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Title: Presentaci


1
Programa Mejoramiento de Barrios
2
ANTECEDENTES GENERALES E HISTÓRICOS DEL PROGRAMA
3
Objetivo del Programa
  • Contribuir a mejorar la calidad de vida de la
    población de extrema pobreza que habita en
    condiciones de marginalidad sanitaria.
  • Los beneficios que otorga el programa deben
    asignarse sólo a personas naturales.

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Población Objetivo
  • Familias de Extrema Pobreza (Estratificación
    Socioeconómica C.A.S. II hasta 600 puntos)
  • Déficit Sanitario
  • Bajos ingresos
  • Bajo nivel educacional
  • Indice elevado de enfermedades infecciosas
  • Dominio irregular del suelo

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Cobertura GeográficaÁmbito de intervención del
programa
  • Nivel Nacional - 345 comunas del país
  • - Zonas urbanas
  • - Zonas rurales
  • Categorías de proyectos
  • - Radicaciones
  • - Erradicaciones

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Institución que Administra el Programa
  • Ministerio del Interior
  • - 1982 Departamento de Estudios
  • - 1985 - 2002 Subsecretaría de Desarrollo
    Regional y Administrativo (SUBDERE)
  • - 2003 a la fecha Gobiernos Regionales
  • Objetivo institucional
  • - Contribuir a erradicar la extrema pobreza
  • - Lograr una plena participación e incorporación
    de la población a los beneficios del desarrollo

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Descripción de la Solución
  • Si el beneficiario carece de toda infraestructura
    la solución considera
  • Terreno de superficie mínima 100 m2
  • Caseta Sanitaria (Baño-Cocina y Lavadero)
  • Urbanizaciones (Agua Potable, Alcantarillado
    Sanitario, Electricidad, Pavimentación y
    Alcantarillado Pluvial)
  • Obras Complementarias (Plantas de Tratamiento y
    Elevadoras de Aguas Servidas, Obras de Arte)
  • Regularización del terreno

8
(No Transcript)
9
(No Transcript)
10
(No Transcript)
11
Marco Normativo del Programa
  • Ley Nº18.138 (I), de 1982. (D.O. 25 de junio de
    1982)
  • D.S. Nº804 (I), de 1982. (D.O. 01 de julio de
    1982) Reglamento de la ley anterior.
  • D.S. Nº828 (I), de 1998. (D.O. 24 de junio de
    1998)
  • D.S. Nº1.490 (I) de 1999. (D.O. 5 de julio de
    1999)
  • Ambos modificatorios del D.S. N804 (I).
  • D.S. Nº829 (I), de 1998. (D.O. 31 de agosto de
    1998)
  • Reglamento del Programa Mejoramiento de Barrios.
  • D.S. Nº1.491 (I) de 1999. (D.O. 9 de junio de
    1999)
  • Ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de
    Municipalidades.
  • Ley Nº19.175 Orgánica Constitucional sobre
    Gobierno y Administración Regional (D.O. 20 de
    marzo de 1993).
  • Ley de Presupuestos del Sector Público de cada
    año.

12
Marco Normativo del Programa
  • D.S. Nº1.417 (I) del 14 de noviembre del 2005.
  • (D.O. 7 de marzo del 2006)
  • Último modificatorio del D.S. N804 (I) del año
    1982, reglamento para la construcción de
    viviendas e infraestructuras sanitarias (Ley
    N18.138 (I)).
  • D.S. Nº1.393 (I) del 9 de noviembre del 2005.
  • (D.O. 7 de marzo del 2006)
  • Último modificatorio del D.S. N829 (I) del año
    1998, que reglamenta el Programa Mejoramiento de
    Barrios.

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Requisitos de Elegibilidadde los Proyectos
  • 90 familias bajos ingresos.
  • Proyectos enmarcados dentro de los lineamientos
    de los planes de desarrollo comunal, regulador
    comunal y demás instrumentos de planificación
    urbana.
  • Factibilidad de los servicios básicos.
  • Costo total de la solución a proporcionar 110
    U.F., con posibilidad de incremento del 50 se
    llega a 165 U.F., y si incluye obras
    complementarias, un 40 más llegando a 231 U.F.
    Excepción proyectos Chile Barrio máximo 300
    U.F./Sol.
  • Compromiso de proveer los servicios de
    equipamiento urbano básico cuando éste no
    existiere total o parcialmente.

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Requisitos de Elegibilidadde los Proyectos
  • Las inversiones en infraestructura deberán tener
    la tasa interna de retorno (TIR) indicada por el
    Ministerio de Planificación y Cooperación.
  • Aporte previo mínimo de cada beneficiario por un
    monto de 3 U.F. u 8 U.F. según sea el caso,
    homologables a los aportes de otros programas
    análogos y sus variaciones.
  • Las obras de pavimentación se deberán regir por
    la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su
    Ordenanza. Excepcionalmente debidamente
    certificado por el SERVIU respectivo se aceptará
    estándar mínimo, acorde a lo estipulado en la Ley
    Nº18.138 y el D.S. Nº804 (I), ambos de 1982.

