Title: Estabilidad Presupuestaria: Nueva normativa
1ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA DE LAS ENTIDADES
LOCALES (II) Estabilidad presupuestaria y
endeudamiento Central de Información de Riesgos
de las Entidades locales (CIR Local)
Almería, 19 de mayo de 2008 Gabriel Hurtado
López Subdirector General de Estudios Financieros
Locales
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2ESQUEMA
- Estabilidad presupuestaria y endeudamiento Marco
jurídico - Operaciones de endeudamiento tipología
- Operaciones de endeudamiento ámbito subjetivo y
tutela financiera - Operaciones de endeudamiento régimen general de
autorización - Operaciones de endeudamiento municipios del art.
111 TRLRHL - CIR Local
- Marco jurídico
- Ámbito subjetivo
- Ámbito objetivo
- Gestión
- Fuentes de información
- Usuarios de información
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3Breve referencia al control del endeudamiento
local en la UE
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4I. ESTABILIDAD Y ENDEUDAMIENTO MARCO JURÍDICO
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) - Ley 15/2006, de 26 de mayo, de reforma de la Ley
18/2001, de 12 de diciembre, General de
Estabilidad Presupuestaria (LGEP) - Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de
diciembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la LGEP - R. D. 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de la LGEP en su aplicación
a las EE. LL.
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5II. Operaciones de endeudamiento tipología
- Operaciones de crédito a corto plazo
- Operaciones de crédito a largo plazo
- Nuevas operaciones
- Operaciones modificativas o sustitutivas de otras
anteriores - Avales a terceros
- Instrumentación del crédito mediante
- Emisión de deuda pública
- Contratación de préstamos o créditos
- Otra apelación al crédito público o privado
(leasing, supuestos específicos de contratos de
concesión) - Conversión y sustitución parcial de operaciones
preexistentes
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6III. Operaciones de endeudamiento ámbito
subjetivo y tutela financiera
- Ámbito subjetivo
- Entidades Locales
- Organismos Autónomos dependientes
- Entes y sociedades mercantiles dependientes que
presten servicios o produzcan bienes que no se
financien mayoritariamente con ingresos de
mercado - Competencia para autorizar el endeudamiento de
las EE. LL. - La tutela financiera
- Comunidades Autónomas
- Administración General del Estado Ministerio de
Economía y Hacienda (Canarias, Cantabria,
Castilla-La Mancha, Extremadura, Madrid y Murcia)
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7IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 1. Supuestos que precisan autorización
administrativa - Ahorro neto negativo ()
- Endeudamiento excesivo ()
- Formalización de operaciones de crédito en el
exterior (en moneda distinta del o concertadas
fuera del territorio de la UE o con entidades
financieras no residentes en la UE) () - Operaciones instrumentadas mediante emisiones de
deuda o cualquier otra apelación al crédito
público. () - () La autorización corresponde a la Comunidad
Autónoma si su respectivo Estatuto de Autonomía
le atribuye la tutela financiera de las entidades
locales. En otro caso, corresponde al MEH. - () La autorización corresponde al MEH.
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8IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 2. Ahorro neto negativo
- Cálculo cap. 1 a 5 ingresos cap. 1, 2 y 4
gastos anualidad teórica constante de
operaciones vivas incluida la proyectada - Fuente de información liquidación del
presupuesto del ejercicio inmediato anterior - Se calcula para la entidad local u organismo que
pretenda concertar la operación - El Pleno debe aprobar un Plan de Saneamiento
Financiero (PSF), que corrija el signo del ahorro
neto en un plazo máximo de 3 años - Excepción a la aprobación del PSF sustitución de
operaciones de crédito a largo plazo
preexistentes disminuyendo la carga o el riesgo
financieros
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9IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 3. Endeudamiento excesivo
- Endeudamiento vivo gt110 ingresos corrientes
liquidados - Fuente de información liquidación del
presupuesto del ejercicio inmediato anterior - Se calcula para el conjunto de las entidades y
organismos sujetos a autorización (entidad local,
sus OO. AA. dependientes y entes y sociedades
mercantiles dependientes no de mercado)
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10IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 4. Circunstancias que se consideran en la
autorización - Situación económica de la entidad u organismo
solicitante. Análisis de la información contable,
de los ingresos afectados o no ordinarios y del
remanente de tesorería - Estado de previsión de movimientos y situación
de la deuda - Valoración de las condiciones de la operación
- En su caso, análisis de viabilidad o
rentabilidad futura de la inversión - Previsión de la aplicación del remanente de
tesorería afectado a las operaciones que
