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REFORMA TRIBUTARIA

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Title: REFORMA TRIBUTARIA Author: C sar Augusto R a Gonz lez Last modified by: C sar Augusto R a Gonz lez Created Date: 2/1/2004 3:32:26 PM Document ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: REFORMA TRIBUTARIA


1
MÓDULO IMPUESTO DE RENTA PERSONAS JURÍDICAS
Y PERSONAS NATURALES Año gravable 2005 - 2006
2
CLASES DE FORMULARIOS POR EL AÑO 2004
DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS O DE
INGRESOS Y PATRIMONIO
AÑO GRAVABLE 2005
Personas Naturales
Personas Jurídicas Personas Naturales
Obligadas a Llevar Contabilidad
No Obligadas a Llevar Contabilidad
3
OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE RENTA Y
COMPLEMENTARIOS
OBLIGADOS - 2 0 0 5 -
Valores Expresados En Millones de Pesos
IBgt 26.5 ó PBgt 84.880
  1. Menores Ingresos
  2. Asalariados
  3. Trabajadores Indep.
  • Personas Naturales

ITgt 63.660 ó PBgt 84.880
ITgt 63.660 ó PBgt 84.880
  • Todos los RESPONSABLES de IVA pertenecientes al
    R. Común
  • Consumos a través de T. de Crédito durante el
    año 2005 sea gt 53.050
  • Consignaciones Bancarias, Depósitos durante el
    año 2005 sea gt 84.880

DECLARACIÓN DE INGRESOS Y PATRIMONIO
4
DATOS INFORMATIVOS
Parafiscales
Gastos de Nómina
Seguridad Social
PAGADOS 2005 Art. 114 E.T.
PAGADOS 2005
CAUSADOS 2005
INDEPENDIENTE DE SU INCLUSIÓN COMO COSTO O
DEDUCCIÓN DEBEN DE INFORMARSE LOS
CORRESPONDIENTES VALORES
5
PATRIMONIO BRUTO
Art. 261 E.T.
Total de Bienes y Derechos Apreciables en
Dinero Poseídos por el Contribuyente en el
último día del año O período Gravable.
Además bienes poseídos en el Exterior
6
PATRIMONIO BRUTO
Art. 265 E.T.
BIENES POSEIDOS EN EL PAIS
  • Derechos reales sobre bienes corporales e
    incorporales
  • ubicados o que se exploten en el país.
  • Acciones y derechos sociales en cías nacionales.
  • Acciones y derechos sociales en entidades
    extranjeras
  • en las cuales sus negocios estén en Colombia.

7
PATRIMONIO BRUTO
Art. 267 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS
REGLA GENERAL
Esta constituido por su precio de costo Activos
poseídos en el último día del año gravable
8
VALOR DE LOS DEPÓSITOS EN CTAS DE CORRIENTES Y DE
AHORRO
Art. 268 E.T.
  • Es el saldo en el último día del período
    gravable
  • Incluida la Corrección Monetaria (Cta Ahorros)
  • Intereses Causados y no Cobrados
  • Los expresados en moneda extranjera (Nacional)

Devolver Asientos Contables Cheques Girados y
no Entregados
9
VALOR PATRIMONIAL DE LOS TÍTULO, BONOS, SEGUROS
DE VIDA
Art. 271 E.T.
  • Es el costo de adquisición
  • Más los descuentos
  • Rendimientos causados y no cobrados

Obligados a Llevar Contabilidad
NO Obligados a Llevar Contabilidad
SISTEMA DE CAJA
10
VALOR PATRIMONIAL DE LOS TÍTULOS y BONOS
COTIZADOS EN BOLSA
Art. 271 E.T.
  • Será el promedio de transacciones en bolsa del
  • último mes del período gravable.

