Title: EL PROCESO PRESUPUESTARIO EN LOS GOBIERNOS REGIONALES
1 EL PROCESO PRESUPUESTARIO EN LOS
GOBIERNOS REGIONALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dirección Nacional del Presupuesto Público
2PROCESO PRESUPESTARIO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES
- Temas
- El Sistema de Gestión Presupuestaria
- Programación y formulación en los Gobiernos
Regionales - Ejecución presupuestaria
3EL SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTARIA
- LEY MARCO DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA
- DEL SECTOR PUBLICO
- Los fondos públicos se asignan en el presupuesto
de acuerdo con objetivos y prioridades de gasto
determinados en el Plan Estratégico de Desarrollo
Nacional, en los planes estratégicos de las
entidades del Sector Público y la disponibilidad
de ingresos programada. - Los principios que enmarcan la Administración
Financiera del Estado son los de transparencia,
legalidad, eficiencia y eficacia.
4EL SISTEMA DE GESTION PRESUPUESTARIA
- OBJETIVOS
- Lograr un equilibrio entre los ingresos y los
gastos públicos que permita la sostenibilidad de
las finanzas públicas. - Asignar los recursos de acuerdo con las
disponibilidades de ingresos y las prioridades de
gasto. - Utilizar eficientemente los recursos en un
contexto de transparencia.
5 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN
PRESUPUESTARIA EN EL PERÚ
Principios
PROCESO PRESUPUESTARIO
Normas
SISTEMA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Procedimientos
QUE REGULAN
RELACIONES
ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
Técnicas
Métodos
- LEY DE GESTION PRESUPUESTARIA
- EL ESTADO
- LEYES ANUALES DE PRESUPUESTO,
- ENDEUDAMIENTO Y EQUILIBRIO
- FINANCIERO
- REGLAMENTOS
- DIRECTIVAS
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL ESTADO
6FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
PROGRA MACION
EJECUCION
EVALUA CIÓN
APROBA CION
FORMU LACIÓN
RETROALIMENTACIÓN
7FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO
AÑO FISCAL
EJECUCIÓN SEGUIMIENTO 01.ENE-31 DIC.
PROGRAMACION, FORMULACIÓN Y APROBACION MAY-DIC
(Año anterior)
EVALUACIÓN I SEM - Agosto ANUAL Abril
Mayo (Año posterior)
RETROALIMENTACIÓN
8DINAMICA OPERATIVA DEL PRESUPUESTO
UNIDADES EJECUTORAS
Asignación en el Presupuesto
NIVEL INSTITUCIONAL
PLIEGOS
2 niveles
Máxima agregación de las acciones del Estado
(Misión y Propósitos)
NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO
FUNCIÓN
Acciones para el cumplimiento de los propósitos
de la entidad
PROGRAMA
categorías presupuestarias
Acciones Parciales para el logro de un programa
SUBPROGRAMAS
Tareas para la producción de bienes y servicios
de la entidad de acuerdo a sus funciones
ACTIVIDADES Y PROYECTOS
9 PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO EN
LOS GOBIERNOS REGIONALES
10FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACION DEL
PRESUPUESTO
- OBJETIVOS
- Consolidar el Presupuesto Institucional como un
eficaz instrumento de la gestión económica y
financiera, que sirva para la toma de decisiones
en materia de las Finanzas Públicas. - Establecer normas de carácter técnico y operativo
que permitan a los pliegos presupuestarios
programar y formular sus Presupuestos
Institucionales. - Vincular las propuestas de gastos institucionales
con los lineamientos del Plan de Desarrollo
Regional Concertado (PDRC) y el Plan Estratégico
Institucional (PEI) - Respetar las reglas fiscales dentro del marco de
la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal
Ley N 27245 y modificatorias, a fin que las
propuestas de gastos resulten acordes con la
Asignación Presupuestaria Total o techo
presupuestario. - Permitir que la programación y formulación
presupuestal de los Gobiernos Regionales reflejen
los resultados del Presupuesto Participativo.
