Title: NEGOCIACI
1 2Negociación Colectiva
ART. 303
- Procedimiento a través del cual uno o más
empleadores, se relacionan con una o más
organizaciones sindicales o con trabajadores que
se unan para tal efecto, o con unos y otros, con
el objeto de establecer condiciones comunes de
trabajo y de remuneraciones por un tiempo
determinado.
3FLUJOGRAMA DEL PROCESO
NEGOCIACION COLECTIVA REGLADA DE EMPRESA
CUANDO SE PRESENTA EL PROYECTO ?
FUERO 10 DIAS ANTERIORES A LA PRESENTACION DEL
PROYECTO
EMPRESAS SIN INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
EMPRESAS CON INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
EN CUALQUIER MOMENTO
ENTRE 40 Y 45 DS.ANTERIORES AL TERMINO DE
VIGENCIA
RESPUESTA PLAZO 15 DIAS
4continuación Flujograma
SIN RESPUESTA
RESPUESTA
MULTA DEL 20 REMUNERACIONES ULTIMO MES,
INVOLUCRADOS
SI LLEGADO EL VIGESIMO DIA NO HA RESPONDIDO
EL PROYECTO DE LOS TRABAJADORES PASA A SER
CONTRATO
Continúan las conversaciones
5RESPUESTA
LA EMPRESA FORMULA OBSERVACIONES
LA EMPRESA HACE NUEVAS PROPOSICIONES
LA EMPRESA ACEPTA EL PROYECTO
ESCRITURACION CONTRATO COLECTIVO
LOS TRABAJADORES ACEPTAN
CONTINUAN LAS CONVERSACIONES
6Continuación Flujograma
PLAZO 5 DS. PARA QUE LA COMISION NEGOCIADORA
PRESENTE OBJECION DE LEGALIDAD
NO HAY OBJECION DE LEGALIDAD
HAY OBJECION DE LEGALIDAD
EMPRESAS CON MENOS DE 1000 TRABAJADORES INSPECTO
R DEL TRABAJO
EMPRESAS CON 1000 O MAS TRABAJADORES DIRECTOR
DEL TRABAJO
PLAZO 5 DS.
C O N V E R S A C I O N E S
C O N T I N U A N
RESOLUCION
En cualquier momento posible acogerse a 369 inc.
2
7Continuación Flujograma
LOGRAN ACUERDO
VOTACION ULTIMA OFERTA
SUSCRIPCION CONTRATO COLECTIVO
Se suspende inicio de la huelga (art..374 bis)
Votan aceptando ULTIMA OFERTA
Posible acogerse 369 inc. 2
Votan aprobando HUELGA
POSIBLE MEDIACION OFICIOSA
SE HACE EFECTIVA
PRORROGA 10 días
conversaciones
continúan
NO SE HACE EFECTIVA
.
8Continuación Flujograma
NO SE HACE EFECTIVA
SE HACE EFECTIVA
Posible 369 inc. 2
SE DA PORACEPTADA LA ULTIMA OFERTA
Conversaciones
Continúan
SE LOGRA ACUERDO
SUSCRIPCION CONTRATO COLECTIVO
FUERO HASTA 30 DIAS DESPUES DE SUSCRITO EL
CONTRATO
.
9TIPOS DE NEGOCIACION
NEGOCIACION SEMIREGLADA
NEGOCIACION REGLADA
NEGOCIACION NO REGLADA
SINDICATOS Y GRUPOS
SINDICATOS
GRUPOS
ART. 315
ART. 314
ART. 314 BIS
10NEGOCIACION COLECTIVA NO REGLADA y SEMIREGLADA
- NO SE SUJETAN A LAS NORMAS PROCESALES PREVISTAS
PARA LA NEGOCIACION COLECTIVA REGLADA, NI DAN
LUGAR A LOS DERECHOS Y PRERROGATIVAS Y
OBLIGACIONES SEÑALADAS EN EL CODIGO DEL TRABAJO - NO HAY FUERO
- NO EXISTE DERECHO A HUELGA NI LOCK-OUT
- EL INSTRUMENTO COLECTIVO RESULTANTE SE DENOMINA
CONVENIO COLECTIVO - SURTE LOS MISMOS EFECTOS QUE EL CONTRATO
COLECTIVO DESPUES DE SUSCRITO
11NEGOCIACION COLECTIVA NO REGLADA SINDICATOS
Art. 314
- NO TIENE PROCEDIMIENTO FIJADO POR LEY
- REQUIERE DEL ACUERDO PREVIO
- LA PROPUESTA ORIGINAL PUEDE PROVENIR DE LOS
TRABAJADORES O DEL EMPLEADOR - NO HAY FUERO
- NO EXISTE DERECHO A HUELGA NI LOCK-OUT
- EL INSTRUMENTO COLECTIVO RESULTANTE SE DENOMINA
CONVENIO COLECTIVO
12NEGOCIACION COLECTIVA SEMI REGLADA GRUPOS
Art. 314 bis
- Deberá tratarse de grupos de 8 o más
trabajadores. - Los trabajadores serán representados por una
comisión negociadora, de no menos de tres
integrantes ni más de cinco, elegida por los
involucrados en votación secreta celebrada ante
un Inspector del Trabajo. - La propuesta original solo puede provenir de los
trabajadores - El empleador debe dar respuesta dentro del plazo
de 15 días corridos. En caso contrario multa del
art. 477. - La propuesta final del empleador debe ser
aprobada por los trabajadores mediante votación
secreta ante un Inspector del Trabajo.
