Title: Fideicomiso: Definici
1Fideicomiso Definición
- Cuando una persona (FIDUCIANTE) transmita la
propiedad fiduciaria de bienes determinados a
otra (FIDUCIARIO), quien se obliga a ejercerla en
beneficio de quien se designe en el contrato,
(BENEFICIARIO) y a transmitirla al cumplimiento
de un plazo o condición al designado en el
contrato (FIDEICOMISARIO)
BIENES
PLAZO
FIDUCIANTE O BENEFICIARIO O FIDEICOMISARIO
Fiduciario
Fiduciante
ENCARGO
CONDICION
2Constitución del Fideicomiso (elementos del
contrato)
- Individualiza Beneficiarios y bienes
fideicomitidos - Determinar incorporación de otros bienes
- Plazo o condición a que se sujeta el dominio
fiduciario. LÃmite 30 años. - Destino de los Bienes. Naturaleza del encargo
fiduciario. - Derechos y Obligaciones del Fiduciante,
Fiduciario y Beneficiario. - Indemnidad del Fiduciario. Formas de Sustitución
- Terminación del Contrato. Entrega bienes al
Fideicomisario. - Gastos e impuestos
3Efectos del Fideicomiso
- Constituyen Propiedad Fiduciaria
- Patrimonio separado del patrimonio del
Fiduciario y del - Fiduciante
- Exentos de la acción singular o colectiva de
acreedores - del Fiduciario
- Exentos de la acción singular o colectiva de
acreedores - del Fiduciante, a excepción de la acción de
fraude - Acreedores del Beneficiario derechos sobre
frutos de - bienes fideicomitidos
- Responden por obligaciones del Fideicomiso.
- Insuficientes No produce la quiebra y liquida
el Fiduciario - Contabilidad Separada
BIENES FIDEICOMITIDOS
4Efectos del Fideicomiso (Continuacion)
Efectos frente a Terceros
Desde cumplimiento, formalidades exigibles de
acuerdo a naturaleza de los bienes
Bienes Registrables
Registros deben tomar razón de la transferencia
fiduciaria de la propiedad a nombre del Fiduciario
Responsabilidad Objetiva
Valor de la cosa fideicomitida si razonablemente
no pudo asegurarla
5Efectos del Fideicomiso (Continuacion)
Liquidación por Fiduciario
- Enajenar los bienes que lo integran
- Entregar producido a los acreedores
- Si fuera un Fideicomiso Financiero se aplica Art.
24. Se convoca a Asamblea
6Extinción del Fideicomiso
- Cumplimiento del plazo o condición o vencimiento
del plazo legal - Revocación del Fiduciante, si se reservó
expresamente esa facultad - Cualquier otra causal prevista en el contrato
- Entregar los Bienes Fideicomitidos al
- Fideicomisario o a sus sucesores
- Entregar los instrumentos y
- contribuir a las inscripciones
- registrales que correspondan
Obligación del Fiduciario
7Fiduciario Cualquier persona fÃsica o jurÃdica,
excepto fideicomisos financieros
Entidades financieras
Personas JurÃdicas autorizadas por CNV
FIDEICOMISOS FINANCIEROS
- Que imponga el contrato (con prudencia y
diligencia de buen - hombre de negocios)
- Obligación de rendir cuentas (periodicidad no
más de un año) - No puede dispensarse en el contrato el dolo o
culpa del - fiduciario,ni el dolo o culpa de los
dependientes del Fiduciario ni - la prohibición de adquirir para si los bienes
fideicomitidos
Obligaciones
- Retribución (salvo pacto en contrario)
- Reembolso de los gastos
Derechos
8Fiduciario
- Disponer o gravar los Bienes Fideicomitidos,
cfme fines del fideicomiso - Ejercer todas las acciones necesarias para la
defensa de los - Bienes Fideicomitidos
- Juez puede autorizar al Fiduciante o al
Beneficiario a ejercer - acciones cuando el fiduciario no lo hiciera
sin motivo suficiente
Facultades
9Fiduciario
- Remoción judicial por incumplimiento de sus
obligaciones, a pedido del Fiduciante o a pedido
del Beneficiario con citación al Fiduciante - Muerte o incapacidd judicialmente declarada, si
