Curso de entrenamiento nacional sobre la puesta en pr - PowerPoint PPT Presentation

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Curso de entrenamiento nacional sobre la puesta en pr

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... para fines de investigaci n, m dicos, farmac uticos o de protecci n (AV VI.2&3) ... de 5mg de Saxitoxina si se efect a para fines m dicos y diagn sticos. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Curso de entrenamiento nacional sobre la puesta en pr


1
Curso de entrenamiento nacional sobre la puesta
en práctica de la CAQCiudad de México, México,
24 y 25 de mayo 2006
  • Asuntos prácticos relacionados con las
    Declaraciones de conformidad al Art. VI
  • Controles a las importaciones y exportaciones
  • Daniel Cardozo
  • Departamento de Declaraciones
  • División Verificación

ORGANISATION FOR THE PROHIBITION OF CHEMICAL
WEAPONS
2
Requisitos sobre Importación y Exportación de
acuerdo al Art. VI de la Convención de Armas
Químicas(CAQ)
3
  • Balance de las disposiciones del Art. VI
  • Cada EP tiene el derecho, con sujeción a lo
    dispuesto por la CAQ a transferir sustancias
    químicas tóxicas y sus precursores para fines no
    prohibidos por la Convención (VI, 1)
  • Disposiciones del Art. VI aplicables de manera
    tal que no se obstaculice el desarrollo económico
    o tecnológico de los EP (VI,11 and XI,1)

4
Obligación general
  • Articulo I de la CAQ
  • 1. Cada Estado Parte en la presente Convención
    se compromete, cualesquiera sean las
    circunstancias, a
  • (a) No transferir, armas químicas a nadie,
    directa o indirectamente
  • (d) No ayudar, alentar o inducir de cualquier
    manera a nadie a que realice cualquier actividad
    prohibida a los EP por la presente Convención.

5
Disposiciones de Lista 1
  • Ningún EP transferirá sustancias químicas de
    Lista 1 fuera de su territorio, salvo a otro EP
    (AV VI .1)
  • Transferencias solo destinadas para fines de
    investigación, médicos, farmacéuticos o de
    protección (AV VI.23)
  • Tipos y cantidades deben ser justificadas para
    esos fines. La cantidad total adquirida en
    cualquier momento 1 t.
  • No podrán retransferirse a un 3er Estado (AV
    VI.4)
  • Todas las transferencias deben ser
    individualmente declaradas (AV VI.5)

6
Disposiciones de Lista 1(cont.)
  • Ambos EP deben notificar a la Secretaría Técnica
    por lo menos 30 días antes de cada transferencia
  • Excepción para la transferencia de lt 5mg de
    Saxitoxina si se efectúa para fines médicos y
    diagnósticos. En tales casos, la notificación
    puede efectuarse hasta el momento de la
    transferencia
  • Uso para preparar kits de prueba para la
    detección del Sindrome de envenenamiento
    paralítico por moluscos
  • Cambio en la Convention para. 5bis, Parte VI
    (desde 31 de octubre de 1999)

7
Disposiciones de Lista 2
  • Datos Nacionales Totalizados
  • Cantidades producidas, elaboradas, consumidas,
    importadas y exportadas de cada sust. quím. y una
    especificación cuantitativa de las importaciones
    y exportaciones de cada país involucrado durante
    el año calendario anterior
  • Declaraciones sobre los Complejos Industriales
  • Cantidades producidad, elaboradas, consumidas,
    importadas y exportadas por cada Complejo
    Industrial (por cada sust. quím)
  • INICIAL En cada uno de los 3 años anteriores
  • DAAA durante el año calendario anterior

8
Transferencias de Lista 2 a ENP
  • En vigor desde 29/4/2000 Sustancias químicas de
    Lista 2 sólo serán transferidas o recibidas de
    Estados Partes (AV VII.31)
  • EXCEPCIONES
  • De acuerdo a C-V/DEC. 16 (17/5/2000)
  • La prohibición de transferir sust. quím. de
    Lista 2 a Estados No Parte NO se aplica a
  • Productos que contengan 1 o menos de una sust.
    quím de L2A o de L2A
  • Productos que contengan 10 o menos de una sust.
    quím de L2B
  • Productos reconocidos como bienes de consumo
    envasados para la venta al por menor para
    uso personal o envasados para uso individual

