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LOS TRABAJADORES A DOMICILIO Y

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... * Reglamento General de la Ley del Seguro ... COSTA RICA PARAGUA PERU Que es el Trabajo a Domicilio Es ... y la preponderancia de los valores ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: LOS TRABAJADORES A DOMICILIO Y


1
  • LOS TRABAJADORES A DOMICILIO Y
  • LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS

BISCHOF ARGELIA MELÉNDEZ DIANEL GODOY
JOHNNY GUIU RAPHAELA
2
ANTECEDENTES
  • 1988 En el departamento de Políticas de
    Desarrollo de la OIT
  • Base en 1996 de Agencia de Desarrollo de
    DINAMARCA
  • 1996 Proyecto De Estudio En Latinoamérica en
    BRASIL, ARGENTINA, CHILE BRASIL GUATEMALA, COSTA
    RICA PARAGUA PERU

3
Que es el Trabajo a Domicilio
  • Es la producción subcontratada de bienes y/o
    servicios por trabajadores que realizan su
    trabajo en un lugar de su propia elección, a
    menudo en su hogar y pagados por unidad producida.

4
Trabajadores a DomicilioPara equipararlo con
los demás trabajadores se presentan
  • Obstáculo
  • No hay estadísticas
  • Falta de protección social
  • Falta de organización

5
ACCION DE LA O.I.T
  • Reunir y analizar los datos
  • Mejorar la productividad
  • Protección social
  • Reforzar negociación
  • Promover criterios para esta categoría de
    trabajadores

6
CONVENIO no. 177 sobre el trabajo a
domicilioOIT-1996
  • ARTICULO 1
  • Qué es el Trabajo a Domicilio.
  • Quienes no son Trabajadores a Domicilio.
  • Quién es Empleador
  • ARTICULO 4
  • Igualdad de Trato
  • Afiliación.
  • No Discriminación.
  • Seguridad y Salud.
  • Salario.
  • Maternidad.

7
RECOMENDACIÓN No. 184 SOBRE EL TRABAJO A
DOMICILIO OIT - 1996
  • Control del Trabajo a Domicilio.
  • Sindicación y Negociación Colectiva.
  • Salario.
  • Seguridad y Salud Laborales.
  • Horario, Descanso, Licencias.
  • Maternidad
  • Seguridad Social.
  • Solución de Conflictos.

8
Definición legal de Trabajador a Domicilio Art.
291 Toda persona que en su habitación, con
ayuda de miembros de su familia os in ella,
ejecuta un trabajo remunerado bajo la dependencia
de uno o varios patronos pero sin su vigilancia
directa,
9
Art. 292 LOT A los efectos del artículo
anterior, se entenderá por miembros de la familia
del trabajador a domicilio toda persona ligada al
mismo por parentesco de consanguinidad, de
afinidad o de adopción, que conviva con él y se
encuentre a su cargo.
10
Relación de trabajo. Art. 293Cuando una
persona, con cierta regularidad o de manera
habitual, vende a otra materiales a fin de que
ésta los elabore o confeccione en su habitación
para luego adquirirlos por una cantidad
determinada, se considera patrono y la otra
trabajador a domicilio.
11
Exclusión
Art. 294 LOT A los trabajadores a domicilio,
dada la naturaleza especial de sus labores, no se
les aplicarán las disposiciones de esta Ley sobre
jornada de trabajo, horas extraordinarias y
trabajo nocturno.
12
SALARIO
Art. 295 LOT El salario del trabajador a
domicilio no podrá ser inferior al que se pague
por la misma labor, en la misma localidad y por
igual rendimiento, al trabajador que presta
servicios en el local del patrono.
13
SALARIO
Art. 296 LOT El salario del trabajador a
domicilio no podrá ser inferior al que se pague
por la misma labor, en la misma localidad y por
igual rendimiento, al trabajador que presta
servicios en el local del patrono.
14
REGISTRO
Art. 299 Todo trabajador a domicilio deberá
estar provisto de una libreta que le suministrará
gratuitamente su patrono, sellada y firmada por
el Inspector del Trabajo y la cual contendrá los
siguientes datos a) Nombre, Nacionalidad, edad,
sexo, estado civil del trabajador y dirección
donde presta servicio
15
REGISTRO
b) Días y horas para la entrega y recepción del
trabajo y c) Forma, monto y fecha del pago del
salario. La falta de la libreta no priva al
trabajador de los derechos que le correspondan de
conformidad con esta Ley.
16
Tarifa Visible
Art. 300 LOT Los patronos de trabajadores a
domicilio deberán fijar en lugar visible de los
locales donde proporcionan o reciban el trabajo,
las tarifas de salarios que paguen por esas
labores.
17
Resoluciones Especiales
Art. 301 LOT El Ministerio del ramo, cuando
considere que la realización de determinadas
labores por el sistema de trabajo a domicilio
resulte perjudicial a los trabajadores, podrá,
por Resoluciones especiales, previas las
investigaciones del caso, adoptar las medidas que
estime convenientes.
18
Podrá también, cuando el trabajo a domicilio sea
consecuencia de nuevos sistemas operacionales
derivados del progreso tecnológico, dictar uno o
varios reglamentos especiales aplicables a las
relaciones laborales correspondientes.
19
Seguro Social
Artículo 1 La presente Ley rige las
situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de
la protección de la Seguridad Social a sus
beneficiarios en las contingencias de maternidad,
vejez sobrevivencia, enfermedad, accidentes,
invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro
forzoso.
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  • Artículo 2
  • Parágrafo Primero
  • El Ejecutivo Nacional aplicará el régimen del
    Seguro Social Obligatorio a los trabajadores a
    domicilio, domésticos, temporeros y ocasionales
    y
  • Parágrafo Segundo
  • El Ejecutivo Nacional establecerá el Seguro
    Social Facultativo para los trabajadores no
    dependientes y para las mujeres no trabajadoras
    con ocasión de la maternidad.