El hecho de haberse suscrito un convenio
colectivo no impedirá que los restantes
trabajadores puedan presentar proyectos de
contrato colectivo conforme al art.317
Nota si se suscribiere sin cumplir con estas
normas mínimas , tendrá naturaleza de contrato
individual, pero no producirá efecto de convenio
colectivo.
13 QUE SE NEGOCIA ?
ESTABILIDAD EMPLEO
PROYECCION DE LA EMPRESA
FORTALECIMIENTO ORGANIZACION
MEJORAMIENTO CONDICIONES DE TRABAJO
BENEFICIOS
MEJORAMIENTO RELACIONES LABORALES
AUMENTO REMUNERACIONES
14MATERIAS OBJETO DE NEGOCIACION COLECTIVA SEGUN
EL CODIGO DEL TRABAJO
Art. 306
REMUNERACIONES
FIESTA NAVIDEÑA
BENEFICIOS
BECAS
ETC.
CONDICIONES DE TRABAJO
15MATERIAS NO NEGOCIABLES
LAS QUE RESTRINJAN O LIMITEN LA FACULTAD DEL
EMPLEADOR DE ORGANIZAR, DIRIGIR Y ADMINISTRAR LA
EMPRESA Y AQUELLAS AJENAS A LA MISMA
16QUIENES NO PUEDEN NEGOCIAR
Empresas o Instituciones públicas o privadas
con financiamiento del Estado mayor a 50, en
cualquiera de los 2 últimos años
Empresas con leyes especiales
Empleados públicos
PUEDEN NEGOCIAR
Empresas del Estado dependientes del Ministerio
de Defensa o que se relacionen a través de él con
el Supremo Gobierno
Quórum y antigüedad en la empresa
Faenas transitorias o de temporada
Contratos de aprendizaje
Gerentes, subgerentes, apoderados (Cláusula
contrato)
Ejerzan cargos de mando o inspección (Cláusula
contrato)
Autorizados para contratar o despedir (Cláusula
contrato)
- ROJO PROHIBICION
- AMARILLO LIMITACION
- VERDE NEGOCIACION PERMITIDA
17CONCEPTO DE OBRA O FAENA DETERMINADA ARTICULO
305 Nº 1 Dictamen Nº 1825 / 032 del 08.05.06
(deniega solicitud de reconsideración del
oficio 2389 / 100 de 01.06.04 y complementa
doctrina sobre contrato por obra o faena
determinada) Dictamen Nº 2389 / 100 del
08.06.04 (Concepto de Contrato por Obra o
Faena determinada)
18RECLAMACION DEL TRABAJADOR RESPECTO DE LA CALIDAD
ATRIBUIDA CONFORME AL ART. 305, Ns 2, 3 Y 4
PLAZO DE SEIS MESES DESDE LA SUSCRIPCION DEL
CONTRATO O DE SU MODIFICACION, ANTE LA INSPECCION
DEL TRABAJO . .................. ANTE EL JUEZ
COMPETENTE EN EL PLAZO DE CINCO DIAS DESDE LA
NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE LA INSPECCION.
19QUIENES PUEDEN PRESENTAR PROYECTO
ART. 315
- TODO SINDICATO DE EMPRESA O ESTABLECIMIENTO DE
ESTA. - LOS GRUPOS DE TRABAJADORES QUE REUNAN A LO MENOS
LOS MISMOS QUORUMS Y PORCENTAJES REQUERIDOS PARA
LA CONSTITUCION DE UN SINDICATO DE EMPRESA O DE
UN ESTABLECIMIENTO DE ELLA.
LOS QUORUMS Y PORCENTAJES SE ENTIENDEN REFERIDOS
AL TOTAL DE TRABAJADORES FACULTADOS PARA NEGOCIAR
20INICIO DE LA NEGOCIACION COLECTIVA EN EMPRESAS
SIN INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
LA EMPRESA DEBE TENER UN AÑO DESDE EL INICIO DE
SUS ACTIVIDADES
21PRESENTACION DE UN PROYECTO DE CONTRATO COLECTIVO
EN EMPRESA SIN INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
LOS TRABAJADORES PUEDEN PRESENTAR EL PROYECTO EN
CUALQUIER MOMENTO, SALVO DENTRO DEL PERIODO QUE
EL EMPLEADOR HAYA DECLARADO NO APTO PARA
INICIAR NEGOCIACIONES
22PERIODO NO APTO PARA INICIAR NEGOCIACIONES
NO PODRAN PRESENTAR PROYECTOS EN UNO O MAS
PERIODOS QUE, CUBRIENDO EN SU CONJUNTO UN PLAZO
MAXIMO DE SESENTA DIAS EN EL AÑO CALENDARIO, EL
EMPLEADOR HAYA DECLARADO NO APTOS PARA INICIAR
NEGOCIACIONES
DECLARACION EN EL MES DE JUNIO DE CADA AÑO POR
LOS DOCE MESES CALENDARIO SIGUIENTES A AQUEL
23OBLIGACION DEL EMPLEADOR DE COMUNICAR A
RESTANTES TRABAJADORES EN EMPRESAS SIN
INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
Arts. 318 y 320
30 días
1
30
Comunicación
5 días
Fecha Presentación de Todos los Proyectos
Presentación de Proyecto
Durante el plazo de 30 días los demás
trabajadores de la empresa pueden presentar
proyectos o adherirse al presentado
24CONTINUACIÓN Arts. 318, 319 y 320
(DICTAMEN 2452/144 de 30.07.2002)
Los trabajadores pueden avisar por cualquier medio
Fecha Presentación de Todos los Proyectos
No Comunica
30 días
5 días
1
30
Presentación de Proyecto
Si el empleador no comunica, deberá negociar con
quienes hubieren presentado el proyecto. Los
demás trabajadores mantendrán su derecho a
presentar proyectos de contrato en cualquier
tiempo, conforme al Código.
