Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL - PowerPoint PPT Presentation

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Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL

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... horas extras y no cancela lo debido, o cuando despide a una trabajadora ... recibir a su salario por 10 horas diarias normales (sin pago de horas extras) ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL


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Reflexiones sobre la FLEXIBILIDAD LABORAL
  • Abril- 2005

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CONTENIDOS
  • La flexibilidad laboral y y principios que con
    ella se violan
  • Tipos de flexibilidad
  • Proyecto 15.161 en Costa Rica, la flexibilidad
    que promueve
  • Los impactos especificos para las mujeres

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Qué es la flexibilidad laboral?
  • Tendencia de sectores empresariales nacionales e
    internacionales a eliminar las regulaciones del
    mercado laboral que son vistas como obstáculos
    para la competitividad y desarrollo de las
    empresas
  • Busca mayor libertad para la empresas en cuanto a
    formas de contratación y disponibilidad de la
    fuerza de trabajo, según sus necesidades.

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Los derechos como barreras...
  • Lo que las empresas ven como obstáculos, son
    precisamente los derechos laborales adquiridos y
    plasmados en las leyes nacionales (Constitución
    Política- Código de Trabajo)
  • Todas las regulaciones que favorecen y protegen
    los derechos de las y los trabajadores, son
    vistas como obstáculos para las ganancias de las
    empresas. Por ello, buscan eliminarlas.

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Pero los derechos de la población trabajadora se
basan en una serie de consideraciones sobre la
relación laboral, que se expresan en los
Principios del Derecho Laboral
  • Principio Protector
  • Principio de Irrenunciabilidad
  • Principio de Continuidad
  • Principio de primacía de la realidad
  • Principio de Buena Fe

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Principio protector
  • El más importante de los principios del Derecho
    Laboral.
  • Asume que toda relación laboral implica dos
    partes
  • a)   La persona dueña los medios de producción
  • b) La persona trabajadora que posee vende su
    fuerza de trabajo (física o intelectual), a
    cambio de un salario.
  • La relación entre esas dos partes es desigual,
    pues una parte posee los medios de producción y
    la otra parte solamente su fuerza de trabajo. La
    relación laboral es una relación desigual, donde
    las y los patronos tienen la posibilidad de
    imponer a sus trabajadores(as) las condiciones
    laborales, precisamente por ser dueños de los
    medios de producción y del capital.

Este es el principio más violado por la
flexibilidad laboral ya que considera que ambas
partes negocian entre sí, de igual a igual.
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Principio de irrenunciabilidad
  • El trabajador y la trabajadora no pueden
    voluntariamente renunciar a sus derechos
    laborales fundamentales.
  • Este principio lo encontramos en las
    Constituciones y en los Códigos de Trabajo de
    Centroamérica y su principal objetivo es prevenir
    que los y las trabajadoras se vean presionados a
    renunciar a sus derechos para conservar u obtener
    un empleo.
  • La jurisprudencia considera que nadie, por propia
    voluntad, renuncia a sus derechos humanos,
    solamente bajo presión, amenaza o coacción, por
    lo que se establece el principio de
    irrenunciabilidad para proteger a las personas de
    estas situaciones.

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Principio de continuidad
  • Procura que la relación laboral sea de larga
    duración en el tiempo para que el trabajador y la
    trabajadora tengan estabilidad, tranquilidad y
    seguridad economica.
  • Favorece los contratos de trabajo por tiempo
    indefinido, es decir, sin final previsto,
    precisamente para que la persona tenga
    estabilidad en su trabajo.  
  • Este principio es uno de los más violados, pues
    se estan generalizando los contratos por tiempo
    definido (3 meses, 6 meses, un año), para que el
    patrono se evite el pago de cesantía y
    prestaciones laborales. Al no respetarse el
    principio de continuidad, también se abren
    condiciones para que se violen otros derechos
    como el de libertad sindical, la jornada de 8
    horas, derechos de maternidad u otros, que la
    persona no exige por miedo al desempleo.