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INCES
Artículo 2º. El Instituto Nacional de
Capacitación y Educación Socialista (INCES) tiene
por objeto formular, coordinar, evaluar, dirigir
y ejecutar programas educativos de formación y
capacitación integral, adaptados a las exigencias
del modelo de desarrollo socio productivo
socialista bolivariano.
22
Fines del Instituto
Artículo 4º. El Instituto Nacional de
Capacitación y Educación Socialista (INCES) tiene
los siguientes fines 1. Coadyuvar al desarrollo
de un modelo productivo fundado en los valores
humanísticos de la cooperación y la
preponderancia de los valores colectivos sobre
los individuales, que garantice la satisfacción
de las necesidades sociales y materiales del
pueblo, la mayor suma de felicidad posible y de
estabilidad política y social.
23
2. Promover la inclusión socioproductiva de todas
las personas, especialmente de aquellas en
situación de pobreza extrema y condiciones de
especial vulnerabilidad o exclusión.
3. Consolidar un sistema de educación, formación
y capacitación que contribuya con la generación
de nuevas formas asociativas y unidades
económicas de propiedad colectiva, propendiendo a
la construcción colectiva y cooperativa de la
economía socialista, en las relaciones de
producción, intercambio y distribución de bienes
y servicios.
24
4. Contribuir con el fortalecimiento de la ética
revolucionaria, reconociendo al trabajo y la
educación como procesos fundamentales del
desarrollo social y de las personas, atendiendo a
los principios del ideario bolivariano, tales
como, honestidad, trabajo voluntario, inclusión
social, solidaridad, corresponsabilidad,
transparencia y el bien común.
25
Tele-trabajo
Una modalidad moderna y reciente de trabajo a
domicilio es la del trabajo a distancia, también
denominado tele-trabajo. El aumento en el uso de
la tecnología de la información y avance en el
uso de computadoras personales y las
telecomunicaciones permite que el procesamiento
de la información pueda ser efectuado y
administrado a distancia.
26
Los trabajadores inmersos en esta modalidad son
profesionales y técnicos de alta calificación o
entrenados en el uso de computadoras que trabajan
en sus domicilios y que se comunican mediante
moden u otros medios con quienes los contratan.
Se tratará de trabajo a domicilio en la medida
que exista subordinación o relación laboral de
dependencia
27
Aplicación de las condiciones de Seguridad e
Higiene en el trabajo a distancia.Como tarea
inicial antes de comenzar la actividad productiva
en el hogar, el empresario debería realizar una
valoración de riesgos del futuro lugar de trabajo
e introducir las modificaciones necesarias en
materia preventiva, sin olvidar que se trata del
domicilio privado del trabajador y éste, tendrá
la última palabra en cuanto a la forma de llevar
a cabo las modificaciones.
28
Es de hacer notar que de acuerdo a lo establecido
en la LOPCYMAT, los trabajadores tienen derecho
a una protección eficaz en materia de seguridad y
salud en el trabajo, que el empleador deberá
cumplir las obligaciones establecidas sobre
prevención de riesgos laborales y que el coste de
las medidas relativas a la seguridad y la salud
en el trabajo no deberá recaer en modo alguno
sobre los trabajadores. Por lo tanto, y sólo en
el caso del trabajo por cuenta ajena, queda claro
a quién le corresponde asumir el coste de las
modificaciones.
29
Recomendaciones
  • Debería llevarse a cabo una campaña de
    información llamando la atención sobre la
    importancia y características del trabajo a
    domicilio y de la situación de desprotección en
    que se encuentra.
  • Debería darse un incentivo a los empresarios y
    trabajadores para que cumplan con el registro del
    trabajo a domicilio a fin de hacer cumplir con
    normas mínimas de protección social y laboral.