Circular No. 023 - DIAN Mar 06 de 2006
11
VALOR PATRIMONIAL DE LAS CUENTAS POR COBRAR
Art. 270 E.T.
  • Será el valor nominal al 31 Dic de cada año

MENOS
  • Deducción por deudas manifiestamente perdidas
  • Provisión por deudas de dudoso o difícil recaudo

12
DEUDAS MANIFIESTAMENTE PERDIDAS
Art. 146 E.T.
  • Demostrar realidad de la deuda
  • Justificar su descargo (Cobro Prejurídico
    Jurídico)
  • Probar que se originó en Activi. productoras de
    renta
  • Descargar la deuda en el año que la solicite

Art. 79 Y 80 D.R. 187/75
QUIENES LLEVEN CONTABILIDAD
13
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
Art. 145 E.T.
  • Demostrar realidad de la deuda
  • - Probar que se originó en Actividad productora
    de renta
  • Cantidades razonables con criterio comercial
  • Corresponda a cartera vencida

NOTA SÓLO es Deducible para quienes lleven
contabilidad / causación
14
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
Art. 145 E.T.
NO PROCEDE LA PROVISIÓN
  • Deudas contraídas entre sí por empresas o
  • personas económicamente vinculadas,
  • o por los socios para con la sociedad
  • o viceversa

15
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
PROVISIÓN INDIVIDUAL DE CARTERA
Fíjese como cuota razonable hasta un 33 anual
del valor nominal de cada deuda Con más de un
año de vencida
Art. 74 D.R. 187/75
16
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
Art. 75 D.R. 187/75
PROVISIÓN GENERAL DE CARTERA
5 Deudas gt a 3 meses y lt de 6 meses 10
Deudas gt a 6 meses y lt de 1 Año 15 Deudas con
más de 1 año de vencida
CÁLCULO ÚLTIMO DÍA DEL EJERCICIO GRAVABLE SI
CAMBIA DE SISTEMA DEBE HACER AJUSTES
17
VALOR PATRIMONIAL ACCIONES Y APORTES EN SOCIEDADES
Art. 272 E.T.
OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD
  • Debe ser declarado por el Costo Fiscal Ajustado

- Entidades de Control y Vigilancia
  • Mecanismos Especiales
  • De Valoración

SUPERINTENDENCIAS
Art. 1 D.R 2336/95
18
VALOR PATRIMONIAL ACCIONES Y APORTES
NO OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD
COSTO DE ADQUISICIÓN - COSTO DECLARADO 2003
AJUSTE BIENES RAICES ACCIONES Y APORTES QUE SEAN
ACTIVOS FIJOS
Solo para la Enajenación
Art. 73 E.T D.R. 4347 / 04
19
LÍMITE DEL VALOR PATRIMONIAL DE LAS ACCIONES Y
APORTES EN LA VENTA (PÉRDIDA)
Art. 149 E.T.
PARA DETERMINAR EL VALOR DE LA PÉRDIDA EN LA
ENAJENACIÓN DE ACCIONES NO SE TENDRÁ ENCUENTA EL
VALOR DE LOS AJUSTES DE QUE TRATA
X
X
X
P.N.
Art. 70 E.T.
Art. 90-2 E.T.
Art. 73 E.T.
P.J.
Reajustes Fiscales
Sanea/to B. Raíces
20
PATRIMONIO BRUTO
Art. 267 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INVENTARIOS
  • Costo del Inv. Final al 31 Dic. De 2005
  • Más ajustes por inflación (338 E.T)
  • (Art. 21 Ley 788 de 2002) - (D.R 416 Febrero
    21 de 2003)
  • Menos disminución del Inventario por faltante
    Mcía
  • Hasta 5 - Caso Fortuito disminución mayor. Art.
    64 E.T

21
PATRIMONIO BRUTO
Art. 92 E.T.
Art. 276 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INVENTARIOS SEMOVIENTES
NEGOCIO GANADERÍA
  • Costo de Adquisición no inferior al valor Ccial
    31 Dic/04.
  • Más Capitalizaciones
  • (Resolución No. 0011 Enero 12 de 2006 aplica
    para año gravable 2005)
  • PARA NO OBLIGADO A AJUSTAR POR INFLACIÓN
  • Y PARA QUIENES PERTENECEN AL NEGOCIO DE GANADERÍA

