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Fuentes Internacionales del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social Esquema Fuentes Directas Grandes pactos de ius cogens. Cartas Sociales. Normas supranacionales ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Fuentes Internacionales


1
Fuentes Internacionales
  • del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social

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Esquema
  • Fuentes Directas
  • Grandes pactos de ius cogens.
  • Cartas Sociales.
  • Normas supranacionales europeas.
  • Sistema Normativo de la O.I.T.
  • Fuentes Indirectas
  • Cláusulas Sociales
  • Sistema unilateral de condiciones Sociales.
  • Preferencias arancelarias
  • Códigos de Conducta
  • Etiquetado social.
  • Fondos de inversión social.

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Fuentes
  • Fuentes Directas
  • Normas jurídicas generales y abstractas, emanada
    de una O.I. o al menos una instancia
    supranacional.
  • Fuentes Indirectas
  • Son las que recurren a una técnica contractual,
    promocional o ética para regular la relación
    laboral. Usualmente son unilateral, bilateral o
    plurilateral, por excepción son supranacionales.

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Fundamento
  • Económico
  • Dumping Social La comercialización de
    mercaderías producidas sobre la base de
    condiciones laborales precarias.
  • El desarrollo no se mide sólo por el crecimiento
    económico sino también por el avance de la
    política social.
  • Humanitaria La paz permanente sólo puede basarse
    en la justicia social.
  • Técnica legislativa Existencia de fenómenos
    internacionales del trabajo, p.e. migración de
    trabajadores.

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Fundamento
  • La Globalización y la nueva cuestión social.
  • Globalización implica en el ámbito laboral.
  • Expansión y profundización de la economía
    capitalista y de sus postulados teóricos.
  • Predominio del Capital financiero, por sobre los
    demás factores productivos.
  • Drama para los trabajadores
  • Relativo desinterés en el mercado interno.
  • Limitación del poder estatal para gobernar las
    variables económicas.
  • Predominio de ideologías que no privilegian el
    factor trabajo.
  • Solución Re- regulación internacional del
    trabajo, vinculándolo a los factores económicos.

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Fuentes Directas
  • Pactos de ius cogens
  • Normas de derechos fundamentales, que son
    exigibles a todo Estado, aún cuando no los hayan
    ratificado, por constituir parte del orden
    público internacional.
  • Declaración Universal de DD.HH., Pactos de
    derechos civiles y políticos y ESC., Tratados de
    Vienna.
  • Cartas Sociales
  • Declaraciones solemnes en las cuales los Estados
    proclaman ciertos derechos y/o reconocen
    determinadas metas u objetivos laborales o
    sociales comunes.
  • Sanciones de distintos tipos
  • P.e. Carta Social del MERCOSUR.

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Fuentes Directas
  • Normas supranacionales europeas.
  • La supranacionalidad está dictada por las normas
    dictadas por los órganos supranacionales, que se
    imponen los Estados que han delegado soberanía en
    áquel.
  • Directiva 94/45/CE, sobre los Comités de empresa
    europeos.

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Sistema Normativo de la O.I.T.
  • Historia
  • Origen Tratado de Versalles 1919.
  • Declaración de Filadelfia de 1944 Fines y
    objetivos de la O.I.T.
  • Organización
  • Conferencia Internacional del Trabajo.
  • Consejo de Administración.
  • Oficina Internacional del Trabajo (B.I.T.)

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Conferencia Internacional del Trabajo
  • Composición tripartita
  • Principio de constitución de la O.I.T.
  • 6 delegados de cada país. 2 representantes de
    empleadores trabajadores, empleadores y
    gubernamental.
  • Los delegados no gubernamentales deben ser de las
    organizaciones más representativas.
  • Votación por mayoría de los delegados presentes.
  • Constitución por grupo tripartita quienes se
    ponen de acuerdo para votar y sobre la forma de
    negociar.