30
Recomendaciones
  • En la capacitación actual a los inspectores de
    trabajo debe instruirse a los inspectores de
    trabajo para indagar por la presencia de
    trabajadores a domicilio en las empresas de las
    sub-ramas donde tienen importante presencia. En
    tal sentido, deberán buscarse nuevas formas o
    sistemas para detectar el trabajo a domicilio en
    las ramas en las que se concentra, por ejemplo,
    revisando la concentración de la facturación a
    bajos precios y regular en determinados
    productores.

31
Recomendaciones
  • Podrían fomentarse la afiliación a la seguridad
    social y simplificarse los trámites para la
    inscripción de los trabajadores a domicilio, así
    como para el pago de las cotizaciones o aportes
    mediante montos mensuales fijos, con cargo a
    regularizarlos.
  • Buscar un acercamiento entre los empleadores que
    contratan trabajadores a domicilio y los
    trabajadores a fin de conocer en detalle sus
    problemas y necesidades.

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Recomendaciones
  • También se requiere de un mayor contacto con los
    sectores involucrados en el tema autoridades y
    funcionarios del Ministerio de Trabajo, gremios
    de empleadores y trabajadores y ONG que trabajan
    con PYMES y con mujeres trabajadoras o
    microempresarias.

33
Recomendaciones
  • Deberá reivindicarse el espacio de estudio del
    trabajo a domicilio en los estudios sobre las
    PYMES y el empleo femenino. Esto es fundamental
    para no perder de vista o confundir las
    características y los objetivos de los grupos de
    población a los que se busca promover.

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • 1.- INTRODUCCIÓN
  • Laboralidad del servicio doméstico.
  • 2.- EVOLUCIÓN DEL DERECHO POSITIVO VENEZOLANO
  • Antecedentes normativos.
  • - La codificación civil de la República 1862
    regir la duración de la
    relación de servicio y su
    terminación
  • - Promulgado leyes de trabajo de 1928 y 1936
  • 1942 el Código Civil declinó en leyes
    laborales especiales la regulación del contrato
    de trabajo y con él la del servicio doméstico

35
TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • Antecedentes normativos.(continuación)
  • - Ley del Trabajo de 1936
  • Estatuía reglas especiales en cuanto al
    tiempo de trabajo (excepción de
    horario descanso semanal de medio día
    descanso diario mínimo de nueve horas
    vacaciones anuales
  • Causas justificadas de terminación del empleo
    con la indemnización
  • Reglamento de 1938 hizo precisiones a la
    ley.
  • - Cómputo de los descansos diarios, el
    respecto de los choferes particulares
  • - Obligación de continuar suministrando
    vivienda o pagar su equivalente durante
    la vacación anual del trabajador
  • - Las enfermedades que justificaban la
    terminación de la relación - Ensayó una
    definición más conceptual de estos servidores.

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • Reglamento de 1973
  • Mantuvo con pequeñas variantes, el articulado
    de 1938.
  • Sus novedades
  • - Bonificación especial de 15 día de salario en
    el mes de diciembre, proporcional para quienes
    hubiesen servido entre tres y nueve meses durante
    el el año
  • - Obligación de notificar ala inspectoría del
    Trabajo la contratación de menores en el servicio
    doméstico
  • - Aumento a doce horas continuas del descanso
    diario de los menores empleados en el mismo.