9
Disposiciones de Lista 3
  • Datos Nacionales Totalizados
  • Cantidades producidas, importadas y exportadas
    de cada sust. quím. y una especificación
    cuantitativa de las importaciones y exportaciones
    de cada país involucrado durante el año
    calendario anterior
  • Declaraciones sobre los Complejos Industriales
  • Cantidades únicamente producidas no importadas
    ni exportadas durante el año calendario anterior

10
Transferencias de Lista 3 a ENP
  • Certificado de Uso Final para la transferencia a
    Estados No Partes
  • CUF deberá constar para las sust. quím.
    transferidas que
  • Se utilizarán únicamente para fines no prohibidos
  • Que no serán transferidas de nuevo
  • Los tipos y cantidades
  • El uso o usos finales
  • El nombre y dirección del usuario o usuarios
    finales
  • Medidas adicionales se están considerando

11
Transferencias de Lista 3 a ENP
  • EXCEPCIONES
  • De acuerdo a C-VI/DEC. 10 (17/5/2001)
  • NO se exige Certificado de Uso Final para la
    transferencia de sust. quím. de Lista 3 a Estados
    No Parte a
  • productos que contengan 30 o menos de una
    sustancia química de la Lista 3
  • productos reconocidos como bienes de consumo
    envasados para la venta al por menor para uso
    personal o envasados para uso individual

12
Directrices para las Declaraciones de Datos
Nacionales Totalizados C-7/DEC.14 (10/10/2002)
  • DNT deben incluir actividades de personas físicas
    y jurídicas que transfieran sust. quím.
    declarables
  • Si DNT para ese año y para esa actividad es mayor
    que el umbral especificado en el AV para sust.
    quím. de L2 y L3 se debe declarar
  • Cuando la cantidad declarada de cada EP
    involucrado sea menor que el umbral, la cantidad
    debe ser expresada como lt cantidad del umbral
  • Solo establece como los datos son notificados
    pero no como son recopilados

13
Trietanolamina
100
Trietanolamina
10
102-71-6
x
MER
25
SAT
75
10
14
Trietanolamina
100
Trietanolamina
lt30
102-71-6
x
MER
lt30
SAT
75
lt30
15
DIRECTRICES ACERCA DE LOS LIMITES DE BAJA
CONCENTRACION PARA DECLARACIONES DE SUST. QUIM.
DE LISTA 2 Y 3C-V/DEC.19 (19/5/2000)
  • Mezclas que contengan 30 o menos de una sust.
    quím. de Lista 2B o Lista 3 no estan sujetas a
    declaración
  • Decisión pendiente para mezclas que contengan
    sust. quím. de Lista 2A 2A

16
Como se evalúan las declaraciones
17
Proceso de Evaluación
18
Evaluación de declaraciones y notificaciones de
Lista 1
Estado Parte Exportador
Estado Parte Importador
NOTIFICACION
NOTIFICACION
DECLARACION
DECLARACION
19
Evaluación de declaraciones de Listas 2 y 3
Estado Parte Exportador
Estado Parte Importador
Sust. quím. 1
Cantidad importada
Sust. quím. 1
Cantidad Exportada
Sust. quím. 2
Sust. quím. 2
Cantidad Exportada
Cantidad importada
Sust. quím. 3
Sust. quím. 3
Cantidad Exportada
Cantidad importada
. . .
. . .
20
Errores frecuentes en declaraciones
  • No se menciona año de la declaración
  • Faltan páginas o mal numeradas
  • Complejos industriales declarados en actividades
    previstas pero no declarados en las actividades
    anteriores
  • Complejos industriales de Lista 2 no declarados
    durante 3 años
  • Formularios de DNT no coinciden la suma total
    IMP-EXP con la sumas de IMP-EXP de cada país
    involucrado
  • Formularios de DNT por cada país involucrado y no
    por cada sustancia química
  • DNT declarados en gamas

21
(No Transcript)
22
Errores en declaraciones que afectan a la
Inspección
  • Sustancia química producida mal declarada
  • Distintos Códigos de una misma Instalación
  • Datos del complejo industrial o del propietario
    no declarados
  • Dirección no proporcionada o distinta
  • Actividades (P, E, C, I, E) no declaradas
  • Cantidad producida, elaborada o consumida no
    declarada o no concuerda con actividad
  • Producción de L2 declarada en gamas

