Normativa Municipal - PowerPoint PPT Presentation

1 / 27
About This Presentation
Title:

Normativa Municipal

Description:

La chimenea dispondr de un orificio ... Chimenea. Sobrepasar en 2 m la mayor altura de las edificaciones ... s la evacuaci n se realiza por chimenea. ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:31
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 28
Provided by: pedrogar
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Normativa Municipal


1
Normativa Municipal

Gestión Ambiental Tema 10
2
Reglamentos Municipales (Valladolid)
  • Reglamento del servicio municipal de
    abastecimiento de agua potable y saneamiento
  • Reglamento municipal de protección del medio
    ambiente atmosférico
  • Reglamento municipal de limpieza, recogida y
    eliminación de residuos sólidos urbanos
  • Reglamento municipal sobre protección del medio
    ambiente contra la emisión de ruidos y
    vibraciones
  • Agenda Local 21
  • Reglamento municipal sobre la incorporación de
    sistemas de captación y aprovechamiento de
    energía solar térmica en los edificios

3
Reglamento del servicio municipal de
abastecimiento de agua potable y saneamiento
  • Publicado BOP 26-4-2006
  • Regula la prestación de servicios de
    abastecimiento de agua potable y saneamiento
  • Fija las normas que han de regir las relaciones
    del usuario con el prestador del servicio y con
    el titular del mismo
  • Fija los aspectos técnicos, medio ambientales,
    sanitarios, económicos y contractuales propios
    del servicio

4
Descarga de vertidos líquidos residuales
  • Las instalaciones, existentes y futuras, deberán
    conectar a la red de alcantarillado a través de
    la correspondiente conexión.
  • Los usuarios de la red de alcantarillado deberán
    efectuar el pretratamiento necesario de sus aguas
    residuales para cumplir los límites de vertido
    establecidos en el presente Reglamento. Dichas
    instalaciones deberán ser construidas y
    explotadas por el propio usuario, totalmente a su
    cargo.

5
Permisos de vertido
  • Los usuarios de la red de alcantarillado, deberán
    satisfacer las tasas que serán función de los
    caudales vertidos de la carga contaminante que
    contengan
  • Las autorizaciones de vertidos se clasificarán en
    tres categorías atendiendo al tipo y volumen de
    agua residual a verter a.    Vertido
    Doméstico Correspondiente a vertidos de aguas
    residuales domésticas procedentes de viviendas u
    oficinas así como de establecimientos
    industriales o comerciales cuyos vertidos tengan
    esas características.b.    Vertido
    Industrial-1 Correspondiente a aguas residuales
    industriales con vertido discontinuo y caudal
    inferior a 50 m3/día. c.    Vertido
    Industrial-2 Correspondiente a aguas residuales
    industriales con vertido continuo y/o caudal
    igual o superior 50 m3/día o que puedan
    presentar, a juicio del Ayuntamiento, una
    contaminación significativa desde el punto de
    vista cualitativo o cuantitativo.

6
Vertidos prohibidos y limitados
  • a) Materias sólidas o viscosas que produzcan
    obstrucciones o sedimentos.
  • b) Disolventes o líquidos orgánicos inmiscibles
    en agua.
  • c) Aceites y grasas flotantes.
  • d) Lodos procedentes de sistema de pretratamiento
    o tratamiento de vertidos de aguas residuales.
  • e) Residuos de origen pecuariof) Sustancias
    sólidas potencialmente peligrosas Carburo
    cálcico, bromatos, cloratos, hidruros,
    percloratos, peróxidos, etc.
  • g) Gases o vapores combustibles inflamables,
    explosivos o tóxicos o procedentes de motores de
    explosión.
  • h) Materias que originen o puedan originar
  • Algún tipo de molestia pública.
  • La formación de mezclas inflamables o explosivas
    con el aire.
  • La creación de atmósferas molestas, insalubres o
    peligrosas.

7
Lista de sustancias peligrosas
  • 1. Arsénico, compuestos de arsénico.2.
    Mercurio, compuestos de mercurio.3. Cadmio,
    compuestos de cadmio.4. Talio, compuestos de
    talio.5. Berilio, compuestos de berilio.6.
    Compuestos de cromo hexavalente.7. Plomo,
    compuesto de plomo.8. Antimonio, compuestos de
    antimonio.9. Fenoles compuestos de fenoles.10.
    Cianuros orgánicos e inorgánicos.11.
    Isocianatos.12. Compuestos orgánicos
    halogenados, excluyendo materiales polímeros
    inertes y sustancias conexas.13. Disolventes
    clorados.14. Disolventes orgánicos.