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • Convenios OIT
  • Convenio 103 sobre la protección de la
    maternidad, aprobado en 1952 y ratificado por
    Venezuela en 1981
  • Otra Legislación
  • Reglamento General de la Ley del Seguro Social
    de 1967
  • Ley General de Aumento de Sueldos, Salarios
    Mínimos, Jubilación y Pensiones de Venezuela,
    invalidez y Muerte de 1979.
  • Decretos sobre salarios mínimos, aumento de
    salarios y otros beneficios promulgados desde
    1985 los exceptuaron,
  • también la Ley Contra Despidos
    Injustificados de 1974

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • Anteproyecto y los proyectos de la Ley Orgánica
    del Trabajo
  • Anteproyecto de 1985 inserto en el título V
    Regímenes Especiales, conservaba la normativa de
    la Ley y su reglamento vigentes para el momento.
  • Novedades - Aumentaba el descanso semanal
  • - Igualaba el derecho a las vacaciones
  • - Extendía la mitad de la prima de
    antigüedad y auxilio de cesantía .
  • - Duplicaba la indemnización por retiro
    justificado.
  • Ley Orgánica del Trabajo 1988 las
    proposiciones del anteproyecto
  • Elevaba el descanso diario mínimo
  • transformaba la prima de antigüedad en
    indemnización
  • incorporaba dos aspectos nuevos

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • Proyecto de la Ley Orgánica del Trabajo de
    1990
  • - Omitió la norma sobre retiros justificados
  • - Situó el descanso semanal de medio día a un
    día.
  • - Restituyó el régimen especial de vacaciones
    de los domésticos, los excluyó del título
    referente a las remuneraciones
  • - Exceptúo específicamente del derecho a la
    estabilidad,
  • - Añadió la norma que limita la inspección
    del trabajo en el hogar.
  • Ley Orgánica del Trabajo 1991
  • - Indemnización de antigüedad
  • - Limitación a la inspección del trabajo en el
    hogar

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • 3.-Definición legal Artículo 274 LOT
  • 4.- Características
  • Ambiente de la Prestación
  • Finalidad
  • Receptor de la Labor
  • Ausencia de Lucro
  • Habitualidad y Continuidad
  • 5.- Jurisprudencia y casos límite
  • 6.- Exclusiones de la Ley Artículo 275 LOT

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • 7- TIEMPO DE TRABAJO
  • Jornada. Artículos 275 y 276 LOT
  • - Trabajadores que habitan en la casa donde
    prestan sus servicios
  • - Trabajadores que no habitan en la casa donde
    prestan sus servicios
  • Vacaciones 277 LOT
  • 8.- REMUNERACION
  • Determinación del Salario
  • Salario Mínimo
  • Prima de navidad
  • Otros beneficios

42
TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • 9.- DURACIÓN, SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA
    RELACIÓN LABORAL
  • Consideraciones Generales.
  • Despido
  • Retiro.
  • Enfermedades contagiosas
  • Muerte, invalidez y otras causas.
  • Inamovilidad
  • Indemnizaciones
  • 10 .- DERECHO COLECTIVO
  • 11.- INFORTUNIOS DE TRABAJO

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TRABAJADORES DOMÉSTICOS
  • ANÁLISIS DE SENTENCIA

44
  • Septiembre 2003
  • Los trabajadores domésticos que habiten en la
    casa donde prestan sus servicios no estarán
    sujetos a horario, ni a las disposiciones de los
    Títulos II, III y IV de esta Ley. Su trabajo será
    determinado por la naturaleza de su labor y
    deberán tener un descanso absoluto mínimo
    continuo de diez (10) horas. Los trabajadores
    domésticos que no habiten en la casa donde
    prestan sus servicios estarán sujetos a la
    jornada normal de trabajo, de acuerdo con los
    artículos 195 y 205.

45
  • Octubre 2003, se designa Magistrado
  • Enero 2004, La Sala Declina su competencia.
  • Constitucionalidad del Art. 275 de LOT.
  • Legalidad de la Fijación del Salario Mínimo
    Nacional
  • Febrero 2005, se Sala Constitucional de declara
    incompetente

46
  • Marzo 2005.
  • 14 de Abril de 2009, La Sala Social decide.

