Title: Comit de Ejercicio Profesional
1Comité de Ejercicio Profesional
- Presentación de un nuevo proyecto para su
organización y funcionamiento con ajuste estricto
a lo establecido en el Estatuto Social
2Comité de Ejercicio Profesional Que dice el
Estatuto Social?
- Artículos 46 al 51 inclusive
- Otorga objetivos, funciones, normas de
procedimiento y facultades
3Comité de Ejercicio Profesional
- Objeto
- ARTÍCULO 46
- La defensa de los intereses profesionales de los
asociados y el contralor del ejercicio de las
especialidades estarán, fundamentalmente, a cargo
del Comité de Ejercicio Profesional. - El Director y el Subdirector integrarán la
Comisión Directiva.
4Comité de Ejercicio Profesional
ARTÍCULO 47 Serán funciones del Comité las
siguientes
- a) Considerar los diferentes cursos de acción a
llevar a cabo por la Sociedad de Obstetricia y
Ginecología de Buenos Aires para propender a la
defensa de los intereses profesionales de sus
asociados - b) Intervenir activamente en la promoción del
progreso en la calidad del ejercicio profesional
de la ginecología y la obstetricia - c) Proponer bases y pautas de trabajo para
celebrar convenios vinculados con aranceles y
retribuciones profesionales de los asociados con
las diversas entidades médicas a los que estos
pudieran pertenecer. - d) Intervenir en todo lo relacionado con
acreditación, certificación y re-certificación de
especialistas en ginecología y obstetricia - e) Participar en los reclamos por mala praxis
profesional - f) Preparar las bases necesarias para la
facturación unificada de honorarios de los
ginecólogos, obstetras y tocoginecólogos - g) Llevar el registro de cada miembro de la
asociación, en el que consten los antecedentes
relacionados con el ejercicio profesional de su
especialidad, sus reconocimientos y sanciones - h) Coordinar las acciones dirigidas a la
organización de obras y eventos de difusión
apropiados, tales como conferencias,
publicaciones, seminarios y jornadas, etc.,
vinculadas al ejercicio profesional
- i) Participar en las publicaciones de la
asociación sobre temas vinculados al ejercicio
profesional de los ginecólogos y obstetras - j) Hacer valer y preservar los derechos
profesionales de los asociados que lo soliciten
ante el Estado Nacional, Provincial o Municipal,
sus dependencias, como así ante las entidades
intermedias publicas o privadas, civiles o
comerciales - k) Colaborar en el estudio y solución de los
problemas concernientes a la profesional y
especialidad de los miembros de la asociación y
en el asesoramiento a brindar a las entidades
publicas o privadas - l) Proponer los procedimientos y el monto de las
retribuciones por servicios de facturación y
otros a prestar por la entidad a sus asociados - m) Vigilar el cumplimiento del Código de Ética de
la asociación y promover la iniciación, en su
caso, del sumario necesario para la sanción de
aquellas conductas reñida con sus normas - n) Ejercer el control sobre el cumplimiento de
las normas dictadas por la Sociedad a efectos de
proponer las medidas pertinentes en caso de
infracción a las mismas - o) Proponer a la Comisión Directiva la confección
del Nomenclador de Obstetricia y Ginecología de
la sociedad y sus futuras actualizaciones
5Comité de Ejercicio Profesional
Subcomisiones
6Comité de Ejercicio Profesional
- Subcomisión gremial (Art. 47)
- a) Considerar los diferentes cursos de acción a
llevar a cabo por la Sociedad de Obstetricia y
Ginecología de Buenos Aires para propender a la
defensa de los intereses profesionales de sus
asociados - c) Proponer bases y pautas de trabajo para
celebrar convenios vinculados con aranceles y
retribuciones profesionales de los asociados con
las diversas entidades médicas a los que estos
pudieran pertenecer. - f) Preparar las bases necesarias para la
facturación unificada de honorarios de los
ginecólogos, obstetras y tocoginecólogos - l) Proponer los procedimientos y el monto de las
retribuciones por servicios de facturación y
otros a prestar por la entidad a sus asociados - o) Proponer a la Comisión Directiva la confección
del Nomenclador de Obstetricia y Ginecología de
la sociedad y sus futuras actualizaciones
7Comité de Ejercicio Profesional
- Subcomisión de Medicina Legal(Art. 47)
- e) Participar en los reclamos por mala praxis
profesional - Pero en la vida real
- Respuesta de oficios(Art. 400 cpc)
- Prevención
- Asesoramiento en siniestros(primeros auxilios)
- Redacción de modelos de consentimientos
informados. - Publicación de artículos propios de la
disciplina, con la finalidad de que estos se
vuelvan material de consulta aun para la
justicia. - Curso de prevención en medicina legal.
8Comité de Ejercicio Profesional
- Subcomisión de Contralor del Ejercicio
Profesional (Art. 47)
- j) Hacer valer y preservar los derechos
profesionales de los asociados que lo soliciten
ante el Estado Nacional, Provincial o Municipal,
sus dependencias, como así ante las entidades
intermedias publicas o privadas, civiles o
comerciales - k) Colaborar en el estudio y solución de los
problemas concernientes a la profesional y
especialidad de los miembros de la asociación y
en el asesoramiento a brindar a las entidades
publicas o privadas - p) Vigilar el cumplimiento por parte de las
instituciones privadas y públicas de las
reglamentaciones y directivas aprobadas por la
sociedad para sus asociados.
