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Comit de Ejercicio Profesional

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Comit de Ejercicio Profesional. Presentaci n de un nuevo proyecto para su ... deber llevarse a cabo dentro de los diez (10) d as de recibido el pedido. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Comit de Ejercicio Profesional


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Comité de Ejercicio Profesional
  • Presentación de un nuevo proyecto para su
    organización y funcionamiento con ajuste estricto
    a lo establecido en el Estatuto Social

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Comité de Ejercicio Profesional Que dice el
Estatuto Social?
  • Artículos 46 al 51 inclusive
  • Otorga objetivos, funciones, normas de
    procedimiento y facultades

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Objeto
  • ARTÍCULO 46
  • La defensa de los intereses profesionales de los
    asociados y el contralor del ejercicio de las
    especialidades estarán, fundamentalmente, a cargo
    del Comité de Ejercicio Profesional.
  • El Director y el Subdirector integrarán la
    Comisión Directiva.

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Comité de Ejercicio Profesional
ARTÍCULO 47 Serán funciones del Comité las
siguientes
  • a) Considerar los diferentes cursos de acción a
    llevar a cabo por la Sociedad de Obstetricia y
    Ginecología de Buenos Aires para propender a la
    defensa de los intereses profesionales de sus
    asociados
  • b) Intervenir activamente en la promoción del
    progreso en la calidad del ejercicio profesional
    de la ginecología y la obstetricia
  • c) Proponer bases y pautas de trabajo para
    celebrar convenios vinculados con aranceles y
    retribuciones profesionales de los asociados con
    las diversas entidades médicas a los que estos
    pudieran pertenecer.
  • d) Intervenir en todo lo relacionado con
    acreditación, certificación y re-certificación de
    especialistas en ginecología y obstetricia
  • e) Participar en los reclamos por mala praxis
    profesional
  • f) Preparar las bases necesarias para la
    facturación unificada de honorarios de los
    ginecólogos, obstetras y tocoginecólogos
  • g) Llevar el registro de cada miembro de la
    asociación, en el que consten los antecedentes
    relacionados con el ejercicio profesional de su
    especialidad, sus reconocimientos y sanciones
  • h) Coordinar las acciones dirigidas a la
    organización de obras y eventos de difusión
    apropiados, tales como conferencias,
    publicaciones, seminarios y jornadas, etc.,
    vinculadas al ejercicio profesional
  • i) Participar en las publicaciones de la
    asociación sobre temas vinculados al ejercicio
    profesional de los ginecólogos y obstetras
  • j) Hacer valer y preservar los derechos
    profesionales de los asociados que lo soliciten
    ante el Estado Nacional, Provincial o Municipal,
    sus dependencias, como así ante las entidades
    intermedias publicas o privadas, civiles o
    comerciales
  • k) Colaborar en el estudio y solución de los
    problemas concernientes a la profesional y
    especialidad de los miembros de la asociación y
    en el asesoramiento a brindar a las entidades
    publicas o privadas
  • l) Proponer los procedimientos y el monto de las
    retribuciones por servicios de facturación y
    otros a prestar por la entidad a sus asociados
  • m) Vigilar el cumplimiento del Código de Ética de
    la asociación y promover la iniciación, en su
    caso, del sumario necesario para la sanción de
    aquellas conductas reñida con sus normas
  • n) Ejercer el control sobre el cumplimiento de
    las normas dictadas por la Sociedad a efectos de
    proponer las medidas pertinentes en caso de
    infracción a las mismas
  • o) Proponer a la Comisión Directiva la confección
    del Nomenclador de Obstetricia y Ginecología de
    la sociedad y sus futuras actualizaciones

