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Jefe/a del Servicio Provincial de Inspecci n. Vocales: Jefe/a del Servicio de Gesti n de Recursos Humanos de la Delegaci n Provincial ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Presentaci


1
MIJAS, Noviembre de 2009
2
EVALUACIÓN DE LA FASE DE PRÁCTICAS.CURSO
2009/2010
  • RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2009, de la
    Dirección General de Profesorado y Gestión de
    Recursos Humanos, por la que se regula la fase de
    prácticas del personal seleccionado en el
    procedimiento selectivo para el ingreso en el
    Cuerpo de Maestros

Servicio de Inspección de Educación de Málaga
3
Carácter Selectivo
4
NORMATIVA
  • Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el
    que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos
    y adquisición de nuevas especialidades en los
    cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica
    2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Orden de 9 de marzo de 2009 se convocó
    procedimiento selectivo para el ingreso en el
    Cuerpo de Maestros.
  • Orden de 24 de julio de 2009 se hacen públicas
    las listas del personal seleccionado para el
    ingreso en el Cuerpo de Maestros y se nombra con
    carácter provisional funcionario en prácticas.

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Aspectos Generales
  • Deberá realizar la fase de prácticas el personal
    seleccionado y nombrado provisionalmente
    funcionario o funcionaria en prácticas al que se
    refiere la Orden 24 de julio de 2009 (art. 1).
  • Duración de la fase de prácticas La fase de
    prácticas tendrá una duración de un curso
    académico, siendo necesario para su valoración al
    menos cuatro meses de servicios docentes
    efectivos, y comenzará con el inicio del curso
    escolar 2009/2010 (art. 2).

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  • TIENDE A REPETIR SUS EXPERIENCIAS ANTERIORES
    COMO ALUMNO/A QUE FUE Y COMO PROFESOR/A QUE TUVO.
  • SUS PRIMEROS INTERESES LE PUEDEN LLEVAR A PONER
    EN PRÁCTICA NUEVAS TEORÍAS QUE CONOCE.
  • EN EL AULA REAL PERCIBE EL DIVORCIO ENTRE LAS
    TEORÍAS Y LA PRÁCTICA DIARIA.
  • FACILITADOR DE APRENDIZAJES DE CALIDAD.
  • COMUNICADOR MULTICÓDIGOS.
  • PLANIFICADOR PARTICIPANTE.
  • REFLEXIVO SOBRE SU PRÁCTICA.
  • ÉTICO EN LA MEDIACIÓN.
  • IMPLICADO EN LA INSTITUCIÓN

Calidad-adecuación de la Práctica Docente.
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CALENDARIO
8
(No Transcript)
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Calendario de las reuniones de las Comisiones de
evaluación de centros
  • 1ª. Constitución de las Comisiones de evaluación
    de centros . Segunda quincena del mes de octubre
    de 2009
  • 2ª. Reunión de trabajo de las comisiones de
    evaluación de centros con el personal nombrado
    funcionario en prácticas. Primera quincena del
    mes de noviembre de 2009
  • 3ª. Valoración de la fase de prácticas por las
    comisiones de evaluación de centros. Segunda
    quincena del mes de abril de 2010.
  • En el caso de que algún maestro o maestra no haya
    finalizado las prácticas en la fecha establecida
    se deberá realizar una cuarta reunión de
    calificación que se llevará a cabo una vez que se
    realice la totalidad del período de prácticas

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Comisiones provinciales de prácticas del
profesorado (art. 3.1)
  • COMPOSICIÓN
  • Presidencia
  • Jefe/a del Servicio Provincial de Inspección.
  • Vocales
  • Jefe/a del Servicio de Gestión de Recursos
    Humanos de la Delegación Provincial
    correspondiente o persona en quien delegue.
  • Coordinador/a Provincial de Formación del
    Profesorado.
  • Inspector/a responsable del grupo de trabajo de
    evaluación de la práctica docente

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Comisiones provinciales de prácticas del
profesorado (art.3.1.)
  • FUNCIONES
  • a) Coordinar, en el ámbito provincial, el
    desarrollo del proceso.
  • b) Elevar, en su caso, informes ante
    reclamaciones o recursos.
  • c) Solicitar, en su caso, y de manera justificada
    la revisión de los informes realizados por las
    comisiones de evaluación de centros.
  • d) Proponer a la persona titular de la Delegación
    Provincial de Educación el nombramiento de
    tutores/as del personal en prácticas.
  • e) Coordinar con los responsables provinciales de
    formación del profesorado la organización y
    desarrollo de las actividades formativas.
  • f) Supervisar la realización de los cursos de
    formación y su cumplimiento por parte de todos
    los funcionarios/as en prácticas.
  • g) Velar por el correcto nombramiento de los
    miembros de las comisiones de evaluación de
    centro.
  • h)Elaborar informe final sobre valoración del
    proceso y sus resultados.
  • i) Elevar a la Dirección General de Profesorado y
    Gestión de Recursos Humanos las actas de
    evaluación correspondientes a cada provincia.

