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Avances del Estudio de la Comisi

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Title: Avances del Estudio de la Comisi


1
Avances del Estudio de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos sobre Seguridad Ciudadana y
Derechos Humanos
  • Avance del estudio de la Comisión Interamericana
    de Derechos Humanos sobre seguridad ciudadana y
    derechos humanos

2
  • La relación entre los derechos humanos y la
    seguridad ciudadana en las Américas ha estado
    presente en forma permanente en el trabajo de la
    CIDH (a través de audiencias durante sus períodos
    de sesiones sistema de peticiones y medidas
    cautelares informes temáticos e informes
    específicos, emitidos a partir de visitas in
    locco a distintos países de la región.

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Objetivo del informe
  • Proponer a los Estados Miembros recomendaciones
    para contribuir a mejorar las instituciones, las
    leyes, las políticas, los programas y las
    prácticas sobre prevención y control de la
    criminalidad y la violencia
  • Identificar los estándares internacionales de
    derechos humanos en su relación con la seguridad
    ciudadana, a partir de lo establecido en las
    normas del Derecho Internacional de los Derechos
    Humanos, particularmente en los instrumentos que
    integran al Sistema Interamericano.

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Proceso de elaboración del informe
  • Audiencia 14 de octubre de 2005. Presentación de
    documento conceptual por organizaciones no
    gubernamentales. Se considera la preparación de
    un informe temático por parte de la CIDH
  • Decisión de la CIDH de elaborar el informe
  • Reunión de expertos en Washington del 30 de mayo
    (aspectos técnicos y metodología)
  • Diciembre 2007 cuestionario dirigido a Estados
    Miembros y organizaciones no gubernamentales

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Acuerdo de cooperación
  • Con la Oficina para América Latina y el Caribe
    del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
    (UNICEF)
  • Incorporación de la Oficina de la Alta
    Comisionada de las Naciones Unidas para los
    Derechos Humanos (OACNUDH)

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  • Segunda reunión de expertos (Bogotá, 18 de
    septiembre de 2008)
  • Consultas sub-regionales con representantes de
    Estados Miembros, organizaciones no
    gubernamentales y expertos Cono Sur (Asunción,
    Paraguay, noviembre 2008) Centroamérica, Caribe
    y México (San José, Costa Rica, marzo 2009)
    Países Andinos (Bogotá, marzo de 2009).
  • Análisis de los avances existentes en la materia,
    incorporados en investigaciones, estudios y otros
    trabajos académicos en la región

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Necesidad de precisar el concepto de seguridad
ciudadana
  • Para determinar la fuente de las obligaciones de
    los Estados Miembros conforme a los instrumentos
    del Derecho Internacional de los Derechos
    Humanos.
  • En el orden jurídico internacional de los
    Derechos Humanos no se encuentra consagrado
    expresamente el derecho a la seguridad frente al
    delito o a la violencia interpersonal o social

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Fuente de las obligaciones internacionales del
Estado
  • Plexo normativo integrado por aquellos derechos
    que deben ser garantizados por su especial
    vulnerabilidad frente a hechos violentos o
    delictivos, cuya prevención y control es el
    objetivo de las políticas sobre seguridad
    ciudadana
  • En especial el derecho a la vida el derecho a
    la integridad física el derecho a la libertad y
    el derecho al uso pacífico de los bienes (sin
    perjuicio de otros derechos que se analizan en el
    informe)

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  • La definición de seguridad ciudadana es, en
    algunas ocasiones, demasiado amplia (incorporando
    la garantía de otros derechos humanos), y en
    otras ocasiones demasiado restrictiva
    (limitándose a la actividad del sistema de
    control policial-judicial estatal)
  • Por otra parte, se utilizan diferentes
    expresiones para referirse al objeto de estudio
    (seguridad pública seguridad humana orden
    público etc.)

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Seguridad ciudadana
  • Es el concepto más adecuado para el abordaje de
    los problemas de criminalidad y violencia desde
    una perspectiva de derechos humanos
  • Porque centra el tema en la construcción de
    mayores niveles de ciudadanía democrática
  • Porque señala con claridad que el objetivo
    central de las políticas que se definan en la
    materia es la persona humana, y no la seguridad
    del Estado o el de determinado orden político.

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Definición de seguridad ciudadana adoptada en el
informe
  • Situación donde las personas pueden vivir libres
    de las amenazas generadas por la violencia y el
    delito, a la vez que el Estado tiene las
    capacidades necesarias para garantizar y proteger
    los derechos humanos directamente comprometidos
    frente a las mismas
  • Desde un enfoque de derechos humanos, es una
    condición donde las personas viven libres de la
    violencia practicada por actores estatales o no
    estatales.
  • En este marco, la seguridad ciudadana es una de
    las dimensiones de la seguridad humana, garantía
    para el desarrollo humano

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La seguridad ciudadana en las Américas
  • Las políticas de ajuste estructural comenzaron a
    generar, a partir de la década de los años
    ochenta, un marcado deterioro en el papel de
    Estado como garante del pacto social de
    convivencia y dispararon procesos de profundos
    cambios culturales, primordialmente relacionados
    con una nueva forma de organización de las
    relaciones sociales y personales.
  • Esta transformación cultural es uno de los
    factores que mayor incidencia ha tenido sobre la
    seguridad ciudadana en los países de la región,
    donde se verifican algunos de los índices más
    altos del mundo de criminalidad y de violencia,
    afectando principalmente a los jóvenes como
    víctimas y victimarios.
  • Además, se han incrementado en forma constante
    los delitos contra la propiedad o hurtos, lo que
    afecta, en general, a los sectores de ingresos
    medios y bajos de la población.