25CONTINUACIÓN Arts. 318 y 320
(DICTAMEN 2452/144 de 30.07.2002)
30 días
1
30
La respuesta se entiende notificada el día
siguiente del plazo de 30 días
Si el empleador responde dentro de los 15 días
26INICIO DE LA NEGOCIACION EN EMPRESAS CON
INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
LA PRESENTACION DEBE HACERSE NO ANTES DE 45, NI
DESPUES DE 40 DS. ANTERIORES A LA FECHA DE
VENCIMIENTO DEL INSTRUMENTO COLECTIVO
Día cero
45
40
44
43
42
40
41
45
No antes
1
2
Ni después
seis días
Fecha de vencimiento del instrumento
27PRORROGA DEL INICIO DE LA NEGOCIACION
ART. 322
- DE COMUN ACUERDO
- HASTA POR 60 DIAS
- POR UNA SOLA VEZ EN CADA PERIODO
- FIJANDO LA FECHA DE LA FUTURA NEGOCIACION
CONSTANCIA ESCRITA Y COPIA A LA INSPECCION DEL
TRABAJO
28INICIO DE LA NEGOCIACION
PROYECTO
RESPUESTA 15 DIAS
FUERO 10 DIAS
LAS PARTES DE COMUN ACUERDO PUEDEN PRORROGAR EL
PLAZO PARA RESPONDER POR EL TIEMPO QUE ESTIMEN
CONVENIENTE
29REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES
ART. 326
COMISION NEGOCIADORA
- SI SE TRATA DE UN SINDICATO- LA COMISION
NEGOCIADORA ES EL DIRECTORIO SINDICAL - VARIOS SINDICATOS - LA COMISION ESTA INTEGRADA
POR LOS DIRECTORIOS DE TODOS ELLOS - SI SE TRATA DE UN GRUPO - DEBERA ELEGIRSE UNA
COMISION NEGOCIADORA
30ELECCION COMISION NEGOCIADORA
A)MIEMBRO DEL GRUPO NEGOCIADOR Y LOS MISMOS
REQUISITOS QUE PARA SER DIRECTOR SINDICAL. B) LA
COMISION ESTARA COMPUESTA COMO MINIMO POR TRES
MIEMBROS. LOS TRABAJADORES PODRAN AUMENTAR EL
NUMERO A CINCO (250 O MAS TTS.), SIETE
(1000 O MAS TTS.) O NUEVE MIEMBROS (3000 O
MAS TTS.) C) ELECCION POR VOTACION SECRETA,
ANTE MINISTRO DE FE (250 O MAS TTS.) D) CADA
TRABAJADOR TENDRA DERECHO A 2 VOTOS -
3 MIEMBROS 3 VOTOS - 5
MIEMBROS 4 VOTOS - 7 MIEMBROS 5
VOTOS - 9 MIEMBROS
31ADHERENTES
ART. 323
LOS SINDICATOS PODRAN ADMITIR POR ACUERDO DE SU
DIRECTIVA, QUE TRABAJADORES NO AFILIADOS ADHIERAN
A SU PRESENTACION DEL PROYECTO
32REPRESENTACION DE LA EMPRESA
ART. 326 INCISO FINAL
EL EMPLEADOR TENDRA DERECHO A SER REPRESENTADO
EN LA NEGOCIACION HASTA POR TRES APODERADOS QUE
FORMEN PARTE DE LA EMPRESA, ENTENDIENDOSE
TAMBIEN COMO TALES A LOS MIEMBROS DE SU
RESPECTIVO DIRECTORIO Y A LOS SOCIOS CON
FACULTADES DE ADMINISTRACION.
ART. 327
ADEMAS PODRAN ASISTIR AL DESARROLLO DE LAS
NEGOCIACIONES, HASTA TRES ASESORES POR CADA PARTE
33MENCIONES MINIMAS DEL PROYECTO DE CONTRATO
COLECTIVO
ART. 325
-
- INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES, CON NOMINA DE
LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS ( FIRMADA EN CASO
DE GRUPOS Y ADHERENTES ). - LAS CLAUSULAS QUE SE PROPONEN.
- EL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO.
- LA INDIVIDUALIZACION DE LA COMISION NEGOCIADORA
Y SU FIRMA.
34ENTREGA DE INFORMACION
ART. 315
Para el empleador será obligatorio entregar, a lo
menos
- Los balances de los dos años inmediatamente
anteriores, salvo que la empresa tuviere una
existencia menor, en cuyo caso la obligación se
reducirá al tiempo de existencia de ella - La información financiera necesaria para la
confección del proyecto referida a los meses del
año en ejercicio y - Los costos globales de mano de obra del mismo
período.