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Comisiones de evaluación de centros (art. 3.2)
  • COMPOSICIÓN
  • Presidencia
  • El Inspector o Inspectora de referencia.
  • Vocales
  • Director o Directora del centro.
  • Tutores y tutoras del personal en prácticas.
  • Cuando sea posible será de la especialidad del
    maestro/a en prácticas. A las personas que
    desempeñen la tutoría con maestros o maestras en
    prácticas les será reconocida dicha tutoría como
    mérito específico en las convocatorias y
    concursos dirigidos al personal docente.

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Comisiones de evaluación de centros (art. 3.2)
  • FUNCIONES
  • a) Evaluar al personal del Cuerpo de Maestros en
    prácticas.
  • b) Asesorar a dicho personal durante la
    realización de la fase de prácticas.
  • c) Elaborar los informes preceptivos sobre el
    personal en prácticas.
  • d) Recoger y valorar el proyecto de trabajo que
    consistirá fundamentalmente en una programación
    de un curso-grupo, hasta el ámbito de una unidad
    didáctica.
  • e) Recoger y valorar la memoria final .
  • f) Elevar a la comisión provincial el acta con la
    evaluación motivada de cada maestro o maestra,
    debidamente motivada con base en los informes
    homologados preceptivos

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FUNCIONES DE LOS TUTORES (art. 6)
  • Asesorar a las personas en prácticas en la
    elaboración del proyecto de trabajo y en todas
    aquellas tareas que hayan de realizar durante el
    período de prácticas

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Se establece como CRITERIO MÍNIMO para la
calificación de apto poseer las capacidades
personales y la competencia profesional
necesarias para liderar la dinámica del aula que
requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje
del alumnado (aptitud para la docencia).
Participación en las ACTIVIDADES FORMATIVAS
(asistencia al 80 de las citadas horas).
Elaboración de una MEMORIA FINAL donde explique
las actividades de su proyecto de trabajo
efectivamente realizadas, así como la valoración
personal que hace de las mismas.
Elaboración de un PROYECTO DE TRABAJO (ver punto
siguiente).
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Proyecto de trabajo (art. 6.1)
  • Será remitido a la presidencia de la
    correspondiente comisión calificadora antes del
    20 de enero de 2010. Debe ser personalizado,
    coherente con la práctica docente en el aula y
    estar enmarcado en la labor del equipo docente e
    Incluirá los siguientes aspectos
  • a) Fundamentos pedagógicos.
  • b) Referencias al marco que desarrolla el
    currículo y la organización escolar de la etapa.
  • c) Adaptación al contexto de las decisiones con
    respecto a los distintos elementos de la
    planificación.
  • d) Propuesta didáctica específica, dirigida a un
    grupo de alumnos o a una clase, en el marco de la
    programación didáctica del equipo docente, que
    tenga en cuenta de manera especial la
    consecución de las competencias básicas a través
    de las tareas y actividades educativas.
  • e) Actividades a desarrollar a lo largo del
    curso, tanto en la labor conjunta con el equipo
    docente como con el alumnado, haciendo especial
    referencia a las actividades extraescolares.

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MEMORIA FINAL (art. 6.2)
  • Será entregada a la presidencia de la comisión
    calificadora antes del día 15 de abril para su
    inclusión en el informe final y consistirá en
  • a) Descripción de las actividades llevadas a cabo
  • b) Valoración personal que hace de las mismas
  • Se le facilitará un documento a los funcionarios
    en prácticas para realizar la memoria

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CURSOS DE FORMACIÓN (6.3)
  • ORGANIZACIÓN, DESARROLLO Y SEGUIMIENTO Dirección
    General de Profesorado y Gestión de Recursos
    Humanos, a través de los Centros de Profesorado y
    con la participación de la Comisión provincial de
    evaluación.
  • DURACIÓN 30 horas.
  • ASISTENCIA es obligatoria, siendo necesaria para
    su valoración positiva la asistencia al menos a
    un ochenta por ciento de las horas totales de la
    actividad.
  • EXENCIONES Los funcionarios en prácticas que
    acrediten al menos 2 años de experiencia docente
    en centros públicos no tendrán que realizar los
    módulos I y II.
  • SUSTITUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN El
    personal funcionario en prácticas que no realice
    la totalidad de las actividades de formación por
    circunstancias de fuerza mayor debidamente
    acreditadas y consideradas por esta Dirección
    General, podrá sustituir la realización de dichas
    actividades por los trabajos formativos que
    estimen oportunos las comisiones provinciales de
    prácticas.