23
Problemas que afectan las transferencias
24
Resumen de las transferencias durante 2004
  • 24 Sust. químicas de Lista 2
  • 15 Sust. químicas de Lista 3
  • Mas de 1800 transferencias declaradas
  • Mas de 500 transferencias de Lista 2
  • Mas de 1300 transferencias de Lista 3
  • Alrededor de 1400 no coinciden
  • 844 fueron declaradas por solo un EP

25
Discrepancias en las declaraciones de
importaciones y exportaciones
L2 y L3
  • Transferencia declarada por
  • 1 solo Estado Parte
  • Cantidades declaradas
  • difieren gt 20
  • Cantidades declaradas
  • difieren lt 20

L3
L2
26
Factores de discrepancias
Ausencia de declaración
27
AUSENCIA DE DECLARACION
  • 175 Estados Partes
  • 112 EP involucrados en transferencias durante
    2004
  • 3 fueron ENP
  • 73 EP presentaron DAAA 2004
  • 67 EP presentaron DNT en 2004
  • 45 EP mas deberían haber presentado DNT en 2004

28
Errores tipográficos
  • Errores en las cifras
  • Información incorrecta suministrada por
    fabricantes e intermediarios
  • Unidades de medida incorrectas (kt en vez de t,
    . o ,)

29
  • Reglas de redondeo y unidades de medida
    especificadas en EC-XIX/DEC.5

Cantidades deberán declararse con 3 cifras
30
Métodos de cálculo diferentes
  • Ausencia de legislación nacional
  • Distintas fuentes de información usadas por la AN
  • Aduanas
  • Oficinas Impositivas
  • Información provista por las compañias
  • etc
  • Diferentes límites de bajas concentraciones
  • Diferentes umbrales nacionales para recolectar
    datos
  • Declarar cantidades en gamas
  • Declarar volúmen en vez de peso

31
Diferentes umbrales nacionales
EP A
EP B
Umbral 1 t
INSTALACION 1 0.9 t L2B
INSTALACION 3 t L2B
INSTALACION 2 0.9 t L2B
INSTALACION 3 1.2 t L2B
EP A declara 3 t
EP B declara 1.2 t
32
SUSTANCIAS QUIMICAS OFF-SHORE
33
Embarque en tránsito
Arribo
Transferencia
Envío
Fin de año
34
DIFICULTADES RELACIONADAS CON ADUANAS
35
Fuentes de discrepancias
  • Ausencia de fronteras en zonas de libre comercio
  • Mezclas de 2 sust. quím declaradas como una
    sustancia
  • Identificación de las sustancias químicas
  • Definición de Importación y Exportación

36
Identificación de las sustancias químicas
37
Identificación de las sustancias químicas
  • 102-71-6 Triethanolamine
  • 102-71-6 2,2',2''-Nitrilotriethanol
  • 102-71-6 2,2',2''-Nitrilotrisethanol
  • 102-71-6 Alkanolamine 244
  • 102-71-6 Daltogen
  • 102-71-6 Ethanol, 2,2',2''-nitrilotri-
  • 102-71-6 Ethanol, 2,2',2''-nitrilotris-
  • 102-71-6 Nitrilotriethanol
  • 102-71-6 Sterolamide
  • 102-71-6 Sting-Kill

38
Identificación de las sustancias químicas
  • 102-71-6 Trietanolamina
  • 102-71-6 TEA
  • 102-71-6 TEA (amino alcohol)
  • 102-71-6 TEOA
  • 102-71-6 Triethanolamin
  • 102-71-6 Tris(.beta.-hydroxyethyl)amine
  • 102-71-6 tris-(2-Hydroxyethyl)amine
  • 102-71-6 Tris(2-hydroxyethyl)amine
  • 102-71-6 Trolamine