Asimismo, el empleador entregará la información
pertinente que incida en la política futura de
inversiones de la empresa, siempre que no sea
considerada por aquél como confidencial.
Si en la empresa no existiere contrato colectivo
vigente, tales antecedentes pueden ser
solicitados en cualquier momento.
35ENTREGA DE INFORMACION Continuación
- LA NO ENTREGA DE INFORMACION CONSTITUYE UNA
PRACTICA ANTISINDICAL, CUYO CONOCIMIENTO Y
RESOLUCION CORRESPONDE A LOS TRIBUNALES DEL
TRABAJO - SIN PERJUICIO DE ELLO PROCEDE LA APLICACIÓN DE
MULTA POR EL ART. 477 DEL CODIGO DEL TRABAJO.
36PLAZO PARA LA ENTREGA DE INFORMACION
ART.315 y DICTAMEN 1217/067 del 15.04.2002
ENTREGA DE INFORMACION
45 días
15 días
3 meses anteriores
37EFECTOS DE LA PRESENTACION DEL PROYECTO
- OBLIGACION DEL EMPLEADOR Y DE LOS TRABAJADORES
A NEGOCIAR DE BUENA FE - ( ARTS. 387 Y 388).
- OBLIGACION DEL EMPLEADOR DE RESPONDER.
- FUERO CON EFECTO RETROACTIVO.
- TRABAJADORES NO PUEDEN NEGOCIAR INDIVIDUALMENTE Y
DEBEN PERMANECER AFECTOS A LA NEGOCIACION
COLECTIVA DURANTE TODO EL PROCESO ( ARTS. 328 Y
382), SALVO EL REINTEGRO (ART. 381 ). -
- POSIBILIDAD DE ACOGERSE AL ART. 369 INCISO 2
38NEGATIVA A RECIBIR COPIA DEL PROYECTO O DE LA
RESPUESTA
ART. 324
SE PODRA REQUERIR SU NOTIFICACION A LA
INSPECCION DEL TRABAJO DENTRO DE LOS 3 DIAS
SIGUIENTES AL VENCIMIENTO DEL PLAZO DE 5 DIAS
SEÑALADO PARA DEPOSITAR COPIA ANTE LA
INSPECCION.
39RESPUESTA
ART. 329
- DEBE PRONUNCIARSE SOBRE TODAS LAS PROPOSICIONES
DE LOS TRABAJADORES - DEBE FUNDAMENTAR
- DEBE ACOMPAÑAR LOS ANTECEDENTES NECESARIOS QUE
JUSTIFIQUEN LAS CIRCUNSTANCIAS INVOCADAS - DEBE PROPONER SU PROPIO PROYECTO DE CONTRATO
COLECTIVO - PUEDE CONTENER ALGUNA OBSERVACION DE LEGALIDAD
NOTA ENVIAR COPIA A LA INSPECCION DEL TRABAJO,
DENTRO DE LOS 5 DS. SIGUIENTES A SU ENTREGA,
FIRMADA POR UNO O MAS MIEMBROS DE LA COMISION
NEGOCIADORA
40SANCIONES POR NO RESPONDER OPORTUNAMENTE
ART. 332
MULTA DEL 20 DE LAS REMUNERACIONES DEL ULTIMO
MES DE TODOS LOS TRABAJADORES COMPRENDIDOS EN EL
PROYECTO DE CONTRATO
LLEGADO EL DIA 20, SIN RESPUESTA, CONTADO DESDE
LA PRESENTACION DEL PROYECTO, SE DA POR ACEPTADO
EL PROYECTO PRESENTADO POR LOS TRABAJADORES
41 ULTIMA OFERTA U OFERTA VIGENTE DEL EMPLEADOR
ART. 370 inc. final
SE ENTIENDE POR ULTIMA OFERTA U OFERTA VIGENTE
DEL EMPLEADOR, LA ULTIMA QUE CONSTE POR ESCRITO
DE HABER SIDO RECIBIDA POR LA COMISION
NEGOCIADORA Y CUYA COPIA SE ENCUENTRE EN PODER DE
LA INSPECCION DEL TRABAJO RESPECTIVA
42ART. 372 inc. 3
PARA EFECTOS DE LA VOTACION DE ULTIMA OFERTA O
HUELGA, LA OFERTA VIGENTE ES LA INFORMADA
POR EL EMPLEADOR A TODOS LOS TRABAJADORES Y
DEPOSITADA EN LA INSPECCION DEL TRABAJO CON UNA
ANTICIPACION DE A LO MENOS 2 DIAS AL PLAZO LEGAL
PARA VOTAR.
PERIODO VOTACION (5 DIAS)
FECHA LIMITE PARA INFORMAR Y DEPOSITAR ULTIMA
OFERTA
DICTAMEN 7386/347 DE 15.12.1994
43REQUISITOS QUE DEBEN CONCURRIR PARA RESOLVER
SOBRE ULTIMA OFERTA DEL EMPLEADOR O HUELGA
ART. 370
- QUE LA NEGOCIACION NO ESTE SUJETA A ARBITRAJE
OBLIGATORIO. - QUE EL DIA DE LA VOTACION ESTE COMPRENDIDO
DENTRO DE LOS 5 ULTIMOS DIAS DE VIGENCIA DEL
CONTRATO O FALLO ANTERIOR, O EN EL CASO DE NO
EXISTIR ESTE, DENTRO DE LOS 5 ULTIMOS DIAS DE
UN TOTAL DE 45 DESDE LA PRESENTACION DEL
PROYECTO. - QUE LAS PARTES NO HUBIEREN CONVENIDO EN SOMETER
EL ASUNTO A ARBITRAJE.
