LA NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA - PowerPoint PPT Presentation

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LA NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

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Title HACIA UNA RED IBEROAMERICANA DE COMPETENCIA? Author: Antonio Guerra Fern ndez Last modified by: Idoia Created Date: 5/24/2006 11:18:01 AM – PowerPoint PPT presentation

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Title: LA NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA


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LA NUEVA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
  • Luis Berenguer
  • Presidente
  • Tribunal de Defensa de la Competencia

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INDICE
  • Introducción Debilidades del sistema anterior
  • Principios y objetivos de la reforma
  • Novedades fundamentales
  • Cuestiones institucionales
  • Concentraciones
  • Conductas prohibidas
  • Régimen sancionador
  • Promoción de la competencia
  • Transparencia y responsabilidad
  • Coordinación

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DEBILIDADES DEL SISTEMA ANTERIOR
  • No contempla la existencia de normas posteriores
  • Reglamento 1/2003 (autoevaluación, aplicación
    judicial)
  • Ley 1/2002 (coordinación con autoridades
    autonómicas)
  • En el plano institucional
  • Independencia limitada Doble autoridad.
    Movimiento a favor de la unificación
  • Duplicidad de trámites y longitud excesiva de los
    procedimientos y hasta la firmeza de las
    resoluciones
  • Dificultades para la coordinación con reguladores
    sectoriales, organismos judiciales y autoridades
    autonómicas
  • Insuficiente actividad en relación con las ayudas
    públicas (simple seguimiento de las ayudas
    notificadas a Bruselas) y en la labor de
    promoción de la competencia (advocacy)

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DEBILIDADES DEL SISTEMA ANTERIOR (sigue)
  • En la lucha contra las prácticas restrictivas de
    la competencia
  • Inadecuada tipificación de las infracciones
  • Indefinición de las conductas de menor
    importancia
  • Consumo de recursos por expedientes de
    autorización singular
  • Carencia de un programa de clemencia para la
    detección de cárteles
  • Inoperatividad del mecanismo de terminación
    convencional
  • En el control de concentraciones
  • Evolución
  • Insuficiente delimitación del ámbito de control
  • Carencia de instrumentos (negociación de
    compromisos)
  • Rigideces y lagunas en el procedimiento (OPAs)

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OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DE LA REFORMA
  • Optimización de la estructura institucional y
    eficiencia en el uso de los recursos públicos
  • Independencia en la toma de decisiones
  • Eficacia en la lucha contra las conductas
    prohibidas, en especial los cárteles horizontales
  • Transparencia y responsabilidad frente a la
    sociedad
  • Coherencia y coordinación de los distintos planos
    institucionales (aplicación privada)

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NOVEDADES FUNDAMENTALES
  • Cuestiones institucionales
  • Concentraciones
  • Conductas prohibidas
  • Régimen sancionador
  • Promoción de la competencia
  • Transparencia y responsabilidad
  • Coordinación

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1. Cuestiones institucionales Una nueva y única
institución, la CNC
  • Independencia
  • Diseño de la institución
  • Nombramiento de Consejeros, Presidente y Director
    de Investigación y duración de sus mandatos
  • Decisión en control de concentraciones
  • Separación de las labores de instrucción y
    resolución pero unidad de actuación y
    coordinación
  • Eficiencia
  • Representación institucional e internacional
  • Reducción de plazos y simplificación de
    procedimientos
  • Reducción de recursos administrativos

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2. Concentraciones
  • Refuerzo de la independencia
  • De informe no vinculante a competencia de la CNC
    para decidir
  • Intervención del Consejo de Ministros caso de
    aprobación con condiciones o prohibición (razones
    de interés general distintos de la competencia,
    lista no exhaustiva)
  • Concepto de concentración (incluye empresa en
    participación con plenas funciones)
  • Revisión al alza del umbral de cuota de mercado y
    actualización del de volumen de negocio
  • Flexibilización del efecto suspensivo de la
    notificación
  • Sistematización de criterios de valoración
    sustantiva (explícita la consideración de
    eficiencias y de las restricciones accesorias)
  • Negociación de compromisos con el notificante y
    consulta a terceros
  • Informe de las autoridades autonómicas

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3. Conductas prohibidas
  • Supresión de la figura de abuso de dependencia
    económica
  • Del régimen de autorización singular al de
    autoevaluación y exención por categorías (CE y
    CNC)
  • Conductas de menor importancia (artículo 5)
  • Mayores poderes de investigación
  • Introducción de un programa de clemencia vital
    para la detección de cárteles
  • Fortalecimiento de la terminación convencional
    Innecesaria la aquiescencia del denunciante
  • Explícita la posibilidad de imponer condiciones
    estructurales
  • Nueva regulación de medidas cautelares

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4. Régimen sancionador
  • Graduación de las infracciones (en leves, graves
    y muy graves) y sanciones máximas en cada tipo
  • Criterios de determinación del importe concreto
    de la multa
  • Beneficios ilícitos obtenidos
  • Agravantes y atenuantes (tasadas)
  • Programa de clemencia
  • Exenciones del pago de la multa
  • Reducciones de multa hasta el 50

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5. Promoción de la Competencia
  • Informes sobre sectores con, en su caso,
    propuestas de liberalización o modificación
    normativa
  • Informes sobre proyectos normativos y sobre todo
    tipo de actuación pública (incluidas las ayudas
    públicas informe anual establecido como mínimo)
    que pueda afectar a la situación de competencia
    en los mercados
  • Legitimación para impugnar actos o normas que
    ocasionen restricciones sustanciales a la
    competencia

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6. Transparencia y responsabilidad social
  • Publicidad de actuaciones (con respeto de
    confidencialidades)
  • Comunicaciones (directrices sobre aplicación de
    Ley y reglamentos)
  • Elaboración y publicación de Planes
    Estratégicos
  • Comparecencia del Presidente en el Congreso
  • Mayor implicación en la promoción de la
    competencia y en el ámbito de las ayudas públicas

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7. Coordinación
  • Reguladores sectoriales
  • Mecanismos de información
  • Dictámenes no vinculantes
  • Reunión de Presidentes
  • Jueces
  • Competencia de los jueces de lo mercantil art. 1
    y 2
  • Amicus curiae
  • Mecanismos de información (admisiones a trámite
    de demandas)
  • Suspensión de procedimientos judiciales

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7. Coordinación (sigue)
  • Autoridades de las CCAA
  • Comunicación de admisión a trámite de demandas y
    sentencias judiciales
  • Remisión de copia de PdC y otra documentación, y
    de resoluciones y acuerdos adoptados en fases de
    instrucción y resolución
  • Directrices sobre la interpretación del artículo
    1.2. de la Ley 1/2002 (cuándo se considera que se
    altera o se puede alterar la libre competencia en
    un ámbito supraautonómico o en el conjunto del
    mercado nacional)
  • Informe en segunda fase de concentraciones
  • Coordinación en programas de clemencia
  • Participación complementaria ayudas públicas y
    promoción
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