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Otros órganos
  • Consejo de Administración.
  • Órgano administrativo superior.
  • 28 delegados gubernamentales (10 de las mayores
    potencias industriales, que son fijos pero
    variables y 18 de todos los Estados miembros), 14
    de los empleadores y 14 de los trabajadores.
  • Reúnen 3 veces por año y fijan puntos a
    discutirse en la Conferencia.
  • Oficina Internacional del Trabajo.
  • Órgano permanente administrativo.
  • Director elegido por el Consejo de
    Administración.
  • Funciones
  • Prepara documentos para la Conferencia.
  • Ayuda a los gobiernos a realizar legislaciones
    basadas en las decisiones de la Conferencia.
  • Redacta en distintos idiomas las normas de la
    O.I.T.

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Normas internacionales del trabajo
  • Normas de fondo contenidas en su Constitución.
  • Los convenios internacionales del trabajo.
  • Las recomendaciones.
  • Las resoluciones y conclusiones de reuniones
    especiales.

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Normas de fondo contenidas en la Constitución
  • Contenidas
  • Preámbulo de la Constitución.
  • Declaración de Filadelfia.
  • Declaración de Principios y derechos
    fundamentales en el trabajo.
  • al incorporarse libremente a la OIT, todos los
    Miembros han aceptado los principios y derechos
    enunciados en su Constitución y en la Declaración
    de Filadelfia, y se han comprometido a esforzarse
    por lograr los objetivos generales de la
    Organización en toda la medida de sus
    posibilidades y atendiendo a sus condiciones
    específicas (Art. 1º de la Declaración DD.FF. En
    el trabajo).

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Normas de fondo contenidas en la Constitución
  • En virtud de este principio (de respeto a los
    ideales contenidos en la Constitución de la
    O.I.T.), se han extraído dos efectos
  • todos los Miembros, aun cuando no hayan
    ratificado los convenios aludidos, tienen un
    compromiso que se deriva de su mera pertenencia a
    la Organización de respetar, promover y hacer
    realidad, de buena fe y de conformidad con la
    Constitución, los principios relativos a los
    derechos fundamentales que son objeto de esos
    convenios, es decir
  • a) la libertad de asociación y la libertad
    sindical y el reconocimiento efectivo del derecho
    de negociación colectiva
  • b) la eliminación de todas las formas de trabajo
    forzoso u obligatorio
  • c) la abolición efectiva del trabajo infantil y
  • d) la eliminación de la discriminación en materia
    de empleo y ocupación. (Artículo 2º, Declaración
    de DDFF. en el trabajo).
  • Se han creado distintas comisiones que velan por
    el cumplimiento de las distintas materias de
    Libertad Sindical, de trabajo forzoso, de
    discriminación con motivo del apartheid.

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Convenios Internacionales
  • Características
  • Son normas internacionales los países se obligan
    ante una O.I., y no entre sí.
  • Son de carácter tripartito Son establecidas por
    la Conferencia Internacional del Trabajo.
  • Dan origen a ciertas obligaciones por parte de
    los Estados miembros.
  • Naturaleza jurídica normas internacionales
    sujetas a la condición de ratificación.
  • Iniciativa los propios Estados o el Consejo de
    Administración, discutiéndose en general y en
    particular.
  • Aprobación 2/3 de los delgados presentes.

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Convenios Internacionales
  • Obligaciones de los Estados (Art. 19 de la
    Constitución de la O.I.T.)
  • Someter, en un año, el convenio a la autoridad
    competente autoridad legislativa.
  • Dos posibilidades
  • No obtiene consentimiento para su ratificación.
  • Informa a Oficina Internacional del trabajo.
  • Informar, con la regularidad fijada por el
    Consejo de Administración, sobre el tratamiento
    en la legislación sobre la materia.
  • Obtiene consentimiento para su ratificación

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Convenios Internacionales
  • Si obtiene consentimiento para su ratificación.
  • Comunica a Director su ratificación formal.
  • Estado adoptará medidas necesarias para hacer
    efectivas las disposiciones del convenio. Las
    cuales, en su mayoría requieren cambios en la
    legislación interna del país miembro Chile,
    convenios ratificados.htm.
  • Surge la obligación de entregar memoria anual
    sobre el cumplimiento del convenio ratificado.
  • Las distintas organizaciones de empleadores y
    trabajadores pueden realizar Chile, Aplicación de
    convenios.htm.
  • La Oficina puede hacer observaciones Chile,
    Comentarios sobre Conv. 98.htm.

