Nuevas tendencias en el Derecho de Autor - PowerPoint PPT Presentation

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Nuevas tendencias en el Derecho de Autor

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La cita debe ser textual o debe existir una fidelidad con la obra citada, as ... Fin de la cita: comentario, cr tica, rese as con fines hist ricos, acad micos, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Nuevas tendencias en el Derecho de Autor


1
Nuevas tendencias en el Derecho de Autor
  • Jorge Córdova Mezarina
  • Dirección de Derecho de Autor
  • INDECOPI

2
Propiedad Intelectual y Tecnología
  • La aparición de los microprocesadores.
  • El surgimiento de Internet.
  • La banda ancha.

3
Internet
  • Redes sociales.
  • MP3
  • P2P
  • Blogs
  • Wikipedia
  • Youtube.

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(No Transcript)
5
  • Consecuencias
  • Bajos costos de transacción.
  • Costo 0.
  • Difusión en gran escala.
  • La copia es igual que el original.
  • Entonces
  • El consumidor no es más un receptor pasivo de
    datos.
  • Capacidad de autogestión de contenidos con
    flexibilidad.
  • Se propicia el desarrollo de la creatividad.

6
Qué protege el Derecho de Autor?
  • La protección del derecho de autor recae sobre
    todas las obras del ingenio, en el ámbito
    literario o artístico, cualquiera sea su forma
    de expresión, mérito o finalidad.
  • (Art. 3º de la Ley de Derecho de Autor)

7
Titularidad
  • El autor de una obra tiene por el sólo hecho de
    la creación la titularidad originaria de un
    derecho exclusivo y oponible a terceros, que
    comprende a su vez, los derechos de orden moral y
    patrimonial determinados en la Ley (Art. 18º).
  • Sin embargo, el autor puede ceder los derechos
    patrimoniales sobre su obra. También puede
    licenciar los mismos.

8
Titularidad derivada
  • En las obras creadas en cumplimiento de una
    relación laboral o en ejecución de un contrato
    por encargo, la titularidad de los derechos que
    puedan ser transferidos se regirá por lo pactado
    entre las partes. Si no existe estipulación
    contractual expresa, se presume que los derechos
    patrimoniales sobre la obra han sido cedidos al
    patrono o comitente en forma no exclusiva y en la
    medida necesaria para sus actividades habituales
    en la época de creación.
  • En las obras audiovisuales y en los programas de
    ordenador, por el contrario, se presume que los
    autores le han cedido en forma exclusiva y por
    toda su duración los derechos patrimoniales sobre
    la obra.

9
Derechos Morales
  • Paternidad.
  • Integridad.
  • Divulgación

10
Derechos Patrimoniales
  • Reproducción.
  • Distribución.
  • Comunicación Pública.
  • Transformación

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Derechos Conexos
  • Derecho de explotación de grabaciones de imágenes
    en movimiento que no son obras.
  • Derecho de explotación de fotografías que no son
    obras.

12
No se protege por el Derecho de Autor
  • Las ideas contenidas en las obras literarias o
    artísticas, los procedimientos, métodos de
    operación o conceptos matemáticos en sí, los
    sistemas o el contenido ideológico o técnico de
    las obras científicas, ni su aprovechamiento
    industrial o comercial.
  • Las textos oficiales de carácter legislativo,
    administrativo o judicial, ni las traducciones
    oficiales de los mismos.
  • Las noticias del día.
  • Los simples hechos o datos.

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Excepciones al Derecho de Autor
  • Derecho de cita.
  • La comunicación pública de obras y producciones
    con fines exclusivamente didácticos.
  • La reproducción por medios reprográficos, para la
    enseñanza o la realización de exámenes en
    instituciones educativas, siempre que no exista
    fines de lucro y en la medida justificada por el
    objetivo perseguido, de artículos o breves
    extractos de obras lícitamente publicadas.
  • La reproducción por reprografía de breves
    fragmentos o de obras agotadas, publicados en
    forma gráfica, para uso exclusivamente personal.
  • La reproducción individual de una obra por
    bibliotecas o archivos públicos que no tengan
    directa o indirectamente fines de lucro, cuando
    el ejemplar se encuentre en su colección
    permanente, para preservar dicho ejemplar y
    sustituirlo en caso de extravío, destrucción o
    inutilización.
  • El préstamo al público del ejemplar lícito de una
    obra expresada por escrito, por una biblioteca o
    archivo cuyas actividades no tengan directa o
    indirectamente fines de lucro.