8
Lista de sustancias peligrosas (II)
  • 15. Biocidas y sustancias fitofarmacéuticas.16.
    Materiales alquitranados procedentes de refinados
    y residuos alquitrados procedentes de
    destilación.17. Compuestos farmacéuticos.18.
    Peróxidos, cloratos, percloratos y ácidos.19.
    Eteres.20. Compuestos procedentes de
    laboratorios químicos, cuyos efectos sobre el
    medio no sean conocidos.21. Amianto ( polvos y
    fibras).22. Selenio, compuesto de selenio.23.
    Telurio compuesto de telurio.24. Compuestos
    aromáticos policíclicos (cancerígenos).25.
    Carbonatos metálicos.26. Compuestos de cobre que
    sean solubles.27. Sustancias ácidas o alcalinas
    utilizadas en procesos de tratamientos
    superficial y acabado de metales.

9
Límites de vertido
  • Sólidos en suspensión 500 T (C)
    ..................................................
    ........... 60 pH ...............................
    ........................ 6-10 Aceites y
    Grasas ...........................................
    150 Cianuros (en CN) .........................
    ..................... 5 Fenoles totales
    (C6H50H) ................................. 2
    Sulfatos (en SO42-).............................
    .............. 1.500 Sulfuros (en
    S)................................................
    ... 5 Aluminio ..................................
    ......................... 20 Arsénico (As)
    ..................................................
    .. 1 Bario (Ba) ................................
    ........................ 10 Boro (B)
    ..................................................
    ......... 3 Nitrógeno Total .. 100

10
Límites de vertido
  • Cadmio (Cd).......................................
    .............. 0,5 Cobre (Cu)
    ..................................................
    ...... 2 Cromo Hexavalente (Cr)
    ................................. 0,5 Cromo
    total (Cr) .......................................
    ......... 5 Cinc (Zn) ..........................
    ................................. 10Hierro (Fe)
    ..................................................
    ...... 10Manganeso (Mn) .........................
    ...................... 2 Mercurio (Hg)
    ..................................................
    . 0,1 Níquel (Ni) ..............................
    ........................... 5 Plomo (Pb)
    ..................................................
    ...... 1 Selenio (Se) .... .....................
    ............................ 1 Demanda química
    de oxígeno (DQD) ............ 1.500Demanda
    bioquímica de oxígeno (DBO5) ........ 1.000

11
Otras restricciones
  • Las industrias deberán colocar una reja de
    desbaste de 75 mm. antes del vertido a la
    alcantarilla.
  • Los caudales deben homogeneizarse
  • Está prohibido el empleo de agua de dilución
  • Deberán controlarse el caudal y calidad del
    efluente en el caso limpieza de tanques, cierre
    vacacional con vaciado de los mismos o
    circunstancias análogas
  • Cuando exista red de aguas pluviales no podrán
    verterse a la red de alcantarillado de aguas
    residuales, aguas industriales no contaminadas,
    bien sean de refrigeración o cualesquiera otra
    sin autorización especial.

12
Emergencias
  • Se entiende por situación de emergencia o peligro
    cuando, debido a un accidente en las
    instalaciones se produzca o exista riesgo de
    vertido inusual a la red de alcantarillado que
    pueda ser peligroso para la seguridad física de
    las personas instalaciones, estación depuradora
    o bien la propia red.
  • El usuario debe comunicar cualquier situación de
    emergencia al Ayuntamiento
  • El Ayuntamiento facilitará a los usuarios
    importantes un modelo de las instrucciones a
    seguir en una situación de emergencia o peligro.

13
MEDIDAS Y DETERMINACIÓN DE LOS VERTIDOS
  • Standard Methods for the examination of water and
    wastewater
  • Debe disponerse de
  • Pozo de registro
  • Aforo de caudales (Canal Parshal o lectura de
    contador)
  • Muestras
  • Pretratamiento

14
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
  • .- El titular de la instalación estará obligado
    aa) Facilitar a los inspectores, sin necesidad
    de comunicación previa, el acceso a aquellas
    partes de las instalaciones que consideren
    necesarias para el cumplimiento de su misión.b)
    Facilitar el montaje de un equipo de instrumentos
    que se precisen para realizar las medidas,
    ensayos y comprobación necesarias.c) Permitir a
    los inspectores la utilización de los
    instrumentos que la empresa utilice con fines de
    autocontrol
  • d) Facilitar a la inspección cuantos datos para
    el ejercicio y cumplimento de sus funciones.

