D 32/2003. Modificaciones en relaci - PowerPoint PPT Presentation

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D 32/2003. Modificaciones en relaci

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Title: Elaboraci n de los planes de un Programa de Autocontrol. Author: ej04199a Last modified by: ejie Created Date: 11/13/2003 2:22:44 PM Document presentation format – PowerPoint PPT presentation

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Title: D 32/2003. Modificaciones en relaci


1
D 32/2003. Modificaciones en relación al D146/88
2
CAPITULO I DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Objeto se incluyen dentro del ámbito de
aplicaciónPiscinas de uso colectivoInstalacio
nes con actividades acuáticas (centros de
talasoterapia, parques acuáticos,etc.)D 146/88
Art.1 D 32/03 Art.1
3
CAPITULO II INSTALACIONES Y SERVICIOS
Tipos de vaso se clasifican los vasos de baño
segúnEl uso que se haga de ellosEl tipo de
usuarioDefiniéndose los vasos de
enseñanza,terapéuticos, termales, de relajación,
de rehabilitación y de saltos. Diferentes zonas
en los vasos de recreo baño libre, oleaje,
toboganes, descanso con asientos bajo el agua,
etc.D 146/88 Art. 8 D 32/03
Art.5 Profundidad del vaso características
estructurales del vaso se introducen pequeños
cambios en relación a las pendientes máxima y
mínima.D 146/88 Art. 6 D 32/03 Art. 7
4
Playa, paseo o andén anchura mínima del andén
pasa de 120m a 180m (en piscinas de nueva
construc-ción).D 146/88 Art. 10 D 32/03
Art. 10.1 Duchas de paso obligatorio para
acceder a todos los vasos descubiertos, según la
anterior reglamentación solo para acceder a los
vasos de lámina de agua superior a 200m2.D
146/88 Art. 12.2 D 32/03 Art. 10.4 Los
pediluvios estarán dotados de duchas o chorros de
agua con mecanismos de activación automática
(31-12-2004).D 146/88 Art. 12.3 D 32/03
Art. 10.5
5
Elementos de seguridad se amplia en número de
elementos de seguridad tanto materiales tabla
de columna rígida y camilla (consulta a la Cruz
Roja), como pasivos carteles informativos y
sistemas de comunicación audiovisuales (estos
últimos para instalaciones con activi-dades
acuáticas recreativas).D 146/88 Art. 13 D
32/03 Art. 12.1 y 2
6
Trampolines, plataformas de salto, toboganes y
deslizadores y otros elementos acuáticos las
atracciones recreativas acuáticas cumplirán los
requisitos de seguridad se realizaran conforme
proyecto aprobado contaran con los certificados
de dirección y final de obra suscritos por el
técnico competente y estarán visados en el
colegio profesional correspondiente.D 146/88
----- D 32/03 Art.13.7

