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Licencias y Permisos

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COMUNIDAD AUT NOMA DE LA REGI N DE MURCIA. Consejer a de Educaci n, Formaci n y Empleo ... 5 a os consecutivos: 4 a os se trabaja y el quinto se libra. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Licencias y Permisos


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COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE
MURCIAConsejería de Educación, Formación y
Empleo Dirección General de Recursos
Humanos
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I. LA FASE DE PRÁCTICAS.
II. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO.
III. DERECHOS Y DEBERES DEL FUNCIONARIO
IV. CONCURSO DE TRASLADOS DE FUNCIONARIOS
DOCENTES.
V. PERMISOS Y LICENCIAS
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I. LA FASE DE PRÁCTICAS
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  • Objeto valoración aptitudes didácticas. Supone
    la superación del proceso selectivo.
  • Duración 4 meses efectivos. Comisión
    calificadora constituida permanentemente.
  • Examen médicocondición física/psicológica.
  • Obligación de participar en los concursos de
    traslados.
  • Primer destino en centros de la Región de Murcia.

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COMISIÓN CALIFICADORA
  • Nombrar y coordinar a los tutores
  • Organizar las actividades de formación e
    inserción Cursos específicos
  • Evaluar al funcionario en prácticas
  • APTO / NO APTO
  • Informe final de aspirante valorando la fase de
    prácticas
  • Informe del Maestro tutor
  • No Apto Repetición de esta fase por una sola vez
  • Aplazados Completar período

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COMISIÓN EVALUADORA
  • Un Inspector (presidente)
  • El director del centro
  • El Maestro tutor

Funciones
- Planificar las prácticas en el centro respectivo
- Facilitar la integración en el centro
- Informar sobre la organización y func. del
centro
- Recoger y proponer propuestas de mejora
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Nombramiento de funcionarios de carrera
  • Efectos
  • Día de comienzo del curso escolar

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II. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO
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CONSEJERO
Consejo de Dirección
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS
Consejo Escolar de la Región de Murcia
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN EDUCATIVA,
ORDENACIÓN E INNOVACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y
EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS
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SECRETARÍA GENERAL
VICESECRETARÍA
Servicio de Contratación
INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN
Servicio de Régimen Interior y Asuntos Generales
Servicio Jurídico
Servicio de Proyectos y Construcciones
Servicio de Publicaciones y Est.
Servicio de Gestión Económica y Presup.
Servicio de Gestión Informática
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DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Subdirección General de Recursos Humanos
Servicio de Personal Docente
Servicio de Prevención de Riesgos Laborales
Servicio de Planificación y Provisión de Efectivos
Servicio de Personal no Docente
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III. DERECHOS Y DEBERES DEL FUNCIONARIO
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Derechos de los funcionarios
DERECHOS INDIVIDUALES
  • A la inamovilidad en la condición de funcionario.
  • Al desempeño de las funciones y tareas propias.
  • A la progresión en la carrera profesional según
    los principios de igualdad, mérito y capacidad.
  • A las retribuciones e indemnizaciones por
    servicio.
  • A ser informado por sus superiores de las tareas
    a realizar y participar en la consecución de
    objetivos.
  • A la defensa jurídica y protección de la
    Administración.
  • A la formación continua y actualización
    permanente.
  • Al respeto de su intimidad, orientación sexual,
    propia imagen y dignidad en el trabajo.

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Derechos de los funcionarios
  • Prevención de riesgos laborales.
  • Protección eficaz en materia de seguridad y salud
    en el puesto de trabajo
  • A la no discriminación (nacimiento, etnia, sexo u
    orientación sexual, religión, opinión,
    discapacidad, edad, cualquier otra condición o
    circunstancia.
  • A las vacaciones, descansos, permisos y
    licencias.
  • A la conciliación de la vida personal, familiar y
    laboral.
  • A la jubilación, según normas aplicables.
  • A las prestaciones de la S.S. o régimen
    aplicable.
  • A la libre asociación profesional.

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Derechos de los funcionarios
DERECHOS INDIVIDUALES EJERCIDOS COLECTIVAMENTE
  • A la libertad sindical.
  • A la negociación colectiva y determinación de las
    condiciones de trabajo.
  • Al ejercicio de la huelga, con garantía de
    mantenimiento de servicios esenciales a la
    comunidad.
  • Al planteamiento de conflictos colectivos de
    trabajo.
  • Al de reunión.

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Deberes de los funcionarios
  • Cumplir la legalidad. Constitución, Estatuto de
    Autonomía, ordenamiento jurídico.
  • Servir con objetividad e imparcialidad a los
    intereses públicos.
  • Cumplir con eficacia sus funciones.
  • Respeto y obediencia a sus superiores.
  • Tratar con corrección a compañeros, subordinados
    y administrados.
  • Guardar sigilo de los asuntos que conozcan por
    razón de su cargo.
  • Cumplir el horario de trabajo.