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Entidades Participantes en el Desarrollo del
Programa
  • Municipalidad Cumple doble rol de mandante y
    unidad técnica en el desarrollo de los proyectos
    y como tal le corresponde diagnosticar
    necesidades de los beneficiarios, promover
    organización de la comunidad, velar por la
    recaudación del aporte previo de los
    beneficiarios, elaborar y postular los proyectos
    a SERPLAC, licitar, contratar y controlar física
    y financieramente los proyectos, celebrar los
    contratos de compraventa de bienes raíces que
    corresponda, apoyar a los beneficiarios en la
    consolidación de las viviendas y el barrio.
  • Beneficiarios Deben efectuar un aporte previo
    mínimo individual de UF 3 u UF 8 en caso de
    radicaciones y erradicaciones respectivamente,
    participar a través de su organización en la
    gestación del proyecto, en la definición de las
    características de éste y en la posterior
    consolidación de las viviendas y el barrio.

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Entidades Participantes en el Desarrollo del
Programa
  • Secretaría Regional de Planificación y
    Coordinación (SERPLAC) Son las encargadas de
    administrar el proceso de postulación de
    proyectos, efectuar las revisiones técnicas y
    evaluaciones socioeconómica de los mismos,
    otorgando la recomendación técnica sin
    condiciones (RS) y enviando la nómina de
    proyectos a los Gobiernos Regionales para su
    aprobación.

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Entidades Participantes en el Desarrollo del
Programa
  • Gobierno Regional Basados en la información que
    les proporcionan las respectivas SERPLAC, deben
    aprobar recursos a proyectos específicos, otorgar
    orden de prioridad para su ejecución y a partir
    del 1 de enero del 2003 son las entidades
    encargadas de administrar los procesos de
    licitación, adjudicación, contratación y control
    financiero-contable de los proyectos
    pertenecientes al Programa Mejoramiento de
    Barrios, que se financien con recursos de la
    Provisión P.M.B. del F.N.D.R.

18
Entidades Participantes en el Desarrollo del
Programa
  • Subsecretaría de Desarrollo Regional y
    Administrativo (SUBDERE) Es la encargada de
    administrar el programa en su modalidad I.S.A.R.,
    distribuir los recursos de la Provisión P.M.B.
    del F.N.D.R. entre regiones, en conjunto con la
    Dirección Ejecutiva del Programa Chile Barrio, la
    cual es visada por la Dirección de Presupuestos
    del Ministerio de Hacienda, efectuar seguimiento
    y control de los recursos asignados, velando por
    la calidad de la inversión y manejar la Línea de
    Acciones Concurrentes.

19
Modelo de Gestión
  • A partir del año 1993, fecha en la que entrara en
    vigencia la Ley Nº19.175 Orgánica Constitucional
    sobre Gobierno y Administración Regional el
    Programa Mejoramiento de Barrios opera bajo la
    modalidad I.S.A.R. (Inversión Sectorial de
    Asignación Regional) siendo los Gobiernos
    Regionales integrados por los Intendentes y
    Consejeros Regionales los que aprueban recursos a
    proyectos específicos y otorgan orden de
    prioridad para su ejecución, respecto de aquellos
    que han obtenido recomendación técnica sin
    condiciones por parte de las SERPLAC
    correspondientes.

20
Modelo de Gestión
  • Adicionalmente, en el año 1996 se inició el
    proceso de descentralización del programa,
    traspasando al Ministerio de Planificación y
    Cooperación (MIDEPLAN), a través de sus
    Secretarías Regionales Ministeriales de
    Planificación y Coordinación (SERPLAC) todas las
    funciones relacionadas con el proceso de
    postulación de proyectos, revisión técnica y
    evaluación socioeconómica de los mismos, por
    ende, dichas entidades son las encargadas de
    otorgar la recomendación técnica sin condiciones
    (RS) a todos los proyectos que se postulen al
    programa.
  • Continuando con el proceso de descentralización,
    desde el 1 de enero del 2003 los Gobiernos
    Regionales son las entidades encargadas de
    administrar los procesos de licitación,
    adjudicación, contratación y control
    financiero-contable de los proyectos
    pertenecientes al programa financiados a través
    de la Provisión P.M.B. del F.N.D.R.

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Tipo de Financiamiento
Cuatro préstamos BID y recursos locales
1998 a la fecha recursos nacionales.
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Estado de Desarrollo
  • Se han contratado en el período 1983 - 2004 un
    total de 304.260 soluciones sanitarias.
  • Promedio de 13.800 soluciones por año.