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Comité de Ejercicio Profesional
Subcomisiones
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Comité de Ejercicio Profesional
  • Subcomisión gremial (Art. 47)
  • a) Considerar los diferentes cursos de acción a
    llevar a cabo por la Sociedad de Obstetricia y
    Ginecología de Buenos Aires para propender a la
    defensa de los intereses profesionales de sus
    asociados
  • c) Proponer bases y pautas de trabajo para
    celebrar convenios vinculados con aranceles y
    retribuciones profesionales de los asociados con
    las diversas entidades médicas a los que estos
    pudieran pertenecer.
  • f) Preparar las bases necesarias para la
    facturación unificada de honorarios de los
    ginecólogos, obstetras y tocoginecólogos
  • l) Proponer los procedimientos y el monto de las
    retribuciones por servicios de facturación y
    otros a prestar por la entidad a sus asociados
  • o) Proponer a la Comisión Directiva la confección
    del Nomenclador de Obstetricia y Ginecología de
    la sociedad y sus futuras actualizaciones

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Subcomisión de Medicina Legal(Art. 47)
  • e) Participar en los reclamos por mala praxis
    profesional
  • Pero en la vida real
  • Respuesta de oficios(Art. 400 cpc)
  • Prevención
  • Asesoramiento en siniestros(primeros auxilios)
  • Redacción de modelos de consentimientos
    informados.
  • Publicación de artículos propios de la
    disciplina, con la finalidad de que estos se
    vuelvan material de consulta aun para la
    justicia.
  • Curso de prevención en medicina legal.

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Subcomisión de Contralor del Ejercicio
    Profesional (Art. 47)
  • j) Hacer valer y preservar los derechos
    profesionales de los asociados que lo soliciten
    ante el Estado Nacional, Provincial o Municipal,
    sus dependencias, como así ante las entidades
    intermedias publicas o privadas, civiles o
    comerciales
  • k) Colaborar en el estudio y solución de los
    problemas concernientes a la profesional y
    especialidad de los miembros de la asociación y
    en el asesoramiento a brindar a las entidades
    publicas o privadas
  • p) Vigilar el cumplimiento por parte de las
    instituciones privadas y públicas de las
    reglamentaciones y directivas aprobadas por la
    sociedad para sus asociados.

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Subcomisión de Ética (Art. 47)
  • g) Llevar el registro de cada miembro de la
    asociación, en el que consten los antecedentes
    relacionados con el ejercicio profesional de su
    especialidad, sus reconocimientos y sanciones
  • m) Vigilar el cumplimiento del Código de Ética de
    la asociación y promover la iniciación, en su
    caso, del sumario necesario para la sanción de
    aquellas conductas reñida con sus normas
  • n) Ejercer el control sobre el cumplimiento de
    las normas dictadas por la Sociedad a efectos de
    proponer las medidas pertinentes en caso de
    infracción a las mismas

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Subcomisión de Prensa (Art. 47)
  • b) Intervenir activamente en la promoción del
    progreso en la calidad del ejercicio profesional
    de la ginecología y la obstetricia
  • h) Coordinar las acciones dirigidas a la
    organización de obras y eventos de difusión
    apropiados, tales como conferencias,
    publicaciones, seminarios y jornadas, etc.,
    vinculadas al ejercicio profesional
  • i) Participar en las publicaciones de la
    asociación sobre temas vinculados al ejercicio
    profesional de los ginecólogos y obstetras
  • k) Colaborar en el estudio y solución de los
    problemas concernientes a la profesional y
    especialidad de los miembros de la asociación y
    en el asesoramiento a brindar a las entidades
    publicas o privadas
  • INFOCEP

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Integración del Tribunal de Evaluación (Art. 47)
  • d) Intervenir en todo lo relacionado con
    acreditación, certificación y re-certificación de
    especialistas en ginecología y obstetricia