7
Condiciones de las piscinas cubiertas se
detallan las condiciones ambientales de las
piscinas cubiertas, en función del tipo de vaso
y uso del mismo (D1751/98 RITE y ITE).
Humedad relativa 55 al 70 Hall
8m3 aire/m2 lamina de
agua Renovación aire gt 2,5
l/seg/m2 lámina agua Temperatura del agua
24ºC a 28ºC (en vasos infantiles, descanso
y rehabilitación se podrá aumentar)
Temperatura ambiente 2ºC de la del aire Las
instalaciones contarán con aparatos de medida
para estos parámetros (31-12-2004)D 146/88 Art.
16 D 32/03 Art. 14
8
Condiciones y tratamiento del agua del vaso
Agua de alimentación llenado y renovación del
vaso el agua de renovación se aportará al vaso
de compensación, y en su defecto en un punto
anterior a la filtración.En el punto de
aportación habrá una válvula antirretorno
(31-12-2004).D 146/88 Art. 18.3 D 32/03 Art.
15.4 Tratamiento del agua del vaso los vasos
tendrán circuitos independientes no pudiendo
compartir un filtro 2 o mas vasos (vasos de nueva
construcción).D 146/88 Art.19.2 D 32/03 Art.
17.2
9
Cada vaso dispondrá de una bomba de reserva.D
146/88 --------- D 32/03 Art. 17.7 La
dosificación seráautomática no solo para los
desinfectantes,sino también para los correctores
del pH y otros productosindependiente para cada
vaso.D 146/88 Art. 20.1 D 32/03 Art.
17.8 La adición de desinfectantes se realizará
después de la filtración.D 146/88
--------- D 32/03 Art.17.10
10
Se instalará por vaso un sistema de regulación
automático que medirá en continuo la
concentración de desinfectante y el corrector de
pH existente en el agua de baño, trans-mitiendo
esta información al dispositivo que regula la
dosificación de estos reactivos (31-12-2004).D
146/88 ------ D 32/03 Art. 17.11 Caudalímetro
s de control el circuito de recirculación de
cada vaso estará dotado de un dispositivo que
permita conocer el tiempo que ha estado en
funcionamiento el sistema de depuración
(31-5-2004).D 146/88 ------- D 32/03 Art.
19
11
Vaciado de los vasos en vasos cubiertos se
reduce la frecuencia de vaciado-limpieza-desinfecc
ión de 2 a 1 vez/ año. En caso de vaciado
extraordinario se informará a la autoridad
sanitaria indicando el motivo de tal
circunstancia.D 146/88 Art. 25 D 32/03 Art.
20.1 y 2 Al estar dentro del ámbito de
aplicación del nuevo Decreto, los vasos
terapéuticos, termales, de relajación y de
rehabilitación, han de cumplir los criterios
higiénico-sanitarios establecidos legalmente para
la prevención y control de la legionelosis.D
146/88 ------ D 32/03 Art. 20.3
12
CAPITULO III SERVICIOS COMPLEMENTARIOS E
INSTALACIONES ANEXAS Sistema de climatización
de aire y agua caliente y fría sanitaria
cumplirán el D1751/98 RITE y ITE y el RD 865/03
por el que se establecen los criterios
higiénico-sanitarios para la prevención y control
de legionelosis Los sistemas de
calefacción Los sistemas de climatización El
agua caliente y fría sanitariaD 146/88
----- D 32/03 Art. 21
13
Vestuarios y aseos de uso exclusivo para la
piscina, salvo en instalaciones con piscinas con
lámina de agua lt 200 m2 que podrán ser utilizados
para otras actividades deportivas si cumplen una
serie de requisitos.Su capacidad y dotación será
en base al anexo III y su distribución en
módulos. Adaptados a usuarios con discapacidades
físicas.D 146/88 Art 27, 28, 29 D 32/03 Art
23 Limpieza de vestuarios y aseos la limpieza y
desinfección de duchas, alcachofas, grifos,
conducciones, etc. Se ajustará a la normativa
relativa a la prevención y control de la
legionelosis.D 146/88 ------ D 32/03 Art 26
14
Excepción vestuarios en urbanizaciones con
viviendas próximas y alojamientos turísticos o
establecimientos hoteleros.D 146/88
------ D 32/03 Art 27 Local de primeros
auxilios existirá en todas las piscinas. (salvo
en instalaciones donde se exceptúa el
socorrista). Define características de materiales
y su ubicación (nueva construcción).D 146/88
Art 41 D 32/03 Art 28 Accesibilidad indica
las reglamentaciones de aplicación para el acceso
a estas instalaciones para personas
minusválidas.D 146/88 Art 28 D 32/03 Art 31
15
CAPITULO IV PERSONAL ENCARGADO Y FUNCIONES
Personal responsable los titulares de las
piscinas son los responsables del cumplimiento de
este Decreto. El mantenimiento se realizará por
personal técnico capacitado.D 146/88 Art
37 D 32/03 Art 32 Socorrista Tendrá
formación en salvamento acuático y primeros
auxilios, impartida por instituciones
acredirtadas por la autoridad sanitaria.
Excepciones.D 146/88 Art 41 D 32/03 Art 33
16
CAPITULO V DE LOS USUARIOS
Reglamento de régimen interno se recomienda que
los niños accedan a vasos infantiles
acompañados.D 146/88 Art 43 D 32/03 Art
34 Programa de autocontrol los titulares de las
piscinas lo elaborarán y presentaran a la
autoridad sanitaria para su aprobación y
establecerán un sistema de documentación y
registro.D 146/88 ---- D 32/88 Art 35
17
Excepciones se excluyen las urbanizaciones de 20
100 viviendas y aquellas piscinas que tengan
una lámina de agua lt 200 m2 de presentar el
programa de autocontrol. Presentarán una
documentación más sencilla. Cumplimentarán el
anexo V.D 146/88 ------ D 32/03 Art
36 Programa de control de calidad del agua de
baño indica los parámetros analíticos a realizar
y la periodicidad de los mismos.D 146/88
------ D 32/03 Art 37
18
Información al usuario los últimos controles
sobre la calidad del agua se expondrán al
público. Igualmente, a la entrada de los
servicios se informará de la fecha y hora de la
última limpieza.D 146/88 ------ D 32/03
Art 38 Información a la Autoridad Sanitaria
toda la documentación derivada de los planes de
autocontrol estará a disposición de la autoridad
sanitaria. Las incidencias, resultados
analíticos, accidentalidad y cualquier situación
que pudiera suponer un aumento importante del
riesgo para los usuarios se comunicará
inmediatamente (anexo VI).D 146/88
------- D32/03 Art 39
19
CAPITULO VII SUPERVISION E INSPECCION SANITARIA
Intervención de la Autoridad Sanitaria le
corresponde la comprobación del cumplimiento de
este Decreto.D 146/88 Art 46 D 32/03 Art
40 Inspección sanitaria los técnicos sanitarios
realizarán visitas de inspección para verificar
la ejecución del plan de autocontrol y el
correcto funcionamiento de las instalaciones.D
146/88 Art 46, 47 D 32/03 Art 41
20
Informe global la Autoridad Sanitaria emitirá un
informe global (incidencias, supervisión,
propuestas de actuación) cuando lo estime
oportuno o lo solicite el titular de la
instalación.D 146/88 Art 48 D 32/03 Art 42
21
CAPITULO VIII AUTORIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES
Régimen de autorizaciones previo informe
sanitario, preceptivo y vinculante, emitido por
la Autoridad Sanitaria, los Ayuntamientos
remitirán un ejemplar de la memoria técnica de la
obra a realizar.Nueva construcción Presentación
del plan de autocontrol Reapertura certificado
de puesta a punto de la instalación y
acreditaciones actualizadas de los
socorristas.D 146/88 Art 44 D 32/03 Art
43 Contenido de la memoria técnica indica la
documentación que se debe presentar en el
Ayuntamiento para la autorización de los
expedientes.D 146/88 ------ D 32/03 Art 44
22
CAPITULO IX RÉGIMEN SANCIONADOR
Régimen aplicable ley 8/97, de 26 de junio, de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.D 146/88 Art
49 D 32/03 Art 45 Procedimiento sancionador
tipifica las infracciones administrativas y las
califica atendiendo a diversos criterios.D
146/88 Art 50 D 32/03 Art 46
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