Title: PreseNTACI
1SEGUNDA CONFERENCIA HEMISFÉRICA SOBRE PROTECCIÓN
PORTUARIA CIP-OEA
Coordinación General de Puertos y Marina Mercante
República Bolivariana de Venezuela
Dirección General de Puertos
FINANCIAMIENTO DE LOS COSTOS POR SEGURIDAD EN
MÉXICO
Lic. Francisco Pastrana Alcántara.
Octubre 2006
2ANTECEDENTES
3ANTECEDENTES
- Hace cinco años ocurrieron hechos terroristas muy
lamentables, que modificaron los esquemas de
seguridad en todo el mundo y en todos los
sectores, incluyendo desde luego, al sector
marítimo portuario. - Por lo anterior, la seguridad es uno de los
elementos significativos en el diseño de
políticas sustentables para incrementar la
protección. - Estas nuevas exigencias, de no aplicarse en forma
idónea se pueden contraponer con la facilitación
del transporte y del comercio.
4IMPLEMENTACIÓN EN MÉXICO DEL CÓDIGO ISPS
5IMPLEMENTACIÓN EN MÉXICO DEL CÓDIGO ISPS
El Gobierno Mexicano es contratante del Convenio
SOLAS 74. Las medidas permitirán garantizar su
seguridad
Cada puerto y terminal pública o privada
certificada llevó a cabo
- La evaluación de la vulnerabilidad de sus
instalaciones. - La preparación de un plan de protección.
- La incorporación de personal para dichos fines, y
- La realización de inversiones en obras y
adquisición de equipos.
6IMPLEMENTACIÓN EN MÉXICO DEL CÓDIGO ISPS
El Gobierno Federal, estableció mecanismos de
coordinación para la correcta implementación,
entre los que destacan
- Activar el plan de contingencias, reforzar las
medidas de control y llevar a cabo las
inversiones para incrementar la protección de las
instalaciones portuarias. - Intensificar las labores de vigilancia.
- Establecer un Subcomité de Seguridad.
- Coordinación inmediata de las autoridades máximas
en el puerto. - Mando único de todas las corporaciones de
seguridad.
7CERTIFICACIÓN DEL PUERTO
Para implementar las medidas en el sistema
portuario mexicano, se establecieron
lineamientos, en los siguientes rubros
- Obligaciones de los Administradores y Operadores
de Terminales. - Determinación de los Niveles de Protección.
- Protección de la Instalación Portuaria.
- Evaluación de la Protección de la Instalación
Portuaria. - Plan de Protección de la Instalación Portuaria.
- Oficial de Protección de la Instalación Portuaria
- Auditoria, revisiones y ajustes
- Declaración de Cumplimiento
- Ejercicios y prácticas de protección.
8CARGAS SUSCEPTIBLES DE COBRO
9CARGAS SUSCEPTIBLES DE COBRO
CARGA GENERAL
GRANELES
CRUCEROS
- Contenerizada
- Fraccionada
- Unitizada
- Automóviles
10GASTO E INVERSION
11GASTO E INVERSION
RAZONES DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA TARIFA
- Con base a la información proporcionada por las
empresas concesionarias y permisionarias, en los
próximos siete años, el gasto corriente y de
inversión en infraestructura asciende a 27.3
millones de dólares promedio anual, lo cual
debería recuperarse a través de la implantación
de un cobro por seguridad. - Los operadores de terminales y las APIs gastaron
en inversión de infraestructura y equipamiento,
así como en gasto corriente no previsto para la
operación de las instalaciones . - Las erogaciones no se realizaron por única
ocasión, sino que son de carácter permanente, ya
que además del gasto corriente, es necesaria la
renovación de equipos, realización de obra
física, así como el mantenimiento de la
certificación .
12GASTO E INVERSION 2005
Miles de pesos
13GASTO E INVERSION
FACTORES DEL CÁLCULO
- VOLUMEN AÑO 2004 867,357 cajas llenas 20 y 40
pies equivalente a 1,384,535 TEUS - GASTO CORRIENTE E INVERSIÓN ANUAL 27.2 Millones
de dólares
ESTIMACIÓN DE LA TARIFA
(27,283,201 Dólares / 867,357 Cajas) 31.45
Dólares / Caja
TARIFA FINAL 9.27 dólares/caja
14GASTO E INVERSION
Ejemplo de una terminal de contenedores
15GASTO E INVERSION
- CONSIDERACIONES DE LA TARIFA
- En la tarifa sólo se recupera parte de los gastos
en los que han incurrido los operadores de
terminales y las APIs, ya que se podrían aplicar
a otras cargas, así como es conveniente que se
encuentre a niveles internacionales. - Este cobro no es un impuesto, se trata de una
tarifa de aplicación específica implementada para
un propósito determinado. - Se implementó para hacerla totalmente
transparente en cuanto a los costos que le dieron
origen.
16REGLAS BÁSICAS DE APLICACIÓN DE LA TARIFA DE
SEGURIDAD
- La tarifa sólo se refiere al servicio por
seguridad y protección de instalaciones para el
manejo de carga contenerizada. - Consiste en la aplicación de una cuota de
recuperación de los servicios de seguridad y
protección. - Aplicable a cada contenedor lleno en tráfico de
importación o exportación. - El cobro se realizará por parte de las empresas
operadoras de terminales o prestadoras de
servicios. - Los ingresos derivados de la aplicación de la
tarifa, deberán destinarse única y exclusivamente
a los gastos e inversiones generados por la
seguridad de las instalaciones portuarias.
17COMPARATIVOS INTERNACIONALES
18COMPARATIVO INTERNACIONAL
19COMPARATIVO INTERNACIONAL
20Lic. Francisco Pastrana Alcántara. Director de
Tarifas y Estadística Av. Nuevo León No. 210
17º. Piso Col. Hipódromo Condesa. 06100 México,
D. F. jpastran_at_sct.gob.mx
Muchas Gracias
www.sct.gob.mx