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Principio de primacía de la realidad
  • En caso de discordancia o contradicción entre lo
    que ocurre en la realidad y lo que dicen los
    documentos o acuerdos (incluso el contrato de
    trabajo), debe darse preferencia a lo que ocurre
    en la realidad.
  • Se priorizan los hechos y no las formas, porque
    lo realmente importante en la relación laboral es
    lo que sucede en la práctica y no tanto lo que
    indica el contrato.
  • El principio de primacía de la realidad se
    contrapone a lo establecido en el Derecho civil o
    comercial, donde solo vale lo que dice el
    contrato.

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Principio de buena fe
  • Este principio se aplica a todas las ramas del
    derecho, incluido el Derecho Laboral.
  • Se trata del deber de lealtad y de cooperación
    que tanto empleadores(as) como trabajadores(as)
    deben tener en una relación laboral. Es un
    comportamiento laboral esperado, en donde debe
    imperar la buena fe y la lealtad de ambas partes.
  •  
  • El trabajador o trabajadora actúan de mala fe por
    ejemplo, cuando utilizan los materiales, equipos
    o instrumentos de la empresa en asuntos
    personales. El patrono actúa de mala fe por
    ejemplo, cuando obliga a las y los trabajadores a
    permanecer horas extras y no cancela lo debido, o
    cuando despide a una trabajadora porque está
    embarazada.

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Falacia de dos términos
  • FLEXIBILIDAD
  • LABORAL
  • LIBRE
  • COMERCIO

El término tiene un sentido aparentemente
positivo, pero su aplicación en Centroamérica
implica la pérdida de derechos laborales. La
pregunta es flexibilidad para quién?
La palabra libre oculta las serias
consecuencias que este modelo trae para el
desarrollo de las grandes mayorías
centroamericanas. La pregunta es libre
comercio para quién?
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La flexibilidad laboral se ha convertido en la
negación de estos principios
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Derechos VS Desarrollo
  • La lógica del capitalismo neoliberal y el libre
    comercio, se basa en la destrucción de los
    derechos humanos y sus principios fundamentales.
  • Parte de un supuesto falso de igualdad entre
    patronos y trabajadores/as, que busca
    desligitimar cualquier principio de protección a
    la población trabajadora.
  • Resultado Afianza y profundiza las relaciones de
    desigualdad.

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TIPOS DE FLEXIBILIDAD LABORAL EN CENTROAMERICA
  • Flexibilidad de Hecho
  • Se da en la práctica. Es la aplicación
    flexible de lo que está regulado en la ley. Es
    una violación permanente y sistemática (en los
    sitios de trabajo) de los derechos laborales
    reconocidos legalmente.

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Tipos de flexibilidad laboral
  • Flexibilidad legal
  • Aprobación de leyes que modifican las
    existentes, en deterioro de los derechos
    laborales. Tendencia a la desregulación laboral.
  • Flexibilidad jurisprudencial
  • Las autoridades administrativas y judiciales
    realizan interpretación restrictiva de las normas
    laborales.

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Proyecto de Ley 15161 Reforma al Código de
Trabajo en Costa Rica
  • Des-regular y flexibilizar la ley laboral en
    función de la productividad empresarial?

Este es un ejemplo de cómo se pretenden
desregular las leyes laborales
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Dice el Artículo 58 de la Constitución Política
de Costa Rica
  • La jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá
    exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho a
    la semana. La jornada ordinaria de trabajo
    nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y
    treinta y seis a la semana. El trabajo en horas
    extraordinarias deberá ser remunerado con un
    cincuenta por ciento más de los sueldos o
    salarios estipulados. Sin embargo, estas
    disposiciones no se aplicarán en los casos de
    excepción muy calificados, que determine la ley.