9Comité de Ejercicio Profesional
- Subcomisión de Ética (Art. 47)
- g) Llevar el registro de cada miembro de la
asociación, en el que consten los antecedentes
relacionados con el ejercicio profesional de su
especialidad, sus reconocimientos y sanciones - m) Vigilar el cumplimiento del Código de Ética de
la asociación y promover la iniciación, en su
caso, del sumario necesario para la sanción de
aquellas conductas reñida con sus normas - n) Ejercer el control sobre el cumplimiento de
las normas dictadas por la Sociedad a efectos de
proponer las medidas pertinentes en caso de
infracción a las mismas
10Comité de Ejercicio Profesional
- Subcomisión de Prensa (Art. 47)
- b) Intervenir activamente en la promoción del
progreso en la calidad del ejercicio profesional
de la ginecología y la obstetricia - h) Coordinar las acciones dirigidas a la
organización de obras y eventos de difusión
apropiados, tales como conferencias,
publicaciones, seminarios y jornadas, etc.,
vinculadas al ejercicio profesional - i) Participar en las publicaciones de la
asociación sobre temas vinculados al ejercicio
profesional de los ginecólogos y obstetras - k) Colaborar en el estudio y solución de los
problemas concernientes a la profesional y
especialidad de los miembros de la asociación y
en el asesoramiento a brindar a las entidades
publicas o privadas - INFOCEP
11Comité de Ejercicio Profesional
- Integración del Tribunal de Evaluación (Art. 47)
- d) Intervenir en todo lo relacionado con
acreditación, certificación y re-certificación de
especialistas en ginecología y obstetricia
12Comité de Ejercicio Profesional
Funcionamiento
ARTÍCULO 48 El Comité sesionará con la presencia
de por lo menos tres (3) de sus miembros y
resolverá por el voto de la mayoría de los
miembros presentes. Se reunirá en sesiones
regulares por lo menos una vez al mes, en los
días y horas que el mismo Comité determine, para
tratar los asuntos que sus miembros propongan en
cada sesión. Sin perjuicio de ello, para
considerar los asuntos de su competencia deberá
ser convocada por el Director. Podrá, también,
ser requerida su convocatoria al Director por
cualquier miembro, en cuyo caso la reunión deberá
llevarse a cabo dentro de los diez (10) días de
recibido el pedido. En su defecto, podrá
convocarla el peticionante. La convocatoria
deberá indicar sucintamente los temas a tratar.
Con excepción de las reuniones mensuales
regulares, para las cuales no será necesaria
citación expresa, las restantes convocatorias
deberán ser efectuadas por medio fehaciente.
ARTÍCULO 49 El Comité llevará un libro de
actas, en el que se asentarán, bajo la firma del
Director y del Secretario, las deliberaciones y
resoluciones que adopte.
13Comité de Ejercicio Profesional
Resoluciones
ARTÍCULO 51 Las resoluciones que adopte el
Comité dentro de sus facultades, serán puestas en
conocimiento de la Comisión Directiva, a través
del Director de Asuntos Profesionales, a los
efectos de que aquella decida sobre la ejecución
o no de la misma. A tal efecto, se elevara a la
Comisión Directiva el acta de la reunión del
Comité en donde conste la deliberación celebrada
y la decisión adoptada, con las firmas del
Presidente y Secretario. La Comisión Directiva
podrá citar al Director del Comité a efectos de
que comparezca, con voz, a la reunión en la que
se tratare la cuestión sometida a aquel Órgano.
Si la resolución de la Comisión Directiva fuere
contraria a la propuesta efectuada por el Comité,
éste podrá requerir a la Comisión Directiva para
que someta la cuestión a la consideración de la
próxima Asamblea Anual, a cuyo fin se incluirá el
tema entre los puntos del Orden del Día a tratar
en ella. La resolución que ésta adopte al
respecto será definitiva y obligatoria, debiendo
la Comisión Directiva ejecutarla.
14Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta aprobada por la Comisión
Directiva 1)Creación de Subcomisiones
- Gremial
- Ética
- Medicina Legal
- Contralor del Ejercicio Profesional
- Prensa
15Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 2)Funcionamiento de las
Subcomisiones
- Coordinador y Secretario
- Orden interno propio
- El único orden que se imparte desde la Dirección
del Comité de Ejercicio Profesional es la línea
política de trabajo - Plenarios mensuales
- Todas las subcomisiones del CEP
- De ahí salen las conclusiones para la CD
- Solicitamos ser colocados en segundo termino en
el orden del día de las reuniones de la CD
16Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 2)Funcionamiento de las
Subcomisiones
- Se efectuarán evaluaciones semestrales
- A aquellos colegas que cumplieron con sus
objetivos, solicitamos que se les adjudiquen
puntos de recertificación, y que se publiquen sus
nombres como reconocimiento a su tarea - Sobre esto último, existen multitud de sociedades
locales y extranjeras que utilizan el mismo
sistema
17Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 3)Integración del Tribunal de
Evaluación
- Arma estratégica
- Peso gremial
- Derecho establecido
- Solicitamos la reforma del reglamento del
Tribunal de Evaluación, proyecto que
presentaremos a la brevedad, a los fines de su
consideración por la CD - En prácticamente todas las sociedades científicas
en occidente, la expedición del titulo de
especialista es un hecho gremial - Se basa en merito, oferta y demanda
18Comité de Ejercicio Profesional
Nuestra propuesta 4)Ventajas del cambio de
organigrama
- Se cumple el estatuto
- El orden es lógico
- Plantea referentes
- Es cumplible
- La democracia es ascendente y descendente
- Aparece la figura del responsable
- Hay líneas políticas, ascendentes y descendentes
19Comité de Ejercicio Profesional