15
USO OBLIGADO DE LA RED
  • Las edificaciones e instalaciones industriales
    frente a cuya fachada exista alcantarillado,
    deberá conectar obligatoriamente al mismo sus
    sistemas de vertido
  • Cuando no exista alcantarillado público frente a
    la finca, pero sí a una distancia inferior a 100
    metros, el propietario deberá conducir sus aguas
    residuales al alcantarillado mediante la
    construcción de un albañal longitudinal.
  • Si la distancia de la finca a la alcantarilla,
    fuera superior a 100 metros, no se autorizará la
    edificación ni el uso industrial del solar, salvo
    que el propietario, previa o simultáneamente a la
    petición de licencia de edificación o uso,
    presente proyecto de desagüe, que deberá ser
    aprobado por el Ayuntamiento.

16
Reglamento municipal de protección del medio
ambiente atmosférico
  • Publicado BOP 22-7-1997
  • Regula la actuación municipal para la protección
    del medio ambiente atmosférico en el término
    municipal de Valladolid
  • Están sometidas a las prescripciones de este
    Reglamento, todas las instalaciones, aparatos,
    construcciones, obras, vehículos y, en general,
    todos los elementos, actividades, actos y
    comportamientos que puedan provocar una
    superación de los limites establecidos o que
    modifiquen el estado natural del ambiente
    circundante.

17
Generadores de calor por combustión
  • Todas las instalaciones de combustión, tanto las
    utilizadas para calefacción y agua caliente como
    las calderas de vapor, hogares, hornos y, en
    general, todas las instalaciones de potencia
    calorífica superior a 51.600 Kcal./h., (60 Kw)
    (Deben estar inscritas en un registro).
  • Aquellas instalaciones cuya potencia térmica
    inferior a 51.600 Kcal./h., pero que en razón de
    su situación, características propias o de sus
    chimeneas de emisión supongan, un riesgo
    potencial o real de contaminación del aire o una
    acusada molestia para el vecindario, que estarán
    obligadas a adoptar las pertinentes medidas
    correctoras, que se impongan en cada caso, al
    objeto de reducir sus emisiones a la atmósfera.

18
Emisiones
  • Opacidad lt 1 (esc. Ringelman) o 2 (esc.
    Bacharach)
  • CO2 de los humos entre el 10 y el 13
  • Rendimiento de combustión gt 75
  • Existencia de conductos de humos que permitan la
    medición de la depresión de la chimenea y
    calderas, temperatura de los gases y análisis de
    los mismos.
  • La chimenea dispondrá de un orificio de diámetro
    gt 100 mm. situado en el lugar adecuado para
    efectuar las medidas de control de emisiones que
    sean necesarias
  • Dispositivo destinado a depuración de humos que
    logre
  • Reducción de las emisiones de SO2 65.
  • Reducción de emisiones de partículas 98.
  • Chimenea
  • Sobrepasará en 2 m la mayor altura de las
    edificaciones existentes en un radio de 15 m.
  • Superior a los edificios situados en un radio de
    20 m.

19
Rendimientos mínimos exigibles a calderas de
combustión
  • Potencia Kw Combustible utilizado
  • Carbón Derivados petróleo y gas natural
  • lt60 73-74 75
  • 60-150 75-78 80
  • 150-180 77-80 83
  • 800-2000 77-82 85
  • gt2000 77-86 87

20
Climatización y ventilación de locales y
viviendas
  • La evacuación del aire, producto de la
    climatización y ventilación forzada de locales y
    viviendas, se realizara de forma que cuando el
    volumen del aire evacuado sea inferior a 0,2 m.
    cúbicos por segundo el punto de salida del aire
    diste, como mínimo 1,5 metros de cualquier hueco
    de ventana situada en plano vertical.
  • Para caudales gt 1 m3/s la evacuación se realiza
    por chimenea.
  • Si se produce condensación tendrá una recogida de
    agua
  • La Evacuación de gases tendrá una concentración
    de CO lt 30 ppm

21
Contaminación de Origen Industrial
  • Aplicación del Decreto 833/1975
  • Cuando existan generadores de calor ubicados en
    recintos industriales para usos de calefacción y
    agua caliente sanitaria, se aplicará lo
    establecido en este Reglamento.