44PERIODO VOTACION ULTIMA OFERTA O HUELGA
ART. 370
EMPRESAS CON INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
FECHA DE TERMINO DE VIGENCIA
5
4
3
2
1
5 DIAS
EMPRESAS SIN INSTRUMENTO COLECTIVO VIGENTE
FECHA PRESENTACION PROYECTO
45 DIAS
45
44
43
42
41
1
2
0
5 DIAS
45VOTACION DE ULTIMA OFERTA O HUELGA
- LA VOTACION DEBE EFECTUARSE EN FORMA SECRETA,
PERSONAL Y EN PRESENCIA DE UN MINISTRO DE FE. - LAS OPCIONES SON HUELGA Y ULTIMA OFERTA DEL
EMPLEADOR. - PARA ACORDAR LA HUELGA SE REQUIERE LA MAYORIA
ABSOLUTA DE LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS. A
FALTA DE DICHA MAYORIA, SE ENTIENDE ACEPTADA LA
ULTIMA OFERTA.
46INICIO DE LA HUELGA
ART. 374
LA HUELGA DEBE HACERSE EFECTIVA AL INICIO DE LA
RESPECTIVA JORNADA DEL TERCER DIA SIGUIENTE A SU
APROBACION SI NO SE HACE EFECTIVA LA HUELGA SE
ENTIENDE QUE LOS TRABAJADORES DESISTEN DE ELLA Y
ACEPTAN LA ULTIMA OFERTA DEL EMPLEADOR
POR ACUERDO DE LAS PARTES ESTE PLAZO PUEDE
PRORROGARSE POR OTROS 10 DIAS
HUELGA
HUELGA
47ESQUEMA INICIO DE LA HUELGA
VIERNES
DOMINGO
MARTES
SABADO
JUEVES
MIERCO
LUNES
LUNES
ART.312
48QUORUM PARA HACER EFECTIVA LA HUELGA
ART. 374
- SE ENTIENDE QUE LA HUELGA NO SE HA HECHO
EFECTIVA, SI MAS DE LA MITAD DE LOS TRABAJADORES
INVOLUCRADOS EN LA NEGOCIACION CONTINUAN
LABORANDO EN ELLA. - EN LAS EMPRESAS CON SISTEMA DE TURNOS, EL QUORUM
NECESARIO SE CALCULA SOBRE LA TOTALIDAD DE LOS
TRABAJADORES INVOCRADOS EN LA NEGOCIACION Y CUYOS
TURNOS SE INICIEN AL TERCER DIA SIGUIENTE AL DE
LA APROBACION DE LA HUELGA.
49 ART. 374 bis
50EMPLEADOR
TRABAJADORES
- La interposición de buenos oficios opera por
solicitud de cualquiera de las partes. - Ante el inspector del trabajo competente.
- Plazo para solicitarla dentro de las 48
horas siguientes de acordada la huelga, salvo
que se haya recurrido a mediación o
arbitraje voluntario.
51--
- Solicitada la actuación hay cinco días
hábiles para esta labor, lo que implica en la
práctica una prórroga del inicio de la huelga. - Vencido este periodo, sin que haya acuerdo,
el Inspector da por terminada su labor. - Efecto de lo anterior la huelga debe
hacerse efectiva al inicio del día
siguiente hábil.
huelga
No acuerdo
52 PRÓRROGA
Sin perjuicio de lo anterior, las partes
pueden convenir que el Inspector siga
desarrollando su gestión hasta por cinco días
(corridos), lo que prorroga otra vez el
inicio de la huelga.
535 días corridos
5ds. hábiles
48 hrs.
Prórroga
Actuación
Votación
Solicitud
Si no hay acuerdo (transcurridos 5 ds. hábiles)
en el 1er período de actuación, al día siguiente
hábil se hace efectiva la huelga.
54OBJETIVOS DE LA ACTUACION
- Acercar posiciones.
- Facilitar el establecimiento de bases de
acuerdo para la suscripción del Contrato
colectivo.
55FORMALIDADES DE LA ACTUACION.
- Deberá levantarse acta de las audiencias
realizadas, firmadas por los comparecientes y
el funcionario actuante. - Existe la facultad para citar a las partes,
conjunta o separadamente, cuantas veces se
estime necesario.
56CONTENIDO DE LAS ACTAS DE CADA REUNION
- Lugar, fecha y hora de inicio.
- Identificación de las partes y del mediador.
- Materias tratadas y propuestas de las partes.
- Hora de término.
- Fecha y hora de próxima reunión.
- Citación legal para esa reunión.
- Acuerdos logrados.
- Fecha de firma del contrato colectivo.
57CRITERIOS DE ACTUACION
- El plazo de horas para solicitud, se cuenta
desde el escrutinio que aprueba la huelga. - El acta respectiva debe indicar la hora.
