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3. REGISTROS Y ALTAS EN DEPENDENCIAS OFICIALES

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... oportunamente el aviso de baja de los trabajadores libera al patr n de la responsabilidad de pago de aportaciones y amortizaciones, ... – PowerPoint PPT presentation

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  • 3. REGISTROS Y ALTAS EN DEPENDENCIAS OFICIALES

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Registros y altas en dependencias oficiales
  • Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito
    Publico (SHCP)
  • Alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
    (IMSS)
  • Alta ante el Instituto Nacional de la Vivienda
    para los Trabajadores (INFONAVIT)

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3.1 Alta ante SHCP o Inscripción en el Registro
Federal de Contribuyentes (RFC)
  • El trámite y requisitos varían dependiendo si
    se va a dar de alta o a inscribir a
  • Personas físicas, o
  • Personas morales

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  • Para qué sirve la inscripción al SAT?
  • Para obtener la clave del RFC
  • Dónde se presenta la solicitud?
  • Se puede iniciar el trámite a través de Internet
    y concluirlo en cualquier Administración Local de
    Asistencia al Contribuyente dentro de los diez
    días siguientes al envío de la solicitud.
  • O iniciarlo y concluirlo en cualquier
    Administración Local de Asistencia al
    Contribuyente
  • En qué horario puede presentarse?Las 24 horas
    del día los 365 días del año para la precaptura
    en Internet asisnet_at_sat.gob.mx
  • En las Administraciones Locales de
    Asistencia al Contribuyente de 900 a 1400 horas
    de lunes a viernes y previa cita de 1500 a 1730
    horas de lunes a jueves.
  • Cuándo se presenta?Dentro del mes siguiente al
    día en que realice las actividades por las cuales
    esté obligado a presentar declaraciones
    periódicas o a expedir comprobantes

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  • Si se tienen cinco o más trabajadores en nómina,
    se paga en el banco o entidad receptora
    presentando la información mediante el diskette
    del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), así
    como el monto a pagar
  • Si se tiene cuatro trabajadores o menos, se paga
    en el banco o entidad receptora presentando la
    información en la Cédula de Determinación de
    Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones de Crédito,
    así como el monto a pagar
  • El banco entregará el comprobante de pago
    respectivo

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  • Obligaciones del patrón ante el INFONAVIT
  • Inscribirse e inscribir a sus trabajadores
    manifestando el salario diario integrado que les
    pague en ese momento, con los datos de
    identificación que les correspondan
  • Determinar y efectuar el pago de las
    aportaciones del 5 sobre los salarios diarios
    integrados que pague a cada trabajador
  • Presentar los avisos que modifiquen la situación
    laboral del trabajador, como son alta, baja,
    modificación de salario, reingreso así como
    aquellos que modifiquen su situación patronal,
    como son alta, baja, cambio de domicilio, cambio
    de razón social, aumento o disminución de
    obligaciones, clausura, fusión, enajenación,
    concurso mercantil y declaración de quiebra, y
    huelga

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  • Para quedar en orden con el INFONAVIT, es
    suficiente con que el patrón presente estos
    avisos ante el IMSS, dentro de un plazo de 5 días
    hábiles, con excepción del caso de huelga en
    donde el plazo es de 8 días
  • Si el patrón tiene trabajadores con un crédito de
    vivienda del INFONAVIT, deberá retener y enterar
    los descuentos que haga a su salario, en cuanto
    reciba el aviso de retención de descuentos y el
    número de crédito del trabajador, así como el
    porcentaje o cantidad que debe descontar
  • No cumplir con esta obligación lo convierte
    en responsable solidario del trabajador y le
    genera un crédito fiscal
  • Presentar oportunamente el aviso de baja de los
    trabajadores libera al patrón de la
    responsabilidad de pago de aportaciones y
    amortizaciones, aun cuando ya no exista la
    relación laboral, pues éste es el único documento
    que le libera de esas obligaciones

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  • Presentar anualmente un dictamen fiscal Cada
    año, dentro de los cuatro meses siguientes a la
    terminación del ejercicio fiscal, el patrón tiene
    que dictaminarse y presentar copia con firma
    autógrafa del dictamen (del informe sobre su
    situación fiscal como contribuyentes, con anexos
    referentes a las contribuciones por concepto de
    aportaciones patronales) en el INFONAVIT
  • (Art 32-A del Código Fiscal de la Federación)
  • Todo crédito generado a favor del INFONAVIT, por
    ley es considerado un crédito fiscal
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