11CONCATENAMIENTO DE OBJETIVOS EN EL SISTEMA DE
PLANEAMIENTO REGIONAL
12VINCULACION DE PLANES Y PRESUPUESTO
PDRC
PROGRAMAS
OBJETIVOS INSTITUCIONALES
PRESUPUESTO
PEI
ACTIVIDADES
RESPONSABLES
PROYECTOS
13FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACION DEL
PRESUPUESTO
- PROYECCIONES MACROECONÓMICAS
- (Modelo Macro Econométrico del MEF)
- Indicadores macroeconómicos globales
- PBI, Oferta y Demanda global
- Inflación y Tipo de cambio (BCRP)
- Exportaciones, Importaciones y Balanza Comercial.
SITUACIÓN MACROECONÓMICA INICIAL
14 LAS RESTRICCIONES MACROECONÓMICAS Y FISCALES
El Programa Económico del Gobierno
Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal MMM
Como parte de la Ley de Prudencia y Transparencia
Fiscal (LPTF), el Ministerio de Economía y
Finanzas elabora cada año el Marco Macroeconómico
Multianual (MMM), el cual incluye las
proyecciones macroeconómicas, que cubren tres
años el año para el cual se está elaborando el
presupuesto y los dos años siguientes.
Objetivo principal
Lograr un crecimiento económico alto y
sostenido, que contribuya a reducir el desempleo
y la pobreza, junto con bajas tasas de inflación
y un nivel de reservas internacionales que
garantice la sostenibilidad de las cuentas
externas
15FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACION DEL
PRESUPUESTO
PROYECCIONES MACROECONÓMICAS POLÍTICA
TRIBUTARIA Y ARANCELARIA
PROYECCIÓN INGRESOS DE
META DE DÉFICIT FISCAL
NIVEL MAXIMO DE GASTO PÚBLICO
PRESUPUESTO PÚBLICO
16FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL
PRESUPUESTO
- COMISIÓN DE PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN
- Elabora las propuestas de gasto a nivel
institucional para la programación y formulación
del proyecto de presupuesto institucional de
ingresos y gastos. - Inicia sus tareas a los dos días calendario de la
entrada en vigencia de la Directiva y culmina con
la presentación del Resumen Ejecutivo. - El Resumen Ejecutivo contiene los resultados de
las acciones realizadas y sirve para iniciar los
trabajos de programación y formulación
presupuestaria.
17FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- FASE DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA
- Determinar la escala de prioridades de los
objetivos institucionales. - Determinar la demanda global de gasto y las metas
presupuestarias a conseguir compatibles con los
objetivos institucionales y funciones que
desarrolla el pliego. - Desarrollar los procesos para la estimación de
los fondos públicos, con el objeto de determinar
el monto de la Asignación Presupuestaria
Pliego. - Definir la estructura del financiamiento de la
demanda global de gasto en función de la
estimación de los fondos públicos.
181. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
DNPP
2. ESTIMACION DE INGRESOS DIFERENTES A RROO
3. DEMANDA GLOBAL
TECHOS PRESUPUESTALESRROO
PLIEGO PRESUPUESTARIO
RECURSOS PUBLICOS
Optimizar la prestación de servicios a la
población
19FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- DEMANDA GLOBAL DE GASTOS
- Constituye la previsión de gastos del pliego.
- Para su determinación se requiere recabar,
evaluar y consolidar la información relativa a la
magnitud de los gastos que el Pliego debe asumir
para el mantenimiento y operatividad de las
funciones que desarrolla y dentro del marco de
los Objetivos Institucionales.
20FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS
- La Asignación Presupuestaria - Pliego,
conjuntamente con la Asignación Presupuestaria -
MEF, financia el gasto a cargo del pliego -
- Recursos Ordinarios, Canon, Sobrecanon,
Regalías y Participaciones, Participación en
Rentas de Aduanas, Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito Externo y Recursos por
Operaciones Oficiales de Crédito Interno, esta a
cargo del MEF, en el marco de la Ley Nº 27245,
Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal,
modificada por la Ley Nº 27958, y el Marco
Macroeconómico Multianual - Recursos Directamente Recaudados, su proyección
debe efectuarse sobre la base de la Ejecución
Financiera de Ingresos informada para efectos de
la elaboración de la Cuenta General de la
República, al 31 de diciembre de 2005, de los
comportamientos registrados hasta junio del
presente año y de sus proyecciones al cierre del
año fiscal 2006.
21FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- LA FASE DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA
- Definen la Estructura Funcional Programática del
Presupuesto Institucional del Pliego, consistente
con los objetivos institucionales, a partir de la
selección de las Categorías Presupuestarias. - Seleccionan las Metas Presupuestarias propuestas
durante la Fase de Programación. - Consignan las cadenas de gasto, los montos para
comprometer gastos (créditos presupuestarios) y
las respectivas fuentes de financiamiento.
22FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- PROYECTOS DE INVERSION
- Los presupuestos de inversión se elaboran y
ejecutan en función a los planes de desarrollo y
programas de inversiones debidamente concertados - Se sustentan y rigen por presupuestos
participativos anuales se formulan y ejecutan en
concordancia con los planes de desarrollo
concertados. - Su ejecución se sujeta a las normas técnicas del
Sistema Nacional de Inversión Pública.
23FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
LEY DE BASES DE LA DESCENTRALIZACIÓN
LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES
LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES
LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y SU
REGLAMENTO
GESTIÓN DEL GR SE RIGE POR EL PDDRC Y EL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Art. 32º
EL PRESUPUESTO ANUAL DE LA REPÚBLICA
ES DESCENTRALIZADO Y PARTICIPATIVO Art. 20º
PDDLC Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS PDDRC
LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL PROCESO
INSTRUCTIVO Nº 001-2005-EF/76.01 INSTRUCTIVO
PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO AÑO
FISCAL 2006
24FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
- La información de avances y resultados del
Proceso del Presupuesto Participativo debe estar
contenida en el Aplicativo para el Proceso
Participativo del Presupuesto para el Año Fiscal
2007. - Los Gobiernos Regionales deben presentar hasta el
13 de octubre de 2006 a la Dirección Nacional del
Presupuesto Público los resultados finales del
Proceso de Presupuesto Participativo, el mismo
que estará constituido por la siguiente
información - Proyectos priorizados en la Programación
Participativa del Presupuesto de los Gobiernos
Regionales Año Fiscal 2007 - Ficha Descriptiva del Proyecto
- Los resultados del Proceso del Presupuesto
Participativo, registrados en el Aplicativo para
el Proceso Participativo del Presupuesto para el
Año Fiscal 2007, que se accede a través de la
página web del Ministerio de Economía y Finanzas,
mediante el ícono Presupuesto Participativo.
25FASE DE PROGRAMACION Y FORMULACIONDEL PRESUPUESTO
- FASE DE APROBACION PRESUPUESTARIA
-
- En el marco de lo dispuesto en el artículo 192º
de la Constitución Política del Perú y el
artículo 35º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de
la Descentralización, los Gobiernos Regionales
tienen como competencia exclusiva el de aprobar
su Presupuesto Institucional, conforme a la Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto y a
las Leyes Anuales de Presupuesto. - La aprobación de los Presupuestos Institucionales
2007 de los Gobiernos Regionales, se efectúa
mediante Acuerdo del Consejo Regional y es
promulgado por el Presidente Regional a través de
la Resolución Ejecutiva Regional, de acuerdo al
Modelo Nº 01/GR Modelo de Resolución para la
Promulgación del Presupuesto Institucional de
Apertura en los Gobiernos Regionales, en un
plazo que no excede del 31 de diciembre del 2006,
bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del
Consejo Regional.
26 FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
27FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
I PROGRAMACION
II FORMULACION
SE CONCRETA EL FLUJO DE INGRESOS Y EGRESOS
PREVISTOS EN EL PRESUPUESTO ANUAL DENTRO DEL
MARCO DE LA ASIGNACION TRIMESTRAL DE GASTO, LOS
CALENDARIOS DE COMPROMISOS Y LAS MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS APROBADAS
VI EVALUACION
III APROBACION
V CONTROL
IV EJECUCION
28FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
PRESUPUESTO INSTITUCIONAL APROBADO O
MODIFICADO (PIA ó PIM)
PROGRAMACION ANUAL MENSUALIZADA DE INGRESOS Y
GASTOS
COMPROMISO
DEVENGADO
PROGRAMACION TRIMESTRAL MENSUALIZADA DE INGRESOS
Y GASTOS
GIRO
CALENDARIO DE COMPROMISOS
PAGO
29 FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
- Ley Marco de la Administración Financiera Del
Sector Público (En materia presupuestal todo lo
relacionado al Título III Sistema Nacional de
Presupuesto) Ley Nº 28112 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto
Ley Nº 28411 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2006 - Ley Nº 28652 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2006 Ley Nº
28653 - Ley de Endeudamiento del Sector Público para el
Año Fiscal 2006 Ley Nº 28654 - Directiva para la Ejecución del Proceso
Presupuestario de los Gobiernos Regionales
Directiva Nº 002-2006-EF/76.01
30FASE DE EJECUCION PRESUPUESTARIA
LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA
EJECUCION PRESUPUESTARIA
NORMAS DE PERSONAL
NORMAS DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD
31NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
- EJECUCION PRESUPUESTARIA
- Los créditos presupuestarios tienen carácter
limitativo constituye el límite máximo para
comprometer y devengar gastos, conforme a los
calendarios de compromisos. - Los calendarios de compromisos son autorizados
por el Titular de la Entidad a nivel de Pliego,
Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y
Fuente de Financiamiento.
32NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
EJECUCION PRESUPUESTARIA
Tratamiento de compromisos y devengados al
culminar año fiscal
- Los gastos comprometidos y no devengados al 31
de diciembre de cada año fiscal pueden afectarse
al Presupuesto Institucional del año siguiente,
previa anulación del registro presupuestario. - Los gastos devengados y no pagados al 31 de
diciembre de cada año fiscal, se cancelan durante
el primer trimestre del año siguiente.
33NORMAS QUE RECOGE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE PRESUPUESTO
- EJECUCION PRESUPUESTARIA
- No se podrán autorizar habilitaciones para gastos
corrientes con cargo a anulaciones
presupuestarias, vinculadas a gastos de
inversión. - Los intereses por fuentes distintas a recursos
ordinarios y crédito externo se incorporan en las
fuentes de financiamiento que las generó.
34NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PPTO DEL SECTOR
PUBLICO
- ACCIONES PRESUPUESTALES
- Transferencias Financieras
- Las transferencia financieras de los Gobiernos
Regionales se aprueban mediante Acuerdo de
Consejo, previo informe favorable de la Gerencia
Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial. - Las transferencias financieras que reciban los
Gobiernos Regionales se incorporan en la Fuente
de Financiamiento Donaciones y Transferencias y
se destinan para los fines a que fueron
transferidos
35NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PPTO DEL SECTOR
PUBLICO
- OTRAS ACCIONES
- Los Gobiernos Regionales están facultados a
utilizar hasta el 20 de los recursos
provenientes de los canon y de las regalías
mineras para el mantenimiento de la
infraestructura generada por los proyectos de
impacto regional así como para los gastos del
proceso de selección de los proyectos de
inversión. - El 5 de dicho monto puede ser destinado a la
elaboración de perfiles. No es de aplicación para
los Pliegos que destinan dichos recursos a Gastos
Corrientes. - Para la creación de Unidades Ejecutoras deben
contar con un monto no inferior a S/. 8 millones
por toda fuente de financiamiento.
36NORMAS QUE RECOGE LA LEY DE PPTO DEL SECTOR
PUBLICO
ARTÍCULO 5 DE LA LEY N 28562
20 para gastos corrientes
- Mantenimiento de infraestructura
- Procesos de selección proyectos
- Elaboración de perfiles
- Acciones de preservación del medio ambiente.
Canon, Sobrecanon, Regalías y Participaciones
El 5 de dicho monto puede ser destinado a la
elaboración de perfiles.
37DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- OBJETO DE LA DIRECTIVA DE EJECUCION
- Establece las normas de carácter técnico y
operativo - Descentraliza la gestión presupuestaria
- Dispone pautas necesarias a aplicar por la GRPPAT
- Establece la aplicación de normas administrativas
de incidencia presupuestaria recogidas en la Ley
General y la Ley de Presupuesto
38DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- PRECISIONES GENERALES
- Toda información de las Unidades Ejecutoras deben
ser canalizadas a través de la GRPPAT. - Cuando por efecto de la norma legal
correspondiente, se requiera informe favorable de
la DNPP, las solicitudes para opinión serán
presentadas por el Pliego, a más tardar 5 días
calendarios antes del límite fijado, con el
informe previo de la GRPPAT. - El presupuesto institucional no constituye por sí
sólo, sustento suficiente para la ejecución de
gasto público, debiéndose observar los requisitos
esenciales y las formalidades impuestas por las
normas legales.
39DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- PRECISIONES GENERALES
- Las codificaciones de nuevas partidas de
Ingresos, proyectos, actividades, componentes,
finalidades, entre otros, están a cargo de la
DNPP. - Los nuevos Proyectos, previo a su ejecución,
deben provenir del proceso de presupuesto
participativo y contar con la respectiva
declaración de viabilidad otorgada en el marco
del Sistema Nacional de Inversión Pública, de
conformidad con la Ley Nº 27293, bajo
responsabilidad de la Gerencia Regional de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial o la que haga sus veces en los
Pliegos (artículo 5.5).
40DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- PROGRAMACION DE INGRESOS Y GASTOS
- La programación de ingresos y gastos debe ser
actualizada periódicamente, dado que el 15 del
mes anterior al inicio del trimestre la DNPP lo
procesa para determinar la Asignación Trimestral
por la fuente de financiamiento Recursos
Ordinarios. - Los aguinaldo o gratificaciones de fiestas
patrias y navidad y la bonificación de
escolaridad se programan conjuntamente con la
planilla de julio, diciembre y febrero,
respectivamente. - El Programa No Escolarizado de Educación Inicial
PRONOEI se programan a partir del mes de abril.
41DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- EJECUCION DE GASTOS
- Asignación Trimestral
- La Asignación Trimestral por la fuente de
financiamiento Recursos Ordinarios es elaborada
por la DNPP a través del cual se determina los
montos mensuales a ser ejecutados por los
Gobiernos Regionales. - Dicha Asignación es aprobada a nivel Pliego,
Categoría de Gasto y Fuente de Financiamiento. - Los saldos de las asignaciones trimestrales por
menores compromisos forman parte del marco de
gastos a considerar en los siguientes trimestres,
en el que se debe tomar en cuenta - - En el segundo trimestre se reprograma el saldo
del primer trimestre. - - El tercer trimestre se reprograma hasta el
saldo acumulado al segundo trimestre. - - El cuarto trimestre se reprograma hasta el
saldo acumulado al tercer trimestre.
42DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- EJECUCION DE GASTOS
- Calendario Trimestral Mensualizado
- Es aprobado por el Titular del Pliego a propuesta
de la GRPPAT, a nivel de Pliego, Unidad
Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de
Financiamiento - El calendario de la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios se aprueba dentro de la
Asignación Trimestral - Los calendarios de compromisos no utilizados de
un determinado mes del trimestre pueden ser
reprogramados en el trimestre o en los trimestres
posteriores - Los calendarios de compromisos deben aprobarse
tomando en cuenta el marco presupuestal por cada
Unidad Ejecutora.
43DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- COMPROMISOS DE GASTOS
- El compromiso, no puede exceder los montos de
los créditos presupuestarios aprobados a los
Pliegos en las Asignaciones Trimestrales ni los
autorizados en los respectivos Calendarios de
Compromisos, quedando prohibido que los actos
administrativos condicionen su aplicación a
créditos presupuestarios mayores o adicionales a
los establecidos en los Presupuestos, bajo
sanción de nulidad de pleno derecho de dichos
actos.
44DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- SALDOS DE CALENDARIO DE COMPROMISOS
- Los saldos de Calendario de Compromisos que se
produzca en el grupo genérico del gasto 1
"Personal y Obligaciones Sociales", puede ser
ejecutado sólo en gastos vinculados directamente
con el mismo grupo genérico de gasto y siempre
que cuente con el sustento legal correspondiente. - Los Pliegos no deben aplicar los saldos a gastos
que por su carácter continuo puedan quedar
desfinanciados cuando no se presenten los
mencionados saldos.
45DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
Instrumentos de asignación gradual
No constituyen sustento legal para aprobación de
resoluciones de modificaciones pptarias.