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Comité de Ejercicio Profesional
Funcionamiento
ARTÍCULO 48 El Comité sesionará con la presencia
de por lo menos tres (3) de sus miembros y
resolverá por el voto de la mayoría de los
miembros presentes. Se reunirá en sesiones
regulares por lo menos una vez al mes, en los
días y horas que el mismo Comité determine, para
tratar los asuntos que sus miembros propongan en
cada sesión. Sin perjuicio de ello, para
considerar los asuntos de su competencia deberá
ser convocada por el Director. Podrá, también,
ser requerida su convocatoria al Director por
cualquier miembro, en cuyo caso la reunión deberá
llevarse a cabo dentro de los diez (10) días de
recibido el pedido. En su defecto, podrá
convocarla el peticionante. La convocatoria
deberá indicar sucintamente los temas a tratar.
Con excepción de las reuniones mensuales
regulares, para las cuales no será necesaria
citación expresa, las restantes convocatorias
deberán ser efectuadas por medio fehaciente.
ARTÍCULO 49 El Comité llevará un libro de
actas, en el que se asentarán, bajo la firma del
Director y del Secretario, las deliberaciones y
resoluciones que adopte.
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Comité de Ejercicio Profesional
Resoluciones
ARTÍCULO 51 Las resoluciones que adopte el
Comité dentro de sus facultades, serán puestas en
conocimiento de la Comisión Directiva, a través
del Director de Asuntos Profesionales, a los
efectos de que aquella decida sobre la ejecución
o no de la misma. A tal efecto, se elevara a la
Comisión Directiva el acta de la reunión del
Comité en donde conste la deliberación celebrada
y la decisión adoptada, con las firmas del
Presidente y Secretario. La Comisión Directiva
podrá citar al Director del Comité a efectos de
que comparezca, con voz, a la reunión en la que
se tratare la cuestión sometida a aquel Órgano.
Si la resolución de la Comisión Directiva fuere
contraria a la propuesta efectuada por el Comité,
éste podrá requerir a la Comisión Directiva para
que someta la cuestión a la consideración de la
próxima Asamblea Anual, a cuyo fin se incluirá el
tema entre los puntos del Orden del Día a tratar
en ella. La resolución que ésta adopte al
respecto será definitiva y obligatoria, debiendo
la Comisión Directiva ejecutarla.
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Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta aprobada por la Comisión
Directiva 1)Creación de Subcomisiones
  • Gremial
  • Ética
  • Medicina Legal
  • Contralor del Ejercicio Profesional
  • Prensa

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Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 2)Funcionamiento de las
Subcomisiones
  • Coordinador y Secretario
  • Orden interno propio
  • El único orden que se imparte desde la Dirección
    del Comité de Ejercicio Profesional es la línea
    política de trabajo
  • Plenarios mensuales
  • Todas las subcomisiones del CEP
  • De ahí salen las conclusiones para la CD
  • Solicitamos ser colocados en segundo termino en
    el orden del día de las reuniones de la CD

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Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 2)Funcionamiento de las
Subcomisiones
  • Se efectuarán evaluaciones semestrales
  • A aquellos colegas que cumplieron con sus
    objetivos, solicitamos que se les adjudiquen
    puntos de recertificación, y que se publiquen sus
    nombres como reconocimiento a su tarea
  • Sobre esto último, existen multitud de sociedades
    locales y extranjeras que utilizan el mismo
    sistema

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Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 3)Integración del Tribunal de
Evaluación
  • Arma estratégica
  • Peso gremial
  • Derecho establecido
  • Solicitamos la reforma del reglamento del
    Tribunal de Evaluación, proyecto que
    presentaremos a la brevedad, a los fines de su
    consideración por la CD
  • En prácticamente todas las sociedades científicas
    en occidente, la expedición del titulo de
    especialista es un hecho gremial
  • Se basa en merito, oferta y demanda

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Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 4)Ventajas del cambio de
organigrama
  • Se cumple el estatuto
  • El orden es lógico
  • Plantea referentes
  • Es cumplible
  • La democracia es ascendente y descendente
  • Aparece la figura del responsable
  • Hay líneas políticas, ascendentes y descendentes

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Comité de Ejercicio Profesional
  • Muchas Gracias
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