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Estabilidad Presupuestaria: Nueva normativa

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Subdirector General de Estudios Financieros Locales ... Competencia para autorizar el endeudamiento de las EE. LL.: La tutela financiera ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Estabilidad Presupuestaria: Nueva normativa


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ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DE LAS ENTIDADES
LOCALES (II) Estabilidad presupuestaria y
endeudamiento Central de Información de Riesgos
de las Entidades locales (CIR Local)
Almería, 19 de mayo de 2008 Gabriel Hurtado
López Subdirector General de Estudios Financieros
Locales
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ESQUEMA
  • Estabilidad presupuestaria y endeudamiento Marco
    jurídico
  • Operaciones de endeudamiento tipología
  • Operaciones de endeudamiento ámbito subjetivo y
    tutela financiera
  • Operaciones de endeudamiento régimen general de
    autorización
  • Operaciones de endeudamiento municipios del art.
    111 TRLRHL
  • CIR Local
  • Marco jurídico
  • Ámbito subjetivo
  • Ámbito objetivo
  • Gestión
  • Fuentes de información
  • Usuarios de información

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Breve referencia al control del endeudamiento
local en la UE
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I. ESTABILIDAD Y ENDEUDAMIENTO MARCO JURÍDICO
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
    por el que se aprueba el Texto Refundido de la
    Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL)
  • Ley 15/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley
    18/2001, de 12 de diciembre, General de
    Estabilidad Presupuestaria (LGEP)
  • Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de
    diciembre, por el que se aprueba el Texto
    Refundido de la LGEP
  • R. D. 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se
    aprueba el Reglamento de la LGEP en su aplicación
    a las EE. LL.

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II. Operaciones de endeudamiento tipología
  • Operaciones de crédito a corto plazo
  • Operaciones de crédito a largo plazo
  • Nuevas operaciones
  • Operaciones modificativas o sustitutivas de otras
    anteriores
  • Avales a terceros
  • Instrumentación del crédito mediante
  • Emisión de deuda pública
  • Contratación de préstamos o créditos
  • Otra apelación al crédito público o privado
    (leasing, supuestos específicos de contratos de
    concesión)
  • Conversión y sustitución parcial de operaciones
    preexistentes

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III. Operaciones de endeudamiento ámbito
subjetivo y tutela financiera
  • Ámbito subjetivo
  • Entidades Locales
  • Organismos Autónomos dependientes
  • Entes y sociedades mercantiles dependientes que
    presten servicios o produzcan bienes que no se
    financien mayoritariamente con ingresos de
    mercado
  • Competencia para autorizar el endeudamiento de
    las EE. LL.
  • La tutela financiera
  • Comunidades Autónomas
  • Administración General del Estado Ministerio de
    Economía y Hacienda (Canarias, Cantabria,
    Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y Murcia)

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 1. Supuestos que precisan autorización
    administrativa
  • Ahorro neto negativo ()
  • Endeudamiento excesivo ()
  • Formalización de operaciones de crédito en el
    exterior (en moneda distinta del o concertadas
    fuera del territorio de la UE o con entidades
    financieras no residentes en la UE) ()
  • Operaciones instrumentadas mediante emisiones de
    deuda o cualquier otra apelación al crédito
    público. ()
  • () La autorización corresponde a la Comunidad
    Autónoma si su respectivo Estatuto de Autonomía
    le atribuye la tutela financiera de las entidades
    locales. En otro caso, corresponde al MEH.
  • () La autorización corresponde al MEH.

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 2. Ahorro neto negativo
  • Cálculo cap. 1 a 5 ingresos cap. 1, 2 y 4
    gastos anualidad teórica constante de
    operaciones vivas incluida la proyectada
  • Fuente de información liquidación del
    presupuesto del ejercicio inmediato anterior
  • Se calcula para la entidad local u organismo que
    pretenda concertar la operación
  • El Pleno debe aprobar un Plan de Saneamiento
    Financiero (PSF), que corrija el signo del ahorro
    neto en un plazo máximo de 3 años
  • Excepción a la aprobación del PSF sustitución de
    operaciones de crédito a largo plazo
    preexistentes disminuyendo la carga o el riesgo
    financieros

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 3. Endeudamiento excesivo
  • Endeudamiento vivo gt110 ingresos corrientes
    liquidados
  • Fuente de información liquidación del
    presupuesto del ejercicio inmediato anterior
  • Se calcula para el conjunto de las entidades y
    organismos sujetos a autorización (entidad local,
    sus OO. AA. dependientes y entes y sociedades
    mercantiles dependientes no de mercado)

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 4. Circunstancias que se consideran en la
    autorización
  • Situación económica de la entidad u organismo
    solicitante. Análisis de la información contable,
    de los ingresos afectados o no ordinarios y del
    remanente de tesorería
  • Estado de previsión de movimientos y situación
    de la deuda
  • Valoración de las condiciones de la operación
  • En su caso, análisis de viabilidad o
    rentabilidad futura de la inversión
  • Previsión de la aplicación del remanente de
    tesorería afectado a las operaciones que
    correspondan
  • Carácter preferente Cumplimiento del principio
    de estabilidad presupuestaria