22
PATRIMONIO BRUTO
Art. 92 E.T.
Art. 276 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INVENTARIOS SEMOVIENTES
COMERCIALIZACIÓN
  • Costo de Adquisición.
  • Más Ajustes x Inflación Si aplica
  • La explotación de ganado en compañía o en
    participación
  • Tanto para quien reciba como quien entrega es
    NEGOCIO
  • DE GANADERÍA

23
PATRIMONIO BRUTO
Art. 69 E.T.
VALOR PATRIMONIAL ACTIVOS FIJOS
  • Precio de Adquisición o Costo Declarado Año
    Anterior
  • Más Reajustes Fiscales / Sólo Personas Naturales
    no obligadas
  • a ajustar por inflación
  • Valor de adiciones y mejoras / Bienes muebles
  • El Valor de las Construcciones, mejoras
    locativas no tomadas
  • deducibles y contribuciones por
    valorización / Bienes Inmu.
  • Menos. Depreciación Ajustada por Inflación

X
P.N
24
ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
Art. 131 E.T.
COSTO ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
  • Precio de Adquisición / Ajustes por Inflación
  • Impuestos
  • Adiciones y mejoras
  • Gastos necesarios para ponerlos en condiciones
    de uso
  • A las Ventas
  • Aduanero
  • Timbre

BASE PARA CALCULAR DEPRECIACIÓN
25
ACTIVOS FIJOS BIENES INMUEBLES
Art. 277 E.T.
VALOR PATRIMONIAL BIENES INMUEBLES DE P.N
NO OBLIGADAS A APLICAR AJUSTES INTEGRALES X
INFLACIÓN
AVALUO CATASTRAL
COSTO FISCAL
O POR EL
EL QUE SEA MAYOR
26
ACTIVOS FIJOS BIENES INMUEBLES
Art. 267 E.T.
COSTO FISCAL BIENES RAÍCES PERSONAS NATURALES
NO OBLIGADAS A APLICAR AJUSTES INTEGRALES X
INFLACIÓN
P O D R Á N
AJUSTE BIENES RAICES ACCIONES Y APORTES QUE SEAN
ACTIVOS FIJOS
REAJUSTES FISCALES
6,95 - 2004
Art. 70 E.T D.R. 4344 / 04
Art. 73 E.T D.R. 4347 / 04
LIMITADOS PARA DETERMINAR RENTA O GANANCIA
OCASIONAL
27
ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
Art. 134 E.T.
SISTEMA DE CÁLCULO - DEPRECIACIÓN
  • Línea Recta
  • Reducción de Saldos
  • Acelerada Art.140 E.T.
  • Otro Reconocido V.T
  • Tasas Variables

- Se debe conservar por un período. - Puede
cambiar de sistema sin autorización
Puede cambiar de sistema con autorización 3
meses anterioridad
X
Art. 71 D.R. 1649 / 76
28
ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
VIDA ÚTIL DE LOS ACTIVOS DEPRECIABLES
  • Inmuebles Incluido los oleoductos
  • Barcos, Trenes, Aviones, Maquinaria y Equipo y
    B. Muebles
  • Vehículo Automotores
  • Computadores

20 Años
10 Años
5 Años
Art. 2 D.R. 3019/89
5 Años
29
ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
Art. 136 E.T.
DEPRECIACIÓN EN UN SOLO AÑO ACTIVOS MENORES
A partir del año gravable de 1990, los activos
fijos depreciables adquiridos a partir de dicho
año, cuyo valor, de adquisición sea igual o
inferior a 1.001.000, podrán depreciarse en el
mismo año en que se adquieran, sin consideración
a la vida útil de los mismos.
1.001.000 por el 2006
Art. 6 D.R. 3019/89
30
PATRIMONIO BRUTO
Art. 279 E.T.
VALOR PATRIMONIAL BIENES INCORPORALES
VALOR ADQUISICIÓN DEMOSTRADO MENOS AMORTIZACIONES
CONCEDIDAS
  • Patentes de Invención - Marcas
  • Good-Will - Derechos de Autor
  • Crédito Mercantil - Know How
  • Licencias - Otros