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Deberes de los funcionarios
  • Régimen de incompatibilidades.
  • Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
  • Responsabilidad de la buena gestión de los
    servicios encomendados.
  • Responsabilidad por los daños causados.
  • Responsabilidad penal por delito o falta.

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IV. CONCURSO DE TRASLADOS
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Aspectos básicos
  • Concurso anual y alternativo.
  • Obligatoriedad de concursar los seleccionados en
    los procedimientos selectivos convocados por
    Orden de 23 de abril de 2009.
  • Solamente cumplimentación de instancia
    telemáticamente.
  • No hay que presentar Hoja de alegación de
    méritos.

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  • Las vacantes a proveer son las producidas hasta
    el 31 de diciembre más las resultas.
  • Hay que solicitar todas las plazas por las que
    se esté interesado.
  • El destino definitivo que se obtenga, queda
    condicionado a la superación de la fase de
    prácticas.

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  • Solamente se puede obtener destino por la
    especialidad por la que han sido seleccionados.
  • Los de Educación Primaria pueden optar también a
    plazas de Adultos.
  • Los de PT y AL pueden optar también a plazas en
    IES.
  • Los de AL, además, plazas en EOEPs.

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(No Transcript)
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INSTANCIA TELEMÁTICA
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Convocatorias
  • Convocatoria de readscripción en centro
  • Convocatoria de derecho preferente
  • Convocatoria del Concurso de Traslados

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Convocatoria de readscripción en centro
Pueden participar
  • Los Maestros suprimidos del centro
  • Los Maestros mal adscritos del centro
  • Los Maestros que permanecen en el puesto al que
    se adscribieron en 1990

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Convocatoria de derecho preferente
Es el derecho a obtener destino en una localidad
o zona
a) Los que por resolución administrativa tengan
reconocido el derecho a obtener destino en una
localidad determinada.
b) Los suprimidos de un puesto definitivo en la
localidad.
c) Los que han cesado en centros públicos
españoles en el extranjero.
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d) Los procedentes de la función inspectora.
e) Los que perdieron su plaza definitiva al
obtener un puesto en la A. Educativa.
f) Los que estén en situación de excedencia para
cuidado de hijos, en el supuesto de la pérdida
del puesto de trabajo por el transcurso de los
dos primeros años.
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Convocatoria del Concurso de Traslados
Quiénes pueden participar voluntariamente?
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  • Los funcionarios en activo con destino
    definitivo y dos años de permanencia a 31 de
    agosto siguiente.
  • Los funcionarios en situación de servicios
    especiales.
  • Los funcionarios en situación de excedencia
    voluntaria.

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Convocatoria del Concurso de Traslados
Quiénes están obligados a participar
forzosamente?
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  • Los funcionarios en situación de suspensión de
    funciones.
  • Los funcionarios adscritos a puestos en el
    exterior que deben reincorporarse.
  • Los funcionarios que hayan perdido su destino
    definitivo en cumplimiento de sentencia, recurso
    o supresión.

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  • Los funcionarios con destino provisional.
  • Los funcionarios que perdieron el destino por
    ocupar otros puestos de la Administración.
  • Aspirantes seleccionados en los procedimientos
    selectivos convocados por Orden de 23 de abril de
    2009.

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Baremo de Prioridades
  • Antigüedad.
  • Formación y perfeccionamiento.
  • Titulaciones académicas distintas a la de
    ingreso en el Cuerpo.
  • Otros méritos.

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V.- LICENCIAS Y PERMISOS DE PERSONAL DOCENTE
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Concepto de Licencia o Permiso Es el concedido
ante determinados supuestos tasados en la norma
que legitiman al titular para ausentarse de sus
obligaciones laborales. Distinción Dos Grandes
Tipos
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LICENCIAS/PERMISOS QUE PROTEGEN CONTINGENCIAS DE
SALUD
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Relacionadas con la llegada de un nuevo hijo
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OTROS PERMISOS
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OTRAS LICENCIAS
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Licencias por estudios
  • Con retribución y sin retribución.
  • Finalidad formativa.
  • Anual, cuatrimestral, trimestral, compartida.
  • 5 años como funcionario de carrera.
  • Servicio activo en los últimos cinco años.
  • No estar en suspensión de funciones.

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Permisos parcialmente retribuidos
  • 5 años consecutivos 4 años se trabaja y el
    quinto se libra.
  • Se percibe el 84 de las retribuciones.
  • No estar incurso en expediente administ.
  • No, a menos de 5 años jubilación volunt.

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GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN
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