- Si se solicita fuera de plazo, debe haber
respuesta escrita que informe esa
circunstancia y que ofrezca mediación
ordinaria. - Los primer período de actuación opera con días
hábiles. La prórroga con días corridos. - La prorroga requiere del acuerdo de las partes.
58OPORTUNIDAD PARA HACER EFECTIVA LA HUELGA
PRIMER PERIODO DE ACTUACION 5 DS. HABILES.
SOLICITUD
UNO
DOS
TRES
CUATRO
CINCO
HUELGA
NOTA SIN PERJUICIO DE LA APLICACIÓN DEL ART.312
59SEGUNDO PERIODO DE ACTUACION -PRORROGA DE COMUN
ACUERDO- HASTA 5 DS. CORRIDOS
DIA 5 PRIMER PERIODO
NOTA SIN PERJUICIO DE LA APLICACIÓN DEL ART.312
HUELGA
60PRORROGA DE COMUN ACUERDO DEL ART. 374 INCISO
1ro DEL CODIGO DEL TRABAJO 10 DIAS
ULTIMO DIA PROCEDIMIENTO 374 BIS
NOTA SIN PERJUICIO DE LA APLICACIÓN DEL ART.312
HUELGA
61EFECTOS DE LA HUELGA
- SE ENTIENDE SUSPENDIDO EL CONTRATO DE TRABAJO
RESPECTO DE LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS. - LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS NO ESTAN OBLIGADOS
A PRESTAR SERVICIOS, NI EL EMPLEADOR A PAGARLES
REMUNERACIONES Y DEMAS BENEFICIOS PACTADOS. - LOS TRABAJADORES PUEDEN DESEMPEÑAR OTRAS LABORES
TEMPORALES FUERA DE LA EMPRESA. - EL EMPLEADOR PUEDE CONTRATAR LOS TRABAJADORES
QUE CONSIDERE NECESARIOS, SI CUMPLE CON LAS
CONDICIONES DEL ART. 381.
NOTA EL PLAZO DE DURACION DE LA HUELGA ES
INDEFINIDO
62REEMPLAZO DE TRABAJADORES DURANTE LA HUELGA
ART.381
- Idénticas estipulaciones que el contrato,
convenio o fallo arbitral vigente, reajustadas en
el 100 del IPC habido entre la fecha del
último reajuste y la fecha de término de vigencia
del respectivo instrumento. - Una reajustabilidad mínima anual del 100 del
IPC para el período del contrato, excluidos los
doce últimos meses. - Un bono de reemplazo de 4 UF por cada trabajador
contratado como reemplazante.
La suma total a que ascienda dicho bono se pagará
por partes iguales a los trabajadores
involucrados en la huelga, dentro de los 5 días
siguientes a la fecha en que ésta haya
finalizado. En este caso, el empleador podrá
contratar a los trabajadores que considere
necesarios para el desempeño de las funciones de
los involucrados en la huelga, a partir del
primer día de haberse hecho ésta
efectiva. Además, en dicho caso, los
trabajadores podrán optar por reintegrarse
individualmente a sus labores, a partir del
decimoquinto día de haberse hecho efectiva la
huelga.
63CONDICIONES DE LA ULTIMA OFERTA
REEMPLAZO DE TRABAJADORES
REINTEGRO DE TRABAJADORES
- Idénticas estipulaciones instrumento anterior.
- Reajuste 100 IPC entre el último reajuste habido
en la empresa y el término de vigencia del
instrumento. - Reajustabilidad mínima anual del 100 IPC, para
el período del contrato, excluidos los 12 últimos
meses. - Bono de 4 UF por trabajador reemplazante.
A partir del día 15 de iniciada la huelga
A partir del 1er día de huelga
INFORMADA A LOS TRABAJADORES Y DEPOSITADA EN LA
INSPECCION, CON A LO MENOS 2 DIAS DE ANTICIPACION
AL PLAZO DE 5 DIAS ESTABLECIDOS PARA VOTAR
ULTIMA OFERTA O HUELGA
64CONDICIONES DE LA ULTIMA OFERTA
REEMPLAZO DE TRABAJADORES
REINTEGRO DE TRABAJADORES
NO CUMPLE LAS CONDICIONES ANTES SEÑALADAS, PERO
OFRECE EL BONO DE REEMPLAZO (4 UF)
A partir del día 30 de iniciada la huelga
A partir del día 15 de huelga
65CONDICIONES DE LA ULTIMA OFERTA
REEMPLAZO DE TRABAJADORES
REINTEGRO DE TRABAJADORES
A partir del día 15 de materializada la oferta o
del día 30 de huelga, cualquiera de éstos sea el
primero
CUMPLE LAS CONDICIONES YA SEÑALADAS PERO SE
EFECTUA DESPUES DE LA OPORTUNIDAD QUE LA LEY
SEÑALA
A partir del día 15 de huelga
66- EN CASO DE NO EXISTIR INSTRUMENTO COLECTIVO
VIGENTE, LA OFERTA SE ENTIENDE MATERIALIZADA SI
EL EMPLEADOR OFRECE A LO MENOS - UNA REAJUSTABILIDAD MINIMA ANUAL DEL 100 DEL
IPC PARA EL PERIODO DEL CONTRATO, EXCLUIDOS LOS
12 ULTIMOS MESES y - EL BONO DE REEMPLAZO (4 UF)
67PRORROGA DE LA VIGENCIA DE INSTRUMENTO COLECTIVO
ART. 369, INC.1
SI LLEGADA LA FECHA DE TERMINO DEL CONTRATO, O
TRANSCURRIDOS MAS DE CUARENTA Y CINCO DIAS DESDE
LA PRESENTACION DEL RESPECTIVO PROYECTO, LAS
PARTES NO HUBIEREN LOGRADO UN ACUERDO, PODRAN
PRORROGAR LA VIGENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO
ANTERIOR Y CONTINUAR LAS NEGOCIACIONES.
