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JORNADA LABORAL

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La jornada laboral Es el tiempo diario, semanal, mensual o anual que el trabajador dedica a la ejecuci n de su actividad laboral. La duraci n m xima de la jornada ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: JORNADA LABORAL


1
JORNADA LABORAL Y RETRIBUCIÓN
2
La jornada laboral
  • Es el tiempo diario, semanal, mensual o anual que
    el trabajador dedica a la ejecución de su
    actividad laboral.
  • La duración máxima de la jornada ordinaria de
    trabajo es de 40 horas semanales de trabajo
    efectivo, de promedio en cómputo anual.
  • Apreciaciones
  • Cabe la distribución irregular de la jornada.
  • No se pueden trabajar más de 9 horas/día, salvo
    distribución irregular de jornada o menor de edad
  • El cómputo del tiempo es de trabajo efectivo en
    el puesto de trabajo

3
Periodos de descanso
  • Diario 12 horas entre el final de una jornada y
    el comienzo de la siguiente.
  • Semanal un día y medio seguido, como regla la
    tarde del sábado o mañana del lunes y el domingo
    (dos días para los menores). Cabe acumulación en
    dos semanas.
  • Jornada continua 15 minutos a las 6 horas de
    trabajo, 30 minutos por cada 4.30 horas si son
    menores (no retribuidos salvo convenio)

4
Jornada nocturna
  • La realizada entre las diez de la noche y las
    seis de la mañana
  • Es trabajador nocturno el que realiza 3 horas
    diarias en ese horario o 1/3 de su jornada anual
  • Sólo pueden hacerse 8 horas de promedio en 15
    días
  • Retribución específica según convenio salvo
  • Compensación por descanso
  • Salario establecido atendiendo a la naturaleza de
    nocturno del trabajo

5
Trabajo a turnos
  • Cuando un trabajador realiza su trabajo en horas
    diferentes, en un periodo determinado de tiempo.
  • Si hay procesos productivos continuos, un
    trabajador no puede estar más de dos semanas
    consecutivas en el turno de noche salvo
    adscripción voluntaria.
  • Hay preferencia de elección de turno si se cursan
    estudios con regularidad.

6
Horas extraordinarias
  • Cada hora de trabajo que sobrepasa la duración
    máxima de la jornada ordinaria
  • Existe un tope anual de 80 horas extra, salvo las
    de fuerza mayor
  • No pueden hacerse por menores de edad, o en
    jornada nocturna (salvo autorización)
  • Tipos
  • Retribución
  • No estructurales
  • Estructurales
  • Por fuerza mayor
  • No computan para el máximo
  • Cotizan a un tipo reducido
  • No inferior al valor de la hora ordinaria
  • Compensación con tiempo de descanso

7
Permisos retribuidos
  • Previo aviso y justificación posterior, con
    derecho a retribución
  • Matrimonio 15 días
  • Nacimiento de hijo, enfermedad grave o
    fallecimiento de un familiar hasta 2º grado 2
    días o 4 con desplazamiento
  • Traslado de domicilio 1 día
  • Función sindical tiempo establecido en ley o
    convenio
  • Cumplimiento de deber público o personal tiempo
    indispensable
  • Lactancia de un hijo 1 hora al día o reducción
    de ½ hora
  • Preparación al parto tiempo indispensable
  • Reducción de jornada y de salario por cuidado de
    un menor de 6 años o disminuido que no trabaje

8
Vacaciones
  • 30 días naturales no sustituibles por
    compensación económica
  • Se fijarán de común acuerdo
  • Se debe conocer la fecha de disfrute al menos con
    2 meses de antelación
  • No son acumulables
  • Sólo se retribuyen si
  • El trabajador cesa sin haberlas disfrutado
  • Trabajador contratado menos de un año que no las
    haya podido disfrutar

9
Fiestas laborales
  • Cada empresa debe elaborar un calendario laboral
    que recoja los días inhábiles a efectos
    laborales, retribuidos y no recuperables
  • Debe ser expuesto en el centro de trabajo y
    comprenderá las horas de trabajo al día y al año,
    días de descanso, fiestas, horario, etc
  • Las fiestas laborales de carácter retribuido y no
    recuperable son 14, 2 de ellas locales

10
El salario
  • Totalidad de las percepciones económicas de los
    trabajadores, en dinero o en especie (en
    porcentaje no superior al 30), que retribuyan el
    tiempo de trabajo y los periodos de descanso
    computables como trabajo
  • Según el medio de pago se distingue
  • Salario por unidad de tiempo
  • Salario por unidad de obra
  • Salario mixto
  • No inferior al SMI (inembargable salvo pensión de
    alimentos)
  • 513 al mes
  • 17.10 al día

11
Estructura salarial
  • Salario base
  • Complementos salariales
  • Personales antigüedad, idiomas, cursos de
    especialización, etc
  • Por la calidad o cantidad de trabajo plus de
    festivo, nocturnidad, trabajo peligroso, etc
  • De carácter no periódico participación en
    beneficios

12
Fondo de Garantía Salarial
  • Organismo de garantía parcial de los salarios y
    las indemnizaciones por despido o extinción
    pendientes de pago
  • Salarios hasta el doble del SMI diario sin p.
    extra con un máximo de 120 días en insolvencias,
    quiebra, suspensión de pagos o concurso del
    empresario
  • Indemnizaciones 25 días por año con el límite de
    una anualidad, y sobre el doble del SMI

13
Pago del salario
  • Según la costumbre de la empresa al menos
    mensualmente
  • Forma de pago en el lugar de trabajo, cheque
    nominativo o transferencia bancaria
  • Se debe entregar un recibo de salarios
  • Si se firma, supone conformidad de lo recibido
    pero no conformidad con la liquidación
  • Plazo para reclamar deudas salariales es un año

14
Recibo de salarios
15
FIN TEMA 4
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