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  • Las políticas sobre seguridad ciudadana que
    históricamente se implementaron en el hemisferio
    se han caracterizado, en términos generales, por
    su desvinculación con los estándares
    internacionales en materia de derechos humanos.
    Esto ha sucedido en los dos modelos más
    representativos de esas políticas el modelo
    represivo y el modelo negacionista.
  • Ambos modelos coinciden en negar la posibilidad
    de implementar políticas de seguridad ciudadana
    desde un efectivo enfoque de derechos humanos.

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Modelo represivo
  • Caracterizado por implementar estrategias de
    tolerancia cero o mano dura
  • Ineficaces para reducir los índices de
    criminalidad y que, por el contrario, han tenido
    como consecuencia el incremento de la violencia
    social, constituyéndose además en fuente de
    violación de los derechos humanos
  • Impunidad y desarrollo de estructuras criminales
    de poder

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Modelo negacionista
  • Plantea que los problemas de inseguridad frente
    al delito y a la violencia no existen
    objetivamente (solamente se trata de una
    construcción de los grupos de poder más
    conservadores de la sociedad)
  • Relación entre derechos humanos y seguridad
    ciudadana se limita exclusivamente al
    señalamiento de las obligaciones negativas de los
    Estados, atendiendo a los límites que éstos deben
    respetar en la implementación de las políticas de
    seguridad.

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Los asuntos de seguridad ciudadana en las
Américas como problemas de derechos humanos
  • Lleva a considerar el alcance de las obligaciones
    de respetar, de proteger y de garantizar estos
    derechos asumidas internacionalmente por los
    Estados Miembros
  • las obligaciones negativas (u obligaciones de no
    hacer o de no interferir en el goce de
    determinados derechos)
  • las obligaciones positivas (u obligaciones de
    hacer, o de prestación), que pueden llegar a
    involucrar no solamente las relaciones entre las
    personas y el Estado, sino incluso las relaciones
    entre personas o grupos de personas en una
    sociedad democrática

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  • El informe valora las acciones de los Estados
    Miembros atendiendo a si éstas contribuyen o no a
    proteger y a garantizar el núcleo de derechos
    humanos comprometidos frente a situaciones de
    criminalidad o violencia, para lo cuál debe
    organizarse todo el aparato gubernamental y
    disponerse las medidas correspondientes en el en
    plano normativo y de los procedimientos
    institucionales

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En este marco
  • Las limitaciones o restricciones a las que puede
    someterse lícitamente el ejercicio de
    determinados derechos humanos, debe hacerse
    teniendo en cuenta los estándares establecidos
    internacionalmente, como guía y a la vez como
    límite infranqueable para las intervenciones del
    Estado
  • el diseño, implementación y evaluación de las
    políticas sobre seguridad ciudadana en la región
    tienen que estar definidos por el encuadre que
    proporcionan los principios internacionales de
    derechos humanos, especialmente, los principios
    de participación de rendición de cuentas y de
    no-discriminación.

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Política pública sobre seguridad ciudadana
  • Entendida como los lineamientos o cursos de
    acción que definen las autoridades de los Estados
    para alcanzar un objetivo determinado, y que
    contribuyen a crear o a transformar las
    condiciones en que se desarrollan las actividades
    de los individuos o grupos que integran la
    sociedad
  • Herramienta para que los Estados miembros cumplan
    con sus obligaciones de protección y garantía de
    los derechos humanos, atendiendo las diferentes
    dimensiones de los problemas que originan la
    criminalidad y la violencia, mediante un abordaje
    integral los mismos.

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  • Las obligaciones positivas asumidas por los
    Estados implican que éstos deben generar las
    condiciones para que la política pública sobre
    seguridad ciudadana contemple prioritariamente el
    funcionamiento de una estructura institucional
    eficiente, que garantice a la población el
    efectivo ejercicio de los derechos humanos
    relacionados con la prevención y el control de la
    violencia y el delito

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Dificultades verificadas
  • la atención a las víctimas de la violencia y el
    delito
  • la privatización de los servicios de seguridad
  • la gobernabilidad de la seguridad ciudadana
  • la profesionalización y modernización de las
    fuerzas policiales
  • la intervención de las fuerzas armadas en tareas
    de seguridad ciudadana

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  • El informe realiza un análisis específico de los
    siguientes derechos los derechos humanos
    especialmente comprometidos en la política
    pública sobre seguridad ciudadana, y a las
    obligaciones negativas y positivas de protección
    y garantía que deben respetar los Estados
    miembros
  • derecho a la vida
  • el derecho a la el derecho a la integridad
    física
  • el derecho a la libertad y la seguridad
    personales
  • el derecho al disfrute pacífico de los bienes.
  • Asimismo, analiza el derecho a las garantías
    procesales y a la protección judicial el derecho
    a la privacidad y a la protección de la honra y
    la dignidad el derecho a la libertad de
    expresión el derecho a la libertad de reunión y
    asociación y el derecho a la participación en
    los asuntos de interés público

23
  • Conclusiones
  • Recomendaciones específicas dirigidas a los
    Estados Miembros

24
Muchas gracias.
RM00044S
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