NOTA EN ESTE CASO LA NEGOCIACION CONTINUA,
MANTENIENDO POR TANTO LOS TRABAJADORES
INVOLUCRADOS EL FUERO. ASIMISMO LA OPORTUNIDAD
PARA VOTAR LA ULTIMA OFERTA O HUELGA SE DESPLAZA
CONFORME A LA NUEVA FECHA FIJADA COMO FECHA DE
TERMINO DEL CONTRATO.
68LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA
ART. 380
- QUE SE HAYA INICIADO UNA HUELGA
- QUE LA PARALIZACION PUEDA PROVOCAR UN DAÑO
ACTUAL E IRREPARABLE EN BIENES MATERIALES DE LA
EMPRESA O UN DAÑO A LA SALUD DE LOS USUARIOS DE
UN ESTABLECIMIENTO ASISTENCIAL O DE SALUD O QUE
PRESTE SERVICIOS ESENCIALES
69LOS EQUIPOS DE EMERGENCIA Continuación
DEBE SER REQUERIDO POR ESCRITO A LA COMISION
NEGOCIADORA, LA CUAL TIENE 24 HRS. DE PLAZO
DESPUES DE SER REQUERIDA , PARA DESIGNAR A LOS
TRABAJADORES QUE COMPONDRAN EL EQUIPO EN EL
EVENTO DE NEGARSE A PROPORCIONAR EL EQUIPO, O SI
EL EMPLEADOR NO ESTA DE ACUERDO CON EL EQUIPO
DESIGNADO, PODRA CONCURRIR DENTRO DEL PLAZO DE
CINCO DIAS, CONTADOS DESDE LA NEGATIVA O DE LA
FALTA DE ACUERDO, ANTE LA INSPECCION DEL
TRABAJO, PARA QUE SE PRONUNCIE. DEBIENDO ESTA
RESOLVER DENTRO DE LAS 48 HRS. SIGUIENTES.
DE LA RESOLUCION EMITIDA PODRA RECLAMARSE ANTE EL
JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO, DENTRO DE LOS
CINCO DIAS SIGUIENTES A LA FECHA DE LA RESOLUCION
O DE LA EXPIRACION DEL PLAZO QUE TIENE LA
INSPECCION DEL TRABAJO PARA RESOLVER
70QUIENES NO PUEDEN DECLARAR LA HUELGA
ART. 384
LOS TRABAJADORES DE
EMPRESAS QUE ATIENDAN SERVICIOS DE UTILIDAD
PUBLICA. EMPRESAS CUYA PARALIZACION CAUSE GRAVE
DAÑO A LA SALUD, AL ABASTECIMIENTO DE LA
POBLACION, A LA ECONOMIA DEL PAIS O LA SEGURIDAD
NACIONAL.
RESOLUCION CONJUNTA DE LOS MINISTERIOS DEL
TRABAJO, DEFENSA Y ECONOMIA
71EL ARBITRAJE
- EXISTE EL ARBITRAJE VOLUNTARIO Y EL
OBLIGATORIO. - ES VOLUNTARIO CUANDO LAS PARTES , DE COMUN
ACUERDO, DESIGNAN UN ARBITRO PARA RESOLVER SUS
DIFERENCIAS ( Pueden hacerlo en cualquier
momento ). - ES OBLIGATORIO CUANDO LAS PARTES NO HAN LOGRADO
EL ACUERDO DIRECTO, EN LAS EMPRESAS EN QUE LOS
TRABAJADORES, SEGUN LA LEY, NO PUEDEN DECLARAR LA
HUELGA. -
72ARBITRAJE OBLIGATORIO
EL ARBITRO SE DESIGNA DE ENTRE LAS PERSONAS
INCLUIDAS EN LA NOMINA NACIONAL DE ARBITROS, EN
UN COMPARENDO CELEBRADO ANTE LA INSPECCION DEL
TRABAJO
- EL ARBITRO DEBE FALLAR EN FAVOR DE UNA DE LAS
PROPOSICIONES DE LAS PARTES, ACEPTANDOLA EN SU
INTEGRIDAD. - EL FALLO DEBE SER FUNDADO Y CONSIDERAR EL NIVEL
DE REMUNERACIONES VIGENTES, EL GRADO DE
ESPECIALIZACION Y EXPERIENCIA DE LOS
TRABAJADORES, EL AUMENTO DE PRODUCTIVIDAD, ETC. - EL FALLO CONTENDRA LAS MISMAS MENCIONES QUE UN
CONTRATO COLECTIVO.
LAS COSTAS SERAN DE CARGO DE AMBAS PARTES POR
MITADES LA SENTENCIA ES APELABLE ANTE UNA CORTE
ARBITRAL INTEGRADA POR TRES MIEMBROS DE LA NOMINA
NACIONAL DE ARBITROS Y DESIGNADOS POR SORTEO ANTE
LA INSPECCION DEL TRABAJO.