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CURSOS DE FORMACIÓN (art. 6.3)
  • Objetivos
  • a) Proporcionar información sobre la estructura y
    funciones de los distintos órganos de gestión que
    componen la Administración educativa andaluza.
  • b) Profundizar y actualizar conocimientos en
    relación con los nuevos retos y objetivos
    educativos, fundamentalmente aquellos que están
    directamente vinculados con los procesos de
    enseñanza-aprendizaje.
  • c) Desarrollar estrategias y recursos que
    permitan al profesorado llevar a la práctica los
    nuevos currículos basados en las competencias
    básicas del alumnado.
  • d) Favorecer una metodología didáctica que
    incorpore la utilización de las tecnologías de la
    información y comunicación.
  • e) Potenciar el trabajo colaborativo y el
    intercambio de experiencias como procedimientos
    útiles para la mejora y el desarrollo de
    competencias profesionales.

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CURSOS DE FORMACIÓN (art. 6.3)
  • Módulo I Organización educativa y formación
    permanente (6 horas)
  • a) Órganos de Gestión de la Administración
    educativa presentación y funciones relacionadas
    directamente con la actividad docente y los
    centros docentes.
  • b) La formación permanente como elemento
    indispensable para mejorar la competencia
    profesional los Centros de Profesorado.
  • c) Prevención de riesgos laborales.
  • Módulo II Desarrollo y puesta en práctica del
    currículo (8 horas)
  • a) Elaboración de programaciones de aula.
  • b) Estrategias metodológicas para la adquisición
    de competencias básicas por parte del alumnado.
  • c) El proyecto educativo como instrumento de
    mejora características y elaboración.
  • Módulo III El proceso de enseñanza y aprendizaje
    (16 horas)
  • a) Desarrollo de propuestas didácticas que
    incorporen las tecnologías de la información y la
    comunicación como recurso didáctico presentación
    de buenas prácticas y recursos.
  • b)Dinámicas de aula atención a la diversidad y
    estrategias para la resolución de conflictos.
  • c) Funcionamiento de los centros docentes,
    coordinación docente y trabajo colaborativo
    comunicación y el trabajo en equipo entre quienes
    forman la comunidad educativa.

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(No Transcript)
22
VALORACIÓN (art. 7)
  • Las calificaciones de apto o no apto, se
    basarán en los siguientes elementos
  • a) Informe del Inspector o Inspectora de
    referencia que preside la comisión de evaluación
    de centro.
  • b) Informe del director o directora del centro.
  • c) Informe del tutor o tutora de prácticas.
  • d) Valoración del proyecto de trabajo y de la
    memoria final.
  • e) Asistencia a las actividades de formación,
    certificada por la Dirección de los Centros del
    Profesorado, que dará traslado de sus resultados
    a las comisiones provinciales, para su traslado a
    las comisiones de evaluación de centros.
  • Dichos informes se ponderan de la manera
    siguiente
  • a) Presidencia de la comisión 50
  • b) Dirección escolar 30
  • c) Tutoría 20
  • Si hubiera empate decide el voto de calidad del
    Presidente.

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VALORACIÓN (art. 7)
  • Antes del 1 de mayo de 2010 las comisiones de
    evaluación de centros remitirán las
    calificaciones a las comisiones provinciales de
    prácticas del profesorado el acta con la
    evaluación motivada de cada maestro o maestra.
  • Criterio básico poseer las capacidades
    personales y la competencia profesional
    necesarias para liderar la dinámica del aula que
    requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje
    del alumnado.
  • La calificación de no apto deberá ser motivada
    mediante informes que se adjuntarán al acta de
    calificación.
  • En el caso de que alguna persona no haya
    finalizado las prácticas en la fecha establecida
    en este apartado, la reunión de calificación se
    llevará a cabo una vez que se realice la
    totalidad del período de prácticas, previa
    autorización de la Dirección General de
    Profesorado y Gestión de Recursos Humanos

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REPETICIÓN FASE DE PRÁCTICAS (art.8)
  • Quienes no superen el período de prácticas, de
    acuerdo con el procedimiento de calificación
    previsto en la Orden de 9 de marzo de 2009,
    podrán incorporarse en el curso 2010/2011 para
    repetir por una sola vez dicha fase
  • En este caso, de resultar aptos, ocuparán el
    lugar siguiente al de la última persona
    seleccionada en su especialidad de la promoción a
    la que se incorporen.
  • El personal que no se incorpore o sea declarado
    no apto por segunda vez, perderá todos los
    derechos a su nombramiento como funcionario o
    funcionaria de carrera. La pérdida de estos
    derechos será declarada por Resolución de la
    Dirección General de Profesorado y Gestión de
    Recursos Humanos.