31
PASIVOS
Art. 283 E.T.
REQUISITOS PARA SU ACEPTACIÓN
  1. Que sean pasivos reales
  2. Respaldados en documentos idóneos
  3. Identificación tributaria
  4. Conservar por 5 años los documentos

Prueba Supletoria
DOCUMENTOS DE FECHA CIERTA QUIENES NO LLEVEN
CONTABILIDAD
Art. 770 E.T.
Art. 771 E.T.
USO FRAUDULENTO DE CÉDULAS SE DESCONOCERÁN
PASIVOS
Art. 650E.T
32
BENEFICIO TRIBUTARIO
Ley 863/03
Art. 239-1 E.T.
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O
PASIVOS INEXISTENTES
PERMANENTE
- Valor de los Activos Omitidos - Valor de los
Pasivos Inexistentes
  • RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
  • CALCULAR RESPECTIVO IMPUESTO

33
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
Art. 26 E.T.
Ingresos Ordinarios y Extraordinarios del
Período.................
XXXXXX
I.N.C.D.R.N.G.O...................................
........................
(XXXXXX)
-
-
(XXXXXX)
Devoluciones Rebajas y Descuentos.................
................
INGRESOS NETOS
XXXXXX
Costos (Imputables a los Ingresos)................
...............................
-
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA BRUTA
-
Deducciones.......................................
..........................
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA
-
Rentas Exentas....................................
.........................
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE..
34
INGRESOS
Art. 27 E.T.
REALIZACIÓN DEL INGRESO
Recibido efectivamente en dinero o en especie,
en forma que equivalga legalmente a un pago, o
cuando el derecho a exigirlos se extingue por
cualquier otro modo legal distinto al pago.
Excepto Ingresos recibidos por anticipado, se
gravan sólo en el año o período en que se causen.
35
INGRESOS
Art. 27 E.T.
EXCEPCIONES DE LA REALIZACIÓN DEL INGRESO
  • Ingresos obtenidos por contribuyentes que lleven
    contabilidad por
  • causación.
  • Ingresos por concepto de dividendos y
    participaciones de utilidades
  • se entienden realizados cuando les hayan sido
    abonados en calidad
  • de exigibles.
  • Ingresos provenientes de la enajenación de
    bienes inmuebles, se
  • entiende realizado en la fecha de la escritura
    pública.

36
INGRESOS
CONCILIACIÓN INGRESOS FISCALES
RENTA
Ingresos No Operacionales
Ingresos Operacionales
INDUSTRIA Y COMERCIO
CONTABILIDAD
IVA
37
INGRESOS
INGRESOS A DECLARAR
INGRESOS BRUTOS NO OPERACIONALES
INGRESOS BRUTOS OPERACIONALES
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
  • Intereses Pendientes
  • por causar / Fros
  • - Intereses Presuntivos

INTERESES PENDIENTES POR CAUSAR
38
INGRESOS
Art. 35 E.T.
Ley 788/02
INTERESES PRESUNTOS PARA P.N Y P.J
  • Sus efectos son meramente FISCALES
  • - Se causa sobre préstamos en DINERO
  • - Rendimiento mínimo

Socios/Accionistas
Sociedades
2005 7.71
2006 6.31
D.R 520 Febrero 28 /05
39
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCACIONAL
  • La prima por colocación de Acciones
  • Utilidad en la Enajenación de Acciones
  • Distribución de Utilidades en Acciones o Cuotas
  • Componente Inflacionario de los Rdtos. Fros. (PN
    y PJ)
  • Recompensas
  • Utilidad en la venta de casa o Apto. de
    habitación
  • Indemnizaciones por seguro de daño