73EL LOCK-OUT O CIERRE TEMPORAL DE LA EMPRESA
ES EL DERECHO QUE ASISTE AL EMPLEADOR INICIADA LA
HUELGA, DE IMPEDIR TEMPORALMENTE EL ACCESO A
TODOS LOS TRABAJADORES A LA EMPRESA O PREDIO O AL
ESTABLECIMIENTO.
PUEDE SER TOTAL, SI AFECTA A TODOS LOS
TRABAJADORES DE LA EMPRESA O PARCIAL SI AFECTA A
TODOS LOS TRABAJADORES DE UNO O MAS
ESTABLECIMIENTOS DE UNA EMPRESA. PUEDE
DECLARARSE CUANDO LA HUELGA AFECTA A MAS DEL
50 DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA O DEL
ESTABLECIMIENTO, SEGUN SEA EL CASO O CUANDO LA
HUELGA PARALIZA ACTIVIDADES IMPRESCINDIBLES PARA
EL FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA. NO PUEDE
EXTENDERSE MAS ALLA DEL DIA 30 DE HUELGA O DEL
DIA EN QUE ESTA HUBIESE CONCLUIDO.
74SUSCRIPCION CONTRATO COLECTIVO CON IGUALES
ESTIPULACIONES DEL CONTRATO COLECTIVO ANTERIOR
ART. 369 INCISO 2º
, IPC, UF, ETC.
POR 18 MESES
- Debe tener las mismas estipulaciones contenidas
en los contratos vigentes. - No contendrá cláusulas que se refieran a la
reajustabilidad, tanto de las remuneraciones como
de los demás beneficios pactados en dinero. - Este contrato durará 18 meses.
- El empleador no puede negarse a celebrar este
contrato.
EL CONTRATO SE ENTENDERA SUSCRITO EN LA FECHA EN
QUE LA COMISION NEGOCIADORA COMUNIQUE, POR
ESCRITO, SU DECISION AL EMPLEADOR.
75Continuación ART. 369 INCISO 2
OPORTUNIDAD PARA EJERCER ESTE DERECHO
- EN CUALQUIER MOMENTO DURANTE LA NEGOCIACION.
- SI LA VOTACION DE HUELGA NO SE EFECTUA EN LA
OPORTUNIDAD LEGAL, PUEDEN ACOGERSE DENTRO DEL
PLAZO DE 5 DIAS DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA
TAL EFECTO. - SI EFECTUADA LA VOTACION DENTRO DEL PLAZO, NO SE
REUNE LA MAYORÍA ABSOLUTA, SE PODRAN ACOGER
DENTRO DEL PLAZO DE 3 DIAS CONTADOS DESDE
LA VOTACION. - SI APROBADA LA HUELGA ESTA NO SE HACE EFECTIVA,
PODRAN OPTAR POR ACOGERSE A ESTE DERECHO DENTRO
DEL PLAZO DE 5 DIAS CONTADOS DESDE LA
FECHA EN QUE DEBIO HACERSE EFECTIVA.
76VIGENCIA Y DURACION DE LOS INSTRUMENTOS COLECTIVOS
ART.347
LOS INSTRUMENTOS COLECTIVOS TENDRAN UNA
DURACION NO INFERIOR A DOS AÑOS NI SUPERIOR A
CUATRO, A CONTAR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2001. LA
VIGENCIA SE CONTARA A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A
LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL INSTRUMENTO COLECTIVO
ANTERIOR. SI NO EXISTIESE INSTRUMENTO
COLECTIVO, LA VIGENCIA SE CONTARA A PARTIR DEL
DIA SIGUIENTE AL DE SU SUSCRIPCION. SI SE
HUBIESE HECHO EFECTIVA LA HUELGA, EL CONTRATO
SOLO TENDRA VIGENCIA DESDE LA FECHA DE
SUSCRIPCION, PERO SU DURACION SE CONTARA A PARTIR
DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA FECHA DE VENCIMIENTO
DEL INSTRUMENTO COLECTIVO ANTERIOR.
77EXTENSION DE BENEFICIOS
ART. 346
INSTRUMENTO COLECTIVO SINDICATO
APORTA 75 CUOTA ORDINARIA
SINDICATO
LOS TRABAJADORES A QUIENES EL EMPLEADOR LES
HICIERE EXTENSIVOS LOS BENEFICIOS DEL INSTRUMENTO
COLECTIVO, QUE OCUPEN LOS MISMOS CARGOS O
DESEMPEÑEN SIMILARES FUNCIONES, DEBERAN APORTAR
AL SINDICATO QUE LOS OBTUVO, EL 75 DE LA
COTIZACION MENSUAL ORDINARIA, DURANTE LA VIGENCIA
DEL INSTRUMENTO COLECTIVO Y LOS PACTOS
MODIFICATORIOS DEL MISMO, A CONTAR DE LA FECHA
QUE ESTE SE LES APLIQUE. SI LOS ESTOS LOS
HUBIERE OBTENIDO MAS DE UN SINDICATO, EL APORTE
IRA A AQUEL QUE EL TRABAJADOR INDIQUE SI NO LO
HICIERE SE ENTENDERA QUE OPTA POR LA ORGANIZACIÓN
MAS REPRESENTATIVA.
78F i n