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N de soluciones contratadas por añoI.S.A.R. -
P.M.B.
24
N de soluciones contratadasProvisión P.M.B.
(Chile Barrio)Años 2003 - 2004 - 2005
25
N de soluciones contratadasProvisión P.M.B.
(60-40)Años 2004 - 2005
26
Metas alcanzadas por el programa
  • Ha mejorado la calidad de vida de la población de
    bajos ingresos que habita en condiciones de
    marginalidad sanitaria.
  • Ha optimizado las condiciones de higiene y
    salubridad de la población.
  • Ha generado un proceso de consolidación de la
    vivienda y el barrio.

27
OPERATORIA DEL PROGRAMA
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Modalidades de Administracióndel Programa
  • Transferencias de Capital
  • A Otras Entidades Públicas
  • Municipalidades (Programa Mejoramiento de
    Barrios)
  • La Ley de Presupuestos del Sector Público Año
    2006 asignó a esta partida un monto ascendente a
    la suma de M4.329.192 y según lo estipulado en
    la glosa respectiva, estos recursos se deben
    destinar al pago de proyectos contratados en años
    anteriores. Su distribución entre regiones la
    debe efectuar la Subsecretaría de Desarrollo
    Regional y Administrativo considerando los saldos
    de los contratos vigentes.
  • Hasta M2.000.000 se podrán destinar al
    financiamiento de acciones concurrentes para
    asegurar la disponibilidad de una cartera de
    proyectos y su ejecución.

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  • Provisión P.M.B. del F.N.D.R.
  • La Ley de Presupuestos del Sector Público año
    2006 asignó a esta partida un monto ascendente a
    M39.762.333, de los cuales M31.913.520 se deben
    distribuir entre las regiones mediante Resolución
    de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
    Administrativo, visada por la Dirección de
    Presupuestos del Ministerio de Hacienda, previa
    aprobación del Directorio del Programa Chile
    Barrio, en función del saldo de contratos de
    proyectos iniciados en años anteriores, de la
    cartera de proyectos nuevos del Programa Chile
    Barrio, del número de beneficiarios aún no
    atendidos y de los aportes regionales a la
    solución de los problemas de los asentamientos
    precarios.

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  • Los M7.848.813 restantes se podrán destinar a
    proyectos no incluidos en el catastro del
    Programa Chile Barrio, de acuerdo a convenios de
    la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
    Administrativo con los Gobiernos Regionales y/o
    Municipios, siempre que el financiamiento del
    costo total de cada proyecto consulte un aporte
    máximo del 50 de dicho costo con cargo a esta
    provisión y a los recursos que se consulten en
    las leyes de presupuestos de las anualidades
    siguientes.
  • Para cofinanciar los proyectos P.M.B.
    Tradicionales, es decir no incluidos en el
    catastro del Programa Chile Barrio, se debe
    suscribir un convenio entre el Gobierno Regional
    respectivo y la Subsecretaría de Desarrollo
    Regional y Administrativo.
  • En todos los casos, esto es, proyectos
    P.M.B.-Chile Barrio y P.M.B. Tradicionales
    financiados a través de la Provisión P.M.B. del
    F.N.D.R., se debe suscribir un convenio entre la
    Municipalidad y el Gobierno Regional respectivo,
    para el traspaso de recursos pertinente.

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PROCEDIMIENTOS PARA FORMULACIÓN NUEVOS PROYECTOS
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Etapas Formulación Nuevos Proyectos
  • Catastros La determinación de beneficiarios,
    puntajes C.A.S. y diagnóstico de necesidades del
    sector a beneficiar es de responsabilidad
    municipal.
  • Saneamiento de Títulos de Dominio de Terrenos de
    los Beneficiarios Asesor jurídico municipal,
    Secretarías Regionales Ministeriales de Bienes
    Nacionales y/o financiamiento Línea Acciones
    Concurrentes del Programa Mejoramiento de
    Barrios.
  • Adquisición de Terrenos Recursos municipales y/o
    SERVIU.

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Etapas Formulación Nuevos Proyectos
  • Elaboración Diseños de Ingeniería y/o
    Arquitectura
  • Recursos municipales y/o financiamiento Línea
    Acciones Concurrentes Programa Mejoramiento de
    Barrios, cumpliendo con los requisitos de
    recomendación técnica sin condiciones (RS),
    otorgada por la SERPLAC respectiva y carta del
    Intendente estipulando la disposición a financiar
    el 50 del costo total de ejecución del proyecto
    con recursos propios.
  • Ejecución Obras Civiles Provisión P.M.B. del
    F.N.D.R.
  • Proyectos P.M.B. - Chile Barrio
  • Proyectos P.M.B. Tradicionales (50 Provisión
    P.M.B. y 50 Recursos Propios GORES y/o
    Municipalidades).

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