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Estado actual del proyecto de ley 15161
  • El Proyecto de Ley 15161, fue presentado por el
    Ministro de Trabajo y la Presidencia de la
    República. Aunque se encuentra en la Asamblea
    Legislativa, no está en discusión actualmente.
  • Se encuentra en la Comisión de Asuntos Sociales,
    con dos díctamenes de subcomisión uno negativo
    de minoría, y un texto sustitutivo de mayoría.

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Qué plantea el proyecto?
  • Su punto de partida es que la ley debe facilitar
    una mayor productividad para las empresas.
  • Busca entonces que la ley laboral sea lo
    suficientemente flexible para que las empresas
    puedan acomodar con facilidad la cantidad de
    horas que necesitan a sus trabajadores/as, según
    exija la producción.

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  • El proyecto pretende modificar la jornada laboral
    actual de 8 horas, utilizando dos modalidades
  • Jornada anualizada
  • Jornada acumulada

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  • Jornada acumulada
  • Concentra las horas de trabajo en cuatro días y
    las horas de descanso en tres días.
  • Por eso se le llama Jornada 4 x 3

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  • Jornada anualizada
  • El máximo de horas ordinarias de trabajo se
    calculan anualmente.
  • En tiempos de baja producción, los patronos
    podrán reducir la jornada hasta en 6 horas.
  • En tiempos de alta producción los patronos
    podrán ampliar la jornada hasta en 10 horas
    diarias.

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(No Transcript)
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Jornada de 8 horas un derecho convertido en
excepción
  • Estas modificaciones que plantea el proyecto de
    Ley 15161, convierten en regla la excepción.
  • Es decir, la Constitución política establece que
    el trabajo más allá de las 8 horas solo puede
    darse en casos de excepción. Con la nueva ley, la
    jornada de 8 horas será la excepción.
  • Desde esta perspectiva, cuando una regulación se
    orienta hacia mejorar las condiciones de la
    población trabajadora, es considerado por
    empresarios y gobiernos que son pprivilegios
    que no se deben permitir. Por ello, la reducción
    de las jornadas de las trabajadoras domésticas
    (por poner un ejemplo), se convierte en un sueño
    cada vez más lejano.

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Consecuencias para las mujeres
  • A la extensión de la jornada laboral remunerada y
    de la disminución en los ingresos, se agrega el
    trabajo del hogar y en algunos casos, el trabajo
    organizativo o comunal.
  • Jornada 4x3 Puede ayudar a cumplir con ciertas
    responsabilidad familiares que recaen en las
    mujeres, pero a la vez, reproduce el esquema
    patriarcal y la división sexual del trabajo.
  • Menos tiempo de estudio, menor preparación,
    menores oportunidades de acceder a otros empleos.
  • Menos posibilidad de organización los derechos
    de las mujeres siguen estando ausentes.

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Peligros de defender este tipo de
flexibilidades bajo el supuesto beneficio de
las mujeres
  • Es cierto que puede en lo inmediato resolver
    algunas necesidades prácticas de las mujeres.
  • Es un acomodamiento empresarial que reproduce el
    rol de responsabilidad exclusiva de las mujeres.
  • No es solución a los conflictos de la doble
    jornada, más bien se vale de ella para vender la
    idea de la jornada 4x3.
  • La ilusión del tiempo libre De qué mujeres
    hablamos? De qué tiempo y recursos libres
    disponen para su propio crecimiento?

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Flexibilidad Vs. Equidad de Género
  • Atenta contra las demandas de políticas laborales
    dirigidas a la redistribución del trabajo
    familiar y doméstico en el ámbito familiar y
    social.
  • Nos aleja cada vez mas la posibilidad de subir
    los estandares laborales para las mujeres del
    sector informal y trabajadoras domésticas.
  • El contexto neoliberal de privatizaciones y
    apertura del mercado de los servicios públicos
    imposibilita el fortalecimiento de instituciones
    que ofrecen a través de servicios sociales un
    alivio a las responsabilidades familiares.
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