22
Actividades diversas
  • Los garajes, aparcamientos y talleres de
    reparación de automóviles, deberán disponer de
    ventilación suficiente que garantice que en
    ningún punto de los mismos pueda producirse
    acumulación de contaminantes debida al
    funcionamiento de los vehículos.
  • Concentración CO lt 30 ppm
  • Para ventilación natural. 1 m2/200 m2 superficie
  • Para ventilación forzada un mínimo de 15 m3/m2h.
  • Detectores de CO que pongan en marcha la
    ventilación forzada
  • 25 ppm de percloroetileno o monocloroetileno

23
Situaciones Especiales de inmisión
  • Cuando los valores suministrados por la Red de
    Control de la Contaminación Atmosférica y
    teniendo en cuenta las previsiones
    meteorológicas, se considere probable alcanzar
    niveles de inmisión superiores a los que se
    indican a continuación, se declarará el
    correspondiente Plan de Emergencia
  • Los niveles de inmisión y condiciones
    meteorológicas que motivan la declaración del
    Plan de Emergencia son
  • SO2 250 mg /m3 como valor medio de 24 horas.
  • Partículas en suspensión 250 mg /m3 como valor
    medio de 24 horas
  • NO2 200 mg / /m3 como media móvil unilateral de
    8 horas.
  • O3 360 mg / /m3 como valor medio de una hora,
    estableciéndose el umbral de información a la
    población en 180 mg /m3 en una hora.
  • CO 15 mg /m3 como valor medio de ocho horas. La
    media de ocho horas es del tipo fijo y se
    corresponde con los valores medios para los
    periodos (01 -08h), (09-16h) y (17-24h).

24
REGLAMENTO MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO
AMBIENTE CONTRA LA EMISIÓN DE RUIDOS Y
VIBRACIONES
  • Publicado BOP 27-2-2002
  • Regula la actuación municipal para la protección
    del medio ambiente por la liberación de energía
    al medio en forma de ruidos y vibraciones,
    cualesquiera que sea su origen, dentro del
    término municipal de Valladolid.
  • Están sometidas a las prescripciones de este
    Reglamento, todas las instalaciones, actividades,
    actos y comportamientos que modifiquen el estado
    natural del medio por la emisión de ruidos y
    vibraciones.

25
  • La incidencia de ciertas actuaciones sobre el
    nivel de ruidos y vibraciones debe considerarse,
    sobre todo
  • Organización y planificación del tráfico.
  • Organización y planificación del transporte
    público.
  • Organización y planificación de la recogida de
    residuos sólidos.
  • Ubicación de centros docentes, sanitarios y
    establecimientos destinados a residencia
    colectiva.
  • Planificación y proyecto de nuevas vías de
    circulación y de sus pantallas acústicas.
  • Delimitación de las áreas de sensibilidad acústica

26
Áreas de sensibilidad acústica
  • Ambiente exterior
  • Tipo I Área de silencio
  • Uso dotacional sanitario.
  • Uso dotacional docente o educativo.
  • Uso dotacional cultural.
  • Espacios verdes o forestales protegidos
  • Tipo II Área levemente ruidosa
  • Uso residencial primario (R0 ó R1)
  • Zonas verdes
  • Tipo III Área tolerablemente ruidosa
  • Uso de hospedaje
  • Uso de oficinas o servicios y/o residencial
    secundario
  • Uso comercial
  • Uso deportivo
  • Uso recreativo

27
Áreas de sensibilidad acústica
  • Tipo IV Área ruidosa
  • Uso industrial
  • Servicios públicos
  • Tipo V Área especialmente ruidosa
  • Infraestructura de transporte
  • Ambiente interior
  • Tipo VI Área de trabajo
  • Tipo VII Área de vivienda
  • Subzona residencial habitable que incluye
    salones, dormitorios, despachos y sus
    equivalentes funcionales.
  • Subzona residencial de servicios, que incluye
    cocinas, baños, pasillos, aseos y sus
    equivalentes funcionales.
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com