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Convenios Internacionales
  • Denuncia del convenio
  • Por parte de todos los países (revisión de la
    aplicabilidad del convenio).
  • Por parte de cada país derecho de denunciar el
    convenio surge cada 10 años, si nada dice,
    prorroga ratificación por 10 años.
  • Convenios fundamentales
  • Convenio 87 Convenio sobre la libertad sindical
    y la protección del derecho de sindicación, 1948.
  • Convenio 98 Convenio sobre el derecho de
    sindicación y de negociación colectiva, 1949.
  • Convenio 29 Convenio sobre el trabajo forzoso,
    1930.
  • Convenio 105 Convenio sobre la abolición del
    trabajo forzoso, 1957.

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Convenios Internacionales
  • Convenio fundamentales
  • Convenio 100 Convenio sobre igualdad de
    remuneración, 195.
  • Convenio 111 Convenio sobre la discriminación
    (empleo y ocupación), 1958.
  • Convenio 138 Convenio sobre la edad mínima,
    1973.
  • Convenio 182 Convenio sobre las peores formas de
    trabajo infantil, 1999.
  • Ratificaciones Convenios fundamentales
    Convenios fundamentales, ratificaciones..htm
  • Total Convenios 184 (2001).

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Recomendaciones
  • Normas internacionales de trabajo que tienden a
    orientar, es decir, proponer determinadas medidas
    internas en materias de política social.
  • Criterios
  • Cuando es una necesidad laboral general, pero aún
    no existe convicción sobre su generalidad.
  • Complemento de aplicación de Convenios.
  • Cuando se requiera un planteamiento sobre
    situaciones donde existe una gran diversidad.
  • Aplicación en legislación interna Según cada
    país. Caso chileno igual aplicación que un
    tratado.
  • Puede un tratado internacional derogar una ley
    anterior y no especial?.
  • Rango de los convenios fundamentales en
    aplicación del Art. 5 inc. 2º.

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Esquema (reiteración)
  • Fuentes Directas
  • Grandes pactos de ius cogens.
  • Cartas Sociales.
  • Normas supranacionales europeas.
  • Sistema Normativo de la O.I.T.
  • Fuentes Indirectas
  • Cláusulas Sociales
  • Sistema unilateral de condiciones Sociales.
  • Preferencias arancelarias
  • Códigos de Conducta
  • Etiquetado social.
  • Fondos de inversión social.

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Fuentes Indirectas
  • Cláusulas sociales
  • Cláusula de un tratado, convenio o acuerdo
    comercial en la cual las partes se comprometen a
    respetar y eventualmente a hacer respetar ciertos
    derechos sociales, y para el caso de violación de
    los mismos, pactan la caída de ventajas que se
    han reconocido.
  • Razón económica, de competencia justa de
    mercados.
  • Sistemas unilaterales
  • Sistemas impuestos por uno o más países o partes
    a otros países, actores sociales o capitales.
  • Imposición unilateral de condicionamientos
    sociales al comercio internacional por vía de
    preferancias arancelarias.

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Sistemas unilaterales
  • Códigos de conducta
  • Pautas de conducta unilateralmente proclamadas
    por la empresa, sin perjuicio de que en ocasiones
    el referido código es negociado jurídicamente.
  • Etiquetado Social
  • Sellos, distintivos, leyendas o etiquetas o
    certificaciones que se apliquen, reconozcan o
    concedan a empresas que respetan determinados
    derechos laborales.
  • Fondos Solidarios de inversión
  • Instituciones administradoras de inversiones que
    asumen el compromiso de orientarlas no sólo en
    función de la rentabilidad, sino también de la
    rentabilidadsocial, criterio que puede incluir,
    entre otros, la buena conducta laboral.
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