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Derecho al uso lícito de citas
  • La obra debió haber sido previamente divulgada en
    forma lícita.
  • La cita debe ser textual o debe existir una
    fidelidad con la obra citada, así como con el
    pensamiento del autor.
  • Debe reconocerse el derecho de paternidad del
    autor.
  • La cita debe realizarse conforme con los usos
    honrados.
  • La cita debe realizarse en la medida justificada
    para cumplir con la finalidad para la que se
    realiza.
  • Fin de la cita comentario, crítica, reseñas
    con fines históricos, académicos, informativos e
    incluso judiciales, políticos y artísticos.

15
Copyleft
  • Orígenes Richard Stallman y el proyecto GNU
  • La forma mas simple de hacer que un programa
    sea libre es ponerlo en el dominio público, sin
    derechos reservados. Esto le permite compartir
    el programa y sus mejoras a la gente, si así lo
    desean. () En el proyecto GNU, nuestro
    objetivo es el dar a todo usuario la libertad de
    redistribuir y cambiar software GNU. Si los
    intermediarios pudieran quitar esa libertad,
    nosotros tendríamos muchos usuarios, pero esos
    usuarios no tendrían libertad. Así en vez de
    poner software GNU en el dominio público,
    nosotros lo protegemos con Copyleft. Copyleft
    dice que cualquiera que redistribuye el software,
    con o sin cambios, debe dar libertad de copiarlo
    y modificarlo más. Copyleft garantiza que cada
    usuario tiene libertad.
  • http//www.gnu.org

16
Copyleft
  • Libertades básicas
  • Usar la obra sin ninguna limitación.
  • (re) distribuir copias de la obra.
  • Modificar la obra.
  • Otras condiciones
  • Las condiciones de la licencia no pueden ser
    revocadas.
  • Toda obra derivada se encuentra sujeta siempre a
    una licencia Copyleft a fin de facilitar y
    asegurar su modificación sin trabas.
  • Establecer un sistema más o menos obligatorio
    para documentar y reconocer al autor inicial y al
    autor de cada obra derivada.

17
Copyleft
  • General Public License.
  • Creative Commons.
  • Coloriuris.
  • Licencia Aire Incondicional.
  • Licencia Arte Libre.

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(No Transcript)
19
Creative Commons
  • Antecedentes software libre.
  • Las licencias creative commons desarrollan el
    derecho de autor.
  • Permite otorgar múltiples licencias.
  • No se opone al Derecho de Autor.
  • Permite una gestión inteligente del Derecho de
    Autor.

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(No Transcript)
21
Creative Commons
  • Tipos de licencia (6)
  • Reconocimiento Se permite cualquier acto de
    explotación respecto de la obra, incluyendo una
    finalidad comercial, así como la obtención de
    obras derivadas, permitiéndose también la
    distribución de estas últimas sin ninguna
    restricción
  • Reconocimiento Sin Derivar La obra puede ser
    explotada por terceros. No se pueden realizar
    obras derivadas. Se permite un uso comercial de
    la obra.
  • Reconocimiento Sin Derivar No comercial La
    obra puede ser explotada por terceros. No se
    puede obtener ningún beneficio económico. No se
    pueden realizar obras derivadas.  
  • Reconocimiento No comercial La obra puede ser
    explotada por terceros. No se puede obtener
    ningún beneficio comercial.
  • Reconocimiento No comercial Compartir
    igual La obra puede ser explotada por terceros.
    No se puede obtener ningún beneficio comercial y
    las obras derivadas tienen que estar bajo los
    mismos términos de licencia que la obra
    originaria.  
  • Reconocimiento Compartir igual La obra puede
    ser explotada por terceros. Las obras derivadas
    tienen que estar bajo los mismos términos de
    licencia que la obra originaria.
  • http//creativecommons.org/choose/?langes_CO

22
Creative Commons
  • Versiones de la Licencia
  • Commons Deed Es un resumen facilmente
    comprensible con los íconos relevantes.
  • Legal code El código legal completo en el que
    se basa la licencia escogida.
  • Digital code El código digital que puede leer la
    computadora y que sirve para que los motores de
    búsqueda ubiquen el trabajo.