correspondan - Carácter preferente Cumplimiento del principio
de estabilidad presupuestaria
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11IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 5. Carácter preferente del cumplimiento del
principio de estabilidad presupuestaria (artículo
25 RgtoLGEP) - Aportación de informes de evaluación (IGAE o
Interventor local) sobre el cumplimiento del
objetivo de estabilidad - de la liquidación del Presupuesto del ejercicio
anterior y - del Presupuesto del ejercicio corriente
- La evaluación del cumplimiento en el Presupuesto
vigente incluirá las modificaciones aprobadas y
las previsibles - Si la evaluación es de incumplimiento en (a) o
en (b) aportar PEF aprobado por el Pleno
compatible con medidas de saneamiento
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12IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 5. Carácter preferente del cumplimiento del
principio de estabilidad presupuestaria (artículo
25 RgtoLGEP) (cont.) - Si existiese un PEF en vigor (aprobado en
ejercicio anterior) Informe del Interventor
local de verificación del cumplimiento - El informe se elevará al Pleno y se incluirá en
el expediente de solicitud de autorización - Si el informe pusiese de manifiesto desviaciones
en el PEF, deberán incorporarse medidas
adicionales que permitan su corrección en el
período de vigencia del citado Plan - El incumplimiento del objetivo de estabilidad
en el último año de vigencia del PEF es causa
suficiente de denegación de la autorización de
endeudamiento
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13IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 6. Contenido del expediente de solicitud de
autorización - Documento de aprobación de la operación con sus
características esenciales. - Acreditación de cobertura presupuestaria.
- Informe económico-financiero del Interventor
local. - Cálculo del ahorro neto y de la ratio de
endeudamiento. - Estado de situación del remanente de tesorería.
- Propuesta de financiación de operaciones de
capital y financieras. - Cta. Pérdidas y Ganancias y balance de
situación. - Bases de ejecución del presupuesto.
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14IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 6. Contenido del expediente de solicitud de
autorización (cont.) planes financieros - Cálculo del ahorro neto.
- Cálculo de la ratio de endeudamiento.
- Plan de Saneamiento Financiero.
- Plan de reducción de deuda (al 110 de ingresos
corrientes liquidados). - Plan Económico-Financiero.
- Posible integración de los planes anteriores. El
plan integral debe cumplir los objetivos y
atender los contenidos exigidos para cada uno de
ellos.
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15IV. Operaciones de endeudamiento régimen general
de autorización
- 7. Supuestos denegatorios de autorización
- Cuando ahorro bruto negativo (según última
liquidación de presupuestos). - En caso de incumplimiento del Plan de
Saneamiento Financiero, Plan de reducción de
deuda, Plan Económico-Financiero, o del Plan
integrado. - Si la operación se pretende concertar para una
finalidad distinta de la establecida en el TRLRHL
(art. 49.1 TRLRHL).
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16V. Operaciones de endeudamiento municipios del
art. 111 TRLRHL
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17VI. CIR LOCAL
- Marco jurídico
- TRLRHL artículo 55
- TRLGEP artículo 24
- Reglamento LGEP artículos 36 a 41
- Ámbito subjetivo
- Entidades Locales
- Organismos autónomos
- Sociedades mercantiles participadas de forma
directa o indirecta y - Consorcios en que participen las Entidades
Locales y sus entes dependientes.
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18VI. CIR LOCAL
- 3. Ámbito objetivo
- Operaciones de préstamo, crédito y emisiones de
deuda pública en todas sus modalidades - Avales y garantías prestados en cualquier clase
de crédito - Operaciones de arrendamiento financiero
- Otras que afecten a la posición financiera futura
de la entidad - Gestión D.G. Coordinación Financiera con las EE.
LL. (MEH) - Fuentes de información
- Banco de España. Relaciones internas del sistema
financiero. - CC. AA. con tutela financiera de las EE. LL.
Convenios de colaboración - EE. LL.
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19VI. CIR LOCAL
- Usuarios de la información
- EE. LL. acceso a información propia
- CC. AA. con tutela financiera acceso a
información de las EE. LL. de su territorio,
según Convenio de Colaboración con la AGE - Banco de España recibe la información procedente
de otras fuentes de información - IGAE acceso a toda la información
- Restantes personas e interesados acceso a
información de cualquier Entidad local, previa
autorización formal de ésta - CNAL recibe informe de deuda viva a 31 de
diciembre de cada Entidad local
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20Direcciones
- Oficina virtual de EE. LL.
- http//www.meh.es/Portal/Administracion
- Electronica/OVEntidadesLocales.htm
- Correo electrónico
- dgcfel_at_meh.es
- sgefl_at_meh.es
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