39
Identificación de las sustancias químicas
CAS 102-71-6

OH
N
OH
HO
40
Sistema Armonizado (SA)
  • Estructura del SA21 Secciones96 Capítulos (2
    dígitos)
  • 1241 Partidas (4 dígitos) 5018 Subpartidas
    (6 dígitos)
  • Ejemplo
  • Capítulo 29 Productos químicos orgánicos
  • Partida 29.22 Compuestos aminados con funciones
    oxigenadas
  • Subpartida 2922.13 Trietanolamina y sus sales
  • Subpartida Nacional 2922.13.10 Trietanolamina

Capítulo 28 Productos químicos
Inorgánicos Capítulo 29 Productos químicos
Orgánicos Capítulo 30 Productos
farmacéuticos Capítulo 38 Mezclas de productos
químicos
6 Dígitos Nivel Internacional 8 Digits Nivel
Regional- Nacional 10 o más Dígitos Nivel
Nacional
41
(No Transcript)
42
  • B. Precursores Subpartida del SA (CAS
    Registry number)
  • (5) Oxicloruro de fósforo 2812.10.22
    (10025-87-3)
  • (6) Tricloruro de fósforo 2812.10.11 (7719-12-2
    )
  • (7) Pentacloruro de fósforo 2812.10.12 (10026-1
    3-8)
  • (8) Fosfito trimetílico 2920.90.62 (121-45-9)
  • (9) Fosfito trietílico 2920.90.64 (122-52-1)
  • (10) Fosfito dimetílico 2920.90.61 (868-85-9)
  • (11) Fosfito dietílico 2920.90.63 (762-04-9)
  • (12) Monocloruro de azufre 2812.10.13 (10025-67
    -9)
  • (13) Dicloruro de azufre 2812.10.14 (10545-99-0
    )

43
  • Mezclas de productos químicos listados
  • Subpartida 3824.90

44
EXPORTACIÓN Enviar bienes o servicios a otro
país IMPORTACIÓN Introducir bienes o servicios
dentro del país desde el extranjero
ESTADO PARTE B
TRANSITO ?
ZONA FRANCA
EXP DESDE EP A
IMPORTACION DESDE SP A
PUERTO FRANCO
EXPORTACION ?
TRANSBORDO A EP C
45
Obligaciones sobre Transferencias
  • LISTA 1 - no transferir a o desde Estados no
    Parte transferencia a Estados Partes solo para
    fines específicos no retransferir a un tercer
    Estado Parte
  • LISTA 2 - no transferir a o desde Estados no
    Parte
  • LISTA 3 transferencia a Estados no Parte
    requiere un CUF
  • OBTENCION DE DATOS sobre transferencias de sust.
    quím de Lista 1, 2 y 3 PARA ENVIO a la OPAQ

46
Como controlar las transferencias ?
  • Legislación y efectivo cumplimiento de la Ley
  • Establecimiento de un sistema de Licencias
  • Controles de Aduanas
  • Datos de Inteligencia (Policía)
  • Medidas adicionales tomadas por la propia
    Industria

47
Controles a las transferencias
48
Control de Aduanas
Convenio de COP
Protocolo de Montreal
Convenio de Estocolmo
Convenio de Basilea
Convención sobre Drogas
CITES
Convención de Psicotrópicos
Regulaciones Nacionales
Acuerdos Regionales
Convención de Armas Químicas
Regulaciones Impositivas
Nuclear Supplier Group
Grupo Australia
Wassenaar Bienes duales
Missile Technology Control Regime
49
SOLO UNA SOLUCION
50
Zona Franca
Aduana A
Aduana C
W1
W4
W2
W3
W5
Puerto
Aeropuerto
Software Aduanas
Min. Economía
Min. Industria
Licencias
Aduana B
Min. Salud
Min. Transporte
51
Solicitud IMP/EXP
SOFTWARE
Subpartida SA LICENCIA
Emisión de Licencia
REGISTRO DE EMPRESAS
PERMISO ES EMITIDO
REGISTRO DE TRANSPORTES
ESTADOS NO PARTE-CUF
SUBPARTIDAS DEL SA TIPO DE EMPRESA NUEVA
EMPRESA PAIS DE ORIGEN PAIS DE DESTINO TIPO DE
OPERACION
ANALISIS DE RIESGO
LABORATORIO
CANAL VERDE
CANAL AMARILLO
CANAL ROJO
VERIFICACION
MUESTREO ?
DESADUANAMIENTO
52
Preguntas
53
Muchas gracias !!!!
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