23
OpenCourseWare
  • http//www.ocwconsortium.org/

24
OpenCourseWare
  • No es una iniciativa de formación a distancia,
    por lo que no se puede realizar curso alguno u
    obtener alguna titulación.
  • Es una herramienta que permite la libre
    publicación de obras y otras producciones
    educativas, apoyando la formación gratuita de la
    sociedad.
  • Impulsa la difusión en Internet de material
    docente.

25
  • Ejemplos
  • http//ocw.unican.es/
  • http//www.ocw.unc.edu.ar/
  • http//ocw.uni.edu.pe/ocw

26
OpenCourseWare
  • Los profesores utilizan las licencias Creative
    Commons a efecto de delimitar las condiciones en
    las que brindarán sus obras.
  • Los profesores autorizan a la Universidad a
    poner a disposición sus obras a través de su
    portal web.

27
OpenCourseWare
  • Algunas consideraciones a tener en cuenta
  • Identificar a los titulares de los derechos de
    autor de las obras que se emplean en los
    materiales que se elaboren y el uso que se da a
    dichas producciones.
  • Informarse sobre las consecuencias de licenciar
    sus obras bajo el sistema copyleft.
  • Obligación de las universidades de verificar el
    material que están poniendo a disposición en la
    web.

28
Open Access
  • Budapest Open Access Iniciative (2001)
  • Los usuarios pueden leer, descargar, copiar,
    distribuir, imprimir, buscar o enlazar los textos
    completos de los artículos científicos y usarlos
    con cualquier otro propósito legítimo, sin otras
    barreras financieras, legales o técnicas más que
    las que suponga Internet en sí misma. Es decir,
    sin costo alguno.
  • El Directorio de Revistas Open Access
    (http//www.doaj.org/), contiene el catálogo más
    completo de colecciones licenciadas.
  • Busca fomentar el uso de la literatura
    científica a través de la difusión de las
    revistas científicas y académicas.

29
Open Access
  • Nace como un movimiento contra el monopolio de
    las grandes editoriales sobre la distribución de
    obras científicas.
  • 33 824 científicos han firmado una carta
    promovida por la Public Library of Science en la
    que se promueve el boicot a las grandes
    editoriales.

30
Open Access
  • De acuerdo con la Declaración de Berlín sobre
    Open Access ("Acceso Abierto al Conocimiento en
    Ciencias y Humanidades") de Octubre de 2003
  • "Las contribuciones de acceso abierto deben
    satisfacer dos condiciones1. El (los)
    autor(es) y depositario(s) de la propiedad
    intelectual de tales contribuciones deben
    garantizar a todos los usuarios por igual, el
    derecho gratuito, irrevocable y mundial de
    acceder a un trabajo erudito, lo mismo que
    licencia para copiarlo, usarlo, distribuirlo,
    transmitirlo y exhibirlo públicamente, y para
    hacer y distribuir trabajos derivativos, en
    cualquier medio digital para cualquier propósito
    responsable, todo sujeto al reconocimiento
    apropiado de autoría (los estándares de la
    comunidad continuarán proveyendo los mecanismos
    para hacer cumplir el reconocimiento apropiado y
    uso responsable de las obras publicadas, como
    ahora se hace), lo mismo que el derecho de
    efectuar copias impresas en pequeño número para
    su uso personal.
  • 2. Una versión completa del trabajo y todos sus
    materiales complementarios, que incluya una copia
    del permiso del que se habla arriba, en un
    conveniente formato electrónico estándar, se
    deposita (y así es publicado) en por lo menos un
    repositorio online, que utilice estándares
    técnicos aceptables (tales como las definiciones
    del Acceso Abierto), que sea apoyado y mantenido
    por una institución académica, sociedad erudita,
    agencia gubernamental, o una bien establecida
    organización que busque implementar el acceso
    abierto, distribución irrestricta,
    interoperabilidad y capacidad archivística a
    largo plazo."
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