el impuesto de referencia, a pesar
de ser federal, es administrado en su totalidad
por las entidades federativas y el 100 por ciento
de su recaudación pertenece a las mismas, el
Ejecutivo Federal a mi cargo planteó a esa
Soberanía abrogar la Ley del Impuesto sobre
Tenencia o Uso de Vehículos, sin perjuicio de que
las entidades federativas que así lo estimaran
conveniente pudieran establecer este tipo de
contribución con la plena libertad de determinar
sus características esenciales y demás requisitos
y condiciones que consideraran pertinentes. Esta
medida fue aprobada por esa Soberanía para
aplicarse el 1 de enero de 2012.
8
CNIMME
-          Confirmación de criterio saldos a
favor por Decreto Octubre 30, 2003 -         
Retención de IVA por cambios de
régimen -          Articulo 33 IMMEX -         
Acumulación de estímulos fiscales para ISR
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