40
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCACIONAL
  • Los Gananciales (pero sí la porción conyugal)
  • Donaciones para partidos y Mv/tos políticos
  • Participaciones y Dividendos Art. 49 E.T
  • Distribución de Utilidades por Liquidación
  • Incentivo a la Capitalización Rural
  • APORTES A FONDOS DE PENSIONES Y PAGO PENSIONES
  • Aportes del Empleador a Fondos de Cesantías
  • Utilidad venta de bienes raices / saneamiento
  • Rendimientos Bonos de Solidaridad

41
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCACIONAL
LÍMITES A LOS INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA
NI GANANCIA OCASIONAL
PARA EL AÑO GRAVABLE 2003 LIMITADOS AL
70
PARA EL AÑO GRAVABLE 2004 LIMITADOS AL
100
Ley 788/02
Ley 863/03
42
COSTOS
Art. 58 E.T.
REALIZACIÓN DE LOS COSTOS
Cuando se paguen en efectivamente en dinero o en
especie, o cuando su exigibilidad termine por
cualquier otro modo que equivalga a un pago.
Excepto Costos incurridos por anticipado, se
deducen en el año o período en que se causen. Y
quines lleven Contabilidad por el sistema de
causación
43
COSTOS
CARACTERÍSTCAS FISCALES PARA SU PROCEDENCIA
  • Relación de causalidad
  • Necesarios
  • Proporcionales

RENTA DECLARADA
  • Costos del respectivo período gravable
  • Documentos soportes cumplan requisitos (Art.
    771-2 E.T. - 617 E.T)
  • Cancelar el impuesto de timbre y la Rte Fte
    (Art. 177 E.T. 632 E.T)

44
COSTOS
Art. 771-2 E.T.
PROCEDENCIA DE COSTOS Y DEDUCCIONES
FACTURAS CON REQUISITOS DEL ART. 617 E.T.
b. Apellidos y Nombre o Razón Social y Nit del
vendedor c. Apellidos y Nombre o Razón Social y
Nit del adquiriente B. ó S. d. Número consecutivo
de facturación e. Fecha de su expedición f.
Descripción específica o genérica del servicios
prestado o el bien vendido g. Valor total de la
operación
45
LIMITACIONES A LOS COSTOS Y DEDUCCIONES
  • Prohibición de tratar como costo el Impuesto a
    las Ventas
  • Limitación a profesionales independientes y
    comisionistas

Limitados al 50 - INGRESOS Ó LOS QUE PROCEDAN
DEL 50
Ley 788/02
  • Los pagos laborales no sujetos a retención en la
    fuente
  • Compras a proveedores ficticios o insolventes
  • Los imputables a los INCRNGO ni a las rentas
    exentas

46
DEDUCCIONES GENERALES
Art. 107 E.T.
EXPENSAS NECESARIAS SON DEDUCIBLES
Son deducibles las expensas realizadas durante el
año o período gravable en el desarrollo de
cualquier actividad productora de renta siempre y
cuando tenga relación de causalidad con la
actividad productora de Renta y que sean
necesarias y proporcionales de acuerdo con cada
actividad
La necesidad y proporcionalidad de las expensas
debe determinarse con criterio comercial,
teniendo en cuenta Las limitaciones establecidas
en los artículos siguientes
47
LIMITACIONES A LAS DEDUCCIONES
Ley 788/02
  • Salarios Pago de Aportes parafiscales
  • Financiación de estudios para trabajadores
  • Prestaciones sociales
  • Pensiones de jubilación provisión
  • Deducción de aportes (Pagados)
  • Deducción de Impuestos pagados