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CARACTERÍSTICAS DEL GRUPO-CLASE
  • A cumplimentar por el Funcionario/a con carácter
    previo a la visita al aula por parte de la
    Inspección de Educación
  • FUNCIONARIO/A
  • CURSO _____________ GRUPO________
  • 1. NÚMERO DE ALUMNOS/AS EN LISTA_______
  • De ellos, asisten con regularidad __________
  • 2. HOMOGENEIDAD / HETEROGENEIDAD DEL GRUPO
  • 3. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO
    EDUCATIVO
  • - Con n.e.e.
  • - De incorporación tardía al sistema educativo
  • - Que precisa de acciones de carácter
    compensatorio
  • - Que presenta altas capacidades intelectuales
  • 4. CONVIVENCIA
  • 5. RESULTADOS GLOBALES DE LA EVALUACIÓN INICIAL
  • 6. RENDIMIENTO ESCOLAR DEL GRUPO
  • 7. OBSERVACIONES

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INFORME DE VALORACIÓN DE LA APTITUD PARA LA
DOCENCIA (INSPECCIÓN EDUCATIVA). DOCUMENTACIÓN
  • Programación de Aula deberá contemplar al menos
    los apartados previstos en la normativa vigente.
  • Hoja Registro para el seguimiento del alumnado
    se valorará la riqueza y utilidad de los datos
    reflejados, así como la periodicidad de los
    registros.
  • Características del grupo (Grupo/s al que
    imparte clase) número de alumnos/as,
    homogeneidad/heterogeneidad, existencia de
    alumnado con necesidad específica de apoyo
    educativo (número y tipo), alumnado inmigrante,
    convivencia, resultados globales de la evaluación
    inicial, rendimiento escolar del grupo.
  • Registro de actividades de la Fase de
    Prácticas documento elaborado por el propio
    Funcionario/a para registro y constancia de
    actuaciones significativas a lo largo de la Fase
    de Prácticas.

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MEMORIA FINAL REGISTRO DE ACTIVIDADES DE LA
FASE DE PRÁCTICAS (a realizar por el
funcionario/a en prácticas)
  • Actividades de formación y perfeccionamiento.
  • Relaciones con Equipo Directivo.
  • Órganos colegiados y de coordinación docente
  • Participación en Proyectos de Experimentación e
    Innovación, Planes y Programas en funcionamiento
    en el Centro, intercambios, experiencias
  • Actividades complementarias y extraescolares.
  • Relaciones con el profesorado.
  • Relaciones con agentes externos (EOE, Servicios
    Sociales, Ayuntamiento, otras Instituciones
  • Uso de las instalaciones del centro

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  • Uso de los recursos materiales del centro
    (recursos didácticos, medios audiovisuales,
    etc.)
  • Fomento de la lectura
  • Uso de las TIC
  • Clima del Aula
  • Atención a la diversidad
  • Acción Tutorial
  • Resultados escolares
  • Información a alumnado y familias
  • OTROS ASPECTOS RESEÑABLES Reflexión crítica
    sobre lo planificado y realizado especialmente en
    lo referente a la Propuesta didáctica específica
    y en concreto a las tareas y actividades
    educativas para la consecución de las
    competencias básicas

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MEMORIA FINAL VALORACIÓN PERSONAL
  • Con fundamento en los datos consignados a lo
    largo del curso en los Indicadores anteriores,
    una vez finalizada la Fase de Prácticas, el
    Funcionario/a que suscribe realiza la siguiente
    valoración
  • A) DIFICULTADES ENCONTRADAS EN EL PROCESO
  • B) APOYOS RECIBIDOS Y ASPECTOS POSITIVOS A
    DESTACAR
  • C) GRADO DE SATISFACCIÓN Y VALORACIÓN GLOBAL

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INFORME INSPECTOR
  • Aspecto externo y decoración de aula.
  • Aspectos comunicativos.
  • Programación de aula.
  • Metodología.
  • Evaluación.
  • Información a alumnado y familias.
  • Práctica docente en Competencias Básicas.
  • Fomento de la lectura.
  • Uso de las TIC.
  • Clima del aula.
  • Atención a la diversidad.
  • Acción tutorial.
  • Resultados escolares.
  • Integración en el centro.
  • Capacidad de trabajo en equipo.