47
  • ARGUMENTO DE LOS RECURRENTES
  • Art. 275 de la LOT,
  • Remuneración
  • Vacaciones
  • Bonificación de fin de año
  • Preaviso e indemnización sustitutiva
  • Terminación de la relación de trabajo
  • Régimen en caso de enfermedad contagiosa

48
  • ARGUMENTO DE LOS RECURRENTES
  • Discriminación y violación al Derecho a la
    igualdad.
  • Desventaja del sector doméstico.
  • Exclusión por más de 20 años.
  • La enfermedad como causa de retiro o despido
    justificado (Art. 280 LOT).

49
  • CONSIDERACIONES PREVIAS

50
  • Igualdad y la prohibición de discriminación
    (Arts. 1, 2, 19 y 21 1º y 2º CRBV).
  • Prohibición de trato discriminatorio, Arts.88 y
    89 5º CRBV
  • 26 LOT
  • Maternidad
  • Familia
  • Menores
  • Ancianos
  • Minusválidos

51
  • No son discriminatorios privilegio o preferencias
    (Art. 14 Regl. LOT)
  • Carga familiar
  • Antigüedad
  • Capacitación profesional
  • Productividad
  • Entre otros

52
  • RAZONES EN QUE SE ESTRIBAN
  • ESTAS DISTINCIONES
  • Improductividad
  • Diferencias de clases
  • Prácticas sociales
  • Dificultad de inspección
  • Prevalencia del derecho de familia
  • Contraprestaciones extraeconómicas
  • Relación afectiva.
  • rc

53
  • RAZONES EN QUE SE ESTRIBAN
  • ESTAS DISTINCIONES
  • Salario en especie
  • Descansos y Vacaciones de facto

54
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Los trabajadores domésticos que habiten en la
    casa donde prestan sus servicios no estarán
    sujetos a horario, ni a las disposiciones de los
    Títulos II, III y IV de esta Ley. Su trabajo será
    determinado por la naturaleza de su labor y
    deberán tener un descanso absoluto mínimo
    continuo de diez (10) horas. Los trabajadores
    domésticos que no habiten en la casa donde
    prestan sus servicios estarán sujetos a la
    jornada normal de trabajo, de acuerdo con los
    artículos 195 y 205.

55
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Internos según vivan en el lugar de trabajo.
  • Externos si laboran algunos días de la semana y
    no residen en el lugar.

56
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Presunción de la relación de trabajo (65 LOT)
  • Naturaleza remunerativa (66 LOT)
  • Definición de contrato de trabajo (67 LOT)(25
    Regl LOT)
  • Consecuencias jurídicas (68 LOT)
  • Condiciones supletorias (69 LOT)

57
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Modalidades contractuales(72 y 73 LOT)(281 LOT)
  • Limitación de contrato a tiempo determinado (76
    LOT)
  • Supuestos del contrato a T. D. y previsiones de
    trabajadores en el exterior (77 y 78 LOT)

58
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Coacción personal (79 LOT)
  • Invenciones y mejoras (80 al 87 LOT)
  • Sustitución de patrono (88 LOT)
  • Suspensión de la relación de trabajo (93 al 97
    LOT)

59
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Causas de terminación de la relación de trabajo
    (98 LOT)(279 LOT)
  • Preaviso (104 LOT) (279 LOT)
  • Notificación escrita y consecuencias (105 LOT)
  • Prestación de antigüedad (108 LOT)(89 y 92 CRBV)

60
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Constancia de trabajo (111 LOT)
  • Estabilidad (112 LOT)
  • Clasificación de trabajadores(113, 114 y 115 LOT)
  • Remuneración (Título III) (utilidades)
  • Condiciones de trabajo (185-188 LOT).

61
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Jornada normal, T. externos (195 al 205 LOT)
    (192, 197 y 204 LOT)
  • T. internos
  • Régimen de horas extras, días hábiles y feriados,
    excepciones, pago de día de descanso semanal y el
    recargo por el trabajo (206 al 218 LOT)

62
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • Vacaciones (219 al 235 LOT)(277 LOT)
  • Trabajo durante vacaciones y registro en el libro
    (234 y 235 LOT)

63
FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
  • GRACIAS
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