fuera persona fÃsica - Disolución si fuera persona jurÃdica
- Quiebra o liquidación
- Renuncia, si en el contrato se hubiera autorizado
expresamente esta causa. Tendrá efecto después de
la transferencia del patrimonio objeto del
fideicomiso al fiduciario sustituto
Causas de Cesación
Reemplazo por sustituto en el contrato de
acuerdo al procedimiento previsto en el
contrato. Juez si no hay sustituto o no
aceptase, puede designar fiduciario a una de las
entidades autorizadas
10Fideicomiso Financiero (Ley 24.441 y RG . 290/97)
CONTRATO sujeto a reglas generales precedentes
Fiduciario (Independencia y profesionalidad)
Entidad Financiera
Sociedad autorizada por CNV especialmente
Beneficiarios
Titulares de certificados de participación
(ordinarios o de renta) o representativos de
deuda (garantizados con los bienes transmitidos)
TITULOS VALORES OBJETO DE OFERTA PUBLICA
11Fideicomiso Financiero Clases de TÃtulos
CERTIFICADOS DE PARTICIPACION
ORDINARIOS
Fiduciario
EMISION
DE RENTA
TITULOS DE DEUDA
Fiduciario
SIN RECURSO
EMISION
Terceros
CON RECURSO
12Prospecto de Emisión
- Identificación del Fideicomiso Financiero
- Condiciones de la emisión de los tÃtulos (clases,
subordinación, prelación de cobro) - Factores de riesgo
- Descripción de los Bienes Fideicomitidos
- Descripción del Fiduciario
- Términos y Condiciones del Contrato de
Fideicomiso y otros documentos legales (ej.
acuerdo de administración de cobranza de la
cartera transferida). - Consideraciones Impositivas.
13Fideicomiso Financiero
- Selección de ParticipantesFiduciario,
Colocadores, Abogados, - Calificadoreas de Riesgo, Abogados, Auditores,
etc. - Due Diligence Sobre el Originante y los Bienes
Fideicomitidos. - Preparación de los Contratos Contrato de
Fideicomiso, Contrato de Administración,
Prospecto, etc. - Calificación 2 Calificaciones (Al menos BBB
para AFJP) - Aprobación CNV, BCBA o MAE.
14La Securitización
QUE ES ?
TECNICA DE FINANCIACION MEDIANTE LA CUAL SE
TRANSFORMAN ACTIVOS INMOVILIZADOS EN ACTIVOS
LIQUIDOS
QUE SE TRANSFORMA ?
ACTIVOS DE CARTERAS DE CREDITO DE MEDIANO Y LARGO
PLAZO EN TITULOS DE PARTICIPACION O TITULOS DE
DEUDA NEGOCIABLES EN MERCADOS DE VALORES
15Procedimiento
BANCO
VEHICULO (Fiduciario)
COLOCACION EN MERCADO DE VALORES
16Beneficios del Originador
- Mejora balance (ej. ratio deuda/capital propio)
- Disminuye riesgos (descalces de plazos, tasas,
etc.) - Aumenta capacidad prestable o giro del negocio
- Aumenta rentabilidad (al incrementar la rotación
de activos) - Aumenta las alternativas de financiamiento
- Aumenta la liquidez de los activos
- Permite emitir tÃtulos con mejor calificación que
el originador
17Partes
Banco o entidad financiera que aglutina creditos
propios o de terceros
Originador
Entidad especial que emite titulos. No deben
tener una vinculación con el originador. Pueden
ser sociedades especiales securitizadoras, o
fiduciarios o Fondos de Inversion (cerrados)
Vehiculo
Sociedad especial cuyo objeto exclusivo es
examinar cartera y otorgar dictamen
independiente sobre tÃtulos a emitir y rating
Sociedad Calificadora de Riesgo
Se encarga del proceso de colocación y
suscripción de los nuevos titulos entre
inversores privados e institucionales
Agente Colocador
Particulares o Institucionales adquirentes de los
titulos
Inversores
Del Fiduciario y del Banco Colocador
Abogado
Administra la cartera transferida. Cobra creditos
. Provee fondos al vehiculo. Generalmente es el
mismo originador
Administrador
18Tipos de Securitizacion
Pass Through
El originador transfiere la cartera a un vehÃculo
que emite tÃtulos y pasa el flujo de fondos a
los tenedores.