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INFORME DIRECTOR/A
  • Formación y actualización del maestro/a en
    prácticas.
  • Relaciones con Equipo directivo.
  • Participación en órganos colegiados y de
    coordinación .
  • Cumplimiento del horario de permanencia y
    calendario.
  • Actividades complementarias y extraescolares.
  • Relaciones con profesorado y otros sectores.
  • Uso de instalaciones y recursos del centro.
  • Relaciones con alumnado.
  • Control de absentismo de alumnado.
  • Relaciones con las familias.
  • Resultados escolares.

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INFORME DE TUTOR/A
  • Participación en órganos de coordinación docente.
  • Participación en proyectos, planes y programas
  • Relaciones con el profesorado.
  • Relaciones con agentes externos.
  • Actividades complementarias y extraescolares.
  • Clima de aula.
  • Atención a la diversidad.
  • Acción tutorial.
  • Uso de instalaciones del centro.
  • Uso de recursos materiales del ciclo.
  • Análisis de resultados escolares.

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Recomendaciones finales
  • Solicitar asesoramiento de tutor_at_s y director_at_s.
  • Aprovechar la formación específica diseñada.
  • Requerir de la Inspección ayuda técnica y
    profesional.
  • Cumplir los plazos para garantizar el trabajo de
    los demás implicados en el procedo
    evaluador-formador.
  • En caso de emergencia usar teléfonos y correos
    electrónicos facilitados por Comisionados.
  • Recordar Patientia, magna amicitia est.
  • Carpe diem et bona fortuna!.

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PROYECTO DE TRABAJO NORMATIVA Ed. Infantil .
REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por
el que se establecen las enseñanzas mínimas del
segundo ciclo de Educación infantil. (BOE
4-1-2007). DECRETO 428/2008, de 29 de julio, por
el que se establece la ordenación y las
enseñanzas correspondientes a la Educación
Infantil en Andalucía. (BOJA 19-8-2008) ORDEN de
5-8-2008, por la que se desarrolla el Currículo
correspondiente a la Educación Infantil en
Andalucía. (BOJA 26-8-2008) ORDEN de
29-12-2008, por la que se establece la ordenación
de la evaluación en la Educación Infantil en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
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PROYECTO DE TRABAJO NORMATIVA Ed. Primaria
REAL DECRETO 1513/2006, de 7 de diciembre, por el
que se establecen las enseñanzas mínimas de la
Educación Primaria. (BOE 8-12-2006) DECRETO
230/2007, de 31 de julio, por el que se establece
la ordenación y las enseñanzas correspondientes
a la Educación Primaria en Andalucía. (BOJA
8-8-2007) ORDEN de 10-8-2007, por la que se
desarrolla el currículo correspondiente a l a
Educación Primaria en Andalucía. (BOJA 30-8-2007)
ORDEN de 10-8-2007, por la que se establece la
ordenación de la evaluación del proceso de
aprendizaje del alumnado de educación primaria en
la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA
23-8-2007) INSTRUCCIONES de 17-12-2007, de la
Dirección General de Ordenación y Evaluación
Educativa, por la que se complementa la normativa
sobre evaluación del alumnado de Educación
Primaria.
36
PROYECTO DE TRABAJO NORMATIVA E.S.O.
  • Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por
    el que se establecen las enseñanzas mínimas
    correspondientes a la Educación Secundaria
    Obligatoria. (BOE 5-1-2007).
  • Decreto 231/2007, de 31 de julio, por el que se
    establece la ordenación y las enseñanzas
    correspondientes a la educación secundaria
    obligatoria en Andalucía. (BOJA 8-8-2007) .
  • Orden de 10-8-2007, por la que se desarrolla el
    currículo correspondiente a la Educación
    Secundaria Obligatoria en Andalucía. (BOJA
    30-8-2007) .
  • Orden de 10-8-2007, por la que se establece la
    ordenación de la evaluación del proceso de
    aprendizaje del alumnado de educación secundaria
    obligatoria en la Comunidad Autónoma de
    Andalucía. (BOJA 23-8-2007)
  • Instrucciones de 17-12-2007, de la Dirección
    General de Ordenación y Evaluación Educativa, por
    la que se complementa la normativa sobre
    evaluación del proceso de aprendizaje del
    alumnado de Educación Secundaria Obligatoria.
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