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 5. Carácter preferente del cumplimiento del
    principio de estabilidad presupuestaria (artículo
    25 RgtoLGEP)
  • Aportación de informes de evaluación (IGAE o
    Interventor local) sobre el cumplimiento del
    objetivo de estabilidad
  • de la liquidación del Presupuesto del ejercicio
    anterior y
  • del Presupuesto del ejercicio corriente
  • La evaluación del cumplimiento en el Presupuesto
    vigente incluirá las modificaciones aprobadas y
    las previsibles
  • Si la evaluación es de incumplimiento en (a) o
    en (b) aportar PEF aprobado por el Pleno
    compatible con medidas de saneamiento

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 5. Carácter preferente del cumplimiento del
    principio de estabilidad presupuestaria (artículo
    25 RgtoLGEP) (cont.)
  • Si existiese un PEF en vigor (aprobado en
    ejercicio anterior) Informe del Interventor
    local de verificación del cumplimiento
  • El informe se elevará al Pleno y se incluirá en
    el expediente de solicitud de autorización
  • Si el informe pusiese de manifiesto desviaciones
    en el PEF, deberán incorporarse medidas
    adicionales que permitan su corrección en el
    período de vigencia del citado Plan
  • El incumplimiento del objetivo de estabilidad
    en el último año de vigencia del PEF es causa
    suficiente de denegación de la autorización de
    endeudamiento

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 6. Contenido del expediente de solicitud de
    autorización
  • Documento de aprobación de la operación con sus
    características esenciales.
  • Acreditación de cobertura presupuestaria.
  • Informe económico-financiero del Interventor
    local.
  • Cálculo del ahorro neto y de la ratio de
    endeudamiento.
  • Estado de situación del remanente de tesorería.
  • Propuesta de financiación de operaciones de
    capital y financieras.
  • Cta. Pérdidas y Ganancias y balance de
    situación.
  • Bases de ejecución del presupuesto.

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 6. Contenido del expediente de solicitud de
    autorización (cont.) planes financieros
  • Cálculo del ahorro neto.
  • Cálculo de la ratio de endeudamiento.
  • Plan de Saneamiento Financiero.
  • Plan de reducción de deuda (al 110 de ingresos
    corrientes liquidados).
  • Plan Económico-Financiero.
  • Posible integración de los planes anteriores. El
    plan integral debe cumplir los objetivos y
    atender los contenidos exigidos para cada uno de
    ellos.

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IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
  • 7. Supuestos denegatorios de autorización
  • Cuando ahorro bruto negativo (según última
    liquidación de presupuestos).
  • En caso de incumplimiento del Plan de
    Saneamiento Financiero, Plan de reducción de
    deuda, Plan Económico-Financiero, o del Plan
    integrado.
  • Si la operación se pretende concertar para una
    finalidad distinta de la establecida en el TRLRHL
    (art. 49.1 TRLRHL).

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V. Operaciones de endeudamiento municipios del
art. 111 TRLRHL
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VI. CIR LOCAL
  • Marco jurídico
  • TRLRHL artículo 55
  • TRLGEP artículo 24
  • Reglamento LGEP artículos 36 a 41
  • Ámbito subjetivo
  • Entidades Locales
  • Organismos autónomos
  • Sociedades mercantiles participadas de forma
    directa o indirecta y
  • Consorcios en que participen las Entidades
    Locales y sus entes dependientes.

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VI. CIR LOCAL
  • 3. Ámbito objetivo
  • Operaciones de préstamo, crédito y emisiones de
    deuda pública en todas sus modalidades
  • Avales y garantías prestados en cualquier clase
    de crédito
  • Operaciones de arrendamiento financiero
  • Otras que afecten a la posición financiera futura
    de la entidad
  • Gestión D.G. Coordinación Financiera con las EE.
    LL. (MEH)
  • Fuentes de información
  • Banco de España. Relaciones internas del sistema
    financiero.
  • CC. AA. con tutela financiera de las EE. LL.
    Convenios de colaboración
  • EE. LL.

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VI. CIR LOCAL
  • Usuarios de la información
  • EE. LL. acceso a información propia
  • CC. AA. con tutela financiera acceso a
    información de las EE. LL. de su territorio,
    según Convenio de Colaboración con la AGE
  • Banco de España recibe la información procedente
    de otras fuentes de información
  • IGAE acceso a toda la información
  • Restantes personas e interesados acceso a
    información de cualquier Entidad local, previa
    autorización formal de ésta
  • CNAL recibe informe de deuda viva a 31 de
    diciembre de cada Entidad local

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Direcciones
  • Oficina virtual de EE. LL.
  • http//www.meh.es/Portal/Administracion
  • Electronica/OVEntidadesLocales.htm
  • Correo electrónico
  • dgcfel_at_meh.es
  • sgefl_at_meh.es

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