48
LIMITACIONES A LAS DEDUCCIONES
DEDUCCIÓN DE IMPUESTOS PAGADOS
2 0 0 4
X
100
Ind. Y Ccio, Predial, Vehículo, Registro y
Anotación Y Timbre
  • Ley 633 /2002
  • Aplicando la Ley 863 / 2003

80 Ind. Y Ccio, Predial
49
OTRAS DEDUCCIONES Y SUS LIMITANTES
  • Intereses Vigilados por S.B. 100 Otros hasta
    el límite.
  • El componente inflacionario no es deducible para
    quienes
  • no aplican ajustes por inflación
  • Deducción sobre préstamos por adquisición de
    vivienda.
  • aplica para Personas Naturales.
  • Deducción por donaciones
  • Depreciación
  • Cartera morosa o perdida
  • Deducción por pérdidas de activos / diferido a
    cinco años

50
NO SON DEDUCIBLES
  • No son deducibles las pérdidas, por enajenación
    de activos
  • a vinculados económicos (PJ y PN entre sí) -
    Activos fijos o
  • movibles.
  • No son deducibles las pérdidas, por enajenación
    de activos
  • de sociedades limitadas a socios, cónyuge o
    los parientes
  • dentro del cuarto grado civil de
    consanguinidad, segundo
  • de afinidad o único civil Activos fijos o
    movibles.
  • No son deducibles las pérdidas, por enajenación
    de acciones
  • o cuotas de interés social

51
NO DEDUCIBLE
  • La Sobretasa
  • Intereses en el pago de impuestos
  • Gravamen a los Movimientos Financieros
  • Pérdida Enajenación de Bonos de Solidaridad

52
RENTA
RENTA LÍQUIDA ESPECIAL POR RECUPERACIÓN DE
DEDUCCIONES
  • RECUPERACIÓN DE CANTIDADES CONCEDIDAS POR
  • Depreciación / Utilidad en Venta de Activos
  • Pérdida de Activos Fijos
  • Deudas de dudosos o difícil cobro (Provisones)
  • Deudas perdidas o sin valor
  • Pensiones de jubilación o invalidez
  • Indemnizaciones / Compañías de Seguros
  • Amortizaciones

53
RENTA
COMPENSACIONES
  • Pérdidas Fiscales
  • Exceso de Renta Presuntiva sobre la Renta
  • Líquida Ordinaria

54
RENTA
RENTA PRESUNTIVA AÑO GRAVABLE 2004
BASE Patrimonio líquido del año 2003 TARIFA A
partir de 2001 6 EXCEPTUADOS
EXCLUSIONES
VER ANEXOS
55
RENTA PRESUNTIVA
Art. 193 E.T.
VALOR PATRIMONIAL NETO
PATRIMONIO LÍQUIDO
X
V.P.N.
V/R PATRIMONIAL DEL BIEN
PATRIMONIO BRUTO
56
RENTA
DESCUENTOS TRIBUTARIOS
  • Por impuestos pagados en el exterior
  • Reforestación
  • Empresas Colombiana de Tte. Internacional
  • IVA en la importación de maquinaria pesada
    industria básica
  • Empresas de servicio público domiciliario /
    Acueducto, Alcan.

20 Inversión
57
ANTICIPO IMPUESTO DE RENTA
VER ANEXO
NOTA LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO
ESPECIAL NO DEBEN LIQUIDAR ANTICIPO DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA
58
CONSIDERACIONES GENERALES
Deducción Inversión Activos Fijos
Art. 158-3 E.T D.R 1766 de 2004
?
Beneficio de Auditoría
Art. 689-1 E.T
?
Sobretasa Año 2004
?
Art. 260-11 E.T
Compensaciones
Art. 147 191 Par. E.T
?
Exceso Rta Presuntiva Rta Líquida Ordinaria