Asset Backed Securities
El originador o el fiduciario emite nuevos
titulos con garantÃa en el flujo de fondos de los
bienes fideicomitidos.
Pay Through
El originador transfiere cartera al fiduciario,
quién reconfigura los flujos de fondos conforme
se determine en cada clase.
19Costo del proceso
- Honorarios calificadora de riesgos
- Honorarios Administracion
- Honorarios Colocador
- Honorarios Asesor Legal, Economico y Contable
- Tramites administrativos (oferta Pública)
20Indice de Siniestralidad
- Emisión de tÃtulos de
- diferente rango y prioridad
- Spread Account. Acumulación
- de diferencias de renta o fondo
- de reserva
- Sobrecolaterización
- GarantÃa original del activo
- Reemplazo de créditos en mora
Internas
Técnicas de Reducción del Riesgo del Crédito
- GarantÃas de terceros
- Seguros (pool)
- Cartas de Credito
- Fianzas Bancarias a primera demanda
Externas
Las garantÃas del originante por el elevado
indice de siniestralidad, no deben desnaturalizar
la transferencia de la cartera originada como
venta. Normas de superintendencia y también la
vinculación del vehÃculo con Originador.
21Procedimiento
Transferencia
Debe ser sin recurso para que la securitización
cumpla sus objetivos
- TÃtulos de Participación
- TÃtulos de Renta
- TÃtulos Mixtos
Emisión de TÃtulos
Mejora la calidad de los nuevos tÃtulos porque
disminuye el riesgo y porque el pago no depende
del Emisor sino de la cartera. Menor interés de
los nuevos tÃtulos respecto a los del
originante. Esa diferencia spread es la
ganancia del originador
Efectos Financieros
22Aplicaciones Prácticas
Carteras de Crédito
De bancos y entidades financieras. Reglas de
Basilea. Facilitan el fondeo y reducen costos de
financiamiento
- Facturas de prestadores de servicios públicos
- Cupones o créditos de tarjetas de crédito
- Pagarés - cheques de pago diferido
Papeles Comerciales
- Bienes inmuebles transmitidos en fideicomiso
- Mutuos hipotecarios (idem)
- Cedulas hipotecarias por fideicomiso o
- transferidos a sociedades especiales
- Letras hipotecarias (idem anterior)
- Creditos prendarios
- Contratos de Mutuo o Leasing
Securitizacion Inmobiliaria
23Requisitos de las Carteras a Securitizar
- Deben ser homogéneas o susceptibles de
homogeneidad - De similar naturaleza (hipotecaria, prendaria,
facturas de servicios, cupones o pagares de
tarjetas de credito,leasing, cobranzas de ventas
o exportaciones, etc. - De similares caracteristicas (tasas de interés,
monedas, plazos) - Deben ser significativas en su valor por los
costos de la securitización - Caracteres de Transferibilidad y diversificación.
- Deben asegurar un flujo regular de fondos para
atender el pago de los titulos nuevos emitidos. - Deben provenir de un proceso de originación de
créditos adecuado - Correcta identificacion de deudores originales
- Amplia información
- Estudio de riesgos
- Correcta instrumentación
- Manuales de procedimiento
- Auditoria de crédito
- Procesos internos adecuados
- Sistemas informáticos adecuados
24CONCLUSIONES
- El Fideicomiso Financiero es la figura ideal
para realizar un proceso de securitización , el
cual puede definirse como una técnica de
financiación que consiste en la representación de
activos por medio de valores negociables,
fácilmente transferibles, que facilita la
transformación de activos financieros
inmovilizados, de similares u homogéneas
caracterÃsticas y que aseguran un flujo regular
de fondos, en valores negociables, con o sin
oferta pública, para su colocación entre
inversores.