Constituye monto máximo para la ejecución de
gastos
Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado
No generar gastos que impliquen un futuro
desfinanciamiento del presupuesto
Es aprobado por el Titular del Pliego mediante
Resolución Presidencial
No concentrar en los primeros meses del trimestre
la asignación de los fondos públicos
Se modifican mediante Ampliación y son aprobados
por resolución del Titular del Pliego
46DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA DIRECTIVA
DE EJECUCION
- EJECUCION DE GASTOS
- Modificaciones Presupuestarias
- Modificaciones Presupuestarias en el nivel
Institucional - - Créditos Suplementarios
- - Aprobados por Ley y Acuerdo de Consejo
(Recursos - Ordinarios y Endeudamiento) promulga el
Titular - - Aprobados por el Titular del Pliego (Otras
- Fuentes de Financiamiento)
- - Transferencia de Partidas por Ley y Acuerdo
Regional y promulga el Titular - Modificaciones Presupuestarias en el Nivel
Funcional Programático - - Entre Unidades Ejecutoras (se realiza mediante
una resolución del Titular del Pliego en el
momento que se requiera) - - Dentro de la Unidad Ejecutora (Las Notas de
modificaciones se formalizan mensualmente por
resolución del Titular del Pliego)
47DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- FONDO DE COMPENSACION REGIONAL- FONCOR
- Los Fondos Públicos que corresponden a cada
Gobierno Regional por la Fuente de Financiamiento
de Recursos Ordinarios, comprenden los recursos
por concepto del Fondo de Compensación Regional
que comunica el Consejo Nacional de
Descentralización.
48DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- Los Pliegos presupuestarios de los Gobiernos
Regionales identifican los proyectos que se
ejecutan con cargo a los recursos provenientes
del Fondo de Compensación Regional e informan a
los organismos competentes. - Los recursos financieros no utilizados al 31 de
diciembre de 2005 provenientes de la Fuente de
Financiamiento Fondo de Compensación Regional,
constituyen saldos de balance y se registran
excepcionalmente, como ingresos en la Fuente de
Financiamiento Donaciones y Transferencias.
49DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- DEMANDAS ADICIONALES
-
- Las demandas adicionales de gasto en el Pliego
no previstas en la Ley de Presupuesto y sus
modificaciones, se sujetan a lo establecido en la
Tercera Disposición Final de la Ley General -
- El Pliego debe evaluar la posibilidad de atender
la demanda adicional de gasto, efectuando la
adecuación de las prioridades de gasto de la
entidad, procediendo posteriormente a la
realización de las modificaciones presupuestarias
que se requieran de acuerdo a la normatividad
presupuestaria vigente, con cargo a su
Presupuesto Institucional. - La adecuación de prioridades es responsabilidad
exclusiva de Titular del Pliego
50DISPOSICIONES A TOMARSE EN CUENTA DE LA
DIRECTIVA DE EJECUCION
- INFORMACION RELATIVA AL PROCESO PRESUPUESTARIO
- La información sobre la ejecución de ingresos y
gastos registrada en el SIAF-SP se remite, en los
plazos señalados en la Directiva a la DNPP. - Dicha información debe guardar coherencia con la
información reportada de carácter contable
vinculada a la materia presupuestal. -
- Debe ser presentada a nivel de Unidad Ejecutora,
Función, Programa, Subprograma, Actividad y
Proyecto, por cada Fuente de Financiamiento y
Grupo Genérico de Gasto, así como el detalle de
los ingresos.
51EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
II FORMULACION
I PROGRAMACION
VI EVALUACION
III APROBACION
SE DETERMINAN LOS RESULTADOS DE LA GESTION
PRESUPUESTARIA DEL PLIEGO, SOBRE LA BASE DEL
ANALISIS Y MEDICION DE LA EJECUCION
PRESUPUESTARIA DE INGRESOS, GASTOS Y METAS
V CONTROL
IV EJECUCION
52INDICADORES DE DESEMPEÑO
- Los pliegos formulan indicadores de desempeño
relevantes que midan los productos y resultados
de la gestión 2007, los cuales es necesario
evaluar. - Los indicadores están asociados a los programas,
actividades y proyectos a ejecutar en el año,
debiendo establecerse valores a alcanzar y medios
de verificación para su seguimiento y evaluación.
- Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales en su
conjunto, los Ministerios y Organismos
Constitucionalmente Autónomos definen indicadores
a nivel de Resultado o Impacto para cada uno de
los Programas. - Deben ser coordinados con las respectivas
Direcciones Regionales para su registro, medición
y evaluación.
53NIVEL DE GASTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES AÑO
FISCAL 2005
54NIVEL DE GASTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES AÑO
FISCAL 2005
55NIVEL DE GASTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES AÑO
FISCAL 2006
56Gracias por su atención