?
Art. 191 Par. E.T
Utilidad en la Venta de Acciones
?
Art. 36-1 E.T D.R 836/91 Art. 8
59
Deducción Inversión Activos Fijos
Art. 158-3 E.T - D.R 1766 de 2004
  • P.N y P.J ? Contribuyentes del Impto Renta
  • Aplica para los años 2004, 2005, 2006, 2007
  • Tratar como Deducción el 30 del valor de la
    Inversión
  • El beneficio también es para los costos de
    infraestructura y montaje
  • El IVA como mayor valor del Activo, Descuento
    Tributario o Descontable

DEFINICIÓN ACTIVO FÍJO REAL PRODUCTIVO
Bienes tangibles Formen Parte del
Patrimonio Participen de forma Directa y
Permanente - Actividad Productora Y se Deprecian
o Amortizan Fiscalmente
  • LÍMITANTES
  • HASTA LA VIDA ÚTIL DEL BIEN
  • Y NO PUEDE HACER USO DEL BENEFICIO DE AUDITORÍA
  • NO SE ACEPTAN PÉRDIDAS FISCALES POR ESTE
    BENEFICIO

60
Beneficio de Auditoría
Art. 689 1 E.T
  • P.N y P.J ? Contribuyentes del Impto Renta
  • Aplica para los años 2000 HASTA el año 2006
  • Presentación Oportuna y el Pago en los plazos
    establecidos
  • Si Corrige Antes del Vencimiento Se continúa
    con el Beneficio

18 Meses
INCREMENTA INR/2004 EN 2.5 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2003
12 Meses
INCREMENTA INR/2004 EN 3.0 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2003
6 Meses
INCREMENTA INR/2004 EN 4.0 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2003

  • LÍMITANTES
  • NO APLICA PARA QUIENES GOZAN DE BENEFICIOS EN
    ZONAS ESPECIALES
  • SI EL IMPTO NETO DE RENTA /2004 lt A 2 SMLMV NO
    APLICA EL BENEFICIO
  • SI SE NOTIFICA EMPLAZAMIENTO PARA CORREGIR NO
    APLICA EL BENEFICIO
  • SI SE DEMUESTREA QUE LAS RTE FTE DECLARADAS SON
    INEXISTENTES NO APLICA

61
Sobretasa
Art. 260-11 E.T
  • P.N y P.J ? Contribuyentes obligados a
    declarar el Impto Renta
  • Aplica para los años 2003 HASTA el año 2006
  • No será deducible en el Impuesto de Renta
  • Se calcula anticipo hasta el año 2004

EQUIVALENTE AL 10 DEL IMPUESTO NETO DE RENTA
IMPUESTO NETO DE RENTA IMPTO DE RENTA
GRAVABLE - DSCTOS TRIBUTARIOS
62
Ley 788 de 2002
Compensaciones
5 AÑOS 8 AÑOS
Art. 147 1 E.T
Límite 25 por Año
Ajustar Por Inflación
Exceso Rta Presuntiva Sobre Renta Líquida
Ordinaria
5 AÑOS
Se ha eliminado el tratamiento de Deducción
63
Utilidad en la Enajenación De Acciones
Art. 689 1 E.T
Determinación de la Parte que no Constituye Renta
ni Ganancia Ocasional En la Enajenación de
Acciones
D.R 836/91 Artículo 8
  • Incremento patrimonial Utilidades Retenidas no
    Gravadas (01-01-Adquisición) y
  • 31-12-Enajenación) y se divide por el número de
    días en dicho período
  • El resultado anterior se multiplica por el de
    días en que las acciones hubieren
  • estado en poder del socio
  • El resultado así obtenido se multiplica por el
    de participación al momento de
  • la venta, de las acciones enajenadas,
    dentro del capital de la sociedad.

64
SE TIENE POR NO PRESENTADA LA DECLARACIÓN
Art. 580 E.T
LEY ANTITRÁMITES
  • a) Cuando no se presente en los lugares señalados
  • b) Cuando no se suministra la identificación del
    declarante
  • c) Cuando no contenga los factores
    necesarios para
  • identificar las bases gravables
  • d) Cuando no se presente firmada

Art. 641 E.T
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